DECRETO 2177/04
VISTO: El Expediente Nº
2159-832/04 por el cual
CONSIDERANDO:
Que dicha Exposición tiene como
finalidad impulsar la promoción y comercialización de todos aquellos productos
turísticos de
Que la realización de este tipo de eventos se ha consolidado en los últimos
años como una poderosa herramienta de marketing y comunicación permitiendo
exhibir productos y servicios turísticos, tomar un contacto directo con los
potenciales clientes y establecer contratos comerciales;
Que atento al éxito alcanzado en la 1ra edición de
Que, en efecto, para promover este tipo de eventos es necesario otorgarles
continuidad y previsibilidad, acción ésta que consolida la política del Estado
Provincial en materia de promoción del turismo en la región;
Que en cuanto a la realización del evento denominado, para este año, FEBAT
2004 - 2º Feria Buenos Aires Turismo (FEBAT 2004), se ha considerado apropiado
asumir su organización teniendo en cuenta la experiencia que tienen los
Organismos de nuestra Provincia en la participación de eventos de esta
naturaleza;
Que a los fines de su mejor administración, resulta apropiado efectuar las
correspondientes previsiones presupuestarias, de acuerdo a las estimaciones
señaladas por
Que por la importancia y envergadura del evento, se ha seleccionado al Predio
Ferial de
Que
Que para el uso de los espacios de la feria se ha elaborado un Manual del
Expositor, en el cual se incluye un Reglamento General y distintas planillas de
inscripción para la solicitud de servicios, los que determinarán las relaciones
contractuales, los derechos, obligaciones y responsabilidades de los feriantes;
Que el producido por el uso de los espacios de la muestra deberá hacerse
operativo mediante el ingreso a
Que a los efectos de promover la participación de la mayor cantidad de
feriantes, se ha previsto celebrar un contrato de promoción y gestión de la
comercialización y de venta de publicidad, y un modelo de contrato para la
cesión del uso del espacio de
Que por la naturaleza propia del evento, las erogaciones en cuestión se
enmarcan en las previsiones del artículo 40º de
Que, asimismo, se prevé la posibilidad de asignar Unidades Retributivas por
Productividad y Eficiencia (URPE), previstas en el Decreto Nº 159/02, a los
agentes de las distintas jurisdicciones, cualquiera fuere el régimen
estatutario vigente, que fueran convocados por
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno
(fs. 68 y 81) y Contaduría General de
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del
Artículo 144º - proemio - de
Por ello;
EL GOBERNADOR DE
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Auspíciese la realización de
ARTÍCULO 2º.- Autorizase a
ARTÍCULO 3º.- Facúltase a
ARTÍCULO 4º.- Las erogaciones que se autorizan por el articulo anterior
podrán efectuarse tanto mediante un proceso de gasto presupuestario con
imputación a las Partidas Específicas del Presupuesto de
ARTÍCULO 5º.- La asignación de Unidades Retributivas por
Productividad y Eficiencia (URPE), previstas en el Decreto Nº 159/02, a los
agentes de las distintas jurisdicciones, cualquiera fuere el régimen
estatutario vigente, que fueran convocados por
ARTÍCULO 6º.- Apruébase el régimen tarifario para el uso de los espacios a ser utilizados por los Expositores de la muestra, cuyo detalle obra en el Anexo II, que pasa a formar parte integrante del presente.
Facúltese al Comité Ejecutivo a
realizar descuentos, bonificaciones o pagos en especie por la venta de espacios
a los Municipios de
ARTÍCULO 7º.- Apruébase el Manual del Expositor, incluyendo las planillas de inscripción y el Reglamento, que regularán las relaciones contractuales a celebrarse con los expositores para el uso de los espacios de la muestra, que obra como Anexo III al presente, el que pasará a formar parte integrante del mismo.
ARTÍCULO 8º.- Convalídase el Contrato de Alquiler y de Prestación
de Servicios Eléctricos entre
ARTÍCULO 9º.- Apruébense el modelo de contrato de Promoción y
Gestión de
ARTÍCULO 10.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 11.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín
Oficial y pase a
SOLA
F. A. Randazzo
ANEXO I |
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TEMA |
IMPORTE $ |
OGDEN RURAL S.A. |
209.956,78 |
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Alquiler del Predio y prestación de servicio |
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eléctrico, cuyo contrato se convalida por el |
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artículo 8º del presente Decreto |
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Servicios de Terceros provistos por proveedores |
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autorizados por OGDEN RURAL S.A. |
74.000.- |
Vigilancia, limpieza, control de acceso, servicio médico, |
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provisión de líneas de teléfono, servicio de Internet y otros |
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Infraestructura |
245.000.- |
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Pabellón, armado, electricidad, revestimiento, mobiliario |
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Papel e Impresión de folletería institucional |
80.000.- |
|
|
Equipamiento informático, de sonido y proyección |
25.000.- |
Comercialización del evento |
42.200.- |
U.R.P.E.S. |
10.000.- |
Premios y sorteos al público |
14.400.- |
Varios |
30.000.- |
TOTAL |
730.556,78.- |
ANEXO II TARIFARIO
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A) MODULO DE STAND BASE 3 MTS. POR 3 MTS. |
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Consta de: |
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- Paredes
perimetrales modulares con paneles de |
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mts. de alto, con estructura de aluminio anodizado. |
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- Piso alfombrado. |
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Instalación eléctrica con tablero para 50 wts. por metro cuadrado. |
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Cuatro (4) spots con lámpara reflectora de 150 wts. cada una. |
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Cenefa frente del stand con gráfica normalizada. |
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Un (1) escritorio |
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Tres (3) sillas |
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Área de depósito. |
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Participación en Catálogo Oficial. |
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Credenciales e Invitaciones. |
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COSTO TOTAL (en esas condiciones) .................................. $ 900,00 |
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B) STAND INSTITUCIONAL, de 3 mts. por 3 mts., en idénticas condiciones que en el Punto A): |
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COSTO TOTAL ............................................ $ 500,00 |
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C) ISLA,
compuesta por 12 módulos de stand y 4 módulos de depósito (Superficie total: |
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COSTO TOTAL: ..................................................... $10.000,00 |
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D) MEDIA
ISLA, compuesta por 6 módulos de stand y 2 módulos de depósito (Superficie
total: |
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COSTO TOTAL: ....................................................... $5.000,00 |
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E) CUARTO DE
ISLA, compuesta por 4 módulos de stand con depósito. (Superficie total: |
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COSTO TOTAL: ......................................................... $2.500,00 |
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ANEXO III
Manual del Expositor
Febat 2004
A) SOLICITUDES Y PLANILLAS
1. Solicitud de Participación
Institucional Empresa
*Declaro conocer, respetar y cumplir el Reglamento General y Técnico, acatando
sus reglamentaciones y disposiciones, planos y precios correspondientes,
solicitando por el presente nuestro deseo de participar como expositores de
Febat 2004
*Este contrato deberá ser sellado con el impuesto de sellos del 9/10000 en
cualquier sucursal del Banco Provincia de Bs. As.
*Cada participante deberá acompañar con el presente contrato las planillas 2, 3 y 4.
Datos del solicitante
Institución o empresa
solicitante:...........................................................................
Razón Social:.........................................................................................................
Nombre con el que desea figurar en el Cartel Expositor y Catálogo (máximo 15 caracteres). No indicar marcas de productos.
..............................................................................................................................................................................................................................................................Dirección................................................Localidad.............................................CP:.................................País...............................................................................
Responsable ante el C.E. (Comité
Ejecutivo):............................................
Fecha............/........../2004
Teléfono...............................................Fax
........E-mail............................
Recursos, productos o Servicios a exponer:
Sierra Campo Delta Lagunas y Ríos Playa
Otros(especificar):..............................................................................................................................
Espacio y costo
¿Comparte espacio o stand? Si No si comparte espacio se deberá llenar
planilla
Valor Total $....................................
Stand MODULADO $ ....................................
Condiciones de pago: con el contrato de inscripción.
* El importe será abonado con
deposito a: Gobernación Fondo Provincial de
Turismo Banco Provincia Bs. As. Cuenta Nº 1787/3
Una vez realizado el depósito se
remitirá una copia del comprobante a Calle 53 Nº 510 (1900)
Tel/fax: 0221-4294038 e-mail febat@styd.gba.gov.ar www.styd.gba.gov.ar,
debiendo el expositor tener abonada la totalidad del precio convenido para
participar en Febat 2004.
* En caso de no abonarse en término la obligación contratada, se perderá automáticamente
el usufructo del lote asignado y el monto adelantado. Toda reserva tiene
validez por 48 hs. hábiles.
* El pagos deberá realizarse puntualmente. El no cumplimiento en término
acarreará la aplicación de las penalidades indicadas en los puntos del Reglamento
General.
* Por cualquier controversia judicial las partes pactan la competencia de los
Tribunales Ordinarios del Departamento judicial de
* Las partes constituyen domicilio, en lo denunciado en el presente
instrumento, suscribiéndose de conformidad dos ejemplares de un mismo tenor y a
un solo efecto.
La Plata......................................................, 2004
Uso interno de Comité Ejecutivo
Fecha de ingreso...................................................................................................
Aprobado Comité Ejecutivo.................................................................................
.................................................
...................................................
Firma y aclaración Firma y aclaración
Institucional Empresa
*Declaro conocer, respetar y
cumplir el Reglamento General y Técnico, acatando sus reglamentaciones y
disposiciones, planos y precios correspondientes, solicitando por el presente
nuestro deseo de participar como expositores de Febat 2004
*Este contrato deberá ser sellado con el impuesto de sellos del 9/10000 en
cualquier sucursal del Banco Provincia de Bs. As.
* Cada participante deberá acompañar con el presente contrato las planillas 2, 3 y 4.
Datos del solicitante
Institución o empresa solicitante:...........................................................................
Razón Social:.........................................................................................................
Nombre con el que desea figurar
en el Cartel Expositor y Catálogo (máximo 15
caracteres). No indicar marcas de productos.
..............................................................................................................................................................................................................................................................Dirección................................................Localidad.............................................
CP:.................................País...............................................................................
Responsable ante el C.E. (Comité
Ejecutivo):............................................
Fecha............/........../2004
Teléfono...............................................Fax
........E-mail............................
Recursos, productos o Servicios a exponer:
Sierra Campo Delta Lagunas y Ríos Playa
Otros (especificar):
...............................................................................................................................
Espacio y costo
¿Comparte espacio o stand? Si No
si comparte espacio se deberá llenar
planilla
Stand Nº...................... sup.-.......................................Mts.
Valor Total $....................................
Stand MODULADO $ ....................................
Condiciones de pago: con el contrato de inscripción.
* El importe será abonado con deposito a: Gobernación Fondo Provincial de Turismo Banco Provincia Bs. As. Cuenta Nº 1787/3.
Una vez realizado el depósito se remitirá una copia del
comprobante a Calle 53 Nº 510 (1900)
* En caso de no abonarse en término la obligación
contratada, se perderá automáticamente el usufructo del lote asignado y el
monto adelantado. Toda reserva tiene validez por 48 hs. hábiles.
* El pago deberá realizarse puntualmente. El no cumplimiento en término
acarreará, la aplicación de las penalidades indicadas en los puntos del
Reglamento General.
* Por cualquier controversia judicial las partes pactan la competencia de los
Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de
* Las partes constituyen domicilio, en lo denunciado en el presente
instrumento, suscribiéndose de conformidad dos ejemplares de un mismo tenor y a
un solo efecto.
