LEY 4353

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para hacerse cargo del pago de las cuotas que adeuda la Sociedad Damas de Caridad, de Pergamino, por concepto del afirmado construido frente al Asilo y Colegio de Jesús, situado en la calle Boulevard Rocha de Pergamino, que asciende a la suma de seis mil ciento sesenta y un pesos con tres centavos moneda nacional ($ 6.161,03 m/n) mientras el edificio no sea destinado a otros fines que los que actualmente tiene.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.