Provincia de Buenos Aires

DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION

Resolución 749

 

La Plata, 19 de abril de 2006.

 

POR 1 DIA - VISTO el expediente 5801-1204403/06 por el cual se solicita la implementación del Programa Provincial de Alfabetización y Educación Básica para Jóvenes y Adultos, y;

 

CONSIDERANDO:
Que el Consejo Federal de Cultura y Educación, mediante la Resolución Nº 226/04, ha auspiciado la aplicación del Programa formulado por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, en todas las jurisdicciones;

Que el Programa Nacional de Alfabetización y Educación Básica para Jóvenes y Adultos se ejecuta en los ámbitos provinciales bajo la responsabilidad de cada jurisdicción;
Que en dicho Programa se consideran dos etapas, la primera relativa a la alfabetización a cargo de voluntarios vinculados a organizaciones políticas y sociales y la segunda relativa a la terminalidad de la educación básica a cargo de docentes del sistema educativo formal;

Que no obstante, la implementación se rige técnicamente por las líneas directrices provenientes del Programa Nacional, las que aseguran estándares mínimos referidos a cómo enfrentar el problema del analfabetismo en los distintos lugares del país, con la posibilidad de adaptarlos a las particularidades locales;
Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires considera fundamental garantizar la finalización de los estudios a quienes hayan completado su primera etapa de alfabetización;
Que se hace necesario la creación en la Provincia de Buenos Aires como Programa Provincial de Alfabetización y Educación Básica para Jóvenes y Adultos;
Que para la implementación de la segunda etapa en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires se ha desarrollado un proceso de capacitación del personal docente al cual se le ha asignado puntaje mediante Resolución 4607/05 (Anexo G, f.71);
Que en estas circunstancias, corresponde la formal creación del Programa Provincial de Alfabetización y Educación Básica para Jóvenes y Adultos en el ámbito provincial;
Que el Consejo General de Cultura y Educación aprobó el despacho de la Comisión de Asuntos Legales en Sesión de fecha 6-IV-06 y aconseja el dictado del correspondiente acto resolutivo;

Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 33 Inciso a) de la Ley 11.612, resulta viable el dictado del pertinente acto resolutivo;


Por ello,

 

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION,

RESUELVE:

 

ARTICULO 1°: Crear el PROGRAMA PROVINCIAL DE ALFABETIZACIÓN Y  EDUCACION BASICA PARA JÒVENES Y ADULTOS en el ámbito de la Provincia de

Buenos Aires.


ARTICULO 2°: Garantizar la incorporación de los jóvenes y adultos alfabetizados en la primera etapa del Programa al Sistema Educativo formal mediante un proceso adecuado de articulación.


ARTICULO 3°: Determinar que el Programa se desarrollará en el ámbito de la Dirección Provincial de Política Socio-Educativa y de la Subsecretaría de Educación.

ARTICULO 4°: Determinar que la designación de los docentes para la segunda etapa del Programa se realizará de acuerdo a las normas establecidas en el Estatuto del Docente Ley 10.579 y sus modificatorias y su Reglamentación, con las particularidades que determine el propio Programa, los que se resolverán mediante acto administrativo.


ARTICULO 5°: Publicar en el Boletín Oficial y en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (SINBA) para su incorporación.


ARTICULO 6°: Establecer que la presente RESOLUCIÓN será refrendada por el señor Vicepresidente 1° del Consejo General de Cultura y Educación, la señora Subsecretaria de Educación y el señor Subsecretario Administrativo.


ARTICULO 7°: Registrar esta RESOLUCIÓN, que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma; comunicar al Departamento Mesa General de Entradas y Salidas, notificar al Consejo General de Educación, a la Subsecretaría de Educación; a la Subsecretaría Administrativa, a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Estatal; a la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada; a la Dirección Provincial de Inspección General; a la Dirección Provincial de Política Socio-Educativa, a la Dirección Provincial de Enseñanza, a la Dirección de Educación de Adultos y Formación Profesional, y a la Dirección de Comunicación y Prensa. Cumplido, archivar.

 

Dra. Adriana V. Puiggrós

Directora General de Cultura y Educación

Provincia de Buenos Aires


C.C. 4.438