Provincia de Buenos Aires

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA

Resolución N° 705/16

 

La Plata, 2 de diciembre de 2016.

 

VISTO el expediente N° 5800-1458733/16 de la Dirección General de Cultura y Educación, en cuyas actuaciones se gestiona la contratación de servicios de MUSSARI, Diego Martín; MARTÍNEZ, Esteban; DUSIO, Luciana; BONINA, Ariel Leonardo; DEWEY, Marta Alejandrina; BRUTTEN, Santiago y FLORIANI, Luciana; en el marco de la Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica N° 14.815 y su Decreto Reglamentario N° 592/16 en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a foja 95, el Subsecretario Administrativo solicita la contratación de MUSSARI, Diego Martín, (DNI N° 28.322.223 - Clase 1980), desde el 3 de octubre de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive; MARTÍNEZ, Esteban, (DNI N° 27.144.733 – Clase 1979), desde el 3 de octubre de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive; DUSIO, Luciana, (DNI N° 36.498.555 – Clase 1991), desde el 3 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive; BONINA, Ariel Leonardo, (DNI N° 27.859.041 – Clase 1979), desde el 3 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive; DEWEY, Marta Alejandrina, (DNI N° 21.040.371 – Clase 1969), desde el 3 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive; BRUTTEN, Santiago, (DNI N° 32.726.743 – Clase 1987), desde el 3 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive; FLORIANI, Luciana, (DNI N° 34.023.167 – Clase 1988), desde el 3 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive;

 

Que se torna indispensable contar con los servicios de los contratistas, quienes reúnen los requisitos legales de idoneidad, mérito y aptitudes necesarios para el desempeño de las tareas para las que han sido contratados;

 

Que a los fines consignados, la Jurisdicción cuenta con los cargos necesarios para la presente gestión, contemplados dentro del Presupuesto General Ejercicio 2016 Ley 14.807;

 

Que a fojas 94 ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública, sin formular observaciones;

 

Que a fs. 98/99 la Dirección de Contabilidad, imputa preventivamente el importe correspondiente.

 

Que los contratos que se propician, se encuadran en los términos de la Ley N° 14.815, el Decreto Reglamentario N° 592/16 y la Resolución del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública N° 23/16;

 

Por ello,

 

EL SUBSECRETARIO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL

DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Aprobar la contratación de MUSSARI, Diego Martín, (DNI N° 28.322.223 - Clase 1980), quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS CUARENTA MIL CINCUENTA, ($ 40.050,00), en TRES (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA, ($ 13.350,00), desde el 3 de octubre de 2016 al 31 de diciembre de 2016; MARTÍNEZ, Esteban, (DNI N° 27.144.733 – Clase 1979), quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00), en TRES (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTE MIL ($20.000,00), desde el 3 de octubre de 2016 al 31 de diciembre de 2016; DUSIO, Luciana, (DNI N° 36.498.555 – Clase 1991), quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS CUARENTA MIL CINCUENTA, ($ 40.050,00), en TRES (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA, ($ 13.350,00), desde el 3 de octubre de 2016 al 31 de diciembre de 2016; BONINA, Ariel Leonardo, (DNI N° 27.859.041 – Clase 1979), quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL, ($ 72.000,00), en TRES (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICUATRO MIL, ($ 24.000,00), desde el 3 de octubre de 2016 al 31 de diciembre de 2016; DEWEY, Marta Alejandrina, (DNI N° 21.040.371 – Clase 1969), quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL, ($ 72.000,00), en TRES (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICUATRO MIL, ($ 24.000,00), desde el 3 de octubre de 2016 al 31 de diciembre de 2016; BRUTTEN, Santiago, (DNI N° 32.726.743 – Clase 1987), quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL, ($ 75.000,00), en TRES (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICINCO MIL, ($ 25.000,00), desde el 3 de octubre de 2016 al 31 de diciembre de 2016; FLORIANI, Luciana, (DNI N° 34.023.167 – Clase 1988), quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL, ($ 75.000,00), en TRES (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICINCO MIL, ($ 25.000,00), desde el 3 de octubre de 2016 al 31 de diciembre de 2016; conforme los contratos que se agregan como Anexo I al VII que forman parte integrante de la presente y por los argumentos expuestos en los considerandos.

