DECRETO 887/2021

LA PLATA, 18 de Octubre de 2021

VISTO el expediente EX-2020-21190057-GDEBA-DGIIOMA del Instituto de Obra Médico Asistencial, por el cual tramita el cese para acogerse al beneficio jubilatorio por invalidez de la agente Marta Ofelia SCHMITT, y

CONSIDERANDO:

Que se gestionó la conformación de una junta médica para que dictamine acerca de la capacidad laboral de la agente Marta Ofelia SCHMITT, quien revista en un cargo de Planta Permanente, en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 17, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en el Instituto de Obra Médico Asistencial;

Que el Departamento Juntas Médicas de la Dirección de Salud Ocupacional dictaminó, con fecha 21 de julio de 2016, un porcentaje de incapacidad laboral del setenta por ciento (70 %);

Que el Departamento de Control Médico de la Dirección de Planificación y Control de Gestión del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires dictaminó, con fecha 14 de febrero de 2017, una incapacidad laboral del setenta por ciento (70%);

Que, en consecuencia, corresponde disponer el cese de la agente en el cargo, a partir del 15 de febrero de 2017;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la agente saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que la Ley N° 14.070 establece que, vencidos los plazos correspondientes a licencias por enfermedad o accidente, los y las agentes públicos/as de la provincia de Buenos Aires, cualquiera sea el régimen estatutario al que pertenezcan, tendrán derecho a continuar percibiendo sus haberes y a mantener afiliación al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), hasta tanto exista pronunciamiento de la Junta Médica Provincial;

Que, en consecuencia, corresponde otorgar el beneficio citado por el período comprendido entre el 21 de julio de 2016 y el 14 de febrero de 2017 inclusive;

Que, asimismo, procede el pago del importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual, como adelanto de su jubilación, según lo estipulado en la Ley Nº 12.950, modificada por su similar Nº 13.547;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que Asesoría General de Gobierno ha dictaminado favorablemente;

Que la gestión encuadra en lo establecido por el artículo 14 inciso d) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Disponer en la Jurisdicción 1.1.4.1.2, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 15 de febrero de 2017, el cese de la agente Marta Ofelia SCHMITT (DNI N° 11.557.017 - Clase 1955), quien revista en un cargo de Planta Permanente, Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 17, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, para acogerse a los beneficios jubilatorios por invalidez, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso d) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 2°. Dar por otorgado a Marta Ofelia SCHMITT (DNI N° 11.557.017 - Clase 1955) el beneficio establecido por la Ley N° 14.070, por el período comprendido entre el 21 de julio de 2016y el 14 de febrero de 2017 inclusive.

ARTÍCULO 3°. Certificar en cumplimiento de lo establecido en los artículos 29 y 45 del Decreto-Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto N° 600/94), que Marta Ofelia SCHMITT (DNI N° 11.557.017 - Clase 1955) registra una antigüedad de veintitrés (23) años, diez (10) meses y seis (6) días de servicios computables a los fines jubilatorios en la Administración Pública Provincial, y que ha desempeñado como mejor cargo por un período de treinta y seis (36) meses consecutivos el del Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 11, con un régimen horario de treinta (30) horas semanales de labor.

ARTÍCULO 4°. Autorizar a la Dirección de Finanzas del Instituto de Obra Médico Asistencial a abonar a la agente citada el importe previsto en el artículo 1º de la Ley Nº 12.950, texto según Ley Nº 13.547, equivalente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual, hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional.

ARTÍCULO 5°. .Dejar establecido que la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el IOMA deberá requerir a la agente Marta Ofelia SCHMITT (DNI N° 11.557.017 - Clase 1955) la devolución de la credencial de afiliada al IOMA, tal como lo establece el Decreto Nº 7881/84, reglamentario de la Ley Orgánica del Instituto de Obra Médico Asistencial.

ARTÍCULO 6°. Dejar establecido que la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal confeccionará la correspondiente certificación de servicios, que será entregada a la interesada al momento de la notificación de este acto para ser presentada juntamente con copia del mismo ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 7°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolás Kreplak        Martín Insaurralde

Ministro de Salud       Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros

Axel Kicillof

Gobernador