Fundamentos de la

Ley 10884

 

            El Proyecto de Ley que se somete a consideración de esta Honorable Cámara tiende a coadyuvar a la superación de la dramática situación que respecto a la vivienda digna padecen los vecinos del Barrio Argentino de la localidad y partido de Merlo.

            Resulta conocido que en el país, el 70% del parque habitacional de ocho millones de viviendas carece de cloacas y el 45% de agua potable. A su turno, el déficit de unidades supera ya los dos millones setecientos mil.

            Mientras tanto, los escasos recursos destinados a vivienda se han volcado a obras y proyectos de alto costo, destinadas a unos pocos que podemos llamar privilegiados. El déficit se vio agravado por el incremento de las llamadas “villas de emergencia” por las situaciones provocadas por las inundaciones, el inalcanzable precio de los alquileres y el traslado al conurbano bonaerense de ocupantes de villas de emergencia ubicadas en Capital Federal.

            Resulta evidente que se hace necesario implementar una nueva política de vivienda que se dirija preferentemente a sectores de extrema pobreza o de muy escasos recursos, como es la situación de los vecinos de Merlo que luchan por alcanzar aquello que deberían poseer derecho: el territorio familiar en el que cada uno debe realizarse como persona.

            El Proyecto que se propicia propone un plan regulador de urbanización integral a través de organismos especializados al tiempo que se impone a los beneficiarios obligaciones tendientes a fomentar, mediante el sistema cooperativo de autoconstrucción, viviendas dignas superadoras de lo que hoy constituyen asentamientos precarios.

            Dada la importancia social que reviste la adjudicación de tierras a estos pobladores para la construcción de viviendas únicas y permanentes y que el problema habitacional que sufre la Provincia es ampliamente conocido, se consideren suficientes los fundamentos expuestos para solicitar la aprobación del presente Proyecto de Ley.