DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA Nº 562-DGCYE-2021

LA PLATA, 22 de febrero de 2021.

VISTO el expediente N° EX-2021-02747233-GDEBA-SDCADDGCYE, la Ley de Educación de la Provincia de Buenos Aires N° 13688, sus modificatorias y la RESOC-2020-33-GDEBA-DGCYE, RESOC-2020-748- GDEBA-DGCYE, RESOC-2020-1162-GDEBA-DGCYE y RESOC-2020-1399-GDEBA-DGCYE, y

CONSIDERANDO:

Que la Directora General de Cultura y Educación tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social en el ejercicio de este derecho, con la participación del conjunto de la comunidad educativa;

Que la Ley Provincial de Educación N° 13688 en su artículo 69 inciso a, faculta a la directora General de Cultura y Educación a aprobar las plantas y estructuras orgánico funcionales de su dependencia;

Que la Subsecretaria de Administración y Recursos Humanos propone modificar la Ley bajo la que se encuadra la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes por las responsabilidades y pertinencias de las funciones y tareas que desarrolla en el marco de lo establecido en la Ley 10579, Estatuto del Docente;

Que la Ley N° 15164 modifica la Ley N° 13688 y modificatorias, estableciendo que el Director General de Cultura y Educación será asistido por una/un Subsecretaria/o de Educación, una/un Subsecretaria/o de Planeamiento, una/un Subsecretaria/o de Administración y Recursos Humanos y una/un Subsecretaria/o de Infraestructura Escolar;

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 69, inciso a, de la Ley N° 13688 puede dictarse el presente acto administrativo;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Modificar los artículos 2° y 3° de la RESOC-2020-33-GDEBA-DGCYE, y sus modificatorias RESOC-2020-748- GDEBA-DGCYE, RESOC-2020-1162-GDEBA-DGCYE y RESOC-2020-1399-GDEBA-DGCYE, determinando para la estructura organizativa aprobada que el siguiente cargo: un (1) Director de Gestión de Asuntos Docentes, deberá considerarse conforme a los cargos vigentes que rigen para el personal docente, Ley N° 10579.

ARTÍCULO 2°. Modificar el organigrama que consta como IF-2021-03179765-GDEBADPERDGCYE y el encuadre legal de la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes en las misiones y funciones que consta como IF-2021-03299322-GDEBA-DPERDGCYE y forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°. Establecer que la Dirección General de Administración tramitará ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente Resolución, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero del año en curso.

ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que, hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias pertinentes, la atención de las erogaciones correspondientes a las unidades organizativas transferidas por el presente acto, se efectuará con cargo al presupuesto de origen.

ARTÍCULO 5°. La presente Resolución será refrendada por la Subsecretaria de Administración y Recursos Humanos, el Subsecretario de Infraestructura Escolar, la Subsecretaria de Educación y el Subsecretario de Planeamiento de este organismo.

ARTICULO 6°. Registrar esta Resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Comunicar al Consejo General de Cultura y Educación, a las Subsecretarías de Educación, de Administración y Recursos Humanos, de Infraestructura Escolar, de Planeamiento, a la Auditoría General, a las Direcciones Provinciales y a sus dependencias, al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Paula Veronica Ferraris, Subsecretaria; Ariel Alejandro Lambezat, Subsecretario; Claudia Cristina Bracchi, Subsecretaria; Diego Born, Subsecretario; María Agustina Vila, Directora

NOTA: Los Anexos de la presente Resolución, pueden ser consultados en enuestra Página Web en su versión PDF.