Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE GOBIERNO

Resolución Nº 117

 

La Plata, 31 de agosto de 2012.

 

VISTO el expediente Nº 4061-22804/12 por el cual el Municipio de La Plata solicita la ratificación del Convenio suscripto por la Municipalidad y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el marco del “PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA A MUNICIPIOS DEL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE URBANIZACIONES CERRADAS” instrumentado mediante el Decreto 1727/02, y

 

CONSIDERANDO:

Que con fecha 8 de agosto de 2002, la Municipalidad de La Plata y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, celebraron el correspondiente Convenio en el marco del “PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA A MUNICIPIOS DEL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE URBANIZACIONES CERRADAS”, cuya copia fiel consta a fojas 89/90;

Que de acuerdo a la documentación obrante a fojas 1/66 vuelta se ha acreditado el cumplimiento de las condiciones señaladas en los incisos a/c del artículo 2º del Decreto 1727/02;

Que a fojas 88 obra copia fiel de la Ordenanza Nº 9649/03 aprobando el convenio de referencia conforme lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que a fojas 67, Señor Intendente Municipal solicita se tengan por cumplidos los requerimientos previstos en el citado Decreto Nº 1727/02 y se apruebe el convenio oportunamente suscripto;

Que a fojas 86 ha intervenido la Subsecretaría de Gobierno;

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, a fojas 87/87 vuelta;

Que atento lo expuesto, el Municipio de La Plata ha cumplimentado los compromisos asumidos en la cláusula Séptima del Convenio;

Que la presente se dicta conforme lo dispuesto por el artículo 8º inciso 3 del Decreto Nº 1727/02;

 

Por ello,

 

LA MINISTRA DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Ratificar el Convenio celebrado entre la Municipalidad de La Plata y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el marco del “PROGRAMA DE DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA A MUNICIPIOS DEL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE URBANIZACIONES CERRADAS” instrumentado mediante Decreto Nº 1727/02.

 

ARTÍCULO 2º. Fijar la entrada en vigencia del Convenio referenciado, a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 3º. Disponer la remisión al Municipio de La Plata de las actuaciones que se encuentran en trámite relacionadas al diligenciamiento de las Convalidaciones Técnicas de los emprendimientos vinculados a urbanizaciones cerradas -Clubes de Campo y Barrios Cerrados- en cumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula Décima del señalado Convenio.

 

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.

Cumplido, archivar.

 

Cristina Álvarez Rodríguez

Ministra de Gobierno

C.C. 9.156