DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AGRARIOS

DECRETO 175

La Plata, 15 de marzo de 2010.

 VISTO el expediente Nº 22500-1380/09, por intermedio del cual el Ministerio de Asuntos Agrarios promueve la aprobación de la Addenda Nº 1 al Convenio Marco suscripto con la Fundación ArgenINTA, el 29 de noviembre de 2006, con el propósito de brindar apoyo a la instrumentación de medidas destinadas a la asistencia de pequeñas y medianas empresas bonaerenses, aprobado por Decreto Nº 3147/06, y la Carta Acuerdo que posibilite instrumentar y llevar adelante las actividades de los programas diseñados para el corriente año, y

 CONSIDERANDO:  

Que a fojas 10/11 luce la conformidad de las partes para prorrogar por dos (2) años más, a partir de su vencimiento, la vigencia del Convenio Marco de Colaboración Recíproca, tal como lo establece la Cláusula Décimo Segunda del mismo;  

Que mediante la Addenda Nº 1 del mismo, ya referida en el exordio del presente, se adecuan, actualizan y simplifican aspectos procedimentales de la vinculación, mientras que por la Carta Acuerdo se instrumentan los programas diseñados, o parte de ellos, con los que la Cartera propiciante pretende continuar con la ejecución de aquellas actividades tendientes a la consecución de los objetivos fijados en el Convenio Marco;  

Que con tal finalidad, el Ministerio de Asuntos Agrarios ha considerado necesario mantener o impulsar los Componentes “Programa Colaboración y Fortalecimiento Operativo para el Plan Ganadero Provincial”, “Fortalecimiento Institucional del Programa de Desarrollo del Sudoeste”, “Programa Actualización del Sistema de Información del Sector Lácteo en la Provincia de Buenos Aires”, y “Programa Jóvenes Emprendedores Rurales Bonaerenses”, financiables con el presupuesto que le ha sido designado en el corriente Ejercicio Financiero;  

Que a fojas 66 y 146 interviene en función de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto;  

Que a fojas 60 dictamina Asesoría General de Gobierno, a fojas 61 y vuelta informa Contaduría General de la Provincia, y a fojas 69 y vuelta toma vista el Fiscal de Estado;  

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;  

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Prorrogar el Convenio Marco de Colaboración Recíproca, suscripto ente el Ministerio de Asuntos Agrarios y la Fundación ArgenINTA aprobado por Decreto Nº 3147/06, por el término de 2 años, a partir de su suscripción y de conformidad con la cláusula décima segunda del citado Convenio.  

ARTÍCULO 2°. Aprobar la Addenda Nº 1 al Convenio Marco de Colaboración Recíproca signado entre la Fundación ArgenINTA y el Ministerio de Asuntos Agrarios, aprobado por Decreto Nº 3147/06, cuyo texto, como anexo 1, pasa a formar parte integrante del presente.  

ARTÍCULO 3°. Aprobar la Carta Acuerdo suscripta entre el Ministerio de Asuntos Agrarios y la Fundación ArgenINTA, cuyo texto, como anexo 2, pasa a formar parte del presente, la que se encuentra compuesta por: Presupuesto Total (anexo I), “Programa Colaboración y Fortalecimiento Operativo para el Plan Ganadero Provincial” (anexo II), “Fortalecimiento Institucional del Programa de Desarrollo del Sudoeste” (anexo III), “Programa Actualización del Sistema de Información del Sector Lácteo en la Provincia de Buenos Aires” (anexo IV), “Programa Jóvenes Emprendedores Rurales Bonaerenses” (anexo V) y Contrato de Locación de Servicios (anexo VI).  

ARTÍCULO 4°. Aprobar el gasto de hasta la suma de pesos un millón seiscientos sesenta y nueve mil seiscientos treinta ($1.669.630), comprometidos en la Carta Acuerdo aprobada por el artículo 3º del presente.  

ARTÍCULO 5°. La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3º y 4º, será atendida con el presupuesto del Ejercicio 2010 con cargo a la siguiente imputación: ACE 1 - Finalidad 1 – Función 3 - Programa de Financiamiento 1.1 - Partida Principal 5 - Sub-principal 1 - Parcial 7 - Subparcial 5 - pesos un millón cuatrocientos diecinueve mil seiscientos treinta ($ 1.419.630); y ACE 1 - Finalidad 1 – Función 3 - Programa de Financiamiento 1.1 - Partida Principal 5 - Sub-principal 2 - Parcial 4 - Subparcial 99 - pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000).  

ARTÍCULO 6°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Agrarios.  

ARTÍCULO 7°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

    Ariel Fabián Franetovich

Daniel Osvaldo Scioli

   Ministro de Asuntos Agrarios

Gobernador

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA VIGENTE ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA FUNDACIÓN ARGENINTA

ADDENDA Nº 1

  Entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, en adelante EL MINISTERIO, con domicilio en el 7º Piso de la Torre I, sita en la calle 12 esquina 50 de la ciudad de La Plata, representada en este acto por su titular, Doctor Ariel Fabián FRANETOVICH, por una parte, y la FUNDACIÓN ARGENINTA, en adelante LA FUNDACION, con domicilio en calle Cerviño Nº 3101, Piso 1º de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Director Ejecutivo, Doctor Roberto Javier ORTEGA, por otra parte, se celebra la presente Addenda Convenio   Marco de Colaboración Recíproca:  CLÁUSULA PRIMERA: Modifícase la cláusula segunda y novena del Convenio Marco de Colaboración Recíproca aprobado por Decreto 3.147/06, quedando las mismas redactadas de la siguiente manera:  CLÁUSULA SEGUNDA: Para el logro de los objetivos mencionados, las partes convendrán, mediante Carta Acuerdo, las tareas a realizar en cada programa y/o proyecto y/o actividad particular; sus alcances, ámbito y plazo de ejecución, recursos humanos, físicos y financieros y demás características atinentes. Estas cartas acuerdo serán suscriptas por los firmantes de este convenio o por las personas en las cuales deleguen dichas firmas; y la duración de los programas y/o proyectos y/o actividades particulares que se convenga llevar adelante en cada Carta Acuerdo no podrá, en ningún caso, superar temporalmente la vigencia del presente Convenio Marco.  CLÁUSULA NOVENA: Las partes signatarias tendrán derecho a la rescisión unilateral del presente Convenio o de las respectivas Cartas Acuerdo en cualquier momento, sin la necesidad de expresión de causa, debiendo comunicar a las otras partes tal decisión en forma fehaciente con una antelación de ciento ochenta (180) días. La rescisión no dará derecho a formular reclamos de ninguna índole y los trabajos en ejecución, al producir efecto la denuncia, deberán continuar hasta su finalización; salvo en los casos de cese del flujo de fondos acordados en cuyo caso las actividades cesarán de inmediato.En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 21 días del mes de diciembre del año 2009.