La Plata......................................................, 2004
Uso interno de Comité Ejecutivo
Fecha de ingreso...................................................................................................Aprobado Comité Ejecutivo................................................................................. ...................................................................................................Firma y aclaración Firma y aclaración
2. Texto de Cenefa (Stand)
Completar uno por empresa que participe
Datos de la empresa
Empresa /
expositor.................................................................................................
Domicilio.......................Nº.......................Loc..........................Pcia........................
C P
.Tel
.Fax.
..............E-mail....................
Solicitamos se coloque el siguiente texto en tipografía normalizada, en la
cenefa de nuestro stand.
..............................................................................................................................
Escriba en letra de imprenta. El texto no debe exceder 15 caracteres
Texto descriptivo para catálogo
Solicitamos se coloque el siguiente texto descriptivo de las actividades, servicios, productos o antecedentes de nuestra empresa, en el catálogo de Febat 2004 (el texto no podrá exceder un máximo de 60 palabras).
Texto:
Empresa:................................................................................................................
Dirección:...............................................................................................................
Localidad:...............................................................................................................
Provincia:...............................................................................................................
País:.......................................................................................................................
Teléfono/fax:.........................................................................................................
e-Mail:
...............................................................................................................
Web:www:..............................................................................................................
Responsable:.........................................................................................................
Producto:..............................................................................................................
Este texto se incluiría sin cargo en el catálogo.
Fecha:.......................................Firma
responsable:.........................................
(Guarde una copia para su control)
Aclaración:...................................
3. Ficha técnica
Solicitud Fuerza Motriz / Solicitud Agua - Desagüe
Datos de la empresa
Empresa /
expositor...............................................................................................Domicilio...................................Nº...............................Loc...................................
Pcia........................................CP
..Tel.....................Fax................
E-mail.........................................................
Texto identificatorio de stand en cenefa hasta 20 caracteres
............................................................................................................................
Solicitud de servicios adicionales
Expositor:...............................................................................................................
Stand
Nº:................................................................................................
Conforme el Reglamento General de FeBAT 2004 solicitamos la provisión de
corriente eléctrica:
Iluminación
Monofásica 220 V 50 ciclos para iluminación adicional de stands,
hasta un máximo de 50 W por m2 de
stands...................................................KW
Fuerza Motriz
Monofásica 220 V 50 ciclos para máquinas y
equipos...................................KW
Trifásica 380 V 50 ciclos para máquinas y
equipos..................................KW
Total de corriente eléctrica solicitada (a + b +
c)..........................................KW
Agua y Desagüe
Cañería de provisión Æ
Desagüe.....................................................................................................
Total de servicios adicionales (a + b + c + d +
e)................................$
Estos valores incluyen I.V.A (Impuesto al Valor Agregado)
Se deberá entregar lista de equipos con la descripción y
potencia de cada uno, indicando los que funcionarán simultáneamente.
Nombre del representante técnico de la empresa ante FeBAT 2004.
............................................................................................................................
4. Ficha técnica
Solicitud de Limpieza / Seguridad / Teléfono
Datos de la empresa
Empresa/ Expositor.................................................................................
Domicilio.........................................................Nº....................Loc.............
Pcia.....................................C P..................Tel
..Fax
e-mail......................................
Solicitud de limpieza
Solicitamos el servicio de limpieza para nuestro. Stand
N............................durante el periodo de exposición
Costo por Mt.2 Area total del Stand Costo Total
I.V.A
Total
Solicitud de Seguridad
Solicitamos el servicio de Seguridad particular para
nuestro Stand
N.....................................................durante el periodo de la
exposición.
Costo: Total
I:V.A
Total
Solicitud de Teléfono
Solicitamos el servicio de teléfono para nuestro stand
N....................................dura te el periodo de exposición
Total por equipo Cantidad de equipos Total
I.V.A
Total
Fecha:...............................................
(Guarde una copia para su control)
Firma responsable:................................................................................
Aclaración:..............................................................................................
REGLAMENTO GENERAL
I. Generalidades
Art. 1 .- Ámbito de aplicación:
FERIA BUENOS AIRES TURISMO 2004 2da. Feria / Exposición
Provincial y Regional y 1er Encuentro de Negocios, organizada con
Art. 2.- Interpretación:
Este Reglamento será interpretado en toda circunstancia en
el sentido de mantener la jerarquía de
Art. 3.- Finalidad de la muestra:
3.1.- Demostrar a las autoridades oficiales, empresarias,
diplomáticas y público en general el alto nivel logrado por el Sector Turístico
de
3.2.- Poner en contacto a usuarios con proveedores de insumos, equipos y todos los servicios complementarios que el sector turístico requiere.
Febat 2004 se constituirá en el ámbito ideal para que proveedores y consumidores del sector turístico generen contactos y negocios.
3.3.- Fomentar la incorporación de los productos regionales a nivel turístico todos aquellos adelantos técnicos que se están incorporando al sector.
Art. 4.- Autoridades:
4.1.-
4.2.- El C.E. como autoridad de
4.3.- El C.E. resolverá a su exclusivo arbitrio dentro de la letra y espíritu del presente y considerando los intereses generales de todos los expositores, cualquier cuestión no expresamente prevista, y su decisión será inapelable. Una vez notificada ésta, deberá ser cumplida y hecha cumplir por el expositor en forma inmediata.
Art. 5.- Bases, lugar y fecha:
FERIA Buenos Aires Turismo 2004 2 da. Feria / Exposición
Provincial, Regional y 1º Encuentro de Negocios, se realizará del 24 al 26 de
septiembre de 2004, en el Predio
II- CONDICIONES GENERALES.
Art. 6.- Participantes y Productos:
6.1.- Todas las empresas proveedores de productos y de
servicios, cualquiera sea el origen de su capital, tecnología y licencias que
tengan relación con el sector Turístico de
6.2.- Todas las empresas comerciales (Fabricantes, agentes, distribuidores, representantes, prestatarios de servicios o similares) que comercializan productos que tengan una relación con el sector Turístico.
6.3.- Empresas nacionales y/o extranjeras que ofrezcan productos, servicios o tecnología para aplicar al desarrollo del Sector Turístico, radicación de capitales, licencias de fabricación en el país, know how, joint venture y similares.
6.4.- Entidades bancarias y financieras o de fomento y apoyo al sector Turístico.
6.5.- Organismos que hagan el desarrollo económico, tecnológico o financiero de la industria Turística.
6.6.- FERIA BUENOS AIRES TURISMO 2004 estará abierta, sin restricciones a todos los productos considerados en el amplio espectro afines al Sector Turístico, Insumos, productos turísticos, productos regionales, agencias de viajes, operadores turísticos mayoristas y minoristas, cadenas hoteleras, transportes relacionados con el turismo servicios, proveedores del sector, medios de comunicación, publicaciones especializadas, centros de convenciones, y congresos, e business, personal especializado, centros turísticos, parques temáticos, etc.
6.7.- Los expositores podrán promocionar sus productos en
exhibición teniendo en cuenta las disposiciones legales y obligatorias que en
esta materia impone
6.8.- No se permitirá dentro del recinto el reparto de
folletos o volantes, la colocación de carteles, pantallas, cartones
publicitarios o la realización de cualquier tipo de propaganda que no
corresponda a un expositor de
6.9.- No se permitirá la exhibición o expendio de elementos que puedan afectar la seguridad de personas o cosas, como por ejemplo, los globos inflados mediante hidrógeno.
6.10.- No se permitirá la colocación de cables aéreos de cualquier naturaleza. Para la instalación de antenas de transmisión, deberá previamente requerirse la autorización escrita del C.E..
6.11.- El C.E. está facultado para prohibir la exhibición y
venta de los artículos que considere inadecuados a la temática y jerarquía de
6.12.- Los expositores podrán ofrecer libremente al público visitante demostraciones y obsequiar regalos de publicidad y promoción en forma gratuita, debiendo organizarse su entrega, evitando discriminaciones y aglomeraciones excesivas para evitar molestias a otros expositores. El C.E. podrá suspender la entrega de obsequios, muestras, etc., toda vez que lo estime conveniente.
Art. 7º.- Restricciones y Prohibiciones:
7.1.- No se permitirá sacar, cambiar y/o agregar productos fuera de los periodos de armado y lo desarme.
7.2.- El expositor no podrá ceder, prestar, compartir, vender, alquilar, donar ni transferir por título alguno, sus derechos sobre su lote o parte del mismo que no hubiese autorizado el C.E
Art. 8.- Condiciones de participación, tarifas y formas de pago:
81.- Para participar en Feria Buenos Aires Turismo 2004 las
empresas interesadas deberán suscribir
8.2.- La única Solicitud de Participación válida será la que se confeccione en los formularios oficiales de la exposición realizada por triplicado y numerada.
8.3.- El C.E. asignara la ubicación final del stand dentro
de
Se priorizara la sectorización por recursos y/o productos turísticos.
Asimismo, el C.E. tiene derecho a denegar la admisión de cualquier expositor sin indicar motivo alguno, siendo inapelable su decisión.
8.4.- El valor por m2 y medidas de cada lote son los que figuran en el Manual de Expositor anexo en la carpeta de ventas.
8.5.- El valor incluye:
a)- Utilización del espacio con su infraestructura, piso alfombrado en color establecido por el Comité Ejecutivo, papelería divisoria, instalación eléctrica de 220 V, 50 Ciclos ( 50 W por m2), por módulo durante el tiempo de preparación, de exhibición y desarme.
b)- Cartel del expositor normalizado
c)- Vigilancia general de áreas comunes.
d)- Iluminación general de áreas comunes.
e)- Limpieza general de áreas comunes.
f)- Asesoramiento y Administración general
g)- Credenciales e invitaciones
en proporción al metraje utilizado según disponga el Comité Organizador.
h)- Figuración en el Catalogo Oficial de la exposición.
i)- Publicidad y promoción general según determine el Comité Ejecutivo.
El precio del espacio será abonado a la firma de la solicitud de participación.
El pago deberá se efectivizado a la orden Cuenta de
Gobernación FONDO PROVINCIAL DE TURISMO - CUENTA EN BANCO PROVINCIA DE BUENOS
AIRES Nº 1787/3, desde cualquier sucursal del banco.
Se deberá remitir al C.E copia del recibo comprobante siendo este el único
documento de constancia de pago.
8.6.- El incumplimiento del pago mencionado anteriormente:
a)- Cancela la reserva o utilización del lote.
b)- Faculta al C.E. a adjudicar el stand o lote a terceros. La mora será automática de pleno derecho, por el mero transcurso del tiempo, sin necesidad de que medien comunicaciones de ninguna índole.
8.7.- Si por cualquier motivo, el expositor decidiere no participar en la muestra, perderá todo derecho a la devolución del importe ya abonado, teniendo el C.E. la facultad de utilizar estos espacios para terceros.
8.8.- Si el expositor resolviera reducir el espacio
adquirido en
8.9.- El C.E. tiene la facultad de cancelar y adjudicar a terceros los lotes abonados pero no ocupados al día estipulado para la finalización de la construcción de stands (23 de Septiembre de 2004), perdiendo el expositor original todo derecho sobre los importes abonados.
Art. 9.- Incumplimientos y Multas:
9.1.- A los efectos de preservar la imagen de conjunto de la muestra y los intereses particulares de cada Expositor, el C.E. establece que los expositores que no hayan terminado la construcción de los stands en el tiempo estipulado previamente, serán sancionados con una multa cuyo importe será del doble del valor del stand adquirido, en concepto de daños y perjuicios (se sugiere a los expositores hacer extensiva esta penalidad a los contratos con sus respectivos constructores de stands) si los hubiere.
9.2.- Si en la fecha establecida para la inauguración de
9.3.- El importe del sellado de
Art. 10.- Limitación de responsabilidades:
El expositor renuncia expresamente por este acto a
cualquier clase de reclamo contra la entidad organizadora que es
Art. 11.- Horarios:
El expositor deberá, para el desarrollo de sus actividades,
ajustarse estrictamente a los horarios que fije el C.E. que serán:
ACREDITACIONES de
A PUBLICO EN GENERAL Sábado 25 de septiembre de
Domingo 26 de septiembre de
El horario de la inauguración oficial será comunicado oportunamente a través de un Boletín Informativo.
En cuanto al armado y desarme de stands los Expositores
podrán ingresar al predio para carga y descarga de mercaderías por la calle
Colombia esquina Av. Sarmiento, el día 23 de septiembre dentro del horario de
Los casos especiales el expositor lo solicitará por escrito
al C.E. como mínimo 10 días antes.
En cuanto a la reposición de mercaderías y folleteria durante la muestra, el
horario será de 9:00 a 11 horas.
Art. 12.- Seguridad:
12.1.- El C.E. no se hace responsable por los daños que
pueden producir al expositor las deficiencias de las instalaciones de luz y
fuerza motriz, desagües, etc. El expositor se obliga a colocar dispositivos de
protección y seguridad para los equipos expuestos.
Tampoco se hace responsable si por cualquier hecho y/o evento al que sea ajeno,
se produjera la interrupción de estos servicios.
12.2.- En ningún caso podrán obstruirse o cerrarse accesos o instalaciones fijas, ni apoyarse en las instalaciones existentes, columnas, bocas contra incendios, paredes, cordones, farolas eléctricas, gabinetes, toma de electricidad, cabinas telefónicas, etc.
12.3.- Los materiales que se empleen para la construcción
de los stands deberán cumplir con las condiciones, según normas vigentes.
Igualmente, los elementos de decoración deberán cumplir las mismas
características que los de construcción, no pudiendo utilizarse ningún tipo de
material o producto que sea combustible. Asimismo, para poder realizar trabajos
y/o demostraciones a llama abierta, el expositor deberá contar con el permiso
del C.E.
12.4.- El C.E.. trasladará a los expositores el monto de los deterioros que sus
constructores de stands, camiones y/o fletes de sus empresas por su cuenta o
por cuenta de sus constructores / armadores de stands, causen a las
instalaciones fijas y/o provistas de
Art. 13.- Credenciales:
13.1.-
Cada credencial es válida para una persona, sin limitación de ingresos. Estas credenciales serán destinadas a los directivos y ejecutivos de la empresa expositora.
13.2.-
13.3.-
Carecerán de valor las credenciales no personalizadas.
13.4.- Las credenciales indicadas se entregarán al expositor una vez satisfecha la totalidad de sus pagos por todo concepto, Certificado de garantía o libre deuda.
13.5.- Los expositores y su personal están obligados a
permitir el examen de los bultos y/o vehículos que entren y/o salgan del Predio
13.6.- No se autoriza el ingreso de vehículos al Predio
13.7.- Las credenciales son personales. El uso indebido de las mismas, faculta al C.E. a retirar y prohibir la entrada a la muestra a las personas implicadas en dichas anormalidades.
Art. 14.- Invitaciones:
14.1.
14.2.
14.3. Los Expositores podrán contar con otras invitaciones para sus invitados. Las mismas serán puestas a la venta exclusivamente a los participantes al 50% (cincuenta por ciento) del precio de venta de las entradas en boletería.
14.4. Las únicas invitaciones aceptadas por los controles de puertas para permitir el acceso a la muestra, serán las oficiales entregadas por Feria Buenos Aires Turismo 2004. No tendrán validez otras invitaciones o credenciales que puedan existir.
Art. 15.- Normas para proyectos y realización de stands:
En lo referente a la documentación de proyectos, construcción y desarme de los stands, y así como a los servicios adicionales el expositor deberá ajustarse al Reglamento General y sus anexos, como así también a los comunicados técnicos.
Art. 16.- Aplazamiento y anulación:
En caso fortuito o de fuerza mayor el C.E. se reserva el derecho de modificar las fechas, horarios o planos previstos.
Art. 17.- Excepciones y modificaciones:
En casos excepcionales el C.E. se reserva el derecho a efectuar las autorizaciones y modificaciones al presente Reglamento, que a su mejor saber y entender considere conveniente para el mayor éxito de la muestra.
Art. 18.- Obligaciones del expositor:
18.1. Alcance del reglamento:
Los expositores deberán obligatoriamente hacer conocer las disposiciones del
contrato de arrendamiento de uso precario temporal y de este Reglamento General
y de Stands, al personal de Stands y/o contratistas.
18.2. Seguros:
El C.E. De
18.3. Seguridad:
Si en el stand es instalada en funcionamiento algún equipo y/o máquina, esta deberá contar con la atención y vigilancia permanente de un operador y estar provisto de los elementos de seguridad normalizados.
El expositor deberá instalar obligatoriamente, de acuerdo a
las disposiciones vigentes, dentro de su stand un matafuegos, el que deberá
ubicarse en un lugar accesible y a la vista, para su rápido uso en caso de
necesidad. El matafuegos deberá ser de polvo químico triclase (para fuegos de
tipo A, B y C) de
En caso de producirse un foco de incendio, el expositor deberá:
a)- Comunicarlo a Intendencia.
b)- Evitar la propagación del fuego: por uso del matafuegos y por el retiro de productos próximos al foco.
c)- Evitar cualquier comportamiento que pueda inducir pánico.
El C.E. podrá establecer los períodos de funcionamiento de
las máquinas y/o equipos, como así también a prohibir dicho funcionamiento si
estima que significan algún peligro, molestias o ruidos excesivos, que
perturben el normal desenvolvimiento de
Los expositores no podrán tener combustibles, inflamables, ni explosivos dentro de su stand, ni hacer funcionar motores de combustión interna.
Cuando sean utilizados solventes para limpieza, se deberá proveer un recipiente con tapa abisagrada para depositar trapos, estopas, etc. El contenido de estos recipientes debe ser retirado al fin de cada día.
18.4. Responsabilidad del expositor:
El expositor será responsable de los daños personales y materiales ocasionados dentro y fuera del stand por su personal o por los objetos que expone.
El C.E. recibirá del expositor el espacio asignado en las mismas condiciones que le fuera entregado. Si se comprobaran deterioros, el C.E. procederá a la reparación por cuenta y gasto del expositor.
Los daños y perjuicios que pueda ocasionar el expositor, su personal, vehículo o cosas de propiedad dentro del Predio Ferial, serán indemnizados por éste en el término de 24 hs. desde su intimación. Si el valor de los daños supera el importe del Documento de Garantía entregado oportunamente, se prohibirá el retiro de los bienes de propiedad del causante de los daños.
18.5. Atención de stands:
El expositor está obligado a mantener personal de atención del stand, preferentemente técnico, durante todo el horario de apertura al público.
18.6. Durante el horario de apertura al público de Feria Buenos Aires Turismo 2004, no se podrán realizar traslados de máquinas, equipos y/o elementos, trabajos de construcción del stand, ni de mantenimiento.
Art. 19.- Obligaciones:
19.1. Todas las estipulaciones establecidas en el
Reglamento General y sus anexos, de stands, de servicios adicionales, boletines
informativos, comunicados técnicos o Manual del Expositor, solicitudes, plan de
tiempo, planos, superficies y precios, son de cumplimiento obligatorio; sí por
cualquier razón el expositor incurriera en el incumplimiento total o parcial de
las mismas, ello faculta al C.E. para que sin necesidad de interpelación alguna
dé por terminada la relación contractual, quedando la suma percibida hasta el
momento, a beneficio de Feria Buenos Aires Turismo 2004.
El fuero competente y lugar de ejecución es ante el DEPARTAMENTO JUDICIAL
19.2. Dado que el Predio no posee franquicias especiales, la comercialización de cualquier producto debe hacerse respetando la totalidad de las disposiciones de salud pública, de identificación de mercadería, de comercio, impositivos, etc., que son de corriente aplicación.
Art. 20.- Catálogo:
El Expositor podrá figurar en el Catálogo en forma
gratuita. En los formularios que les serán entregados para tal fin.
III- SERVICIOS OFICIALES.
Art. 21.- Vigilancia:
21.1.
21.2. El expositor podrá disponer en su stand de vigilancia
adicional, debiendo contratar a tal efecto a
Art. 22.- Limpieza:
22.1.
22.2. Los Expositores deberán disponer en sus Stands de
servicio de limpieza, debiendo contactar a tal efecto a
Art. 23.- Iluminación y energía:
El Expositor que necesitare instalaciones adicionales, deberá
contratarla exclusivamente, con
Art. 24.- Conexiones de agua y desagüe:
Las conexiones de agua y desagüe serán realizadas por
personal de Ogden Rural S.A. y el costo correrá por cuenta del Expositor. Las
mismas consisten en una boca de 1/2 pulgada con llave de paso para agua y
Art. 25,- Movimiento de maquinarias y equipos:
El expositor que necesitare utilizar el servicio de Movimiento de Maquinarias y Equipos, Logística, Carga y Descarga dentro del predio, deberá realizarlo en forma exclusiva con la empresa oficial, a través del formulario de solicitud de servicios del Manual del Expositor.
IV- Normas para la realización de instalaciones eléctricas
El arrendamiento da derecho a una potencia máxima instalada
sin cargo de 50w por m2 (para los stands adquiridos con infraestructura), y su
uso dentro del horario especificado para el funcionamiento de
Art. 26.- Suministro y tendido:
La energía eléctrica será suministrada desde los tableros
existentes en los pabellones. El tendido de las líneas hasta los tableros, lo
realizará el Expositor con conductores de cobre de sección no inferior a 2,5
mm2. Cuando las acometidas sean subterráneas, se debe usar cable tipo Sintenax.
Las acometidas monofásicas se permiten sólo hasta 3 Kw, para potencias mayores
la línea será trifásica equilibrando las corrientes. El acceso a tableros está
vedado al Expositor. Ogden Rural S.A. suministrará borne de tierra para seguridad.
Será obligatoria la instalación de un interruptor general termomagnético, borne
a tierra e interruptor diferencial, caso contrario no se suministrará energía
eléctrica. El cable de tierra será identificable del neutro y del resto de los
conductores activos. En ningún caso la tensión de contacto será superior a los
24 Volts, siendo esto la responsabilidad del Expositor, como así también la
calibración de las protecciones para su funcionamiento correcto. Toda
instalación eléctrica que ejecute el Expositor, debe cumplir con
Art. 27.- Habilitación de la instalación:
Una vez ejecutada la instalación eléctrica, se presentará por cuadriplicado, el formulario Certificado de Ejecución de Instalación Eléctrica Declaración de Conformidad debidamente llenado, y una fotocopia firmada de la credencial que acredita a su Instalador Electricista como inscripto en el Instituto de Habilitación y Acreditaciones (APSE IHA) exclusivamente, teléfono (54-11) 4804-2822, calle Posadas 1657. La categoría del instalador responsable debe ser la que corresponda según la siguiente tabla fijada por el ENRE:
La documentación se entregará a personal de Trafoconsult S.R.L. destacado en el predio, como requisito para solicitar la conexión del suministro. Dos copias del Certificado le serán devueltas visadas por Trafoconsult S.R.L.