 

ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2016 –Ley N° 14.807 - Decreto N° 21/16, Jurisdicción 11220, Jurisdicción auxiliar 00, entidad 050, ACE 001, Finalidad 3, Función 4, Subfunción 1, Fuente Financiamiento 1.1, Partida Principal 3, Subprincipal 4, Parcial 9. Por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS

TREINTA Y CUATRO MIL CIEN ($ 434.100,00).

 

ARTÍCULO 3°. La presente Resolución, será refrendada por el Director General de Administración.

 

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar a los contratistas, comunicar a la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano, a la Dirección General de Administración, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía, y a la Subsecretaría Administrativa, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

Germán T. Lovrencic

Subsecretario Administrativo

 

ANEXO I

CONTRATO DE SERVICIOS

 

Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de

Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/

56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “ LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN”, por una parte y el Sr. MUSSARI, Diego Martín, DNI N° 28.322.223 por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) con el N° 20-28322223-4 con domicilio en la calle 49 N° 912 e/ 13 y 14, 2° piso, Dpto. B, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, constituyendo domicilio en calle 49 N° 912 e/13 y 14, 2° piso, Dpto. B, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante “EL CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a EL

CONTRATISTA con el fin de prestar servicios como administrativo, en el ámbito de la Dirección de Obras, Proyectos y Planificación por el plazo comprendido entre el 3 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDA:

2.1 EL CONTRATISTA desarrollará la prestación de sus servicios en el lugar que le indique LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR. Los servicios a prestar consistirán en desempeñar tareas, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación.

2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.

2.3 Estará a cargo de EL CONTRATISTA el pago de las obligaciones fiscales y previsionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudiendo la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN exigirles la acreditación del pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.

2.4 Cuando la naturaleza del servicio prestado lo requiera la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN podrá solicitar a EL CONTRATISTA, la constitución de los seguros que correspondieren.

2.5 El presente Contrato de Servicio no generará ninguna clase de subordinación ni relación laboral de dependencia entre EL CONTRATISTA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN. No resultarán aplicables al presente, las previsiones contenidas en la Ley N° 10.430 y modificatorias -Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública-, ni norma alguna de carácter laboral.

TERCERA:

3.1 Como contraprestación por los servicios prestados, la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN abonará a EL CONTRATISTA en concepto de honorarios la suma de PESOS CUARENTA MIL CINCUENTA, ($ 40.050), en TRES, (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA, ($ 13.350).

 

ANEXO II

CONTRATO DE SERVICIOS

 

Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/

56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN”, por una parte y el Sr. MARTÍNEZ, Esteban, DNI N° 27.144.733 por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) con el N° 20-27144733-8 con domicilio en la calle 9 N° 1628 ½,Dpto. 1°, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, constituyendo domicilio en calle 9 N° 1628 ½,Dpto. 1°, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante “EL CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a EL

CONTRATISTA con el fin de prestar servicios como administrativo, en el ámbito de la

Dirección de Propiedades por el plazo comprendido entre el 3 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDA:

2.1 EL CONTRATISTA desarrollará la prestación de sus servicios en el lugar que le indique LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR. Los servicios a prestar consistirán en desempeñar tareas, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación.

2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.

2.3 Estará a cargo de EL CONTRATISTA el pago de las obligaciones fiscales y previsionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudiendo la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN exigirles la acreditación del pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.

2.4 Cuando la naturaleza del servicio prestado lo requiera la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN podrá solicitar a EL CONTRATISTA, la constitución de los seguros que correspondieren.

2.5 El presente Contrato de Servicio no generará ninguna clase de subordinación ni relación laboral de dependencia entre EL CONTRATISTA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN. No resultarán aplicables al presente, las previsiones contenidas en la Ley N° 10.430 y modificatorias -Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública-, ni norma alguna de carácter laboral.

TERCERA:

3.1 Como contraprestación por los servicios prestados, la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN abonará a EL CONTRATISTA en concepto de honorarios la suma de PESOS SESENTA MIL, ($ 60.000), en TRES, (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTE MIL, ($ 20.000).