CARTA ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA FUNDACIÓN ARGENINTA

  Entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires en adelante EL MINISTERIO, con domicilio en el 7º Piso de la Torre I, sita en la calle 12 esquina 50 de la ciudad de La Plata, representada en este acto por su titular Doctor Dr. Ariel Fabián FRANETOVICH, por una parte, y la FUNDACION ARGENINTA, en adelante LA FUNDACIÓN, con domicilio en calle Cerviño Nº 3101, Piso 1º de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Director Ejecutivo, Doctor Roberto Javier ORTEGA, por otra parte, se celebra la presente Carta Acuerdo dentro del Marco del Convenio de Colaboración recíproca.  CONSIDERANDO:  Que a partir de fines del año 2002, más precisamente en el mes de noviembre de ese año, en que mediante la firma del pertinente Convenio Marco de Colaboración Recíproca, EL MINISTERIO y LA FUNDACIÓN establecieron un vínculo para el desarrollo de aquellas actividades, proyectos y programas que han considerado prioritarios para la obtención de los fines compartidos;  Que ese Convenio Marco, ratificado en el ámbito provincial a través del Decreto Nº 3080/02, fue luego continuado por el celebrado en el mes de noviembre de 2006 y que, ratificado por el Decreto Nº 3147/06, hoy se encuentra vigente, dado que así fuera acordado mediante las respectivas notas cursadas por la partes con fecha 24 y 26 de noviembre de 2008, en los términos previstos por su Cláusula Décima Segunda;  Que entonces, para avanzar en el desarrollo de los proyectos y programas respecto de los cuales la actual administración de EL MINISTERIO pretende avanzar, cabe instrumentar, conforme la condición contemplada por la citada Cláusula Segunda, la pertinente Carta Acuerdo;  Que tal pretensión puede implementarse a fin de que LA FUNDACIÓN, por su parte, es un organismo que tiene entre sus finalidades atender al desarrollo socio-económico del sector agropecuario, contribuyendo a la competitividad y sustentabilidad del sistema Agropecuario y Agroindustrial mediante su asistencia a organizaciones públicas y privadas, con la pretensión de aportar al logro de los objetivos de las políticas de desarrollo agroalimentario, estimulando, promoviendo y apoyando los esfuerzos de los componentes de injerencia en el ámbito rural que posibiliten ese logro del desarrollo agrícola y bienestar rural;  Que con tal finalidad y sobre la base de las regulaciones previstas en el Convenio Marco vigente, las partes acuerdan las siguientes Cláusulas:  PRIMERA - OBJETO  Instrumentar la cooperación técnico-administrativa de la FUNDACIÓN en la concreción de las siguientes actividades: Plan Ganadero Provincial, Plan de Fortalecimiento Iinstitucional del Programa de Desarrollo del Sudoeste, Programa de Actualización del Sistema de Información del Sector Lácteo y Programa de los Jóvenes Emprendedores Rurales, en todos los aspectos referidos a la labor en el campo técnico y profesional, incluidos los correspondientes a la unidad de coordinación. (Anexos II; III; IV y V)  SEGUNDA - APORTES Y OBLIGACIONES DE EL MINISTERIO  2.1 Para la realización de las actividades previstas en la presente Carta Acuerdo, el MINISTERIO asignará la suma de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA, ( $ 1.669.630.-), en el término del año 2009, de acuerdo con el detalle que se acompaña como Anexo I, monto que incluye el concepto de Gastos Administrativos y Técnicos (COGAyT) y los transferirá a la Cuenta Bancaria Nº 4014018518/7, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y de la cual la FUNDACIÓN es titular.  Las actividades a financiar podrán incluir la suscripción de contratos de locación de obra, asistencia técnica y servicios de consultores, técnicos y personal de apoyo, realización de estudios, talleres, visitas de intercambio, seminarios, cursos, adquisición y/o alquiler de bienes y equipos, pago de pasajes, viáticos y/o movilidad, materiales de capacitación, edición de publicaciones, gastos de difusión y cualquier otro costo operativo que se requiera para la ejecución de las actividades previstas en la Cláusula Primera de la presente.  2.2. El MINISTERIO realizará el control financiero de los recursos y el seguimiento y evaluación de la evolución de las actividades previstas en el marco de la presente.  2.3. El MINISTERIO en un término no mayor de TREINTA (30) días corridos a partir de la fecha en que la FUNDACIÓN presente el Informe Financiero Final, formulará las observaciones pertinentes a dicho informe.   En caso contrario se tendrá por aceptado y aprobado y quedará obligado a extender el finiquito correspondiente en que conste que no hay reclamos pendientes a la FUNDACIÓN y asimismo, la FUNDACIÓN extenderá el finiquito que exonere a el MINISTERIO de cualquier reclamo en relación con las obligaciones contraídas en esta Carta Acuerdo.  TERCERA - APORTES Y OBLIGACIONES DE LA FUNDACIÓN  3.1. La FUNDACIÓN compromete el apoyo técnico y administrativo para la ejecución de las actividades previstas en la presente Carta Acuerdo.  3.2. La FUNDACIÓN asume la administración de recursos aportados por el MINISTERIO y que se especifican en el Anexo, conforme las cláusulas de la presente Carta Acuerdo, las normas administrativas y procedimientos que regulan su accionar y las definiciones, criterios y directivas formales que emita el Comité Coordinador creado por la Cláusula Quinta de la presente Carta Acuerdo.  3.3. Presentar los siguientes informes:    a) Informes financieros mensuales documentando los gastos incurridos en cada período finalizado.    b) El informe financiero final de la presente Carta Acuerdo.  3.4. Brindar al MINISTERIO toda aquella información que se solicite, relacionada con la ejecución de la presente Carta Acuerdo.  