LEY 11485

 

 

 

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

 

 

 

 

LEY

 

 

 

 

 

ARTICULO 1.- Declárase de Interés Provincial la creación de un área franca industrial y comercial, como prueba piloto, destinada preferentemente a la exportación de manufacturas allí elaboradas y/o procesadas, sujeta a un régimen de unidad jurídica y discontinuidad geográfica, con epicentro en los Puertos de aguas profundas de Bahía Blanca y Coronel Rosales.

 

 

 

 

 

ARTICULO 2.- Declárase también de Interés Provincial la creación de áreas industriales y comerciales en los demás Puertos de la Provincia de Buenos Aires, para las mercaderías que se destinen preferentemente a la exportación.

 

 

 

 

 

ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las gestiones pertinentes y suscribir los convenios respectivos con el Poder Ejecutivo Nacional y el Honorable Congreso de la Nación tendientes al cumplimiento de la presente ley.

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.