DECRETO 205/2024

 LA PLATA, 1 de Marzo de 2024

VISTO el expediente EX-2024-03728632-GDEBA-DPCAOPCGP del Organismo Provincial de Contrataciones, mediante el cual se propicia modificar el Decreto N°59/19 y modificatorios, con relación a los “Niveles de Decisión y Cuadro de Competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios (expresado en Unidad de Contratación)”, encuadrados en la Ley N° 13.981, sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 13.981 y modificatorias, regula el Subsistema de Contrataciones, incorporándolo al Sistema de Administración Financiera del Sector Público de la provincia de Buenos Aires, previsto en la Ley N° 13.767, y modificatorias;

Que la ley mencionada entró en vigencia a partir de su reglamentación mediante el Decreto N°1300/16;

Que el referido decreto tuvo por objeto instrumentar medidas tendientes a la modernización de los procesos administrativos de adquisición de bienes y servicios, así como su adecuación a las nuevas tecnologías, a fin de dar cumplimiento al mandato constitucional de promover el bienestar general;

Que, posteriormente, se consideró necesario modificar la referida norma, aprobándose el nuevo reglamento de la Ley N° 13.981 y modificatorias, mediante el dictado del Decreto N° 59/19 y modificatorios;

Que la citada reglamentación aprobó los niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios encuadrados en la citada ley;

Que, con posterioridad, por el Decreto N° 605/20, se aprobaron los “Niveles de Decisión y Cuadro de Competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios” encuadrados en la Ley N° 13.981, sus modificatorias, y su reglamentación, en reemplazo del Anexo II oportunamente aprobado por el Decreto N° 59/19;

Que, en razón de la dinámica actual impuesta por el Poder Ejecutivo a su gestión de gobierno, resulta conveniente readecuar los alcances de las delegaciones practicadas en materia de contrataciones, a fin de lograr una mayor eficacia y efectividad a partir de la descentralización administrativa, que permita a su titular la plena atención de los asuntos que así lo requieran;

Que, en este sentido, la necesidad de optimizar la organización de la Administración Pública torna imprescindible ampliar la delegación de facultades en funcionarios/as de los Ministerios, Secretarías y Organismos Descentralizados;

Que, en virtud de lo expuesto, se estima oportuno y conveniente modificar el Anexo referido a los “Niveles de Decisión y Cuadro de Competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios (expresado en Unidad de Contratación)” encuadrados en la Ley N° 13.981 y modificatorias, y su reglamentación;

Que, a fin de no entorpecer el trámite de los procedimientos de selección y contratación de bienes y servicios en curso, los mismos serán resueltos, en la instancia que se encuentren al momento del dictado del presente acto, conforme los nuevos niveles de competencia;

Que se han expedido favorablemente la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal y Técnica de Secretaría General;

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones contenidas por el artículo 144 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Modificar el artículo 4° del Decreto N°59/19, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 4°. Aprobar los Niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios (expresado en Unidad de Contratación) encuadrados en la Ley N° 13.981 y su reglamentación, que como Anexo II (IF-2024-04990663-GDEBA-SSCPOPCGP) forma parte integrante del presente."

ARTÍCULO 2°. Establecer que los “Niveles de Decisión y Cuadro de Competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios (expresado en Unidad de Contratación)” aprobados en el artículo 1°, serán de aplicación a todos los procedimientos en curso al momento del dictado del presente decreto.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y de Gobierno.

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

 

Niveles de Decisión y Cuadro de Competencias para los procedimientos de selección de contratación de bienes y servicios (Expresado en Unidad de Contratación)

 

Licitación Pública/ Remate o Subasta Pública

 

Licitación Privada

 

Contratación directa

Autoriza procedimiento / Aprueba Pliego de Bases y Condiciones Particulares / Deja sin efecto / Aprueba y declara

desierto

Aprueba y adjudica / Aprueba y declara fracasado / Aumenta, disminuye y/o prorroga

 

 

 

Hasta 250.000 UC

 

 

Hasta 100.000 UC

 

Director/a provincial o quien haga sus veces o funcionario/a con responsabilidad equivalente en los organismos descentralizados

 

Director General de Administración o quien haga sus veces o funcionario con responsabilidad equivalente en los organismos descentralizados

 

 

 

 

Hasta 3.000.000 UC

 

 

 

 

Hasta 300.000 UC

 

 

 

 

Hasta 1.000.000 UC (*)

 

 

 

Subsecretario/a o funcionario/a con responsabilidad equivalente en los organismos descentralizados u órgano colegiado del Consejo Escolar

Subsecretario/a, Técnico/a, Administrativo/a y Legal o quien el/la titular del Ministerio o Secretaría (o funcionario/a con responsabilidad equivalente en los organismos descentralizados) hubiere designado a tal efecto u órgano colegiado del Consejo Escolar.

 

 

 

 

Desde 3.000.000 UC

 

 

 

 

 

Desde 1.000.000 UC (*)

 

 

Secretario o Ministro o funcionario con responsabilidad equivalente en los organismos descentralizados

 

 

Secretario o Ministro o funcionario con responsabilidad equivalente en los organismos descentralizados

IF-2024-04990663-GDEBA-SSCPOPCGP