Los formularios deben ser solicitados al Personal de Trafoconsult S.R.L. o en su defecto al Departamento de Servicios.
Art. 28.- Requisitos para instalación eléctrica ejecutada
por terceros dentro de
A continuación se mencionan los requisitos mínimos a cumplir por los expositores, sus instaladores y por los matriculados que firmen los respectivos Certificados de Conformidad.
28.1. Cables Permitidos: Se admiten el uso de cables multipolares con conductor de cobre, aislamiento de plástico y envoltura de material plástico.
28.2. Cables prohibidos: No se permite el uso de cables tipo bipolar aislado en plástico sin envoltura exterior (denominado cable paralelo).
28.3. Canalización:
28.4. Fijación de tomas de uso general ( TUG ) o especial ( TUE ): Los tomas deben montarse en posición fija. Si no es posible la fijación con tornillos (u otra que produzca daño a los paneles, por restricciones de la empresa proveedora), se sugiere armar cajas plásticas y utilizar un elemento autoadhesivo bicapa cuya remoción y limpieza es sencilla y satisface el requisito de seguridad aceptablemente.
28.5. Cada stand debe tener su estructura con conexión a tierra. El punto de puesta a tierra debe identificarse con una cinta autoadhesiva de color verde o verde-amarilla visible desde el nivel de piso.
28.6, Bastidores, columnas, u otros elementos metálicos portantes de equipos eléctricos de cualquier naturaleza (luminarias, tomas, motores, transformadores, etc.) de existir, deben tener conexión a tierra.
28.7. Cada tablero de stand debe equiparse con disyuntor diferencial adecuado a la potencia instalada, llave termo magnética general y seccionales. Antes de habilitar la instalación se deberá realizar una prueba de operaciones del disyuntor diferencial.
V- NORMAS PARA EL PROYECTO Y CONSTRUCCION DE STANDS.
Art. 29.- Control:
29.1. Las normas del presente reglamento son de cumplimiento obligatorio. El C.E. podrá observar, corregir por cuenta del expositor, prohibir y/o clausurar los stands que no se ajusten a estas normas.
29.2. Se define como modulo el espacio indicado en planos con su correspondiente numeración y medidas. Se define como lote el total del espacio utilizado, y que puede estar formado por uno o más módulos.
29.3. A todos los efectos identificatorios del Expositor (señalización, catalogo de expositores, etc.), se le adjudicará el número menor de los números de módulos utilizados por un mismo expositor.
29.4. En caso de que se considere conveniente, el C.E. emitirá comunicados técnicos complementarios de estas normas, las cuales serán publicadas en los boletines informativos, por lo que se recomienda a los expositores trasladar esa información a los respectivos proyectistas y/o constructores de stands. Dichos comunicados son de pleno cumplimiento al igual que el presente reglamento de stands.
Art. 30.- Proyecto y dirección de stands:
El proyecto y dirección de stands de más de
Art. 31.- Presentación de planos y ficha técnica:
Los Expositores deberán presentar indefectiblemente en
Art. 32.- Sonido:
32.1. No se podrán colocar parlantes u otros artefactos emisores de sonido en el exterior del stand.
32.2. Los Expositores que deseen exhibir o instalar equipos emisores de sonido, (cine sonoro, video casseteras, audiovisuales, etc.) deberán instalarlos en recintos acústicamente aislados. El nivel sonoro audible en el exterior no deberá superar los 20 Db.
32.3. Los Expositores no podrán propalar ninguna clase de música y videos sin previamente acreditar el cumplimiento de las disposiciones pertinentes ante SADAIC, AADI CAPIF Y ARGENTORES.
Art. 33.- Depósito de garantía:
En garantía del cumplimiento de los artículos de este
Reglamento el Expositor deberá contratar y entregar ante el C:E una póliza de
responsabilidad Civil hacia terceros que asegurara sin límites y otro contra
todo riesgo por el importe máximo que determine el asegurador.
Ambos seguros se suscribirán conforme a lo establecido en el Artículo Nº 24 del
Reglamento de contrataciones DECRETO Nº 3300/72, DEBIENDO ENDOSAR LAS POLIZAS A
FAVOR DEL PODER EJECUTIVO DE
Art. 33.1
A
Cualquier deterioro, daño, gasto ocasionado por su personal o vehículos a cosas
debidamente constatado deberá ser reparado con cargo exclusivo al expositor.
Si así no ocurriere, el C.E. podrá afectar el seguro de responsabilidad civil
para solucionar los inconvenientes previa intimación al expositor y si derecho
a reclamo resarcitorio alguno por parte de este último.
El expositor deberá solicitar el certificado de salida en Intendencia al
finalizar el desarme y previamente a su retiro del Predio. En todos los casos
los expositores que no lo soliciten aceptan la liquidación de gastos
ocasionados.
Art. 34.- Requisitos necesarios para iniciar la construcción:
34.1. Tener firmada
34.2. Tener actualizados el pago del lote.
34.3 Tener los planos aprobados.
34.4, Tener firmada el acta de recepción de lote, Libre deuda.
Art. 35.- Límites:
Ningún elemento puede exceder los límites del lote, a
ninguna altura (sin previa autorización del C. E. de
VI- NORMAS ESPECIALES PARA STANDS.
Art. 36.- Generalidades:
36.1. A) Modalidad stand sin infraestructura: Los Expositores contaran solo con el replanteo de la superficie arrendada.
36.2. B) Modalidad stand básico llave en Mano con infraestructura:
a)- Elementos provistos por Feria Buenos Aires Turismo 2004:
Alfombra tipo punzonada, de color normalizado en toda la superficie del stand.
Panelería; tabiques divisores Sistema Octogonal h: 2,50m,
compuesta por perfiles de aluminio anodizado y paneles de tipo Chapadur Plus
bifaz color blanco.
Perfiles de aluminio anodizado.
Cenefa de frente Sistematizada en plano inclinado h
Cartel tipo con nombre del expositor y número del stand con letras
autoadhesivas normalizadas sobre cenefa.
Spots con lámpara de 150 w ( 1 por cada
Un toma corriente de hasta 300 w.
b)- Sobre los paneles no podrá agujerearse ni clavarse, ni se podrá pintar, ni adherir elementos con pegamentos (sólo con cinta doble cara), los perfiles de aluminio bajo ningún concepto podrán atornillarse, pintarse o cortarse.
c)- Toda contravención a lo expresado será facturada de acuerdo a su costo de reparación por la empresa armadora del evento.
36.3. Todo equipamiento adicional podrá ser solicitado por medio del formulario de servicios del Manual del Expositor.
36.4. La medida de las columnas existentes en el pabellón Verde es de 1,20 mts. de diámetro.
Art. 37.- Altura de las construcciones:
La altura de las construcciones no podrán excederse
Con el objeto de admitir un mayor desarrollo arquitectónico de los stands, se
podrá llegar hasta
Todo elemento que resulte elevado por sobre los
La misma condición deberá cumplir para los carteles que superen la altura de
El C.E. y el área técnica serán las máximas autoridades para la resolución de
estos temas.
Art. 38.- Techos:
38.1. Son obligatorios en los recintos en que funcionan equipos emisores de sonido. En los demás casos sólo se admiten vigas para sostén de artefactos de iluminación.
38.2. Los techos que cubren los distintos stands deberán ser de material incombustible y deberán ser autoportantes, es decir, no podrán apoyarse sobre los tabiques medianeros.
38.3. De existir la necesidad de colgar elementos de los
techos de los pabellones se deberá requerir la correspondiente autorización a
Art. 39.- Pisos:
39.1. En los pisos existentes queda terminantemente
prohibido perforar los pavimentos, instalar materiales de albañilería
(ladrillos, cementos, cal, mezcla, yeso, tierra, arena, etc.), ni realizar
ningún tipo de construcción húmeda, ni fijar en ellos alfombras o elementos de
construcción con cemento de contacto o similares; debiendo fijarse únicamente
con cinta adhesiva doble cara que no deje residuos, o bien en tarimas o cualquier
otro medio independiente del pavimento.
Las telas que se utilicen deberán estar ignifugadas.
39.2. El suelo del pabellón Verde pueden soportar una carga de hasta 2.000 kilos por metro cuadrado. Las cubiertas de las canaletas de suministro de servicios no podrán ser utilizadas como soporte de cargas puntuales.
Los objetos pesados, máquinas o columnas deberán repartir el peso apoyándose sobre planchas de hierro o tablones de madera de sección suficiente. No se admiten fundaciones ni cimientos.
39.3. Toda contravención a lo expresado será facturada al expositor por Ogden Rural S.A. de acuerdo a su costo de reparación.
Art. 40.- Medianeras:
Sólo se admiten las provistas por el C.E sin agregados.
Los tabiques no pueden usarse para soportes de vitrinas,
cielorrasos u otros elementos.
Sobre los paneles se podrá fijar únicamente autoadhesivos siempre que se puedan
retirar sin deteriorar la superficie.
Art. 41.- Frentes de Stands:
Se podrán cerrar exclusivamente con:
a)- Exhibidores de productos (vitrinas, mesas) y
cerramientos de recintos privados, los que deberán ser transparentes entre
b)- Cenefas a partir de los
En los frentes no se permiten carteles promocionales,
solamente el logotipo y el nombre del expositor sobre la cenefa cada
Art. 42.- Ubicación de las máquinas:
42.1. De exhibirse máquinas de pie, de cualquier tipo deben
ubicarse separadas entre si
42.2. Las máquinas en funcionamiento, a de gran volumen, deberán tener una separación proporcional a sus tamaños; que permita el libre desplazamiento de sus elementos móviles, la seguridad de operarios, público y la apreciación de sus partes. Esta separación está sujeta a aprobación del C.E.
42.3. Las máquinas en funcionamiento, deberán estar
retiradas, como mínimo
Art. 43.- Iluminación y proyecciones audiovisuales:
43.1. Pueden iluminarse únicamente los productos y los
paneles explicativos.
En la instalación de los artefactos debe cuidarse que los mismos no causen
molestias al público ni a los stands circundantes.
Los artefactos de iluminación únicamente pueden estar fijados en:
a)- Piso (debidamente aislados y protegidos contra golpes).
b)- Hasta
c)- En columnas que instale el expositor, con
d)- En las retículas de cielorraso.
43.2. Las proyecciones, videos o multimedios en general
para demostración de productos deberán tener especificada su ubicación en los
planos correspondientes al stand de que se trata.
El C.E, se reserva el derecho a cancelar las demostraciones en caso de
verificar que las mismas son causa de molestias.
43.3. Quedan prohibidos los carteles a destellos, luces
intermitentes o giratorias, etc.
Se admiten las transparencias fijas de productos admitidos, adosados a paneles
propios hasta el 20% de la superficie de los paneles provistos y/o del privado.
Art. 44.- Armado y desarme de stands:
44.1. Armado: El 23 de septiembre de 2004, de
-Día 23 de septiembre de 2004 ingreso de expositores para el armado de sus stands de 8 hs. a 24 hs.
44.2 Desarme:
Los Expositores están obligados a retirar sus productos, a
desarmar y retirar todo su stand el día 27 de septiembre de 2004 desde las 8
hs. hasta las 20 hs. momento en que se deberá devolver el lote, en las mismas
condiciones que se le había entregado.
