DECRETO 99
Visto:
La actual estructura
organizativa del Consejo Provincial de
CONSIDERANDO:
Que, analizado el nivel jerárquico otorgado a los miembros del Consejo Ejecutivo, con la excepción de su Secretario Ejecutivo, se impone su adecuación a los parámetros de economía y racionalidad que inspiran a esta gestión de gobierno procurando con ello disminuir, en cuanto sea posible, los niveles, jerárquicos superiores cuando resulten superfluos o excesivos en la estructura de que se trate.
Que, ello así, en la especie las razones expuestas ameritan la transformación de los trece cargos de subsecretarios previstos para los consejeros que no se desempeñen como Secretario Ejecutivo, convirtiéndolos, al otorgársele jerarquía similar a la de Director Provincial del Poder Ejecutivo.
Que, de ese modo se estima un mejor desarrollo estructural sin mengua de los principios de eficacia y eficiencia que se consideran preservados y aún potenciados con la modificación propuesta la que ha de mantener en su actual rango jerárquico al Secretario Ejecutivo por las razones operativas que, en su momento, ameritaran tal determinación.
Que, en consecuencia
cabe disponer la pertinente modificación en sujeción a la potestad
reglamentaria inherente a la atribución ejecutiva y a la expresa disposición del artículo 43º y concordantes de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Suprímense de la estructura
organizativa del Consejo Provincial de
ARTICULO 2º.- Determínanse para la
estructura organizativa del Consejo Provincial de
ARTICULO 3º.- En cuanto no haya sido modificada por el presente
Decreto y sin perjuicio de las disposiciones de
ARTICULO 4º.- Déjase sin efecto el
artículo 1° del Decreto 1736/97 en cuanto determina la incorporación del
Instituto Provincial del Empleo al Consejo Provincial de
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.