DECRETO 1162/2021

LA PLATA, 17 de Diciembre de 2021

VISTO el expediente N° EX-2021-31869480-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual el Doctor Edgardo Alberto Pedro PAZ presenta su renuncia al cargo de Defensor Oficial -para actuar ante el Fuero Criminal y Correccional- del Departamento Judicial Quilmes, y

CONSIDERANDO:

Que el Doctor Edgardo Alberto Pedro PAZ fue designado Defensor en la Defensoría de Pobres y Ausentes N° 6 del Departamento Judicial Quilmes, mediante Decreto Nº 786 del 10 de abril de 1996;

Que como consecuencia de la sanción de las Leyes N° 11.922 y N° 12.367, el Doctor PAZ pasó a desempeñarse como Defensor Oficial -para actuar ante el Fuero Criminal y Correccional- del Departamento Judicial Quilmes;

Que el nombrado funcionario ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que le sea aceptada a partir del 1° de diciembre de 2021;

Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto del Doctor PAZ;

Que se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con el citado funcionario en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias, en relación al Doctor PAZ;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 1° de diciembre de 2021, a los fines jubilatorios, la renuncia presentada por el Doctor Edgardo Alberto Pedro PAZ (DNI N° 14.339.629 – clase 1960) al cargo de Defensor Oficial -para actuar ante el Fuero Criminal y Correccional- del Departamento Judicial Quilmes.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.