Un responsable del stand deberá estar presente en el momento del desarme.
44.3 El Expositor tendrá a su cargo la seguridad de su stand y todos sus elementos que se encuentren en él, no siendo el organizador responsable de robos y hurtos durante el armado, el tiempo que dure la exposición ni en el desarme. Los deterioros producidos en las instalaciones se repararán con cargo al expositor, los expositores no están autorizados a realizar reparaciones de ninguna clase.
ANEXO IV
CONTRATO DE CESION DE DERECHOS DE USO PARA EL DESARROLLO DE EXPOSICIONES Y FERIAS.
En
DATOS Y DEFINICIONES DEL PRESENTE CONTRATO.
Partes: a)
b)
Evento: FEBAT - Feria Buenos Aires Turismo
Plazo. Fecha y Duración: Ocho (08) días
totales de arrendamiento. Comenzará el día 20 de Septiembre de
Espacios cuyo Uso Temporario se cede (El
Sector): Pabellón Verde (
Servicios Públicos y Especiales.
a) Electricidad |
SI |
NO |
b) Agua y Desagüe |
SI |
NO |
c) Telefonía |
SI |
NO |
d) Molinetes |
SI |
NO |
e)___________ |
SI |
NO |
Características Generales del Evento. Restricciones:
Precio. Pesos ciento ochenta y cinco mil
ochocientos cincuenta y seis ($ 185.856.-) IVA incluido. Se excluyen los demás
impuestos que graven este acto o la percepción del Precio por
Agenda de Pago. El día 31 de agosto de 2004 se abonará el total del arrendamiento.
Seguros. (i) Monto Mínimo del Seguro de
Responsabilidad Civil que
Movimientos y Operaciones. a) Entrada y
Salida de materiales y camiones por puerta/s: Sarmiento y Colombia, b) Acceso
Público por la puerta/s: Av. Sarmiento 2704; c) Acceso de Público desde cocheras:
Pabellón 9; d) Acceso de Personal de
Garantía. Monto. No se entregan valores en garantía.
Detalle de Cheques.
CLAUSULAS GENERALES DE CONTRATACION.
CAPITULO 1. Objeto. Condiciones Generales.
I-1. Objeto.. (1)
(2) Quedan expresamente excluidos del presente Contrato (i) las subáreas del Sector que correspondan a jardines, parques, monumentos, soportes estructurales y accesos o depósitos comunes, (ii) las instalaciones o cabinas de electricidad, aire acondicionado, calefacción, elementos antifuego, seguridad, emergencia sanitaria, u otros servicios, o redes de apoyo de éstos; y (iii) los derechos de explotación gastronómica.
I-2. Destino.
I-3. Precio. (1) El Precio consiste en la
contraprestación de los derechos indicados en
(2) El Precio y sus accesorios serán pagados conforme a
(3) El Precio no incluye el valor de los Servicios de
Organización y Montaje que
(4) Salvo expresa disposición en contrario, el Precio no
comprende el suministro de los Servicios Públicos y Especiales, los que se
estimarán y presupuestarán en el Anexo IV y V y surgirán, en cuanto a
electricidad, del Contrato de Suministros Eléctricos que se adjunta como Anexo
II. Cuando tales servicios sean prestados o pagados por
I-4. Plazo. Dada la naturaleza del Predio
Ferial y las modalidades de su explotación por
I-5. Irretractabilidad. Intransferibilidad.
A partir de la fecha del presente, este Contrato es irretractable para
El presente Contrato no podrá ser cedido ni transferido
total o parcialmente por ninguna de las Partes. Todo contrato celebrado por
I-6. Entrega. (1) El derecho de uso del
Sector será entregado por
(2) Dicha entrega quedará condicionada al previo
cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones a cargo de
(3) El Sector no tendrá otras instalaciones, elementos o
accesorios que (i) los detallados en los Espacios cuyo Uso Temporario se cede,
y (ii) los que hacen a su estructura (paredes, pisos, techos, dependencias) y
que constan en los planos originales de construcción. Cuando en los pabellones
(4)
(5) Concluido el plazo contractual o, por cualquier otro
motivo previsto en este Contrato, los derechos de uso conferidos en éste,
CAPITULO II. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES.
II-1 Obligaciones y responsabilidades de
(2)
II-2. Cumplimiento de normas aplicables.
II-3. Responsabilidades.
Indemnidad. (1)
(2) En consecuencia de lo establecido en (1), este Contrato no será susceptible
de generar, más allá de las contraprestaciones explícitas previstas,
obligaciones directas, subsidiarias, mancomunadas o solidarias en cabeza de
II-4. Impuestos y tasas. Todas las tasas,
impuestos o contribuciones que graven las actividades que desarrolle
II-5. Seguros. (A) Personal.
(1) Personal en relación de dependencia. Será condición esencial para el
ingreso al Sector de los dependientes de
(B) Responsabilidad Civil. (1) Riesgos.
(2) Póliza. Una vez abonadas las sumas correspondientes al
presente seguro,
El pago de las sumas antedichas constituye un requisito
esencial del Contrato, sin el cual
(3) Cargas.
(C) Seguro Contra Incendios.
(D) Contenidos. (1)
(2)
(3)
(E) Compañías. Las pólizas indicadas en (A) y (D) serán contratadas con alguno de los Proveedores Autorizados.
II-6. Cargo de boleterías. Toda vez que
II-7. Fondo de servicios. Cinco (5) días
antes del comienzo del Plazo,
Si los consumos de
CAPITULO III. REGLAS DE OPERACION Y DE CONTRATACION CON TERCEROS
III-1. Facultades de inspección y visita.
(1)
(2)
III-2. Construcciones. (1) Las
construcciones que instale o autorice instalar
(2)
(3)
III-3. Movimientos y operaciones en el Sector.
Se aplicarán al ingreso, egreso, permanencia y circulación de personas,
vehículos y bienes, así como a la carga y descarga de camiones en el Sector,
las reglas previstas en las Normas Generales de Montaje e Instalaciones de los
Pabellones y
III-14. Símbolos y logo.
III-5. Propalación.
El nivel sonoro de la propalación (decibeles) no podrá afectar otros Sectores del Predio Ferial o el entorno urbano o vulnerar normas públicas, y su contenido no podrá afectar derechos de terceros, la moral pública o las leyes.
III-6. Emergencias Médicas. Será
responsabilidad de
III-7. Proveedores. La contratación por
El listado incluido como Anexo podrá ser modificado por
Los Contratos de
III-8. Exclusividad en Publicidad. Toda
vez que
El listado incluido como Anexo podrá ser modificado por
III-9. Gastronomía. (1)
(2) Los expendios que los Expositores realicen en el ámbito
de sus respectivos stands no podrán revestir el carácter de una explotación
gastronómica, ni podrán competir publicitariamente con marcas cuya exclusividad
haya sido contratada por
CAPITULO IV. INCUMPLIMIENTO. GARANTIAS. FUERZA MAYOR.
JURISDICCION.
IV-1. Mora e Incumplimiento. De acuerdo
con el principio de que la parte inocente tendrá derecho a resarcirse
íntegramente de los daños causados por la otra parte (Art. 505 inc. 1 y 3, 511,
512, 520, 521, 1109 y concordantes del Código Civil), siempre que cumpliere sus
propias obligaciones (Art.
IV-2. Garantía. (1)
(2) En caso de incumplimiento de obligaciones garantizadas,
( 3) La garantía no obsta al ejercicio de cualesquiera
otras acciones por parte de
IV-3. Fuerza Mayor. Si por circunstancias
imputables a normas públicas, o a disposiciones de autoridad competente, o a
exigencias derivadas de relaciones contractuales entre
IV-4. Domicilios. Jurisdicción. Arbitraje
(1) Para todos los efectos legales emergentes del presente Contrato, las Partes
constituyen domicilios especiales en los denunciados en el encabezamiento,
donde se tendrán por válidas las notificaciones que se cursaren. Cualquier
cambio de domicilio deberá ser notificado a la contraparte en forma fehaciente.
(2) Toda controversia que se suscite entre las Partes, con relación a este
Contrato, su existencia, validez, calificación, interpretación, alcance,
cumplimiento o resolución, se resolverá definitivamente por el Tribunal de
Arbitraje General de
IV-5. Anexos. Las Cláusulas que anteceden
se integran con los siguientes Anexos, los que tendrán los contenidos que en
cada caso se indican: Anexo I Planos: Anexo II
Contrato de Suministros Eléctricos; Anexo III Normas Generales
de Montaje e Instalaciones de los Pabellones y
CLAUSULA ESPECIAL. Cesión. Los derechos económicos derivados de este Contrato han sido cedidos por Ogden Rural SA a favor de Bapro Mandatos y Negocios SA mediante Contrato de Fideicomiso de fecha 29-12-03. Consecuentemente, sólo se considerarán válidos y cancelatorios los pagos efectuados a la orden de Fideicomiso Ogden orden Bapro Mandatos y Negocios SA.
En señal de conformidad se firman tres ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en Buenos Aires, a los 31 días del mes de agosto de 2004.
ANEXO II
CONTRATO DE SERVICIOS Y SUMINISTROS ELECTRICOS
Entre OGDEN RURAL S. A., con domicilio en Juncal 4431, Buenos Aires, en lo
sucesivo denominada
1 - CONDICIONES GENERALES.
a) Instalaciones Básicas:
2 - REGLAMENTO DE SERVICIOS ELECTRICOS.
a) Suministro de Energía a Stands:
a) Circuitos trifásicos: interruptor termomagnético tetrapolar, de capacidad
acorde al consumo previsto.
b) Circuitos monofásicos: los interruptores termomagnéticos deben ser bipolares
y seccionar neutro y fase simultáneamente.
c) Interruptor por corriente diferencial de fuga: debe tener una corriente de
operación nominal de no más de 30 mA, y su circuito de disparo no tendrá
componentes electrónicos.
Dentro del stand sólo puede utilizarse cable aislado en PVC ecológico sin plomo
Norma IRAM 2183 o el tipo subterráneo extraflexible citado anteriormente, o los
que se indiquen por instructivos especiales emitidos por
Cables prohibidos:
Está terminantemente prohibido el uso de los siguientes cables:
Cable tipo paralelo
Cordón flexible IRAM 2158 (cable tipo taller), excepto en lo indicado más
abajo.
Las conexiones flexibles a equipos no superarán los tres metros de longitud,
utilizándose cable adecuado a las condiciones de trabajo. Se permite para estas
conexiones el uso de cable denominado cordón flexible IRAM 2158 (tipo taller).
Todo cableado que vaya a ser sometido a esfuerzo mecánico será de tipo armado o
irá bajo conducto de protección. Las bases de toma de corriente serán fijas y
con contacto de tierra. Se instalarán a una distancia superior a 1m de
cualquier punto de toma de agua. Las lámparas halógenas situadas por debajo de
2,5m dispondrán de una protección que impida el contacto con la lámpara. La
inclusión de recarga de baterías o acumuladores en el interior en los stands se
admitirá previo conocimiento y autorización del área de Servicios Eléctricos,
debiendo colocar en su proximidad carteles de prohibido fumar. g) Deterioros:
Si se comprobaran deterioros en las instalaciones de
- Dispondrán de una protección termomagnética bipolar individual por cada
transformador elevador instalado.
