Decreto 525/2020
La Plata, 25 de junio de 2020
VISTO el expediente EX-2019-42595450-GDEBA-DGIIOMA del Instituto de Obra Médico Asistencial, por el cual el agente Gustavo Adolfo DAGUERRE BÁEZ PEÑA, solicita la ampliación de un permiso especial que le fuera oportunamente concedido, y
CONSIDERANDO:
Que Gustavo Adolfo DAGUERRE BÁEZ PEÑA revista en un cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 17, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección Regional Capital Federal;
Que por Decreto N° 832/19 se otorgó en favor del agente citado, un permiso especial sin goce de haberes, a partir del 11 de marzo de 2019, por el término de un (1) año;
Que en esta instancia, Gustavo Adolfo DAGUERRE BÁEZ PEÑA solicita la ampliación de dicho permiso, a partir del 11 de marzo de 2020, y por el término de un (1) año, fundamentando el requerimiento en razones de índole personal, académica y de formación universitaria;
Que el presidente del Instituto de Obra Médico Asistencial prestó conformidad con la gestión incoada;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con el artículo 64 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96, reglamentada por Decreto Nº 4161/96);
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Conceder en la Jurisdicción 1.1.4.12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 11 de marzo de 2020 y por el término de un (1) año, una ampliación del permiso especial sin goce de haberes otorgado oportunamente por Decreto N° 832/19, al agente Gustavo Adolfo DAGUERRE BÁEZ PEÑA (DNI N° 20.610.621 - Clase 1968), quien revista en un cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 17, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección Regional Capital Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Nº 10.430 (Texto ordenado Decreto Nº 1869/96, reglamentada por Decreto Nº 4161/96).
ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3 º. Registrar, comunicar. Cumplido, archivar.
Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador