Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución Nº 211
VISTO el expediente Nº
2300-1569/11, por el cual tramita la aprobación de los términos y condiciones
para la emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2012, las Leyes provinciales
Nº 13767 y Nº 14331, los Decretos Nº 3260/08 y Nº 3264/08, las Resoluciones de
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de
Que el artículo 49 de
Que, conforme lo establecido por
el artículo 76 inciso e) del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, el monto
máximo de autorización para hacer uso del crédito a corto plazo que fije
Que, asimismo, el artículo 49
citado precedentemente establece que los servicios de amortización e intereses
y demás gastos asociados a cada emisión, serán afrontados a partir de rentas
generales de
Que el artículo 76 de
Que en ese sentido, el citado
artículo 49 de
Que mediante
Que, posteriormente, ante una
mayor demanda por parte de los inversores, este Ministerio consideró oportuno y
conveniente que
Que, en virtud de ello,
Que, excepto la citada ampliación
del monto del Programa, se mantiene vigente en todos sus términos
Que, conforme lo dispuesto por el artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08 el Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro en cada oportunidad, correspondiendo la presente resolución al noveno tramo del citado Programa;
Que, teniendo en cuenta lo expuesto y el cronograma antes citado, se propicia que el vencimiento de las Letras operen a cuarenta y dos (42), ochenta y cuatro (84), ciento sesenta y ocho (168) y trescientos sesenta y cuatro (364) días de su emisión respectivamente y, dado que el reembolso de esta última excede el ejercicio financiero de emisión, se transformaría en deuda pública;
Que, atento que el artículo 57 de
Que, el mencionado artículo 76 del
Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, también establece que
Que, a efectos de la instrumentación en el mercado local de la emisión de las Letras del Tesoro, la licitación pública de los mencionados títulos se realizará en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.) a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado en materia de concertación, registro y liquidación de las operaciones con Letras;
Que asimismo, para incentivar la participación de inversores y pequeños ahorristas del mercado de capitales, se requiere reconocer a los agentes del M.A.E. comisiones por las posturas presentadas, toda vez que ello implica un esfuerzo de venta por parte de los mismos;
Que a los efectos de dar a la
operatoria la agilidad que la misma requiere, se estima pertinente delegar su
implementación, y las autorizaciones que al efecto se requieren, en
Que han tomado la intervención de
su competencia Tesorería General de
Que la presente medida se dicta
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76 de
Por ello,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Establecer los siguientes términos y condiciones
financieras de las Letras del Tesoro a cuarenta y dos (42) días por un monto de
hasta valor nominal pesos treinta millones (VN $ 30.000.000), a emitir por
a) Denominación: “Letras del
Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de licitación: 27 de junio de 2012.
d) Fecha de emisión: 28 de junio de 2012.
e) Fecha de liquidación: 28 de junio de 2012.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones (VN $ 30.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: cuarenta y dos (42) días.
j) Vencimiento: 9 de agosto de 2012.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: recursos
provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a
lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos,
ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $
100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la
negociación en el M.A.E. y en
y/o Bolsas de Valores autorizados
en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
r) Titularidad: estarán
representadas por un Certificado Global a ser depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del
M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Mercado de Valores Sociedad Anónima únicamente a través del Banco de
Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será
Provincia de Buenos Aires.
v) Agente Financiero: Banco de
w) Forma de pago de los
servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes
correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º - Establecer los siguientes términos y condiciones financieras de las
Letras del Tesoro a ochenta y
cuatro (84) días por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones (VN
$ 30.000.000), a emitir por
a) Denominación: “Letras del
Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de licitación: 27 de junio de 2012.
d) Fecha de emisión: 28 de junio de 2012.
e) Fecha de liquidación: 28 de junio de 2012.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones (VN $ 30.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: ochenta y cuatro (84) días.
