DECRETO 262/10

LA PLATA, 6 de ABRIL de 2010.

VISTO el expediente N° 2140-6449/10 mediante el cual se propicia modificar la Imagen Única para la Administración Pública de la Provincia y el Decreto Nº 2835/02 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la norma citada en el visto se estableció el uso obligatorio de la Imagen Institucional Única para la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, por parte de todos los Organismos Centralizados y Descentralizados, entes autárquicos y entidades donde la Provincia de Buenos Aires tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias;   I

Que con fundamento en el nuevo plan de gestión, las adecuaciones en la estructura orgánico funcional y los cambios que se generaron en la cultura organizacional de la Provincia, el Decreto N° 446/07 modificó oportunamente la imagen institucional mediante la sustitución del Anexo I del Decreto N° 2835/02;

Que habiendo transcurrido más de dos años desde el inicio del nuevo plan de gestión se han producido importantes avances en distintos campos de la Administración Pública Provincial, mostrando una clara evolución hacia una política cada vez más inclusiva;

Que en el marco de esta evolución se considera prioritario continuar fortaleciendo el acercamiento del Estado al ciudadano de la Provincia;

Que para alcanzar tal objetivo se estima conveniente modificar la identidad institucional de la Provincia, renovando a tal efecto el diseño de la imagen establecida por medio del Decreto N° 446/07;    

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1.- Modificar la imagen Institucional Única para la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, y sustituir el Anexo I del Decreto N° 2835/02 (modificado por Decreto Nº 446/07) por Anexo Único, pudiendo optarse por cualquiera de las imágenes que forman parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2.- Instruir a la Dirección Provincial de Imagen Institucional dependiente de la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales de la Coordinación General Unidad Gobernador a modificar el Manual de Imagen Institucional y el Manual de Identidad Visual Institucional, cuya elaboración fuera encomendada por Decreto N° 446/7.

ARTÍCULO 3.- Dejar establecido que mantendrán su vigencia las disposiciones del Decreto Nº 2835/02 y su modificatorio N° 446/07 en todo lo que no fuera modificado por el presente.

ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.