- Los rótulos cuya parte inferior esté situada a menos de
- Los rótulos no tendrán ninguna paridad bajo tensión sin aislar.
i) Grupos generadores: Ogden Rural ha dispuesto grupos generadores para el caso de falta de suministro de la red de distribución del Proveedor de Energía. Los grupos mantienen aproximadamente un 30% de la iluminación general de los pabellones y cocheras, los pasillos y escaleras, los sanitarios y otras áreas críticas. No alimentan los equipos de aire acondicionado, ni los canales de suministro a stands. Para la instalación de generadores que alimenten a los stands, se han previsto espacios y puntos de conexión con su respectiva maniobra, en todos los pabellones. Para eventos en que se requiera instalarlos se coordinará con el área de Servicios Eléctricos. Los grupos generadores deben cumplir con los siguientes requisitos:
Equipos insonorizados; salidas de gases en dirección
vertical; tablero eléctrico con interruptor termomagnético (los tableros
seccionales deben tener disyuntor diferencial); centro de estrella puesto a
tierra; matafuegos adecuado al lado de los equipos; ajuste a normas de
seguridad en el manipuleo de combustible. Queda establecido que la instalación
de grupos generadores es para abastecer energía sólo en condiciones de
emergencia por falta del suministro de la red. j) Guardias: Son sin cargo las
comprendidas durante el armado y desarme entre las 8 y 12 horas y entre las 13
y 20 horas; durante el evento entre las 10 y 21 horas. La noche anterior a la
inauguración del evento y posterior al cierre del mismo la guardia de
electricidad será sin cargo de
En Buenos Aires, a los 31 días del mes de agosto de 2004 se firman tres ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto.
3 - LISTA DE PRECIOS ELECTRICIDAD - IVA NO INCLUIDO
1) SERVICIOS ELECTRICOS
TABLA Nº 1 Plan aplicable según potencias máximas simultáneas en Kw.
PABELLON |
PLAN A, hasta |
PLAN B, hasta |
PLAN C, más de |
Ocre |
200 |
350 |
350 |
Azul |
500 |
1.000 |
1.000 |
Verde |
400 |
800 |
800 |
Amarillo |
600 |
1.200 |
1.200 |
Rojo |
90 |
140 |
140 |
8 |
120 |
200 |
200 |
Frers |
150 |
250 |
250 |
|
|
|
|
TABLA Nº 2 Precio de Servicios Eléctricos en pesos por día de alquiler de espacios. |
|||
|
|
|
|
PABELLON |
PLAN A |
PLAN B |
PLAN C- |
Ocre |
488 |
740 |
1677 |
Azul |
1010 |
1525 |
2372 |
Verde |
850 |
1253 |
1942 |
Amarillo |
1210 |
1815 |
2842 |
Rojo |
154 |
240 |
358 |
8 |
246 |
382 |
570 |
Frers |
300 |
456 |
720 |
|
|
|
|
PLANES UNICOS |
|
|
|
|
|
|
|
|
9 |
366 |
|
|
Pista Central |
252 |
|
2) CONSUMO DE ENERGIA Y AIRE ACONDICIONADO
Para fijar este precio se registran:
a) Los días de uso de A/A ( día o fracción ), a solicitud del expositor.
b) La potencia total máxima demandada por el evento puro (excluidos AA,
iluminación general, etc.) según medidores, y los días de duración del evento.
c) La energía consumida por el evento puro según medidores.
TABLA Nº 3 Precios por AA, demanda y consumo en pesos:
Pabellon |
PRECIO AA $ |
DEMANDA |
CONSUMO |
Ocre |
280 |
1,15 |
0,45 |
Azul |
495 |
1,15 |
0,45 |
Prefunción azul |
205 |
|
|
Verde |
474 |
1,15 |
0,45 |
Prefunción verde |
275 |
|
|
Amarillo |
575 |
1,15 |
0,45 |
Prefunción amarillo |
174 |
|
|
Rojo |
108 |
1,15 |
0,45 |
8 |
- |
1.15 |
0,45 |
9 |
260 |
Precio fijo por día de evento: 275 Precio fijo por día de evento: 240 |
|
Pista Central |
- |
NOTA: En caso de utilizar el aire acondicionado de dos, o de las tres Prefunciones, se cobrará una tarifa total, para esos sectores, de $ 345.- por día.
3) ALQUILER DE SALONES
Salas de conferencias, auditorios, salón de ventas, tarifa única que comprende servicios eléctricos, aire acondicionado y consumo de energía, según Tabla Nº 4
TABLA Nº 4
Sala |
Precio por día($) |
|
58.- |
S 2 |
76.- |
S |
58.- |
S 1 B |
48.- |
S |
115.- |
4) SERVICIOS OPCIONALES.
a) Guardia nocturna (un guardia electricista y un encargado
de pabellón)
Precio por turno de 12 hs. o fracción ................... $ 1,000.-
b) Alquiler de equipos. Precios por el alquiler durante toda la exposición.
LUMINARIAS: |
|
Artefacto de Cuarzo-Iodo de 500 W instalado funcionando |
$ 60 |
Artefacto de Cuarzo-Iodo de 1.500 W instalado funcionando |
$ 80 |
Proyector de mercurio de 250 W a,400 W instalado funcionando |
$ 80 |
Proyector de mercurio halogenado de 250 W a 400 W inst. func. |
$ 108 |
Proyector de Sodio AP 250W a 400W instalado funcionando |
$ 118 |
ANEXO III
NORMAS GENERALES DE MONTAJE E INSTALACIONES DE LOS
PABELLONES Y
Artículo 1º. Reunión técnica
Con una antelación no superior a treinta (30) días ni
inferior a veinte (20) días al inicio del armado del Evento ORSA convocará a
una reunión técnica a la cual asistirá un representante de
En forma oportuna se enviará al organizador fecha y horario de dicha reunión.
Artículo 2º. Resistencia de suelos - cargas
La sobrecarga admisible para los pabellones Azul, Verde, Amarillo y Rojo es de 2.000 kg/M2 repartida de manera uniforme.
La sobrecarga admisible para el pabellón Ocre es de 5.000
Kg/M2 repartida de manera uniforme.
La sobrecarga admisible para el sector de playa de maniobras y losas de los
portones de acceso a los pabellones es de 2.000 Kg/M2 repartida de manera
uniforme.
La Cesionaria se obliga a presentar la documentación técnica correspondiente a
cada máquina y ubicación dentro del pabellón con un mínimo de 45 días antes de
ingresar al Predio. Esta información deberá contener el detalle de cada
máquina, necesidades de conexionado eléctrico u otras instalaciones, plano de
la planta, altura, peso y la cantidad y características de los apoyos donde se
repartirá la carga para analizar la factibilidad de su instalación. También se
deberá detallar si la máquina a instalar será exhibida en movimiento para lo
cual deberá aportarse el dato del esfuerzo cinético máximo que transmitirá a la
estructura para su consideración.
De no aportar estos datos con la antelación planteada el
costo de los honorarios de ingeniería que resultaren para el análisis de la factibilidad
de instalación correrán por parte de
Las superficies de los apoyos de cada máquina no podrán ser
puntuales en el sentido de tener dimensiones pequeñas que generen punzonado a
la losa de hormigón armado, debiéndose analizar este punto en cada caso de
acuerdo a las características de cada máquina; independientemente de ello se
deberá prever la colocación de platabandas que distribuyan las cargas las
cuales deberán ser aprobadas
La Cesionaria
Asimismo,
La Cedente se reserva el derecho de instalar balanzas o solicitar a la
cesionaria la presentación de un certificado de pesaje a fin de verificar el
peso de cada equipo para su admisión.
Artículo 3º. Acceso de vehículos y descarga de mercaderías
El acceso de vehículos a
A los efectos de operar en la carga y descarga, la empresa determina un tiempo sin cargo en la playa de treinta minutos para automóviles, una hora y media para camionetas y similares y dos horas y media para camiones de hasta 3 toneladas. Una vez finalizado este plazo se cobrará a razón de veinte pesos los quince minutos o fracción.
Artículo 4º. Horarios para armado y desarme
El ingreso al Predio se efectuará a partir de las 8 hs. El
horario de trabajo permitido durante el armado es de
Artículo 5º. Autorización de instalación
Artículo 6º. Actividades prohibidas
Queda totalmente prohibido el uso de fuegos artificiales y bombas de Estruendo dentro y fuera de los pabellones.
Queda prohibida la pulverización de pinturas celulósicas en el interior del Predio Ferial sobre cualquier clase de objetos. No está permitido el depósito o exposición de materias peligrosas, inflamables, explosivas o insalubres, que desprendan olores desagradables y que puedan ocasionar molestias a otros expositores o al público visitante.
Está totalmente prohibido el uso de herramientas que produzcan chispas, amoladoras, disco de corte, equipos de soldadura eléctrica, autógena, soplete a garrafa, y otros.
Está prohibido afectar las instalaciones, no permitiéndose pintar, fijar tacos y brocas o hacer roscas de ninguna clase, así como colgar materiales en ningún elemento estructura¡, no se permitirá perforar los pisos ni fijar en ellos alfombras o elementos de construcción con cemento de contacto o similares, debiendo fijarse con cinta adhesiva de doble cara, o bien en tarimas o cualquier otro medio independiente del pavimento. Los gastos de reparación de cualquier daño causados por los organizadores y/o su decorador, serán siempre a su cargo.
Los expositores deberán instalar dentro de su stand un
matafuego de polvo químico triclase de 10 Kgs. cada
Artículo 7º. Suministro desde canaletas de servicios
Todos los servicios son subterráneos y suministrados desde las canaletas de servicios (telefonía, energía eléctrica, agua, desagüe, etc.) se distribuyen desde la canaleta más próxima al punto solicitado. Las canaletas están ubicadas cada 8/6 metros en forma transversal. Se debe tener presente la disposición de las canaletas de servicio en el armado de los stands, de tal forma que pasen por debajo de los mismos para que las conexiones no queden expuestas. Los únicos habilitados para la realización de estas instalaciones son las empresas contratadas por OGDEN RURAL SA o su personal. En las conexiones a desagüe se podrá verter únicamente agua limpia, cualquier otro líquido desagotado deberá pasar previamente por una cámara decantadora. El costo de cada una de las conexiones es de $ 250 más IVA.
Todas las instalaciones de los servicios se deben realizar
antes del alfombrado, debiendo tener la información de los mismos con 20 días
de anticipación, enviando el plano de la feria con las correspondientes
especificaciones de ubicación y servicio a
Artículo 8º. Pabellones de equinos 8 y 9
La resistencia del piso de los pabellones soporta cargas hasta 1,5 ton/m2.
Las estructuras interiores de los pabellones vigas, serchas y columnas, frentes vidriados y molduras no son aptas para soportar cargas, por lo tanto, para cualquier elemento que se cuelgue se deberán construir pórticos apoyados sobre el piso, tanto para el interior como para el exterior.
Cuando se armen stands sobre el lado S.E. deben guardar un retiro de 7mts. desde la vidriera de los locales existentes.
Recordamos, asimismo, que fueron declarados monumentos
históricos por
El Gobierno de
Artículo 9º. Pista Central
El uso de
9.1.- Antes de planificar el armado de un evento se debe contactar con
No está permitido transitar por los techos y
aleros, ni colgar elementos de sonido, iluminación, etc. de sus frentes,
fachadas de vidrio y mampostería, molduras, balcones y alzadas exteriores.
Cualquier ornamentación que se quiera realizar debe ser previamente aprobada.
