DECRETO 1851/2024

LA PLATA, 9 de Septiembre de 2024

VISTO el expediente EX-2020-14811235-GDEBA-HZGAAAEMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Soledad Andrea MOSCA en el Hospital Interzonal “Dr. Alberto Eurnekian” de Ezeiza, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido por Resolución N° 1244/16 y modificatorias del Ministerio de Salud, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, un (1) cargo de Médico/a – Especialidad: Psiquiatría y Psicología Médica, en grado de Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal “Dr. Alberto Eurnekian” de Ezeiza;

Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Soledad Andrea MOSCA para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 17 de octubre de 2016, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 17 de octubre de 2016, la designación de carácter interino de la profesional mencionada precedentemente, en idénticos cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución N° 3306/14 del Ministerio de Salud;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto N°12/24;

Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba;

Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 947/89, Soledad Andrea MOSCA debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;

Que, asimismo, Soledad Andrea MOSCA se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión promovida se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y sus modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b), 25 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 17 de octubre de 2016, la designación de Soledad Andrea MOSCA (DNI N° 29.922.894 – Clase 1983), como Médica – Especialidad: Psiquiatría y Psicología, en grado de Asistente, con carácter interino y un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal “Dr. Alberto Eurnekian” de Ezeiza, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, formalizada mediante Resolución N° 3306/14 del Ministerio de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 17 de octubre de 2016, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471 a Soledad Andrea MOSCA (DNI N° 29.922.894 – Clase 1983), como Médica – Especialidad: Psiquiatría y Psicología Médica, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal “Dr. Alberto Eurnekian” de Ezeiza dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 25 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, exceptuando la medida de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que, a partir del 17 de octubre de 2016, la profesional citada en el artículo precedente, debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo establecido por Decreto Nº 947/89.

ARTÍCULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 mediante Decreto N° 12/2024, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 – Programa 14 – Subprograma: 10 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 270 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador