LEY 4353
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder
Ejecutivo para hacerse cargo del pago de las cuotas que adeuda la Sociedad Damas de
Caridad, de Pergamino, por concepto del afirmado construido frente al Asilo y
Colegio de Jesús, situado en la calle Boulevard Rocha de Pergamino, que
asciende a la suma de seis mil ciento sesenta y un pesos con tres centavos
moneda nacional ($ 6.161,03 m/n) mientras el edificio no sea destinado a otros
fines que los que actualmente tiene.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.