3.5. Adquirir los bienes y efectuar las contrataciones y/o adquisiciones de bienes y/o servicios solicitados por el MINISTERIO conforme las especificaciones técnicas que éste le indique, de acuerdo al objeto de la presente Carta Acuerdo.  3.6. La FUNDACIÓN se compromete a aportar tres (3) técnicos a tiempo parcial, a efectos de realizar tareas de planificación, ordenamiento y gestión administrativa, con el fin de cumplimentar tareas necesarias para la ejecución del programa y objeto de la presente Carta Acuerdo.  3.7. La FUNDACIÓN elaborará un plan de capacitación aplicable al programa de la Carta Acuerdo que versará sobre la temática de fortalecimiento de las capacidades y reingeniería de los procesos de administración de redes institucionales de cooperación, enmarcado en normativas de calidad ISO 9001. Dicho plan se destinará al personal técnico y administrativo afectado a la ejecución del programa.  3.8. La FUNDACIÓN aportará el espacio físico apropiado y destinará dos (2) técnicos capacitadores para la organización, dictado y ejecución del plan de capacitación descripto en el inciso anterior.  CUARTA - RECURSOS FINANCIEROS Y SISTEMA DE DESEMBOLSOS  4.1 El presupuesto para la realización de las actividades estará indicado en el Anexo, que forma parte de la presente Carta Acuerdo y la aplicación de fondos deberá responder a los conceptos y montos allí previstos. Su metodología y ejecución se ajustará a las normas y procedimientos que rigen a la FUNDACIÓN.  4.2 Los gastos generados por las operaciones de cambio y financieras, como así las diferencias de cambio que puedan originarse, serán absorbidos por esta Carta Acuerdo y sus eventuales addendas.  QUINTA - COMITÉ COORDINADOR  De acuerdo a lo contemplado en el Convenio Marco celebrado el 29 de noviembre de 2006, el MINISTERIO designa como miembros del Comité Coordinador al Doctor Ariel Fabián FRANETOVICH y al Contador Marcelo FERNÁNDEZ GIACHELLA en carácter de representante suplente.  Por su parte, la FUNDACIÓN designa al Director Ejecutivo en carácter de representante titular y al Gerente de Fondos de Terceros en carácter de representante suplente.  SEXTA - PROPIEDAD DE LOS BIENES ADQUIRIDOS  La titularidad de los bienes que se hayan adquirido en virtud del presente, corresponderá a la parte con cuyos fondos se adquieran, y según sean:   a) Registrables: En caso de corresponder, se realizará la transferencia correspondiente, con destino de uso exclusivo al proyecto, y de acuerdo a la normativa vigente aplicable al efecto, dentro de los sesenta (60) días corridos de adquirido el bien.   b) Otros bienes: Se realizará la transferencia mediante notificación suscripta por la FUNDACIÓN al MINISTERIO, acompañada del inventario correspondiente.  Los referidos bienes y equipamientos serán utilizados exclusivamente por el personal autorizado por el MINISTERIO para desarrollar las actividades pertinentes.  SÉPTIMA- GESTIONES ADMINISTRATIVAS  Aquellas actividades que se realicen en virtud de la presente, y por las cuales sea necesario la adquisición y/o mantenimiento de bienes registrables a fin de llevar a cabo el objeto del presente, la FUNDACIÓN por cuenta y orden del MINISTERIO se encargará de las gestiones legales y administrativas correspondientes y necesarias al efecto. Los gastos y erogaciones de dicha gestión, correrán por exclusiva cuenta del   MINISTERIO.  OCTAVA - REMANENTES  El remanente de efectivo que pudiera existir a la finalización de la presente Carta Acuerdo, deberá ser restituido al MINISTERIO en un plazo no mayor de treinta (30) días, a contar de la fecha de aprobación del informe final presentado por la FUNDACIÓN. Si a esa fecha, la FUNDACIÓN tuviese aún obligaciones pendientes y/o pagos por cancelar y/o servicios en proceso de ejecución, en el marco de la presente, esta última podrá retener las sumas necesarias, hasta que dichas obligaciones queden definitivamente saldadas.  NOVENA - LOCACIÓN DE SERVICIOS U OBRA  Las partes acuerdan que los pagos, renovaciones, rescisiones, acuerdos judiciales y extrajudiciales y todos los actos referidos a los contratos de locación de servicios u obra, son realizados por exclusiva cuenta y orden del MINISTERIO, por lo que este último asumirá los costos y erogaciones que la ejecución, rescisiones y/o posibles acuerdos o conciliaciones de los mismos devengaren. Los modelos de contratos de locación, se adjuntan a la presente como Anexo VI.  DÉCIMA - SEGUROS  Aquellas actividades que se realicen en virtud de la presente, y por las cuales sea necesario la asistencia técnica, científica y/o administrativa de personas no vinculadas o dependiente de las partes, la FUNDACIÓN procederá a la contratación de los seguros pertinentes, a fin de resguardar a dichos contratados. Los gastos de contratación y gestión de las pólizas, correrán por cuenta del MINISTERIO.  DÉCIMA PRIMERA - ACTIVIDADES NO ESPECIFICADAS  Sin perjuicio de las actividades a financiar establecidas en el punto 3.1 de la presente, la FUNDACIÓN podrá adquirir y/o contratar otros bienes y servicios no mencionados, previo acuerdo formal realizado por escrito entre las partes y autorización expresa del MINISTERIO siempre y cuando sean acordes con el objeto de esta Carta Acuerdo y con los procedimientos y normas que rigen a la FUNDACIÓN.  DÉCIMA SEGUNDA - PRÓRROGAS Y MODIFICACIONES  Toda modificación o prórroga que se efectúe a esta Carta Acuerdo por mutuo acuerdo de las partes, se formalizará mediante la suscripción de Addendas que se anexarán a la misma.  En constancia se firman dos originales de la presente Carta Acuerdo a los 21 días del mes de diciembre del año 2009.