9.3.- El jardín lindero a
9.4.- En cuanto al Palco Oficial, no puede cubrirse, el lema de Sociedad Rural
Argentina, y sus butacas deben conservar el mismo estado en que se entregan.
9.5.- Cualquier perforación en el piso de
9.6.- Cualquier remoción del suelo actual que modifique su compactación o nivel, como así también, si se mezclara la arena del mismo con otro elemento, significará el reemplazo de la arena contaminada por otra de la misma calidad, que deberá cumplir con las siguientes especificaciones de textura:
Arena 90%; Limo 2,5%; Arcilla 7,5%; Método
utilizado: Bouyoucos.
La arena deberá responder al siguiente análisis granulométrico:
Arena muy gruesa, Tamaño de partícula (en micrones)1000-2000 Tamiz Nº ASTM 18,
porcentaje 0 %.
Arena gruesa, Tamaño de partícula 500-1000 Tamiz Nº ASTM 35 porcentaje 0 %.
Arena media, Tamaño de partícula 250-500 Tamiz Nº ASTM 60 porcentaje 0,1 % .
Arena fina, Tamaño de partícula 100-250 Tamiz Nº ASTM 140 porcentaje 5,4 %.
Arena muy fina, Tamaño de partícula 50-100 Tamiz Nº ASTM 270 porcentaje 95,5 %.
El organizador se compromete a entregar una muestra de la arena de cava a
proveer y su correspondiente análisis con 96 horas de anticipación a la
descarga del material en la pista, y a realizar los trabajos de mezclado,
compactación y nivelación según cotas originales, a entera satisfacción de
Artículo 10.- Retiro de materiales de decoración
Durante el período de desmontaje es obligatorio proceder al desarme y retiro de los materiales. Transcurrido este período de desmontaje se perderá todo derecho a reclamar pérdidas o daños por los materiales no retirados en plazo debiendo dejar el pabellón libre de residuos y/o elementos utilizados en el armado y decoración.
Anexo VI - Proveedores Autorizados y Auspiciantes Exclusivos
PROVEEDORES AUTORIZADOS
Seguridad y Vigilancia
* HAWK SECURITY SRL: Contacto: Sr. Juan Carlos Rodríguez / TE 4639-4198 / Of. Rural 4777-5593 E-mail jcrodriguez@hawksecurity.com.ar
* HUAL-CON: Contacto: Sr. Hugo Guerrero / TE 4634-2147 E-mail: hualconsrl@hotmall.com
* CAMURA: Contacto: Sr. Antonio Musolino o Sr. Bernardo Ramello / TE 4671-8136 E-mail: camura@infovia.com.ar
Infraestructura y Armado de Stands
* EXPOBAIRES S.A.: Contacto: Sr. Juan Pablo Meneghetti / TE 4312-5115 E-mail:
info@expobaires.com
* ANSELMI: Contacto: Sres. Hugo o Emiliano Anselmi / TE 4855-4683 E-mail: carlos@anseimi.com
* PRESTIGIO: Contacto: Sr. José María Fejmi / TE 4488-6868 E-mail: prestigio@sion.com
Limpieza
* COMPAÑíA PULIRE: Contacto: Sr. Isidoro Hecht / TE 4776-6999 E-mail:
pulire@celtrix.com.ar
* REX ARGENTINA S.A.: Contacto: Sra. Yamil Esmede / TE 4381-5144 E-mail: compras@rexsa.com.ar
* LIMPIOLUX S.A. : Contacto: Sr. Roberto Cassagne / TE 4631-2070 E-mail: marketing@limpiolux.com.ar
* MG ASOCIADOS: Contacto, Sra. María Cristina Machín Gómez / TE 5093-8299 E-mail: mgasociados@sinectis.com.ar
Logística Interna: carga, descarga y traslado
interno
* HOBBIT: Contacto: Sr. Daniel Benincasa / TE 4331-4008 E-mail:
hobbit@hobbit.com.ar
* GRUAS PAR: Contacto: Sr. Antonio Palmieri / TE 4661-8454 / 154058-6285 E-mail: gruaspar@hotmail.com
* BTG EXPOTRANS: Contacto: Sr. Roberto Plaza / TE 4362-5030/80 E-mail: roberto@btg-expotrans.com.ar
* COAMTRA: Contacto: Sr. Osvaldo De Bonis / TE 4305-3600 E-mail: osvaldod@coamtra.com.ar
Comunicaciones: Sonido, Iluminación, Videoconferencias, Telemática, Video Wall
* CONGRESS RENTAL: Contacto: Sra. Alicia Parisotto / TE 4315-6400 E-mail: aparisotto@congressrental.com
* 2MG: Contacto: Sr. Gerardo Carlevaro / TE 4777-7776 E-mail: 2mg@mg.net
* AVR. Contacto: Sr. Edgardo Pelliza / TE 4312-2925 E-mail: edgardo@avr.com.ar
* AUDILUM S.A.: Contacto: Sr. Alfredo Costa / TE 4833-0418 E-mail: costa@audilum.com
* ROBOLIGHT ILUMINACION: Contacto: Sr. Roberto Spilking / TE 15-4477-8500 4774-4528 E-mail: home@robolight.com.ar
* GRIMALDI S.A: Contacto: Sr. Daniel Grimaldi / TE 4308-0185 / 0187 E-mail: grimaldi@grimaldimkt.com.ar
Acreditaciones
*LIBRA: Contacto: Sr. Andrés Bolaños / TE 5031-1211 E-mail: andresb@Iibrait.com.ar / eventos@librait.com.ar
* EXPOPASE- Contacto: Sr. Lorenzo Catini / TE 4381-0455 /
0341-155096225 0341-4406016 E-mail: catini@expopase.com
* DATA EXPRESS: Contacto: Sr. Norberto Macellari / TE 4792-7800 E-mail:
n.macellari@dataexpress.com.ar
* CELTRIX. Contacto: Sr. Isidoro Hetch / TE 4773-3341 E-mail: isidoroh@celtrix.com.ar
Estructuras Tubulares
* NESTRADUÑOL: Contacto: Sr. Ing. Rubén Grasticcini / TE 4757-1658 E-mail: info@andamiosnestradunol.com.ar
* ANDEMET: Contacto: Sr. Roberto Pisani / TE 4552-4219 E-mail: rpisani@andemet.com.ar
* INGACOR: Contacto: Sr. Matías Goldenberg / TE 4382-0101 E-mail: matias@blicher.com.a
* NOLEGGIO: Contacto: Sr. José Brena / TE 4754-0640 - 0629 E-mail: noleggio@hotmail.com (preguntar a EG C/V p/contratar)
Alquiler de Mobiliario
* ROGGERONE: Contacto: Sr. Gustavo Roggerone TE 4792-5422 - 15-4415-5639 E-mail: carpas@)roggerone.com
* HURLINGHAM. Contacto: Sr. Jorge Constantino / TE 4862-3838 E-mail: info@servicioshurlingham.com.ar
* ASTESIANO: Contacto: Sr. Mariano Astesiano / TE 4866-3600 E-mail: mariano@astesiano.com.ar
Alquiler de Carpas
* DANGIOLA: Contacto: Sr. Oscar Canicoba / TE 4240-8811 E-mail: gladis@carpasdangiola.com
* ROGGERONE: Contacto: Sr. Gustavo Roggerone / TE 4792-5422 E-mail: carpas@roggerone.com
* LONA SUR: Contacto, Susana Aiello / TE 4209-3135 E-mail: lonasur@lonasur.com.ar
Climatización Adicional
* PRINCIPAL AIRE: Contacto: Sr. Oscar Mondelli / TE 4855-2643 E-mail: paire@cvtci.com.ar
* CLIMATISAR: Contacto: Sr. Gustavo Waitzman / TE 4489-1119 / 4489-0628 E-mail: info@consim.com.ar
Cartelería
* OMNIGRAPHICS: Contacto: Montserrat Campins / TE 4304-5444 E-mail:
info@omnigraphics.com
Alquiler de Lockers
* UNI BLOC LOCKERS: Contacto, Fabián Labarta / TE 4703-1576 / 4704-6890 E-mail: labartaf@iname.com
Boleterías y Control de Accesos
* TORRES REC: Contacto: Miguel Ángel Torres / TE 4585-6690 E-mail: torresrec@sinectis.com.ar
Emergencias médicas
* AYUDA MÉDICA: Contacto: Jorge Forte / TE 4860-7213 E-mail: jaforte@e-ayudamedica.com.ar
* MASTER RED: Contacto: Liliana Bernardi / TE 5218-5008 E-mail: masterredsa@yahoo.com.ar
* PARAMEDIC: Contacto: Carlos Scalabrini o Alejandro González / TE 4373-6555 E-mail: cscalabrini@paramedic.com.ar / agonzalez@paramedic.com.ar
* TINC: Contacto: Jorge Servidio / TE 4623-1086 E-mail: tinc se@hotmail.com
TELEFONIA
* TELECOM: Operador: TELEFONIA VAZQUEZ SRL Contacto: Sr. Jorge Vázquez /
Oficina Rural: 4777-5902 Fax 4777-5901 E-mail: info@televaz.com.ar
ASESORES EN ELECTRICIDAD
* TRAFOCONSULT: Contacto: Ing. José Bruno / TE 4836-2785 / Fax 4836-2786 Santiago de Estero 1779 Martínez Pcia. de Bs. As. E-mail Trafoconsult@trafoconsult.com.ar
AUSPICIANTES EXCLUSIVOS
Publicidad y promoción de Telecomunicaciones de
datos a terceros
TELECOM SOLUCIONES
Publicidad y promoción de servicios de telecomunicaciones de voz, servicios de telefonía pública y servicio de telecentro
TELECOM
Publicidad y Promoción de bebidas gaseosas sin alcohol
COCA COLA FEMSA de Buenos Aires S.A.
ANEXO IV - PRESUPUESTO Y CONSTITUCION DEL FONDO DE SERVICIOS
MEMORANDUM
Nº: 1322 |
Fecha: 31/08/04 |
Hoja: 1 de: 1 |
|
|
|
De: |
TRAFOCONSULT S.R.L. S.A. |
A: OGDEN RURAL |
|
|
|
Por: Ing. Miguel E. Frágola At: Helena Zimmermann |
|
|
TEL/FAX: (011) 4836-2785 TEL/FAX |
|
|
|
|
|
Ref :Presupuesto de electricidad Evento FEBAT |
|
|
|
|
|
Premisas: |
|
|
|
|
|
|
Pabellón: |
Verde |
|
Días Totales de Predio: |
8 |
|
Días de Evento: |
3 |
|
Demanda de Potencia: |
520 kW |
|
Energía estimada: |
18.000 kW-h |
|
|
|
Precios: |
|
|
|
|
|
1 - Servicios Eléctricos (Plan B) |
$ 12.129.- |
|
2 - Demanda de Potencia (kW) |
$ 2.170.- |
|
3 - Consumo de Energía (kW-h) |
$ 9.801.- |
|
4 - Aire Acondicionado |
|
|
(por día de uso $ 474.-) |
$ 1.720.- |
|
Notas:
a)
Todos los importes tienen adicionado el IVA.
b) Todos los items serán facturados y cobrados antes del ingreso al
predio, excepto el ítem Aire Acondicionado, que se facturará al cierre del
evento, de acuerdo a la cantidad de días utilizados en cada pabellón.
c) Para toda instalación eléctrica que efectúe el expositor valen las
prescripciones incluidas en los instructivos correspondientes.
d) Este presupuesto, ha sido elaborado con las tarifas de Edenor vigentes a
Marzo / 2004. Los cambios que ocurran hasta la fecha de cierre del evento se
trasladarán al organizador (art. j del contrato de Servicios y Suministros
Eléctricos).
