DECRETO 117/2020
LA PLATA, 27 de febrero de 2020.
VISTO el EX-2020-00158213-GDEBA-DGAADA del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, mediante el cual se propicia la designación del Ingeniero Luis Alfredo SIRI en el cargo de Presidente del Directorio de la Autoridad del Agua, y
CONSIDERANDO:
Que por DECRE-2018-167-GDEBA-GPBA se aprobó la estructura orgánico funcional de la Autoridad del Agua;
Que el artículo 6° del mencionado Decreto determina que el Directorio de la Autoridad del Agua estará conformado por un Presidente, un Vicepresidente y dos vocales, con remuneración equiparada al cargo de Subsecretario;
Que mediante DECTO-2019-1818-GDEBA-GPBA se aceptó, a partir del 10 de diciembre de 2019, la renuncia presentada por Pablo RODRIGUÉ al cargo de Presidente del Directorio, en el que había sido designado por Decreto N° 500/16;
Que, en consecuencia, se propicia la designación, a partir del 1° de enero de 2020, del Ingeniero Luis Alfredo SIRI en el cargo de Presidente del Directorio de la Autoridad del Agua;
Que es importante destacar que el Ingeniero Luis Alfredo SIRI reúne las condiciones y aptitudes para desempeñarse en el cargo en el que ha sido propuesto;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaria de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.14 Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, a partir del 1° de enero de 2020, en el cargo de Presidente del Directorio de la Autoridad del Agua, al Ingeniero Luis Alfredo SIRI (DNI N° 16.847.008 - Clase 1964), con rango y remuneración equivalente a Subsecretario.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Agustín Pablo Simone Carlos Alberto Bianco
Ministro de Infraestructura y Ministro de Jefatura de
Servicios Públicos Gabinete de Ministros
Axel Kicillof
Gobernador