Provincia de
Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución Nº 32/10
VISTO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de
Que el artículo 43 de
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08,
establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el valor
nominal en circulación;
Que mediante
Que por Resolución Nº 18/10 de
Que por Resolución Nº 28/10 de
Que a la fecha no se ha efectivizado el rescate de las mismas;
Que consecuentemente el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de
la presente alcanza la suma de Valor Nominal pesos doscientos sesenta y tres
millones quinientos catorce mil (VN $ 263.514.000);
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08,
instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las
respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por ello mediante
Que en particular el artículo 1º de
Que asimismo el artículo 2º de
Que finalmente el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos
y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento ochenta y
dos (182) días con vencimiento el 2 de septiembre de 2010, por un monto de
hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $ 20.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en
cuestión;
Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto
Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su
sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas
dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y
liquidación de las operaciones con Letras;
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro
serán depositados en el sistema de depósito colectivo administrado por
Que el artículo 4º de
Que conforme al artículo 6º de
Que conforme al artículo 7º de
Que
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del límite establecido en
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las
Leyes Nº 13767 y 14062 y el Decreto Nº 3260/08.
.Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE
ARTÍCULO 1º. Emitir
Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras
del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de
d) Fecha de emisión: 4 de marzo de 2010.
e) Fecha de Liquidación: 4 de marzo de 2010.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento doce
millones seiscientos tres mil (VN $ 112.603.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos uno
(VN $ 1).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: cincuenta y seis (56) días.
j) Vencimiento: 29 de abril de 2010.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un
día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del
Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1 ) Tramo Competitivo: el importe
mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de
valor nominal pesos cien mil (VN $ 100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor
nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación:
a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E.
y en
r) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado
en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones
primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos
inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La
comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la
fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del M.A.E.
autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas,
deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades
mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será
v) Agente Financiero: Banco de
w) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la
transferencia de los importes correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o
parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina
a´) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones
impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Emitir
Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de
d) Fecha de emisión: 4 de marzo de 2010.
e) Fecha de Liquidación: 4 de marzo de 2010.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos siete
millones novecientos mil (VN $ 7.900.000)
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos uno
(VN $ 1).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: noventa y un (91) días.
j) Vencimiento: 3 de junio de 2010.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un
día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del
Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1 ) Tramo Competitivo: el importe
mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de
valor nominal pesos cien mil (VN $ 100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el
importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor
nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear
Sociedad Anónima.
q) Negociación: Se solicitará la negociación en el M.A.E.
y en
r) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser
depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones
primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen
nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La
comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la
fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del M.A.E.
autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas,
deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades
mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será
v) Agente Financiero: Banco de
w) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la
transferencia de los importes correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o
parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a´) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones
impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Emitir
Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de
d) Fecha de emisión: 4 de marzo de 2010.
e) Fecha de Liquidación: 4 de marzo de 2010.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos nueve
millones quinientos mil (VN $ 9.500.000)
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos uno
(VN $ 1).
h) Interés:
1 ) Tasa aplicable: se
determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para
depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($ 1.000.000) de treinta (30)
a treinta y cinco (35) días,–Badlar Bancos Privados o
aquella que en el futuro la sustituya, calculado considerando las tasas
promedio diarias publicadas por el Banco Central de
2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el valor
nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la
fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de
los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior
hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3 ) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2)
servicios de interés, el primero de ellos, el 2 de junio de 2010 y el segundo,
el 2 de septiembre de 2010. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el
pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días
reales.
i) Plazo: ciento ochenta
y dos (182) días.
j) Vencimiento: 2 de septiembre de 2010.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un
día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del
Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el
importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y
múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $ 100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor
nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil
(VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor
nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN
$ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta
mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación:
a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: Se solicitará la negociación en el M.A.E.
y en
r) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser
depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones
primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen
nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La
comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la
fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del M.A.E.
autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a
Los inversores, todas
aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, deberán realizar sus
propuestas de conformidad, a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será
v) Agente Financiero: Banco de
w) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la
transferencia de los importes correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o
parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a´) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones
impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2010 – Ley Nº 14062 – Sector Público Provincial No Financiero – Administración Provincial – Administración Central – Jurisdicción 08 – Jurisdicción Auxiliar 02: Obligaciones del Tesoro y Créditos de Emergencia – PAN 007-GRU 005- Finalidad 1 Función 3 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 3 Partida Subprincipal 5 Partida Parcial 5, en lo que respecta a "Comisiones y gastos bancarios", y Finalidad 5 Función 1 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 7 Partida Subprincipal 1 Partida Parcial 1 en lo atinente a los intereses que devengue.
ARTICULO 5º. Comunicar a
Rubén Telechea
Subtesorero General de
C.C.