Provincia de Buenos Aires

JUNTA ELECTORAL

Resolución N° 96/15

 

 

La Plata, abril 29 de 2015.

 

 

VISTO: Las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el art. 63 de la Constitución de la Provincia, el art. 5 del Decreto Ley 9.889/82, t.o. s/Decreto 3.631/92 y sus modificatorias y el inc. j. del art. 20 de la Ley 5.109, lo preceptuado por los arts. 59 y 191 inciso 2) de la Constitución de la Provincia, la Ley 11.700, y su modificatoria Ley 12.312 y por la Ley 14.086, el Decreto N° 114/15 que convoca a elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas y,

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que el art. 2 del Decreto 114/15 convoca a elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas para la selección de los candidatos a Gobernador y Vicegobernador, Senadores y Diputados provinciales, Intendentes Municipales, Concejales y Consejeros Escolares para el día 9 de agosto del corriente año.

 

 

Que el tercer párrafo del art. 1 de la Ley 14.086, establece que en dichas elecciones primarias, se utilizará el padrón general actualizado con los ciudadanos y extranjeros inscriptos hasta cuarenta y cinco (45) días antes de la elección.

 

 

Que corresponde a esta Junta Electoral fijar los plazos que permitan arribar a la aprobación del Registro Especial de Electores (Ley 11.700, modificada por Ley 12.312).

 

 

Por ello,

 

 

LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Apruébese el cronograma para la confección del Registro Especial de Electores en virtud de lo dispuesto por la Ley 11.700, modificada por Ley 12.312, que como Anexo, forma parte de la presente.

 

 

Artículo 2º: Regístrese, hágase saber a la Dirección Provincial del Registro de las Personas, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial y en la página web del Organismo y archívese.

 

 

Juan Carlos Hitters, Presidente; Eduardo Raúl Delbes, Vocal; Eduardo Benjamín Grinberg,

Vocal; Ana María Bourimborde, Vocal; Claudia Angélica Matilde Milanta, Vocal. Ante mí:

Guillermo Osvaldo Aristía, Secretario de Actuación.