 

ANEXO III

CONTRATO DE SERVICIOS

 

Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/ 56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN”, por una parte y la Sra. DUSIO, Luciana, DNI N° 36.498.555 por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) con el N° 27-36498555-5 con domicilio en la calle 485 e/ 20 y 21 N° 2536, Manuel B. Gonnet, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, constituyendo domicilio en calle 485 e/ 20 y 21 N° 2536, Manuel B. Gonnet, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante “LA CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a LA

CONTRATISTA con el fin de prestar servicios como administrativa, en el ámbito de la

Dirección de Obras, Proyectos y Planificación por el plazo comprendido entre el 3 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDA:

2.1 LA CONTRATISTA desarrollará la prestación de sus servicios en el lugar que le indique LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INSFRAESTRUCTURA ESCOLAR. Los servicios a prestar consistirán en desempeñar tareas, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación.

2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.

2.3 Estará a cargo de LA CONTRATISTA el pago de las obligaciones fiscales y previsionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudiendo la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN exigirles la acreditación del pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.

2.4 Cuando la naturaleza del servicio prestado lo requiera la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN podrá solicitar a LA CONTRATISTA, la constitución de los seguros que correspondieren.

2.5 El presente Contrato de Servicio no generará ninguna clase de subordinación ni relación laboral de dependencia entre LA CONTRATISTA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN. No resultarán aplicables al presente, las previsiones contenidas en la Ley N° 10.430 y modificatorias -Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública-, ni norma alguna de carácter laboral.

TERCERA:

3.1 Como contraprestación por los servicios prestados, la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN abonará a LA CONTRATISTA en concepto de honorarios la suma de PESOS CUARENTA MIL CINCUENTA, ($ 40.050), en TRES, (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA, ($ 13.350).

 

ANEXO IV

CONTRATO DE SERVICIOS

 

Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/ 56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “ LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN”, por una parte y el Sr. BONINA, Ariel Leonardo, DNI N° 27.859.041 por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) con el N° 20-27859041-1 con domicilio en la calle Corrales N° 6886, Villa Lugano, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio en calle Olavarría N° 908, Dpto. 4°, Villa Madero, Provincia de Buenos Aires, en adelante “EL CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a EL

CONTRATISTA con el fin de prestar servicios como asesor administrativo, en el ámbito de la Dirección Provincial de Comunicación por el plazo comprendido entre el 3 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDA:

2.1 EL CONTRATISTA desarrollará la prestación de sus servicios en el lugar que le indique LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACION. Los servicios a prestar consistirán en desempeñar tareas, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación.

2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.

2.3 Estará a cargo de EL CONTRATISTA el pago de las obligaciones fiscales y previsionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudiendo la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN exigirles la acreditación del pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.

2.4 Cuando la naturaleza del servicio prestado lo requiera la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN podrá solicitar a EL CONTRATISTA, la constitución de los seguros que correspondieren.

2.5 El presente Contrato de Servicio no generará ninguna clase de subordinación ni relación laboral de dependencia entre EL CONTRATISTA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN. No resultarán aplicables al presente, las previsiones contenidas en la Ley N° 10.430 y modificatorias -Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública-, ni norma alguna de carácter laboral.

TERCERA:

3.1 Como contraprestación por los servicios prestados, la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN abonará a EL CONTRATISTA en concepto de honorarios la suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL, ($ 72.000), en TRES, (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICUATRO MIL, ($ 24.000).

 

ANEXO V

CONTRATO DE SERVICIOS

 

Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/ 56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “ LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN”, por una parte y la Sra. DEWEY, Marta Alejandrina, DNI N° 21.040.371 por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) con el N° 27-21040371-5 con domicilio en la calle Cerrito N° 520, Piso 13, Departamento G, Ciudad Autónoma de Buenas Aires, constituyendo domicilio en calle Warnes N° 2680, Olivos, Provincia de Buenos Aires, en adelante “LA CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a LA CONTRATISTA con el fin de prestar servicios como Asesora del Régimen Jurídico de las Comunicaciones, en el ámbito de la Dirección Provincial de Comunicación por el plazo comprendido entre el 3 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDA:

2.1 LA CONTRATISTA desarrollará la prestación de sus servicios en el lugar que le indique LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN. Los servicios a prestar consistirán en desempeñar tareas, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación.

