LEY 5666
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la venta al Sindicato de Obreros y Empleados de Y.P.F. de Ensenada, de la fracción de tierra fiscal comprendida entre los lotes números dos (2), al seis (6), del antiguo mercado de la mencionada localidad al precio que asignen las oficinas técnicas correspondientes.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.