Provincia de
Buenos Aires
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCION PROVINCIAL DE IMPRESIONES DEL ESTADO Y
BOLETIN OFICIAL
Disposición N° 004/07
La Plata, 1º de agosto de 2007
VISTO la ley 13.512 (Art 3ro) que creó la cuenta especial “Dirección de Impresiones del Estado y Boletín Oficial”; el Decreto 184/03 que dio origen a la Guía Unica de Trámites (G.U.T) y el Decreto 196/06 por el cual se implementó el Sistema Integrado de Emisión y Pagos No Impositivos (S.I.E.P.), y;
CONSIDERANDO:
Que ha sido creada una cuenta especial a los fines de la recaudación de los
fondos provenientes de las tasas administrativas a las que se refiere el Art.
37 inciso b) de la Ley 13.404, modificada por la Ley 13.450;
Que al efecto, ha sido implementado un nuevo sistema de emisión de boletas de
pago de las tasas por servicios administrativos brindados por el Boletín
Oficial de la Provincia de Buenos Aires;
Que el mencionado sistema se encuentra enmarcado en las previsiones del Decreto
196/06, que tiene por objeto promover y facilitar el acceso a los formularios
de pago a través de los distintos medios electrónicos disponibles, con la
impresión de las respectivas boletas;
Que por Disposición del Director de Impresiones del Estado y Boletín Oficial n°
1/06, se estableció que, únicamente podrán ser presentados como comprobantes de
pago, los tickets o Boletas de Pago o documentos originales timbrados por
sistema SAM 2000 que contengan la leyenda “VALIDO COMO COMPROBANTE DE PAGO –
TIMBRADO”.
Que se ha actualizado el sistema de impresión de tickets, en consecuencia los
tickets emitidos contienen la leyenda “VALIDO COMO COMPROBANTE DE PAGO- TICKET
ORIGINAL”.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por Decreto 2431/06;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE IMPRESIONES DEL ESTADO Y BOLETIN OFICIAL DEL MINISTERIO DE GOBIERNO, DISPONE:
ARTICULO 1°: Establecer
que, será aceptado únicamente como comprobante de pago de las tasas por
servicios administrativos brindados por el Boletín Oficial de la Provincia de
Buenos Aires, la boleta originada por el Sistema Integrado de Emisión y Pagos
No Impositivos (S.I.E.P.), Decreto 196/06, que contiene la leyenda “VALIDO COMO
COMPROBANTE DE PAGO- TICKET ORIGINAL”.
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese a las Agencias del Boletín Oficial y a
quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Lic. Leticia Casajus
Directora Provincial
C.C. 9.564