ANEXO ICARTA ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA FUNDACIÓN ARGENINTA

PRESUPUESTO TOTAL

$ 1.669.630

 

 

PESUPUESTO POR PROGRAMA

 

1. COLABORACIÓN Y FORTALECIMIENTO

 

OPERATIVO DEL PLAN GANADERO PROVINCIAL

 

ANEXO II

$ 841.510

 

 

2. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL

 

PROGRAMA DEL DESARROLLO DEL SUDOESTE

 

ANEXO III

$ 259.560

 

 

3. PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA

 

DE INFORMACIÓN LÁCTEA

 

ANEXO IV

92.700

 

 

4. PROGRAMA JÓVENES EMPRENDEDORES

 

RURALES BONAERENSES

 

ANEXO V

475.860

ANEXO II

PROGRAMA COLABORACIÓN Y FORTALECIMIENTO OPERATIVO PARA EL PLAN GANADERO PROVINCIAL (PGP)Decreto Provincial 2.162/2008

  OBJETIVO DEL PROGRAMA DE COLABORACIÓN CON EL PGP  Facilitar los procesos de difusión del programa y formación de Asesores Técnicos Habilitados (ATH) para reducir los errores y no conformidades de los Planes Productivos

  RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y FINANCIEROS COMPROMETIDOS DESDE MAA     - COORDINADOR DEL PLAN GANADERO PROVINCIAL.     - $ 817.000 durante 1 año, para la realización de capacitaciones,        talleres de formación y otras tareas de soporte al PGP.

Detalle del presupuesto para programa de Fortalecimiento al PGP

  OBJETIVO DEL PGP  Aumentar la producción de carne bovina en la provincia, mediante la mejora sistémica en su productividad y eficiencia

  Objetivos específicos del PGP  - Mejorar los valores de productividad de la producción ganadera con miras a lograr mayor número de terneros.  - Contribuir a la mejora de la sanidad del ganado bovino  - Contribuir a la incorporación de técnicas de manejo  - Desarrollar un programa de extensión capacitación y transferencia que potencie la adopción de tecnologías ganaderas, en particular las tecnologías de proceso.  - Generar la información básica indispensable para desarrollar líneas de financiamiento que apoyen el funcionamiento de las empresas ganaderas.  - Desarrollar mecanismos que garanticen la cría de terneros machos, provenientes de tambos ubicados en las distintas cuencas.  2) Diseño del plan ganadero provincial:   2-a Descripción de los componentes del plan    - Actividades a desarrollar    - Herramientas    - Instrumentos  I. Componente Plan Ganadero Nacional  El 14 de junio de 2007 la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación creó el Plan Ganadero Nacional a través de la Resolución 246/07.  En sus considerandos la resolución establece que el objetivo principal del PGN es mejorar la competitividad del negocio de la carne desde el sector primario de la producción hasta el consumidor final, diseñándose medidas orientadas a mejorar las condiciones de competitividad, puntualizando el aumento de la oferta de carne bovina y la mejora en la transparencia del mercado, en la organización de los productores y en los sistemas comerciales, de información y de mercados.  Señala también que uno de los objetivos esenciales del PGN es aumentar los índices de productividad de la producción primaria con miras a lograr un mayor número de terneros por vaca y, por ende, mejorar la oferta del sector productor primario.  Promueve para el cumplimiento de estos objetivos medidas relacionadas con la sanidad reproductiva del ganado bovino, la incorporación de técnicas de mejoramiento genético, el desarrollo de infraestructura productiva, como ser mangas, bretes, aguadas, alambrados y otras mejoras y la implementación de un programa de extensión y difusión de la ganadería, a través de capacitación y transferencia de tecnología.  Como herramienta estratégica para el cumplimiento de los objetivos implementa un régimen de promoción mediante el otorgamiento de apoyo económico no reintegrable a productores ganaderos de cría bovina para mejorar la producción de los rodeos nacionales.  Promueve la dotación de instrumentos comerciales que brinden mayor transparencia y agilidad a la operatoria comercial en toda la cadena de comercialización de ganados y carnes y, entre otras fomenta, medidas de modernización para readecuar las plantas frigoríficas a través de inversión en mejoras e infraestructura.  Muchas de estas acciones fueron desarrolladas, entre otras en los últimos años, en la provincia de Buenos Aires a través del denominado Programa Impulso Ganadero. Incluso, se suscribieron convenios en el marco de éste y de otros Programas de la SAGPyA con objetivos similares a los planteados por la Nación. En ese contexto se convino el aporte de recursos económicos, técnicos y humanos para la ejecución de acciones conjuntas y obligaciones recíprocas.  Un eje central del componente, será el fortalecimiento de las Secretarías de la Producción en aquellos partidos que tenga actividad importante el Plan. Algunas herramientas como la contratación de profesionales veterinarios, se desarrollan más adelante. Otras serán la continuidad de subsidios a los Municipios con la finalidad de promover el equipamiento necesario para desarrollar las actividades del Programa Provincial y del PGN.  La conformación de las Comisiones Locales en los términos que fije la Coordinación del Programa, será condición sine qua non para la participación de los respectivos municipios en el Plan  III. Componente Incorporación Tecnológica al Rodeo de Cría ProvincialSiguiendo con la estrategia fijada por el PGN y profundizando lo ya hecho en la Provincia de Buenos Aires, el Programa Provincial de Ganados y Carnes busca mejorar los índices de productividad del rodeo de cría provincial, transfiriendo tecnología probada al productor ganadero, a través de dos estrategias básicas: mejoramiento de la base forrajera y el estacionamiento de la parición . Junto con ello se concretará un sistema de indicadores que permita el ordenamiento en el tiempo de las actividades que se desarrollan y los cambios necesarios que los mismos señalen.  En primer lugar se ha decidido que el accionar del componente se realice en la denominada Pampa Deprimida o Baja Cuenca del Salado cuyos límites fijó la Comisión de Desarrollo del Salado (CODESA), la Depresión de Laprida (determinada por las características fisiográficas analizadas por INTA en su Mapa de Suelos de la Provincia de Buenos Aires) y la superficie delimitada por la Ley 13.647 del Plan de Desarrollo del Sudoeste.  El área donde se desarrollará el componente es, entonces, el siguiente