ANEXO V
CONTRATO DE PROMOCION Y GESTION DE COMERCIALIZACION Y DE
VENTA DE PUBLICIDAD DE
Entre
PRIMERA - OBJETO: El COMERCIALIZADOR se compromete a realizar
la promoción, la gestión de la comercialización del uso de los espacios
mediante el arrendamiento de stands de
SEGUNDA - LUGAR Y FECHA DEL EVENTO:
TERCERA - NORMAS DEL EVENTO: El COMERCIALIZADOR
se someterá en su actividad, además de a las presentes previsiones
contractuales, a las normas establecidas por el Reglamento General, las
planillas y los Anexos del Manual del Expositor, que tiene en su poder y
declara conocer, como así también a los Boletines Informativos y a los
Comunicados Técnicos que en su oportunidad emita el Comité Ejecutivo. Toda esta
normativa será de cumplimiento obligatorio para los expositores, a quienes
deberá hacérsela conocer como así también que deberán aceptar desde la firma de
CUARTA - PRODUCTOS Y SERVICIOS A PROMOCIONAR,
COMERCIALIZAR Y PUBLICITAR: Los Productos y Servicios cuya gestión se
compromete a comercializar serán los indicados en el Artículo 6º del Reglamento
General - Participantes y Productos- respetando especialmente las prohibiciones
establecidas en el Artículo 7º -Restricciones y Prohibiciones- definidas en el
mismo Reglamento. Queda expresamente establecido que el espacio a comercializar
por el COMERCIALIZADOR es del________m3. La actividad de
búsqueda de sponsors de
QUINTA - ACTIVIDADES DE PROMOCION: El COMERCIALIZADOR sobre la
base a su cartera de clientes, base de datos y contactos comerciales, entregará
a toda empresa interesada folletería y carpetas de promoción de FEBAT, con
material detallado informativo acerca de
SEXTA - MATERIAL INFORMATIVO: El Comité Ejecutivo brindará al COMERCIALIZADOR
todo el material informativo necesario a los fines de cumplir su actividad de
promoción con los potenciales interesados en el arrendamiento del espacio. El COMERCIALIZADOR
deberá solicitar fehacientemente el material adicional con una antelación no
menor a setenta y dos (72) horas.
SEPTIMA - ACTIVIDAD DE GESTION DE COMERCIALIZACION:
El COMERCIALIZADOR realizará la gestión de comercialización del uso de
los espacios de
OCTAVA - DERECHO DE CONTRALOR DEL COMITÉ EJECUTIVO:
El COMERCIALIZADOR entregará al solicitante del stand un
comprobante de reserva del espacio que indicará expresamente que la operación
se realiza ad referéndum del Comité Ejecutivo. Queda expresamente establecido
que corresponde al Comité Ejecutivo el control de admisibilidad, sin tener
derecho alguno el COMERCIALIZADOR por las operaciones no
perfeccionadas. El Comité Ejecutivo no admitirá la comercialización del espacio
sin la recepción de toda la documentación completa, en tiempo y forma.
NOVENA - PERFECCIONAMIENTO DE
DECIMA - TARIFARIO DE LOS STANDS: El
arrendamiento de los stands de
DECIMA PRIMERA - GESTION DE VENTA DE PUBLICIDAD:
El COMERCIALIZADOR buscará sponsors de
DECIMA SEGUNDA - DEBER DE INFORMACIÓN ENTRE LAS PARTES: Las
partes se comprometen a informarse, al menos diariamente, sobre las reservas
efectuadas y los espacios comercializados, así como a brindarse cualquier otra
información relevante para el normal desarrollo de
DECIMA TERCERA - RELACIONES ENTRE LAS PARTES: El presente contrato no constituye de manera alguna relación laboral, ni de dependencia ni de sociedad entre las partes, obligándose ambas al cumplimiento de sus obligaciones y manteniendo sus respectivas actividades y funciones.
DECIMA CUARTA - INTRANSFERIBILIDAD: Queda
expresamente prohibida la cesión total o parcial del presente contrato, sin
perjuicio de lo cual, el COMERCIALIZADOR podrá, a su exclusiva
cuenta y riesgo, contratar personal para el mejor cumplimiento de sus
obligaciones, las que no guardarán, asimismo, ninguna relación laboral con el ORGANIZADOR
ni con el Comité Ejecutivo.-
DECIMA QUINTA - PRECIO Y FORMA DE PAGO:
Por la actividad de gestión en la comercialización de________m3 disponibles
para institucional privadas, efectivamente realizada y aceptada por el Comité
Ejecutivo, se abonará al COMERCIALIZADOR la suma de:
a) PESOS___________($_______) por la comercialización de
hasta el 20% de los m3 comercializables;
b) PESOS___________($_______) por la comercialización de hasta el 30% de los m3
comercializables;
c) PESOS___________($_______) por la comercialización de hasta el 40% de los m3
comercializables;
a) PESOS___________($________) por la comercialización de hasta el 50% de los
m3 comercializables;
b) PESOS____________($_______) por la comercialización de hasta el 60% de los
m3 comercializables;
c) PESOS____________($_______) por la comercialización de hasta el 70% de los
m3 comercializables;
d) PESOS____________($________) por la comercialización de más del 70% de los
m3 comercializables.
Por la actividad de gestión de venta de publicidad, el COMERCIALIZADOR
recibirá el 20% de lo efectivamente percibido por dicho concepto.
DECIMA SEXTA - GARANTIA DE CONTRATO: El COMERCIALIZADOR
deberá afianzar el cumplimiento del contrato conforme lo establecido por el
artículo 24 del Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto nº
3300/72.
DECIMA SEPTIMA - GASTOS: Los gastos en que deban incurrir el COMERCIALIZADOR
para cumplir con sus obligaciones, inclusive los de alojamiento y traslado,
serán solventados bajo su exclusiva cuenta y cargo.-
DECIMA OCTAVA - INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento de los
deberes y/o quebrantamiento de las prohibiciones, hará pasible al COMERCIALIZADOR
de la resolución del contrato.
DECIMA NOVENA - RESCISIONES: Cada una de
las partes podrá rescindir en cualquier momento el presente contrato,
notificando fehacientemente a la otra parte con una anticipación no inferior a
diez (10) días. La rescisión del contrato por parte de
VIGECIMA - REVOCACION: El presente contrato por aplicación del
Decreto Nº 4041 del 21 de octubre de 1996 podrá ser revocado en sede
administrativa si se comprobase administrativamente la existencia de graves
irregularidades que hubiesen posibilitado la obtención de indebidas ventajas
por parte del cocontratante y/o la existencia de vicios conocidos por el
cocontratante particular que afectaran originariamente al contrato, susceptible
de acarrear la nulidad y/o que el contrato fuera celebrado mediando
prevaricato, cohecho, violencia o cualquier otra maquinación fraudulenta que
diera lugar a la acción penal o que fuere objeto de condena penal.-
VIGECIMA PRIMERA - PLAZO: El COMERCIALIZADOR finalizará su actividad de promoción con fecha___de__________de_____y de comercialización con fecha____de__________de____, salvo que el Comité Ejecutivo informe fehacientemente la prórroga del plazo hasta la fecha de inicio de la feria.
VIGÉSIMA SEGUNDA - SUSPENSION O CANCELACION DEL
EVENTO: Queda expresamente previsto que por caso fortuito o por
razones de mérito, oportunidad o conveniencia, podrá el Comité Ejecutivo
disponer la suspensión o cancelación de
VIGÉSIMA TERCERA - COMPETENCIA, RENUNCIAS: En, caso de
litigio, las partes se someterán a la competencia de los tribunales ordinarios
de la ciudad de
ANEXO VI
CONTRATO DE CESION DE USO DE ESPACIO DE LA FEBAT
PARA
PUBLICIDAD O PROMOCION
Entre
PRIMERA - OBJETO: El ORGANIZADOR permitirá utilizar a
SEGUNDA - ESPACIO PARA PUBLICIDAD: El ORGANIZADOR
cederá como espacio para publicidad
____________________________________________
que se realizará de la siguiente forma:_________________________________
TERCERA - LUGAR Y FECHA DEL EVENTO:
Al____de_________de 200_ en el Predio______________________________
CUARTA - NORMAS DEL EVENTO:
QUINT
SEXTA - ACTIVIDADES DE PROMOCION:
SEPTIMA - INDEMNIDAD:
OCTAVA - RELACIONES ENTRE LAS PARTES: El presente contrato no
constituye de manera alguna relación laboral, ni de dependencia ni de sociedad
entre las partes, obligándose ambas al cumplimiento de sus obligaciones y
manteniendo sus respectivas actividades y funciones.-
NOVENA - MATERIAL INFORMATIVO: El Comité
Ejecutivo brindara a
DECIMA - ACTIVIDAD DE PROMOCION DE
DECIMA PRIMERA - DERECHO DE CONTRALOR DEL COMITÉ EJECUTIVO: El
Comité Ejecutivo podrá controlar que la actividad de
DECIMA SEGUNDA - PRECIO Y FORMA DE PAGO:
[en efectivo a la orden Cuenta de Gobernación FONDO PROVINCIAL DE TURISMO -CUENTA EN BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES Nº 1787/3, desde cualquier sucursal del banco. Se deberá remitir al Comité Ejecutivo copia del recibo comprobante, siendo éste el único documento de constancia de pago]
[ en especie mediante la entrega
de_________________________________ ]
DECIMA TERCERA - INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento de los
deberes y/o quebrantamiento de las prohibiciones, hará pasible a
DECIMA CUARTA - RESCISIONES: Cada una de las partes podrá
rescindir en cualquier momento el presente contrato, notificando
fehacientemente a la otra parte con una anticipación no inferior a diez (10)
días. La rescisión del contrato operará de pleno derecho sin expresión de causa
con la sola comunicación fehaciente dada a la otra parte, sin conceder derecho
a indemnización o compensación alguna en favor de la otra sin perjuicio del
pago por las actividades realizadas hasta la fecha de rescisión y del pago
íntegro, si la hubiera, de la publicidad en la cartelería estática, folletería,
catalogo general de la muestra y/o cualquier otra impresión gráfica de
DECIMA QUINTA - REVOCACION: El presente
contrato por aplicación del Decreto Nº 4041 del 21 de octubre de 1996 podrá ser
revocado en sede administrativa si se comprobase administrativamente la
existencia de graves irregularidades que hubiesen posibilitado la obtención de
indebidas ventajas por parte del cocontratante y/o la existencia de vicios
conocidos por el cocontratante particular que afectaran originariamente al
contrato, susceptible de acarrear la nulidad y/o que el contrato fuera
celebrado mediando prevaricato, cohecho, violencia o cualquier otra maquinación
fraudulenta que diera lugar a la acción penal o que fuere objeto de condena
penal.-////
DECIMA SEXTA - PLAZO:
DECIMA SEPTIMA - SUSPENSION O CANCELACION DEL
EVENTO: Queda expresamente previsto que por caso fortuito o por
razones de mérito, oportunidad o conveniencia, podrá el Comité Ejecutivo
disponer la suspensión o cancelación de
DECIMA OCTAVA - COMPETENCIA, RENUNCIAS: En
caso de litigio, las partes se someterán a la competencia de los tribunales
ordinarios de la ciudad de