LEY N° 15496

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Otórgase el “Diploma de Honor al Valor”, en el marco del artículo 7° de la Ley N° 14.622, al excombatiente de Malvinas Luis Miguel D’Alessio. 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los quince días del mes de agosto de dos mil veinticuatro.