Fundamentos de la

Ley 11482

 

            El Honorable Congreso de la Nación termina de sancionar las leyes de Inversiones Mineras, № 24196, y de Reordenamiento Minero, № 24224.

            Dichas leyes contemplan fundamentales medidas de promoción de la actividad minera, de radicación de empresas, incorporación de inversiones nacionales y extranjeros, como asimismo medidas preventivas sobre el deterioro del medio ambiente.

            La Ley de Reordenamiento Minero dispone la realización del carteo geológico regular y sistemático del territorio nacional, herramienta fundamental para realizar el inventario de nuestros recursos minerales, disponiendo asimismo la creación del Consejo Federal de Minería como organismo de asesoramiento de la Secretaría de Minería de la Nación.

            Teniendo en cuenta que nuestro Estado provincial es el primer productor minero nacional, tanto en volúmenes de explotación como en valor económico, no obstante que posee aún importantes recursos inexplorados y menos aún explotados de acuerdo a sus reales posibilidades, es que resulta impostergable para lograr un desarrollo armónico de la actividad minera, que como madre de industrias y con su efecto multiplicador, mejorará sustancialmente las economías regionales, generando nuevas fuentes de trabajo que eviten éxodos de habitantes de la provincia interior, y dada la necesidad de la adhesión de la provincia para la implementación en territorio provincial de las leyes mencionadas, es que se presenta el presente proyecto para su tratamiento legislativo.