j) Vencimiento: 20 de septiembre de 2012.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo
Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de
Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $
100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la
negociación en el M.A.E. y en
r) Titularidad: estarán
representadas por un Certificado Global a ser depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Mercado de Valores Sociedad Anónima únicamente a través del Banco de
Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será
Provincia de Buenos Aires.
v) Agente Financiero: Banco de
w) Forma de pago de los
servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes
correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Establecer los siguientes términos y condiciones
financieras de las Letras del Tesoro a ciento sesenta y ocho (168) días por un
monto de hasta valor nominal pesos veinte millones (VN $ 20.000.000), a emitir
por
Provincia en el Noveno Tramo del “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el
Ejercicio 2012”:
a) Denominación: “Letras del
Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de licitación: 27 de junio de 2012.
d) Fecha de emisión: 28 de junio de 2012.
e) Fecha de liquidación: 28 de junio de 2012.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones (VN $ 20.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
h) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
i) Interés:
1) Tasa aplicable: se determinará
como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo
fijo de más de pesos un millón ($ 1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco
(35) días, -Badlar Bancos Privados- o aquélla que en
el futuro la sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias
publicadas por el Banco Central de
2) Cálculo de interés: se calcularán sobre el valor nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2) servicios de interés, el primero de ellos, el 13 de septiembre de 2012 y el segundo, el 13 de diciembre de 2012. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
j) Plazo: ciento sesenta y ocho (168) días.
k) Vencimiento: 13 de diciembre de 2012.
l) Garantía: recursos
provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a
lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $
100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil
(VN $ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la
negociación en el M.A.E. y en
r) Titularidad: estarán
representadas por un Certificado Global a ser depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del
M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será
v) Agente Financiero: Banco de
w) Forma de pago de los
servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes
correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º - Establecer los siguientes términos y condiciones
financieras de las Letras del Tesoro a trescientos sesenta y cuatro (364) días
por un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones (VN $ 20.000.000), a
emitir por
a) Denominación: “Letras del
Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de licitación: 27 de junio de 2012.
d) Fecha de emisión: 28 de junio de 2012.
e) Fecha de liquidación: 28 de junio de 2012.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones (VN $ 20.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
h) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
i) Interés:
1) Tasa aplicable: se determinará
como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo
fijo de más de pesos un millón ($ 1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco
(35) días, -Badlar Bancos Privados- o aquélla que en
el futuro la sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias
publicadas por el Banco Central de
2) Cálculo de interés: se calcularán sobre el valor nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3) Fecha de pago de interés: se pagarán cuatro (4) servicios de interés, el primero de ellos, el 27 de septiembre de 2012; el segundo, el 27 de diciembre de 2012; el tercero, el 27 de marzo de 2013; y el cuarto, el 27 de junio de 2013. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
j) Plazo: trescientos sesenta y cuatro (364) días.
k) Vencimiento: 27 de junio de 2013.
l) Garantía: recursos
provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a
lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $ 100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil
(VN $ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la
negociación en el M.A.E. y en
r) Titularidad: estarán
representadas por un Certificado Global a ser depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será
v) Agente Financiero: Banco de
w) Forma de pago de los
servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes
correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 5º - Autorizar a
Asimismo, autorizar al Subsecretario de Hacienda y/o al Director Provincial de Deuda y Crédito Público del Ministerio de Economía, a suscribir y aprobar (incluyendo el uso de la firma facsímil) los documentos de difusión y todo otro documento relacionado que resulte necesario a tales fines.
ARTÍCULO 6º - De mediar inconvenientes de fuerza mayor atribuibles
al sistema de comunicaciones provisto por el M.A.E. o
la aplicación SIOPEL,
ARTÍCULO 7º - Autorizar a
ARTÍCULO 8º -
ARTÍCULO 9º - Autorizar a
ARTÍCULO 10 - Autorizar a
ARTÍCULO 11 - Los gastos, incluidas las comisiones, que se originen
en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras del
Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General de
ARTÍCULO 12 - Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a
Tesorería General de
Silvina Batakis
Ministra de Economía
C.C. 6.378