Decreto 845/2020
La Plata, 7 de octubre de 2020
VISTO el expediente EX-2020-20600734-GDEBA-SSLYTSGG, mediante el cual se propicia aprobar el “Cuadro de Competencias y Niveles de Decisión” para el reconocimiento de gasto por provisión de bienes y/o servicios sin el correspondiente amparo contractual, en reemplazo del Anexo I del Decreto N° 523/18, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 523/18 se estableció un procedimiento de naturaleza excepcional, de reconocimiento de gastos sin el correspondiente amparo contractual de acuerdo con los términos de la Ley N° 13.981 y su reglamentación, para aquellos casos en que la realidad de los acontecimientos sustantivos supere toda posibilidad de actuar en oportunidad, a través de los procesos reglados;
Que, asimismo, prevé que el procedimiento de legítimo abono debe ser aprobado por los funcionarios establecidos en el Anexo I de dicha norma, en función de los Niveles de Decisión y del Cuadro de Competencias que allí se fijaron, determinando los casos que, según los montos implicados, serán reconocidos y autorizados por el Poder Ejecutivo;
Que, con el propósito de optimizar la organización de la Administración Pública se torna necesario ampliar la delegación de facultades en funcionarios y funcionarias de los Ministerios, Secretarías y Organismos Descentralizados;
Que, como consecuencia de ello, deviene oportuno y conveniente aprobar el nuevo “Cuadro de Competencias y Niveles de Decisión” correspondiente al Decreto N° 523/18;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio-de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aprobar el “Cuadro de Competencias y Niveles de Decisión” para el reconocimiento de gasto por provisión de bienes y/o servicios sin el correspondiente amparo contractual de acuerdo con los términos de la Ley N° 13.981 y su reglamentación, que como Anexo Único (IF-2020-20611793-GDEBA- SSLYTSGG) del presente pasa a formar parte integrante del Decreto N° 523/18, en reemplazo del Anexo I aprobado por el artículo 1° del citado acto.
ARTÍCULO 2°. Establecer que el “Cuadro de Competencias y Niveles de Decisión” aprobado en el artículo 1°, será de aplicación a todos los procedimientos en curso al momento de la entrada en vigencia del presente decreto.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador
ANEXO I
CUADRO DE COMPETENCIAS Y NIVELES DE DECISIÓN
MONTO |
INICIA Y JUSTIFICA EL PROCEDIMIENTO |
RECONOCE EL GASTO (O LO DENIEGA) Y AUTORIZA SU PAGO |
Hasta 50.000 UC |
Director/a Provincial o autoridad con rango equivalente |
Subsecretario/a Técnico/a, Administrativo/a y Legal o autoridad con rango equivalente |
Más de 50.000 UC Hasta 500.000 UC |
Director/a General de Administración o autoridad con rango equivalente |
Ministro/a o Secretario/a o máximo/a responsable del ente descentralizado |
Más de 500.000 UC |
Subsecretario/a o autoridad con rango equivalente |
*UC (unidad de contratación) conforme lo establecido en el artículo 9° bis de la Ley N° 13.981, o norma que la establezca en el futuro.