2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.

2.3 Estará a cargo de LA CONTRATISTA el pago de las obligaciones fiscales y  previsionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudiendo la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN exigirles la acreditación del pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.

2.4 Cuando la naturaleza del servicio prestado lo requiera la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN podrá solicitar a LA CONTRATISTA, la constitución de los seguros que correspondieren.

2.5 El presente Contrato de Servicio no generará ninguna clase de subordinación ni relación laboral de dependencia entre LA CONTRATISTA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN. No resultarán aplicables al presente, las previsiones contenidas en la Ley N° 10.430 y modificatorias -Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública-, ni norma alguna de carácter laboral.

TERCERA:

3.1 Como contraprestación por los servicios prestados, la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN abonará a LA CONTRATISTA en concepto de honorarios la suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL, ($ 72.000), en TRES, (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICUATRO MIL, ($ 24.000).

ANEXO VI

CONTRATO DE SERVICIOS

 

Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/ 56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “ LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN”, por una parte y el Sr. BRUTTEN, Santiago, DNI N° 32.726.743 por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) con el N° 20-32726743-5 con domicilio en la calle Humboldt N° 2457, Piso 2°, Dpto. E, Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio en calle 60 N° 1063, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante “EL CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a EL CONTRATISTA con el fin de prestar servicios como administrativo, en el ámbito de la Dirección Provincial de Negociaciones Colectivas por el plazo comprendido entre el 3 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDA:

2.1 EL CONTRATISTA desarrollará la prestación de sus servicios en el lugar que le indique LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NEGOCIACIONES COLECTIVAS. Los servicios a prestar consistirán en desempeñar tareas, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación.

2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.

2.3 Estará a cargo de EL CONTRATISTA el pago de las obligaciones fiscales y previsionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudiendo la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN exigirles la acreditación del pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.

2.4 Cuando la naturaleza del servicio prestado lo requiera la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN podrá solicitar a EL CONTRATISTA, la constitución de los seguros que correspondieren.

2.5 El presente Contrato de Servicio no generará ninguna clase de subordinación ni relación laboral de dependencia entre EL CONTRATISTA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN. No resultarán aplicables al presente, las previsiones contenidas en la Ley N° 10.430 y modificatorias -Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública-, ni norma alguna de carácter laboral.

TERCERA:

3.1 Como contraprestación por los servicios prestados, la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN abonará a EL CONTRATISTA en concepto de honorarios la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL, ($ 75.000), en TRES, (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICINCO MIL, ($ 25.000).

 

ANEXO VII

CONTRATO DE SERVICIOS

 

Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/ 56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “ LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN”, por una parte y la Sra. FLORIANI, Luciana, DNI N° 34.023.167 por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) con el N° 27-34023167-3 con domicilio en la calle Mario Bravo N° 372 A, Almagro, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio en calle 76 N° 598, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante “LA CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a LA CONTRATISTA con el fin de prestar servicios como administrativa, en el ámbito de la Dirección Provincial de Negociaciones Colectivas por el plazo comprendido entre el 3 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDA:

2.1 LA CONTRATISTA desarrollará la prestación de sus servicios en el lugar que le indique LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NEGOCIACIONES COLECTIVAS. Los servicios a prestar consistirán en desempeñar tareas, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación.

2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.

2.3 Estará a cargo de LA CONTRATISTA el pago de las obligaciones fiscales y previsionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudiendo la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN exigirles la acreditación del pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.

2.4 Cuando la naturaleza del servicio prestado lo requiera la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN podrá solicitar a LA CONTRATISTA, la constitución de los seguros que correspondieren.

2.5 El presente Contrato de Servicio no generará ninguna clase de subordinación ni relación laboral de dependencia entre LA CONTRATISTA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN. No resultarán aplicables al presente, las previsiones contenidas en la Ley N° 10.430 y modificatorias -Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública-, ni norma alguna de carácter laboral.

TERCERA:

3.1 Como contraprestación por los servicios prestados, la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN abonará a LA CONTRATISTA en concepto de honorarios la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL, ($ 75.000), en TRES, (3) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICINCO MIL, ($ 25.000).

C.C. 30