DEPARTAMENTO DE LA PRODUCCION


DECRETO 2658/08

 

La Plata, 7 de noviembre de 2008.

 

VISTO el expediente Nº 0000-000131/08 del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata, por el cual tramita el otorgamiento de una concesión con el objeto de construir y explotar una Terminal de Contenedores sobre los frentes de agua y área localizadas en la Cabecera Río Santiago Este, y

 

CONSIDERANDO:


Que a fin de concretar la iniciativa de referencia, el consorcio de Gestión del Puerto La Plata ha suscripto el respectivo contrato con la firma TECPLATA S.A.;


Que la Subsecretaría de Actividades Portuarias ha puesto de manifiesto la necesidad de atender el creciente volumen de carga proveniente del tráfico marítimo, que no admite dilación;


Que el informe de la Escuela de Graduados en Ingeniería Portuaria (según consta en el Plan Maestro y Estratégico del Puerto de Dock Sud del año 2007) puntualiza las limitaciones que sufren en la actualidad los Puertos de Buenos Aires y Dock Sud;


Que a fojas 1523 la entonces titular de la cartera del ex - Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción ratifica los términos del mencionado informe;


Que la explotación de la Terminal Portuaria reviste sumo interés para la Provincia y las comunidades contiguas al Puerto en razón de los positivos efectos, directos e indirectos, que producirá sobre la actividad económica local;


Que al respecto es de destacar que la Terminal de Contenedores de TECPLATA S.A. comportará la ocupación de múltiples puestos de trabajo para la región y que su concreción mejorará las condiciones de vida de los habitantes de la zona, el comercio de la Provincia, su posicionamiento internacional, a la vez que generará ingresos fiscales significativos que beneficiarán el interés general de los bonaerenses;


Que consecuentemente tal iniciativa constituye un emprendimiento fundamental para la Provincia de Buenos Aires en tanto convergen en él elementos esenciales para alcanzar los objetivos de desarrollo económico, bienestar general de la población, inversión privada, generación de empleo genuino y mayor eficiencia y competitividad;


Que a fojas 1524/1525 Fiscalía de Estado señala que “teniendo en cuenta la trascendencia que involucra la contratación para los intereses de la región, la vigencia del Contrato de Concesión que eventualmente se suscriba deberá sujetarse a la aprobación por parte del Poder Ejecutivo, mediante el dictado de un Decreto que avale las razones de necesidad y urgencia que la justifican”;


Que encontrándose suficientemente fundadas las razones de necesidad, urgencia y conveniencia que ameritan la contratación celebrada, corresponde proceder al dictado del pertinente acto administrativo, el cual encuentra sustento en el artículo 10, inciso c) del Reglamento de Contrataciones del Consorcio de Gestión Puerto de La Plata, y en el artículo 26, apartado 3, inciso c) del Decreto- Ley 7764/71;


Que han tomado intervención a fojas 1673, 1674/1674 vuelta y 1675 Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, respectivamente;
  Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;


Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

 

ARTICULO 1°. Aprobar el contrato suscripto el 16 de octubre de 2008 entre el Consorcio de Gestión del Puerto La Plata y la firma TECPLATA S.A. y sus anexos, que tiene por objeto la concesión de la construcción y explotación de una Terminal de Contenedores sobre los frentes de agua y áreas localizadas en la Cabecera Río Santiago Este (Berisso), el cual como Anexo Único pasa a formar parte integrante del presente.


ARTICULO 2º. El presente Decreto será refrendado por la Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción.


ARTICULO 3º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de la Producción.   Cumplido, archivar.

 

NOTA: El Anexo Único mencionado en el artículo 1° del presente Decreto, podrá ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.

 

Débora Giorgi                                   Daniel Osvaldo Scioli

Ministra de la Producción                    Gobernador