Fundamentos de

Ley 11980

 

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            Tengo el honor de elevar a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo de la Provincia a suscribir con la Nación un Convenio de Préstamo Subsidiario en virtud del cual la Provincia se subroga en los derechos y obligaciones acordados entre el Gobierno Nacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento sobrevinientes del Préstamo denominado "Programa de Desarrollo Provincial -Segunda Etapa-" (P.D.P. II), convenio de Préstamo No. 3877-AR aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nro. 807/95.

            Corresponde destacar que en el año 1992 se sancionó la Ley 11.230 por la cual se autorizó al Poder Ejecutivo provincial a suscribir un convenio con el Estado Nacional en virtud del cual la Provincia se integró al Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas (P .D.P. I), el que se está llevando a cabo con financiamiento del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y del Banco Interamericano de Desarrollo. El monto máximo del crédito a tomar por la Provincia fue el equivalente en pesos a la suma en dólares, que resulte de aplicar a la totalidad del préstamo de cuatrocientos millones de dólares estadounidenses (U$S 400.000.000) el porcentual que la Provincia percibe en concepto de coparticipación federal de impuestos, o por el régimen que eventualmente lo sustituya, más un treinta (30) por ciento sobre dicho monto proveniente de la distribución de eventuales fondos sobrantes.

A los fines de la consecución de los objetivos del convenio suscripto con la Nación, este Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Nro. 1.598/92, creó la Unidad Ejecutora Provincial contemplada en los documentos del préstamo la que lleva a cabo su accionar en el ámbito del Ministerio de Economía.

A la fecha, son numerosos los emprendimientos llevados a cabo en el marco del Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas mereciendo destacarse el Sistema Bonaerense de Información Territorial (S.B.I.T.), desarrollo de un Sistema Integrado de Información Financiera de la Provincia de Buenos Aires (S.I.I.F.), Reforma Administrativa de la Dirección General de Administración del Ministerio de Economía, Programa de Capacitación para el Cambio Tecnológico de la Dirección de Sistemas de Información (D.S.I.) Programa de Capacitación Curso Superior de Economistas de Gobierno, Asistencia Técnica para la evaluación, organización y puesta en funcionamiento del Fondo de Garantía Buenos Aires S.A. (FOGABA), Asistencia Técnica para la elaboración de un programa de Modernización y Reforma del Estado Provincial, Reformulación Presupuestaria del Gasto Público Social, Asistencia Técnica Sistema Previsional Provincial, Cuota parte Convenio Sicom.

            Sin perjuicio que el programa antes señalado se encuentra en plena ejecución, la Nación juntamente con el BIRF han contemplado la posibilidad de encarar una segunda etapa del mismo habiendo suscripto el convenio de préstamo Nro. 3.877-AR aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo nacional Nro 807/95 denominando a esta nueva etapa como "Programa de Desarrollo Provincial -Segunda Etapa-" (P.D.P. II). La experiencia recogida por la Provincia durante la ejecución del primer tramo y la cartera de proyectos con necesidad de financiamiento en estado avanzado de formulación y/o ejecución, torna aconsejable incluir a la Provincia en esta nueva etapa y, por ello, sancionar los instrumentos normativos que la operatoria requiere.

Esta nueva etapa tiene como objetivo general brindar apoyo a las Provincias para emprender programas de reforma del sector público brindándoles el apoyo financiero indispensable para que las mismas, se puedan llevar a cabo y, de esta forma, puedan alcanzar en el futuro la suficiente capacidad para satisfacer sus necesidades de inversión a través del mercado de capitales privados con una mínima intervención y supervisión del gobierno de la Nación.

Son objetivos específicos de este Programa:

 

-          Continuar implementando adecuadas reformas financiero administrativas a fin de generar superávit corriente que, conjuntamente con un prudente endeudamiento, permita financiar programas de inversión.

 

-          Continuar fortaleciendo la capacidad del gobierno provincial para planificar, programar, financiar, ejecutar y supervisar programas de inversión que sean económicamente eficientes, financieramente factibles e institucionalmente administrables.

 

-          Proporcionar financiamiento para desarrollo institucional e inversiones físicas que promoverán el desarrollo económico provincial.

 

-          Mejorar la calidad del gasto público provincial.

 

En ese marco general, la Provincia se encuentra formulando y/o ejecutando proyectos entre los que cabe destacar: Fortalecimiento y Modernización de la Dirección Provincial de Rentas -Sistema Integral de Reforma de la Administración Tributaria (S.I.R.A.T.)-, Fortalecimiento y Modernización de la Dirección de Sistemas de Información -Proyecto de Informatización para la Administración Tributaria (P.R.O.I.A.T.) Sistema Bonaerense de Información Territorial -Reformulación- (S.B.I.T.); Proyecto Integral de Fortalecimiento y Modernización de la Dirección del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires; Fortalecimiento Institucional de la Subsecretaría de Finanzas de la Provincia de Buenos Aires para la Búsqueda de Financiamiento en los mercados Internacionales de Capitales; Programa de Reforma Administrativa y Rehabilitación y Mantenimiento de Edificios Escolares de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires; Reforma Administrativa del Ministerio de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, Reforma Administrativa y organizacional del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires; Relevamiento, Saneamiento y Reorganización del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y Securitización de su cartera de Préstamos Hipotecarios; Reformulación del Sistema Provincial de Estadísticas de la- Provincia de Buenos Aires; Fortalecimiento Institucional del Registro Provincial de las Personas; Fortalecimiento Institucional del Instituto Provincial de la Administración Pública; Fortalecimiento Institucional del Área de Cooperación Técnica Internacional; Plan Maestro de Desarrollo para el Delta Bonaerense (CORFO-DELTA); Estudio para un Plan Maestro Integral para el control de las inundaciones, desarrollo de los recursos hídricos, mejora de las condiciones económicas, y preservación de los valores medio ambientales de la cuenca del Río Salado.

            El monto máximo del endeudamiento para el cual se solicita la correspondiente autorización a Vuestra Honorabilidad es de cien millones de dólares estadounidenses (U$S 100.000.000), y se requiere, así también y como en anteriores oportunidades la autorización para afectar en garantía los fondos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos.

Se ha previsto que la ejecución de esta nueva etapa del Programa quede a cargo de la misma unidad que, hasta la fecha, viene asumiendo la responsabilidad de la ejecución del programa autorizado por la Ley 11.230 y que, tal como se expuso, fue creada en el ámbito del Ministerio de Economía por Decreto Nro 1.598/92.

También se requiere de Vuestra Honorabilidad la aprobación de los regímenes de contratación que resultarán de aplicación obligatoria en la ejecución de ambas etapas del programa contemplados en el proyecto de ley que se eleva, pues así lo imponen los convenios de préstamo suscriptos por la Nación con el B.I.R.F. y el B.I.D. Estas mismas normas, por aplicación de los convenios de préstamo, deben prevalecer en su aplicación específica sobre la legislación local en la materia de modo tal de asegurar la correcta ejecución de los programas de acuerdo a las normas emanadas de la entidad que financia los mismos.

Por otra parte y, a fin de agilizar los procedimientos y garantizar la eficiente ejecución de los programas y la utilización del crédito en tiempo oportuno, el Poder Ejecutivo convendrá con los organismos de asesoramiento y control los mecanismos más adecuados que aseguren el cumplimento de tales objetivos.

 

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.