LEY 8376

             

Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación el inmueble ubicado en el Partido de San Fernando, con destino a la construcción del edificio de Comisaría.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el Partido de San Fernando, designado catas­tralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 16, Parcela 21, cuyo dominio consta inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el número 297 del año 1930, con destino a la construcción de un edificio para la Comisaría de la citada localidad.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley deberá ser atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto año 1975, Carácter 1, Jurisdicción 03, Unidad de Organización 6, Ítem 19, Finalidad 2, Función 1, Programa 03, Sección 2, Sector 05, Partida Principal 03, “Bienes de Capital”.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.