DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 1.383

La Plata,15 de agosto de 2003

VISTO la sanción de la Ley 13062; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley mencionada en el Visto, se establece la creación de un Mausoleo dedicado al Teniente General Juan Domingo Perón y a emplazarse en el “Museo Histórico Quinta 17 de Octubre”, sito en el Partido de San Vicente;

Que asimismo, por el artículo 3º de la citada Ley se crea la Comisión del Mausoleo Juan Domingo Perón y María Eva Duarte de Perón, el que se integrará por un Presidente Honorario, un representante del Poder Ejecutivo y un representante de cada Cámara Legislativa de la Provincia;

Que en virtud de ello se propicia la designación en el cargo de presidente honorario de la Comisión del Mausoleo Juan Domingo Perón y María Eva Duarte de Perón al Doctor Eduardo Alberto Duhalde;
Que en este sentido cabe destacar la trayectoria y aptitudes que posee el propuesto, para asumir la titularidad de la Comisión del Mausoleo Juan Domingo Perón y María Eva Duarte de Perón;

Que asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley 13062, el suscripto encuentra mérito suficiente para designar en dicha comisión al Doctor Federico Carlos Scarabino, en representación del Poder Ejecutivo;

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de la dispuesto por el artículo 144 Proemio de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
DECRETA :

Art. 1º: Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Presidente Honorario de la Comisión del Mausoleo Juan Domingo Perón y María Eva Duarte de Perón al Doctor Eduardo Alberto Duhalde (DNI 7.722.614 - Clase 1941).


Art. 2º Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, como Representante del Poder Ejecutivo ante la Comisión del Mausoleo Juan Domingo Perón y María Eva Duarte de Perón al Doctor Federico Carlos Scarabino (DNI 8.489.603 - Clase 1950).

Art. 3º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Justicia.

Art. 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al “Boletín Oficial” y archívese.

SOLA
A.C Meckievi