  El área así determinada ocupa una superficie aproximada a las 13,6 millones ha, abarcando un número de 40 partidos –algunos circunscriptos a circunscripciones y en la que se encuentran aproximadamente 21000 EAP´s.  La población objetivo es el productor con un número de entre 50 y 250 vientres, coincidiendo ello a grandes rasgos con lo establecido por el PGN.  El número de vientres por partido se ha tomado de acuerdo al número arrojado por la vacunación señalada.  El número de vientres que participa del componente es de aproximadamente cinco millones lo que arroja una cifra superior al 50 % del total provincial.  A los fines del diseño, se han establecido tres etapas. Pues se considera oportuno realizar durante la primer etapa la experiencia necesaria para abordar tan complejo programa, debiéndose también desarrollar la ingeniería financiera que permita poner en marcha en tiempo y forma las 2 restantes.  Se contratará un profesional veterinario por cada partido donde se lleve a cabo el componente, a través de las Secretarías de la Producción Municipales  IV: Componente Apoyo a la Actividad Ganadera de Recría e Invernada  Los valores promedio de rendimiento de soja ubican a la Argentina en el primer puesto a nivel mundial, dado que obtiene 2.900 kg/ha, como Brasil y EE.UU., pero ese rendimiento, Argentina lo logra con un 35 a 40% en doble cultivo, lo cual aumenta la productividad por hectárea, dejando al país como líder en productividad de soja a nivel mundial. Además, el sistema productivo implementado con el aporte de la biotecnología, la siembra directa, la fertilización balanceada y la maquinaria de precisión, ofrece los costos de producción de soja más bajos del mundo.  En cambio, cuando se comparan los índices de productividad de carne o de leche, Argentina está muy relegada comparativamente. Muchos son los factores que justifican esos bajos índices, pero la ineficiencia de la alimentación es quizás la más importante tranqueras adentro. La baja producción promedio de MS/ha y la ineficiencia de cosecha del pasto, como así también la mala calidad de forraje conservado serían los factores más gruesos a corregir.  Se calcula que en los últimos 15 años, la región pampeana vió disminuir su stock ganadero en una tres millones y media de cabezas, a expensas de otras regiones a causa del avance agrícola.  Al analizar las cifras de la vacunación de los últimos cuatro años se observa que en tanto el stock de vacas disminuyó, disminuyó un 7% el de novillos señalando un cambio en las actividades, afectando principalmente a la invernada obviamente a causa de ser esta actividad la más perjudicada por el avance agrícola.  Se observa también que el porcentaje de novillos de la Región Pampeana con respecto al stock nacional de novillos es inferior al porcentaje de terneros que contiene esta región, lo cual significaría una exportación para ser recriado o engordado en otras regiones.  Lo señalado está indicando la necesidad de un cambio evolutivo en los sistemas de producción ganaderos: los productores para competir deben transformarse en ganaderos eficientes, aplicando tecnologías equivalentes a las utilizadas por los agricultores, maximizando la producción de MS/ha, mejorando paralelamente la calidad del forraje conservado y aumentando la eficiencia de cosecha del pasto con altas cargas y buenos sistemas de pastoreo.  El componente de apoyo a los sistema de recría e invernada propone iniciar este camino a través de un programa piloto a desarrollarse en tres partidos seleccionados por la Unidad de Coordinación de la zona tradicional de invernada, tres partidos de la región del sudoeste, tres partidos de la cuenca del Salado, incluido entre ellos el de Chascomús, y tres partidos de la región del sudeste o la denominada pampa interserrana.  En cada uno de los partidos se seleccionarán 10 productores con planteos productivos de recría y/o invernada y/o ciclo completo.  Los mismos deberán realizar sus PDP siguiendo los lineamientos que le fije la Coordinación Provincial. Entre otros:  - Adecuada rotación de cultivos  - Control de malezas y plagas en tiempo y forma.  - Adecuado programa sanitario animal  - Uso de sistemas de conservación de forrajes eficientes y de alta      calidad  - Adecuado equipamiento y uso de maquinaria para forraje conservado  - Uso de cultivares de alto potencial de rendimiento de materia seca por     hectárea  - Engorde a corral  V: Componente Apoyo a la Producción Cárnica en la Actividad Láctea  El sector lechero representa una parte destacada de la economía provincial. El censo agropecuario de 2002 señala un total de 3.117 tambos lo que representa aproximadamente un 20 % del total nacional. Ellos poseen 901.000 cabezas, un 26% del rodeo lácteo nacional, participación similar al de vacas en ordeño a nivel nacional.  Buenos Aires ocupa el tercer lugar en cantidad de vacas y tambos, luego de las provincias de Córdoba y Santa Fe, con una producción anual de 2.131 millones de litros. El 97% de los tambos poseen ordeñe mecánico. El promedio de producción por día lo conforma una importante heterogeneidad de tambos, desde los que producen menos de 500 litros/día hasta aquéllos que son abastecedores de las grandes empresas lácteas (La Serenísima y SanCor) y entregan en promedio 2.500 litros/día.Existen 5 cuencas lecheras en la provincia. La de mayor importancia es la del Oeste ya que produce casi el 60% del total provincial, con el 55% de los tambos, y una consecuente mejor productividad con respecto al resto de las cuencas.  De un tiempo a esta parte se viene analizando en forma creciente, el destino que se la da a la producción de terneros machos en la actividad láctea debido a la matanza que de ellos se hace durante los primeros días de vida. Ello es producto del alto costo inicial de la crianza en relación a otras etapas de la vida del animal, la inconveniencia económica y de manejo de establecer en los establecimientos sistemas de crianza, recría y engorde, y el poco interés de los feed lots en este tipo de animal, sobre todo cuando llegan a las pistas con baja edad y peso.  Fuentes privadas cuantifican en un millón el número de terneros sacrificados anualmente, en tanto altas fuentes de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos ubica en 600.00 cabezas por año.  De una forma u otra, a razón de 40 kg por ternero nacido, se está ante una pérdida difícil de justificar o de entender de entre 24.000 a 40.000 toneladas de carne.  En la provincia de Buenos Aires, aproximadamente 400 mil terneros machos anuales derivan de la producción láctea. Sin conocer las cifras, es muy posible que buena parte de ellos sean sacrificados por las razones expuestas. Esta apreciación merece ser analizada con más detalle sobre todo en cuanto a la distribución territorial y el dimensionamiento de los tambos que generan las pérdidas mencionadas.  Una primera opinión sobre esta problemática permitiría señalar que, en la provincia de Buenos Aires, este tipo de práctica se manifiesta en los establecimientos más grandes donde además la concentración de pariciones en otoño es más elevada.  Otro destino de los terneros suele ser la crianza en la periferia de los pueblos, modalidad que se ha visto reducida con la disminución de la crisis de 2001. También, algunos tambos ofrecen a los Municipios terneros para que estos sean ubicados entre pobladores de bajos recursos dispuestos a criarlos o en asociaciones sociales que, luego de criarlos y recriarlos, son comercializados o destinados a comedores comunitarios.  El componente tiene como objetivo desarrollar mecanismos que garanticen la cría de terneros machos, provenientes de tambos ubicados en las distintas cuencas.  Para ello se desarrollará una experiencia piloto en la cual se seleccionarán 10 productores en la Cuenca Oeste de la provincia y dos productores en cada una de las restantes cuencas. A cada uno de ellos se les entregará, como máximo, unos doscientos terneros cedidos por tambos que deseen participar de la experiencia.  Los productores que accedan al programa recibirán asesoramiento técnico para la planificación de las actividades, créditos preferenciales y beneficios impositivos para adquisición de equipamiento de crianza, y apoyo económico para atender la alimentación y sanidad de la guachera.  Paralelamente se trabajará con los engordadores para garantizar la demanda desarrollando estrategias similares, análisis de nuevos mercados y mecanismos alternativos de comercialización.  Asimismo se fomentará la instalación de Centros Asociativos de Crianza con similares medidas a las señaladas y otras adicionales que se están diseñando al presente.  Por último, se dará apoyo a aquellos Municipios que reciban terneros de tambos con fines sociales.  El componente desarrollará indicadores que señalen la rentabilidad del sistema y la viabilidad de los mecanismos propuestos.

