LEY 11485
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárase de Interés Provincial la creación de un área franca industrial y comercial, como prueba piloto, destinada preferentemente a la exportación de manufacturas allí elaboradas y/o procesadas, sujeta a un régimen de unidad jurídica y discontinuidad geográfica, con epicentro en los Puertos de aguas profundas de Bahía Blanca y Coronel Rosales.
ARTICULO 2.- Declárase también de Interés Provincial la creación de áreas industriales y comerciales en los demás Puertos de la Provincia de Buenos Aires, para las mercaderías que se destinen preferentemente a la exportación.
ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las gestiones pertinentes y suscribir los convenios respectivos con el Poder Ejecutivo Nacional y el Honorable Congreso de la Nación tendientes al cumplimiento de la presente ley.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.