ANEXO IIIFORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DELPROGRAMA DE DESARROLLO DEL SUDOESTELey 13.647 de la Provincia de Buenos AiresDecreto Nº 2.585/2007PUESTA EN MARCHA DE LOS SUBCONSEJOS DE REGIÓNOBJETIVO: Promover desde el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia, a través de aportes organizacionales, funcionales y económicos, la puesta en marcha de 3 Subconsejos Regionales, para las Subregiones Patagónica y CORFO (1), Semiárida (1), Ventania (1), en el marco de las leyes y decretos mencionados en el título.

   RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y FINANCIEROS COMPROMETIDOS DESDE MAA- COORDINADOR DEL PLAN DE DESARROLLO DEL SUDOESTE, Dependiente financiado por el MAA, con movilidad y viáticos pagados.- $ 300.000 durante el primer año de funcionamiento de 3 Subconsejos Regionales, para afrontar los honorarios de los Coordinadores de dichos Subconsejos.INTRODUCCIÓNLa región del sudoeste bonaerense está integrada por los partidos de Guaminí, Adolfo Alsina, Coronel Suárez, Coronel Pringles, Coronel Dorrego, Saavedra, Tornquist, Puán, Coronel Rosales, Bahía Blanca, Villarino y Patagones. Cuenta con el veinticinco por ciento del territorio de la Provincia (6.500.000 has), que no es pampa húmeda, sino que forma parte de las regiones semiárida, árida y subhúmeda-seca del país, poseyendo características climáticas y edáficas que la diferencian del resto de la Provincia.El 70% de la superficie está ocupada por las actividades ganaderas, encontrándose en la región el quince por ciento (15%) del rodeo bovino de la Provincia. Del 30% de la superficie dedicada a la agricultura el principal cultivo es el Trigo con un 68% de la superficie agrícola sembrada. Hay alrededor de nueve mil (9.000) explotaciones agropecuarias. El desmonte indiscriminado, la agricultura en sitios inadecuados y las prácticas de laboreo agresivas, han llevado a más de una explotación a magnitudes de degradación del suelo que comprometen la continuidad productiva disminuyendo seriamente los resultados económicos, que hacen viables a las explotaciones agropecuarias.Se observan cambios en el uso de la tierra, con una recuperación del interés por la ganadería ovina, otra característica de la región, con diversificación en lana, carne y leche y nuevas alternativas productivas como la olivicultura, los cultivos de aromáticas, la intensificación de la actividad porcina, que junto a otras, se adaptan de mejor manera al ambiente que muchas de las prácticas productivas actuales.También se agregan las posibilidades de diferenciar y certificar commodities como la carne vacuna, achicando incluso el ciclo de producción, o segregación de trigo, transformándolos en specialities y agregando valor al tramo inicial de la cadena.Los actuales niveles de productividad regional, pueden ser incrementados con la adopción de prácticas racionales y políticas de apoyo y fomento que respondan a los ritmos productivos propios de situación de aridez y semiaridez.Políticas Provinciales para la RegiónEn un momento en que la Nación y la Provincia están reviendo las políticas y estrategias de generación y distribución de la riqueza, la diferenciación de esta vasta zona es un hecho trascendente a la hora de diseñar políticas públicas de promoción y fomento de los sistemas de producción y sus cadenas de valor como así también: de radicación y permanencia de los pobladores, de apoyo a la adopción de tecnologías, de programas regionales de educación y capacitación, de programas de crédito, de políticas fiscales, etc.Las políticas de fomento solo generan los cambios buscados, cuando parten del reconocimiento de las potencialidades y limitantes que poseen los destinatarios de las mismas.Por el contrario, si esto no se toma en cuenta, se corre el serio riesgo que esas políticas de fomento no produzcan el efecto deseado, llegando incluso en algunos casos a crear nuevas situaciones de conflicto, como el endeudamiento tomado en condiciones que no contienen posibilidades reales de repago, lo que ha obligado en más de una ocasión a tener que producir refinanciamiento o nuevas herramientas financieras, incluso llegándose a que la Provincia se haya hecho cargo de los rescates de deuda.La región del Sudoeste ha recibido a lo largo de los años, políticas públicas de apoyo a la producción primaria, como también normativas que han intentado protegerla de las contingencias climáticas. Sin embargo, muchas de ellas, fueron diseñadas sin haber puesto la debida atención a las potencialidades y limitantes del ambiente en que se ponían en práctica.Los estudios de suelo y clima, y el conocimiento que sobre ellos se ha alcanzado, permiten visualizar con mayor claridad y objetividad las posibilidades y alternativas de generación de riqueza de la actividad agropecuaria y sus cadenas de valor.El régimen climático es sub húmedo seco en la parte norte transformándose de semiárido a árido medida que se avanza hacia al sur. Las precipitaciones medias anuales oscilan entre 600 y 400 mm respectivamente ocurriendo las mayores en los meses de verano. Las temperaturas extremas llegan a los -6º en agosto con heladas desde mediados mayo hasta fines de septiembre.En los últimos quince (15) años (1991-2005) la región estuvo ininterrumpidamente en emergencia por sequía, utilizando los alcances de la Ley 10.390 y modificatorias, para hacer frente a las distintas contingencias climáticas, cuando no económicas.La razón invita a reflexionar que, si existe esta situación durante semejante lapso de tiempo lo descrito no responde a "emergencias climáticas", sino por el contrario a "condiciones climáticas". En ese marco la Provincia de Buenos Aires decidió tomar medidas específicas bajo la forma de un plan integral.El Plan de Desarrollo creado por la Ley 13.647 junto a su Consejo Regional propone una mirada integral para el desarrollo social-económico, productivo y cultural de la región e indica la necesidad de incorporar políticas tecnológicas, de transferencia y extensión, de educación y capacitación, financieras, e impositivas con los criterios de diferenciación que surgen de considerar las condiciones edafo-climáticas, productivas y ambientales que la caracterizan, con el objeto de superar está situación estructural. Dicho plan subdivide a la región conformada por los doce partidos mencionados precedentemente en cuatro (4) subregiones de norte a sur Ventania, Semiárida, CORFO y Patagónica.Puesta en marcha de los Subconsejos de RegiónEl Plan de Desarrollo del Sudoeste genera una nueva actividad para el Ministerio de Asuntos Agrarios, que desde la promulgación de la Ley y su Decreto Reglamentario en 2007 no ha contado hasta la fecha con los medios para implementar las políticas que se vienen diseñando desde la acción de la red institucional que permitió la formulación del Plan de Desarrollo y el proyecto de Ley votado por la Legislatura.Durante el transcurso de 2008 se conformó el Consejo Regional y los cuatro subconsejos de región, como así también se formularon distintos programas para actividades específicas, todo ello con cargo al presupuesto de este Ministerio.La puesta en marcha de los programas del Plan de Desarrollo implica la necesidad de asignar recursos específicos y la diferenciación espacial hacen necesaria la presencia en el territorio de coordinadores que realicen el seguimiento de los diversos programas que aprobados por el Consejo Regional en el se ejecutan: Carnes Sureñas, Mieles Sureñas, Olivícola. Adicionalmente los coordinadores trabajarán en la puesta en marcha de los otros programas establecidos para la región: Uso racional del agua, Alimentos y turismo, Agricultura sustentable e Incubadoras de empresas y proyectos.PRESUPUESTO PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS COORDINACIONES DE TRES SUBCONSEJOSTOTAL MENSUAL POR CADA SUBCOORDINACIÓN: $ 7.000- Honorarios mensuales del Coordinador: $ 5.000- Movilidad, gastos varios y de administración mensual: $ 2.000TOTAL PRESUPUESTO DEL PROGRAMA DE 12 MESES PARA LAS TRES SUBCOORDINACIÓNES: $ 252.000.-

ANEXO IVPROGRAMA ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SECTOR LÁCTEO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

  En toda actividad productiva resulta esencial contar con información actualizada sobre el comportamiento de sus principales variables.La lechería, lejos de ser una excepción, constituye un sector en el que por su propia dinámica la disponibilidad y publicación de datos resulta de carácter vital para los empresarios – productores e industriales- y también para los funcionarios públicos que deben trabajar en el diseño de políticas para la cadena láctea.En el caso específico de la lechería bonaerense, el Ministerio de Asuntos Agrarios exhibe una larga y honrosa trayectoria en materia de políticas sectoriales, ocupando un destacado lugar dentro de los organismos oficiales con que cuenta el país. En este sentido, se reconoce a la cartera agropecuaria bonaerense por la calidad y cantidad de sus recursos humanos y por la vocación demostrada durante muchos años para trabajar juntamente con los representantes de la actividad lechera en todos aquellos temas de importancia para el sector.Uno de los principales logros alcanzados en los últimos años es el haber desarrollado un sistema de información estadística que ha permitido un constante seguimiento de la evolución de la producción de leche, de los índices de productividad y de la cantidad de tambos en las distintas cuencas lechera de la provincia. Este sistema se puso en marcha a principios del año 2000, y tuvo como punto de partida un relevamiento exhaustivo de la totalidad de los establecimientos procesadores de leche ubicados a lo largo y ancho del territorio provincial, obteniéndose a través del mismo, información completa y actualizada sobre los sectores industrial y primario. A partir de ese relevamiento, el Ministerio generó una muestra representativa de empresas lácteas, a través de la cual se pudo obtener información mensual y que constituye aún hoy la base del sistema informativo lácteo de la provincia.Habiendo transcurrido nueve años desde que se realizara el relevamiento general del sector, es evidente que muchas cosas han cambiado en el mapa lechero provincial. Por lo tanto, se considera necesario plantear una actualización del estado de situación, que permita mantener un sistema de información adecuado a las necesidades de los organismos y actores públicos y privados, en función de obtener un diagnóstico acertado como base para una correcta elaboración de políticas y la toma de decisiones. El trabajo a realizar debería contemplar, fundamentalmente, los siguientes aspectos:- Caracterización de la situación actual.- Recopilación de información sobre cantidad de tambos y producción de leche en cada cuenca lechera de la provincia.- Actualización del padrón de plantas lácteas existentes, recabando información relativa al recibo de leche, precio pagado al productor, principales parámetros en cuanto a composición y calidad de la materia prima, productos elaborados y mano de obra ocupada.- Identificación de los volúmenes de leche que ingresan desde otras provincias con destino a industrialización en plantas bonaerenses.- Elaboración de una nueva muestra representativa de empresas lácteas para el seguimiento mensual de la producción de leche, precio en tranquera y la elaboración de productos.- Cruce de información con el SENASA que permita determinar la magnitud y conformación del rodeo lechero provincial.Equipo de trabajo1 Coordinador: Con experiencia en el sector lechero y en el diseño de sistemas de información útiles para la toma de decisiones en el sector público. Dedicación parcial.2 Asistentes: Ingenieros Agrónomos sin experiencia laboral o estudiantes del último año de la carrera que tengan todas las asignaturas aprobadas y deban realizar el trabajo final de graduación.El trabajo podría formar parte del proyecto final de graduación.Presupuesto: $ 90.000El período previsto para la realización de los trabajos es de diez (10) meses.Los honorarios del coordinador serán de pesos cuatro mil mensuales ($ 4.000).Para cada asistente los honorarios serán de pesos dos mil quinientos mensuales ($ 2.500) totalizando ambos la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000).Coordinador $ 40.0002 asistentes: $ 50.000

ANEXO VPROGRAMA JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES BONAERENSES

  Desde distintos sectores se destaca la importancia del emprendedorismo como vector del desarrollo regional. Las evidencias empíricas fortalecen esta visión mostrando la relación positiva entre la creación de empresas y la tasa de crecimiento económico.La creación de nuevas empresas donde tomen participación los jóvenes genera efectos positivos en el entramado económico y social local. Impulsando la generación de empleos, la difusión y aplicación de innovaciones, la renovación y revitalización del tejido productivo, fomentando también el arraigo de los jóvenes hoy expulsados de las zonas rurales.Hasta la fecha el programa Jóvenes Emprendedores Rurales se ha desarrollado a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo rural de la Nación desde donde se ha planteado la necesidad de trabajar de forma conjunta con el Ministerio de Asuntos Agrarios. El objetivo del programa consiste en fortalecer los cinco centros existentes, para luego proyectar y poner en marcha diez nuevos centros emprendedores.Para el logro de sus objetivos, el proyecto se ha planteado en tres fases. En un comienzo se prevé identificar los municipios que ya estén trabajando en este sentido de forma tal de contar con un panorama de lo realizado hasta la fecha. Luego se seleccionarán los agentes locales y se les brindará la capacitación correspondiente para ejercer su rol de facilitadotes. Finalmente se establecerán acuerdos con organismos públicos y/o entidades del sector a fin de dar un lugar físico a los centros emprendedores.Los Centros de Desarrollo Emprendedor (CDE) serán establecidos en instituciones reconocidas en el sector agropecuario con fuerte presencia local a través de los cuales se brindarán servicios de asesoría, capacitación y acceso a redes de apoyo para la formación y consolidación de nuevos emprendimientos agropecuarios desarrollados por jóvenes de la zona.Objetivos del proyectoEl objetivo del proyecto consiste trabajar en conjunto y fortalecer el programa Jóvenes Emprendedores Rurales llevado a cabo por la Subsecretaría de Desarrollo rural de la Nación plasmado en la creación de cinco centros locales, para luego proyectar y poner en marcha diez nuevos centros emprendedores a cargo de la Provincia.Para el logro de los objetivos se proponen las siguientes actividades a desarrollar:- Generar un vínculo con los cinco centros existentes en la Provincia, detectando posibles necesidades e impulsando actividades en conjunto.- Identificar los municipios que ya estén trabajando en la temática del emprendedorismo rural de forma tal de identificar posibles nuevos centros.- Seleccionar y capacitar los agente locales- Establecer acuerdos con organismos públicos y/o entidades del sector a fin de dar un lugar físico a los centros emprendedores.- Formación de una Unidad Central de consulta especializada en temas relacionados al desarrollo de proyectos emprendedores- Puesta en marcha de los nuevos centros emprendedores- Lanzamiento del programa por medio de un concurso de proyectos emprendedoresEl programa estará integrado por tres componentes:- Contratación de 10 Facilitadores (con contraparte de la organización con la cual se realice el acuerdo)- Financiamiento de la Unidad Consultora Central- Aporte en concepto de premios para el Concurso de LanzamientoEquipo de trabajo Unidad Consultora Central:- Un consultor especialista en comunicación- Un consultor especialista en análisis de proyectos y planes de negocio- Un consultor especialista en comercializaciónPresupuesto:El presupuesto total de proyecto asciende a la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta y Dos Mil ($ 462.000), discriminado de la siguiente forma: