DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS
DECRETO 1.051

La Plata, 3 de julio de 2009.

VISTO el Expediente Nº 2100-3588/05 alcance 6, por el cual el Correo Oficial de la República Argentina S.A. propicia la modificación de las tarifas vigentes del servicio de prestación del servicio postal para las distintas Jurisdicciones que integran la Administración Pública Provincial, aprobado por Decreto Nº 3687/06, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 3687/06, se aprobó el Acuerdo entre la Provincia de Buenos Aires y Correo Oficial de la República Argentina S.A. firmado el 18 de diciembre del 2006, para la prestación del servicio postal a favor de la totalidad de los Organismos que componen la Administración Pública Provincial, con excepción del Ministerio de Economía, quien tiene vigentes los convenios particulares oportunamente signados y ratificados por los Decretos Nos. 329/04, 625/03, 297/03 y 1356/01, y sus procedimientos de administración y pago;
Que continuando con el proceso de modernización, que conlleva implícito el objetivo de simplificar todos los procesos y procedimientos sobre los que se desarrollan y basan infinidad de acciones administrativas transversales a todas las jurisdicciones, deviene necesario unificar los términos de la prestación del servicio postal en los distintos Organismos de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, Organismos Autárquicos y de la Constitución, con el alcance que determine el Poder Ejecutivo Provincial, bajo la misma normativa;
Que en ese marco normativo, procede avanzar en el desarrollo de un vínculo único e integrador con el Correo Oficial de la República Argentina, para la prestación del servicio postal a favor de la totalidad de los Organismos que componen la Administración Pública Provincial, incluyendo también al Ministerio de Economía;
Que por otro lado, el Correo Oficial de la República Argentina S.A. solicitó en febrero de 2008, una modificación del cuadro tarifario de precios contenido en el Anexo 2 del Decreto Nº 3687/06;
Que en primer lugar, se propicia incorporar al Acuerdo nuevas prestaciones y servicios;
Que surge de los informes presentados por Correo Oficial de la República Argentina S.A. (fs. 13/151 y 156/171) y la información que brinda el Instituto de Estadísticas y Censos, un incremento en los índices de costos operativos de la prestación del servicio postal, que amerita su modificación tarifaria a partir del 1º de julio de 2008;
Que en ese sentido, cabe encomendar al Ministerio de Economía, efectuar cuando fuere necesario, la adecuación presupuestaria para cumplir el pago de las diferencias habidas;
Que finalmente y en orden con la política de mejoramiento de los procesos de gestión que este Gobierno propicia permanentemente, y atento la invitación cursada a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, a que contemplen la posibilidad de adherirse al régimen que por Decreto Nº 3697/06 se instituyó, se elaboró un modelo de convenio de adhesión al acuerdo aprobado oportunamente;
Que en orden a lo normado por el Artículo 26, Inciso 3º, apartado a) del Decreto-Ley Nº 7764/71, sus modificatorias y complementarias, el Estado Provincial se encuentra habilitado para contratar directamente con reparticiones nacionales la prestación de servicios como los que motiva el dictado del presente acto;
Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno (fs. 341), informado la Contaduría General de la Provincia (fs. 343/343 vta.) y tomado Vista el señor Fiscal de Estado (fs. 345/346 vta.);
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EN ACUERDO DE
MINISTROS, DECRETA:

ARTÍCULO 1° - Aprobar la Addenda al Acuerdo aprobado mediante Decreto Nº 3687/06 y sus correspondientes Anexos, celebrado entre la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación y el Correo Oficial de la República Argentina S.A. para la provisión del servicio postal el que como Anexo Único, forma parte del presente.
ARTÍCULO 2° - Todos los Organismos de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, Organismos Autárquicos y de la Constitución, deberán canalizar sus demandas de servicio de imposición postal a través de la empresa Correo Oficial de la República Argentina S.A., bajo los términos y en las condiciones estipuladas en el Acuerdo y sus correspondientes Anexos, aprobados por el artículo anterior, incluyendo expresamente al Ministerio de Economía.
ARTÍCULO 3° - Reiterar que lo dispuesto en los artículos anteriores subsistirá mientras el Estado Nacional posea en forma directa o indirecta, la mayoría accionaria en la empresa Correo Oficial de la República Argentina S.A.
ARTÍCULO 4° - El Ministerio de Economía procederá a efectuar las correspondientes modificaciones presupuestarias, en base a la aplicación de la Cláusula Cuarta de la Addenda que se aprueba por el presente.
ARTÍCULO 5° - Derogar los Decretos Nº 329/04, 625/03, 297/03 y 1356/01, que ratificaron los convenios particulares oportunamente signados por el Ministerio de Economía.
ARTÍCULO 6° - Registrar, comunicar, notificar al Señor Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA y pasar a la Secretaría General de la Gobernación. Cumplido, archivar.

Alberto Pérez

Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura de

Gobernador

Gabinete de Ministros

 

 

 


Alejandro G. Arlía

Emilio Monzó

Ministro de Economía

Ministro de Asuntos Agrarios

 

 

Oscar Antonio Cuartango

Carlos Ernesto Stornelli

Ministro de Trabajo

Ministro de Seguridad

 

 

Daniel Fernando Arroyo

Ricardo Casal

Ministro de Desarrollo Social

Ministro de Justicia

 

 


Martín M. N. Ferré

Cristina Álvarez Rodríguez

Ministro de la Producción

Ministra de Infraestructura

 

 

Claudio Zin

Eduardo Oscar Camaño

Ministro de Salud

Ministro de Gobierno

Anexo Único

ADDENDA AL ACUERDO ENTRE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POSTALES

Entre LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en adelante “LA PROVINCIA”, representada en este acto por la Señora Subsecretaria de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación, Cra. Rita Andrea Fernández, con domicilio legal en la Casa de Gobierno, calle 6 entre 51 y 53 de la ciudad y partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires y por la otra, la empresa CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A., representada en este acto por su Gerente de Finanzas, en carácter de apoderado, Sr. Rodolfo Gabriel Casajus con domicilio en la calle 51 Nº 456 de la ciudad y partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires en adelante “EL CORREO”, conjuntamente denominados LAS PARTES, acuerdan suscribir la presente Addenda al Acuerdo de prestación de servicios postales suscripto por ellas el día 18 de diciembre de 2006, ad referendum del Poder Ejecutivo Provincial, conforme los siguientes términos:
CLÁUSULA PRIMERA: LAS PARTES convienen en sustituir los términos del Anexo “Descripción de los Servicios” aprobado como Anexo 1 y el Anexo “Cuadro Tarifario de Precios” aprobado como Anexo 2 del Acuerdo oportunamente suscripto y aprobado por Decreto Nº 3687/2006, por los respectivos Anexos 1 y 2 del presente.
CLÁUSULA SEGUNDA: La presente Addenda entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación. Los precios convenidos en el Anexo 2 del presente, resultan aplicables a los servicios postales prestados por EL CORREO desde el 1º de julio de 2008.
CLÁUSULA TERCERA: LAS PARTES dejan establecido que los términos de la presente y sus Anexos, también son de aplicación a los servicios postales prestados al Ministerio de Economía, en iguales términos a los establecidos en la cláusula anterior.
CLÁUSULA CUARTA
En el término de quince (15) días de entrado en vigencia el presente, EL CORREO informará a cada ORGANISMO, mediante un único instrumento, los débitos que surjan por la aplicación del cuadro tarifario de precios acordado en la Cláusula Primera, a partir del 1 de julio de 2008, efectuando un detalle de los mismos.
Las Direcciones Generales de Administración, u organismos que hagan sus veces, conciliarán su composición dentro de los quince (15) días siguientes a la presentación formulada por EL CORREO y mandarán a pagar los saldos resultantes por las diferencias. Si las facturas originarias no estuvieren conformadas o se encontraren en el proceso administrativo previo a su cancelación, los pagos de los instrumentos de débito que se realicen tendrán carácter de “pago a cuenta”, hasta tanto se encuentre concluido el proceso de convalidación de consumo.
CLÁUSULA QUINTA
LAS PARTES, en virtud de lo prescripto en el artículo 9º del Decreto 3687/06, acuerdan incorporar un modelo de convenio de adhesión al Acuerdo Corporativo que dicho Decreto aprueba, el que como Anexo 3 forma parte de la presente
CLÁUSULA SEXTA
La presente Addenda, conjuntamente con sus Anexos que también se suscriben en este acto, y el Acuerdo aprobado por Decreto 3687/06 conforman un Instrumento completo y único.
Los términos y disposiciones en ellos contenidos prevalecerán sobre cualquier otro entendimiento o acuerdo anteriormente celebrado por los suscriptos, sean estos expresos o tácitos. Los acuerdos especiales ya existentes entre EL CORREO y cualquiera de LOS ORGANISMOS perderán vigencia al momento de aprobarse el presente
En prueba de conformidad, LAS PARTES suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata, a los 23 días del mes de febrero de 2009.


Rodolfo Casajus

Rita Andrea Fernández

Apoderado

Subsecretaria de Gestión

Correo Oficial de la

Tecnológica y Administrativa

Rep. Argentina S.A.

 


Anexo 1
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

Conforme a lo determinado por la Cláusula Primera y concordantes del ACUERDO ENTRE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. para la prestación de servicios postales, EL CORREO se compromete a prestar a los distintos Organismos de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, Organismos Autárquicos y de la Constitución, los servicios que se detallan en el presente Anexo, según la siguiente descripción individual:

1) SERVICIOS POSTALES
1.1 - 1.2 y 1.3 CARTA SIMPLE:
Es un envío que se entrega bajo puerta, sin firma de recepción del destinatario.
Para aquellos envíos que por su dimensión no pueden ser entregados bajo puerta, se dejará un Aviso de Visita en el domicilio del destinatario para que éste o persona que él autorice lo retire de sucursal. El envío esperará durante 10 días hábiles antes de serdevuelto al remitente.
Todas aquellas piezas no entregadas serán devueltas a la dirección del remitente indicando debidamente el motivo de no entrega.
Segmentación por Peso Medidas
Hasta 20 grs. (1.1)
Hasta 150 grs. (1.2)                 Máximas: 90 cm. Sumados largo, ancho y espesor.
Hasta 500 grs. (1.3)                (espesor máximo 0,5 cm.)
Estándar de Entrega:
Correo Local (entre puntos de una misma localidad)       2 días.
Entre Metro y Grandes Ciudades del Interior                 3 días.
Entre Grandes Ciudades del Interior                            4 días.
Resto del País                                                         5 días.

Todas las piezas deberán presentarse en las sucursales del Correo junto con el formulario de imposición debidamente conformado y tener impreso el número de Cuenta de Franqueo a Pagar.
Beneficios:
- Cobertura a nivel nacional, lo que posibilita la entrega a todos los puntos del país.
- Se entrega bajo puerta lo que asegura un alto nivel de efectividad de entrega.
1.4 y 1.5 CARTAS FACTURAS:
Es un envío que se entrega bajo puerta, sin firma de recepción del destinatario. Contiene documentos con vencimientos Ej. Facturas y/o liquidaciones de servicios, impuestos, etc. Es importante que pueda verificarse que el envío posee fecha cierta de vencimiento y podrá figurar el monto a abonar.
No entran en esta categoría las Intimaciones, Notificaciones, Tarjetas de Pago, Correspondencia general manuscrita o mecanografiada, otros.
Todas aquellas piezas no entregadas serán devueltas a la dirección del remitente indicando debidamente el motivo de no entrega.
Segmentación por peso:  Medidas Admisibles

Hasta 20 grs.                 Máximas: 12x 23,5 cm.
Hasta 150 grs.                Mínimas: 10 x 7 cm.
                                   Espesor máximo: 0,5 cm.

Estándar de Entrega:
Correo Local (entre puntos de una misma localidad)          2 días.
Entre Metro y Grandes Ciudades del Interior                    3 días.
Entre Grandes Ciudades del Interior                               4 días.
Resto del País                                                           5 días.


Todas las piezas deberán presentarse junto con el formulario de imposición debidamente conformado y tener impreso el número de Cuenta de Franqueo a Pagar.
Beneficios:
- Se entrega bajo puerta lo que permite un alto porcentaje de efectividad de entrega.
- Cobertura a nivel nacional.
Las dependencias deberán entregar la documentación con anticipación de 15 días.
1.6 FINISHING:
Ver descripción en el punto 5.
1.7 – 1.8 – 1.9 – 1.10 – 1.11 CARTA CERTIFICADA:
Este tipo de envío se utiliza para aquellos donde la firma del receptor es condición indispensable.
Se entrega en mano, bajo firma a toda persona mayor de 14 años en el domicilio del destinatario. De no poder entregarse, se dejará un Aviso de Visita. El destinatario o persona que éste autorice podrá retirar el envío de la Oficina más cercana al domicilio. En caso de no presentarse a los 10 días hábiles el envío será devuelto al remitente.
Posee control en todo su trayecto a través del Sistema Track and Trace. En la recepción se entrega recibo de aceptación que identifica el envío con un código especial para su posterior seguimiento.

Segmentación por Peso

Medidas Admisibles

150 grs.(1.7)

Máximas: 25 x 35,5 cm y espesor de 1 cm.

500 grs. (1.9)

Mínimas: 10 x 7 cm.

Opcionales:

 

- Aviso de Recibo

 

Estándar de Entrega:

 

Correo Local (entre puntos de una misma localidad)

 3 días.

Entre Metro y Grandes Ciudades.

4 días.

Entre Grandes Ciudades del Interior

5 días.

Resto del País

6 días.

 Se pone a disposición del Cliente nuestra amplia red de sucursales en todo el país aumentando la efectividad de entrega con una sola visita en más de 15 % respecto de productos similares dada la posibilidad de retirar de la Oficina el envío y concretar la entrega bajo firma.
Todas las piezas deberán presentarse junto con el formulario de imposición debidamente conformado y tener impreso el número de Cuenta de Franqueo a Pagar. Todas aquellas piezas no entregadas serán devueltas a la dirección del remitente indicando debidamente el motivo de no entrega.
Beneficios:
- Cobertura a nivel nacional, lo que posibilita la entrega a todos los puntos del país.
- Se entrega bajo firma lo que permite la identificación del receptor.
- Control mediante el Sistema Track and Trace.
1.12 – 1.13 – 1.14 – 1.15 - CARTA EXPRESO:
Se entrega en mano, bajo firma a toda persona mayor de 14 años en el domicilio del destinatario. Posee dos intentos de entrega, el segundo se realiza a las 24 horas del primero. De no poder entregarse, se dejará un Aviso de Visita. El destinatario o persona que éste autorice podrá retirar el envío de la Oficina más cercana al domicilio. En caso de no presentarse, a los 5 días hábiles el envío será devuelto al remitente.
Posee control en todo su proyecto a través del Sistema Track & Trace. En la recepción se entrega recibo de aceptación que identifica el envío con un código especial para su posterior seguimiento.


Segmentación por Peso                       Medidas Admisibles
150 grs. (1.12)                                  Máximas: 25 x 35,5 cm y espesor de 1 cm
500 grs. (1.14)                                  Mínimas: 10 x 7 cm.

Se recibirán con cualquier sobre que resulte adecuado, respetando las medias máximas, para ambos casos.
Opcionales:
- Aviso de Recibo
- Valor declarado
Estándar de entrega:
Ciudades Metro y Grandes Ciudades 1 ó 2 días.
Ciudades de Interior                  3 días.

Todas las piezas deberán presentarse junto con el formulario de imposición debidamente conformado que se adjunta al presente anexo y tener impreso el número de Cuenta de Franqueo a Pagar. Las piezas que no sean entregadas serán devueltas a la dirección del remitente.
Beneficios:
- Cobertura a nivel nacional, lo que posibilita la entrega a todos los puntos de país.
- Se entrega bajo firma lo que permite la identificación del receptor.
- Tiene prioridad de entrega.
Aviso de Recibo (A.R.)
Permite al remitente de un envío registrado, tener una constancia escrita del día y hora que se recibió ese envió, con la firma de la persona que lo recibió.
1.16 –1.17 - CARTA RÁPIDA:
Se entrega bajo puerta con confirmación de la fecha y hora de entrega realizada por el cartero. Posee control mediante el sistema de Track & Trace sólo en el ingreso y en la entrega. En la recepción se entrega recibo de aceptación que identifica el envío con un código especial para su posterior confirmación de la entrega.

Segmentación por Peso

Medidas Admisibles

150 grs. (1.16)

Máximas: 25 x 35 cm y espesor de 1 cm

500 grs. (1.17)

Mínimas: 10 x 7 cm.

Estándar de Entrega:

 

Ciudades Metro y Grandes Ciudades

1 ó 2 días.

Ciudades de Interior

3 días.

 Todas las piezas deberán presentarse junto con el formulario de imposición debidamente conformado que se adjunta al presente anexo y tener impreso el número de Cuenta de Franqueo a Pagar. Las piezas que no sean entregadas serán devueltas a la dirección del remitente.
Beneficios:
- Se entrega bajo puerta con información de fecha y hora de entrega por medio del cartero.
- Cobertura a nivel nacional
- Posee control mediante el sistema Track & Trace.
1.18 - CARTA DOCUMENTO:
La Carta Documento de Correo Oficial (y el Telegrama) es la única comunicación fehaciente que no requiere presencia de un escribano público en el acto de imposición y en el de entrega.
Para prestar estos servicios es necesario estar investido de carácter federatario que el Estado solamente delega al Correo Oficial.
Posee un formulario especial en tres ejemplares. Se presenta el original con dos copias. Se remite el original a destino, se entrega una copia sellada y autenticada al remitente en el momento de la imposición, y la segunda copia, también autenticada, se archiva por el término de 4 años. Correo Oficial, certifica que el envío entregado al destinatario es copia fiel de los ejemplares en archivo y en poder del remitente. Esta certificación tiene valor de fe pública (valor federatario).
El servicio incluye Aviso de Recibo.
Se entrega en forma urgente bajo firma de persona hábil, mayor de 14 años y circula con control en todo su recorrido bajo el sistema de Track & Trace.
Posee dos intentos de entrega, el segundo se realiza a las 24 horas del primero.
De no poder entregarse, se dejará un Aviso de Visita. El destinatario o persona que éste autorice podrá retirar el envío de la Oficina más cercana al domicilio. En caso de no presentarse, a los 5 días hábiles el envío será devuelto al remitente.
Segmentación de Peso
No posee. Cada grupo de tres originales cuenta como una Carta Documento.
Estándar de Entrega:
Ciudades Metro y Grandes Ciudades 1 ó 2 días.
Ciudades de Interior                      3 días.

Todas las piezas deberán presentarse junto con el formulario de imposición debidamente conformado que se adjunta al presente anexo y tener impreso el número de Cuenta de Franqueo a Pagar. Las piezas que no sean entregadas serán devueltas a la dirección del remitente.
Beneficios:
- Cobertura a nivel nacional
- Es la única comunicación fehaciente que no requiere presencia de un escribano público en el acto de imposición y en el de entrega.
- Se entrega bajo firma en forma urgente.
- Tiene control mediante el sistema Track & Trece en todo su recorrido.
- Se archiva durante cuatro años en Correo Oficial.
1.19 – NOTIFICACIÓN JUDICIAL:
Consiste en el confronte de documentos notificaciones, escritos, etc. relacionados con tramitaciones comprendidas dentro del Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto 1759/72.
Se presenta por original y una copia, la cuál se autenticará mediante un sello certificante.
El original se entrega en destino y la copia al remitente como constancia de la entrega.
EL CORREO certificará que el envío entregado al destinatario es copia fiel del ejemplar en poder del Remitente.
Operatoria:
El Cliente coordinará con Correo los aspectos técnicos referentes a la base de datos y demás información necesaria para la impresión de las Notificaciones. Correo realizará la impresión y acondicionamiento necesario para la distribución de cada pieza.
Asimismo se remitirá al Cliente una copia confrontada, dando fe de la recepción, por parte del destinatario, del original.
Condiciones de Entrega:
Se realizará a cualquier persona mayor de 14 años y hábil, en el domicilio del destinatario. De no encontrarse persona alguna se dejará un aviso de visita (AdV). Se realizará una nueva visita, dentro de las 24 hrs. De no encontrase persona alguna se dejará un segundo aviso de visita (AdV). El destinatario o persona que autorice, con el AdV, el documento del Destinatario y el propio, podrá retirar el envío de la Oficina correspondiente.
En caso de no presentarse dentro de los cinco días hábiles a partir de la segunda entrega del AdV, el envío será devuelto al remitente.
Estándar de Entrega:
Ciudades Metro y Grandes Ciudades            1 o 2 días.
Ciudades de Interior                                 3 días.
1.20 – 1.21 – 1.22 – 1.23 – 1.24 - IMPRESOS:

Se entrega bajo puerta, sin firma. Para aquellos envíos que por su dimensión no pueda ser entregados bajo puerta, se dejará un Aviso de Visita en el domicilio del destinatario para que éste lo retire de la Oficina. El envío esperará durante 10 días.
Contienen reproducciones o grabados realizados por algún medio mecánico, electrónico, etc., efectuadas sobre papel, cartón u otro material similar. Es necesario que pueda verificarse su contenido

Segmentación por Peso

Medidas Admisibles

100 grs.

Máximas: 90 cm, sumados largo, ancho y

 

espesor.

250 grs.

Ninguna medida debe superar los 60 cm.

500 grs.

Mínimas: 10 cm x 7 cm.

1 kg.

 

Kilo adicional h/10 Kgs.

 

Estándar de Entrega:

 

Correo Local (entre puntos de una misma localidad)

2 días.

Entre Metro y Grandes Ciudades de Interior

3 días.

Entre Grandes Ciudades del Interior

4 días.

Resto del País

5 días.

 El Impreso cumplirá los estándares si las condiciones operativas lo permiten, con tolerancia de +2 días.
Beneficios:
- Cobertura a nivel Nacional.
- Permite enviar diarios, revistas, catálogos y libros
- Se entrega bajo puerta lo que permite un alto porcentaje de efectividad de entrega
1.25 – CARTA REGISTRADA:
Es un envío que se entrega bajo puerta. Posee control mediante el sistema de T&T en los extremos de la operación (admisión y devoluciones).
1) Excelente relación precio-valor recibido
Disponibilidad de controles e información en admisión y devoluciones, a muy bajo costo por envío.
2) Optimización del porcentaje de piezas entregadas, generándose devoluciones sólo por errores en el direccionamiento, o no aceptación de la pieza por parte del destinatario.
4) Cobertura en todo el país.
3) Control mediante sistema T&T,
Para el control individual de envíos tanto en la admisión como en la devolución.
El sistema Track & Trace (T&T) permite, mediante la lectura de códigos de barra vinculados a cada uno de los envíos, tener diferentes grados de seguimiento sobre la pieza
1 -En la admisión, se realiza una primera lectura sobre la pieza, en la cual se vincula el código de barras de la etiqueta T&T que se le adhiere al ingresar, con el código de barras del cliente, generando el “Reporte de Admisión”. Ambos códigos cliente y Correo quedan identificados el uno con el otro en forma exclusiva.
2 -Al realizarse la devolución, se lee el código de barras T&T del envío, generándose el ‘Reporte Devoluciones’.

Reporte Devoluciones’.
Segmentación por Peso
Hasta 150 grs.
Medidas admisibles
Máximas:           25 x 35,5 cm
Mínimas:           10 x 7,0 cm (permitiendo el pegado del sticker de 7,5 x 5 cm)
Para envíos maquinables, deben contemplarse las medidas de maquinabilidad de los envíos.
Espesor máximo: 0.5 cm
Estándar de Entrega:
Correo Local (entre puntos de una misma localidad).            2 a 3 días
Entre Metro y grandes ciudades.                                      3 a 4 días
Entre grandes ciudades del interior.                                   2 a 4 días
Resto del país.                                                               5 días

El tiempo se computa entregando al Correo antes de las 13,00 hs. No contempla tareas de armado.
Opcionales:
- lmposición acompañada de soporte magnético
La entrega al Correo Argentino de un archivo con el listado de códigos de clientes (pudiendo acompañarse de nombre y dirección de destinatario), permite identificar individualmente las diferencias mediante un reporte que posibilita la generación de las acciones correctivas correspondientes (reimpresión y envío de faltantes, devolución de piezas excedentes).
- Finishing Postal
Correo Argentino ofrece la posibilidad de realizar procesos de finishing postal (imprimir, doblar, ensobrar, etc.), adicionando ventajas de optimización de tiempos, recursos e insumos vitales para nuestros clientes.
1.26 – CARTA REGISTRADA CON FIRMA:
Es un envío que se entrega bajo firma (del receptor o del cartero). Posee control mediante el sistema de T&T en los extremos de la operación.
Atributos:
1) Excelente relación precio-valor recibido
Disponibilidad de controles e información en admisión, entrega y devoluciones, a muy bajo costo por envío.
2) Optimización del porcentaje de piezas entregadas,
Generándose devoluciones sólo por errores en el direccionamiento, o no aceptación de la pieza por parte del destinatario.
3) Cobertura en todo el país.
4) Control mediante sistema T&T,
- En la admisión, se realiza una primera lectura sobre la pieza, en la cual se vincula el código de barras de la etiqueta T&T que se le adhiere al ingresar, con el código de barras del cliente, generando el “Reporte de Admisión”.
- Evento de entrega, se controla informáticamente a través de la lectura del código de barras T&T único de la pieza.
- Al realizarse la devolución, se lee el código de barras T&T del envío, generándose el Reporte de Entregas y Devoluciones’.
Segmentación por peso
Hasta 150 grs.
Medidas admisibles
Máximas:         25 x 35,5 cm
Mínimas:          10 x 7,0 cm (permitiendo el pegado del sticker de 7,5 x 5 cm)
Para envíos maquinables, deben contemplarse las medidas de maquinabilidad de los envíos.
Espesor máximo: 0.8 cm
Estándar de Entrega:
Correo Local (entre puntos de una misma localidad).        2 a 3 días
Entre Metro y grandes ciudades.                                  3 a 4 días
Entre grandes ciudades del interior.                              2 a 4 días
Resto del país.                                                         5 días
El tiempo se computa entregando al Correo antes de las 13,00 hs.
Modalidad:
La entrega se realiza en mano y bajo firma, a persona hábil mayor de 14 años en el domicilio del destinatario. En caso de no poder cumplirse en dichas condiciones, la entrega se realiza bajo puerta con la confirmación de entrega realizada por el cartero de Correo Argentino quien especifica su número de legajo en la planilla de entrega de T&T.
Casos de entrega imposible:
- Por direccionamiento: aquellos envíos con deficiencia en el mismo (insuficiencia en los datos, inexistencia de domicilio, etc.) son devueltos al remitente en forma inmediata
- No aceptado: el destinatario puede no aceptar el envío, en cuyo caso éste regresa al remitente.
Información disponible:
Admisión: IDEM Carta Registrada
Entrega:
Entregadas: reporte con información de hora y día de entrega de cada una de las piezas. Siendo una confirmación de entrega que consta del detalle del nombre, fecha y firma de la persona que recibe/entrega.
No entregadas: reporte con especificaciones de los motivos de no entrega.
Esta información es entregada al cliente en soporte magnético.
Opcionales:
- Imposición acompañada de soporte magnético
- Finishing Postal
Pasos necesarios para la implementación:
1. Requisitos previos, la pieza debe poseer código de barras y cumplir con las características del producto en cuanto a tamaño y espesor.
2. Homologación del código de barras y de la pieza.
3. Homologación de los archivos mediante intercambios de muestra de los archivos de admisión y rendición.
Ambas firmada por el cliente y Correo
4
. Requisitoria del servicio (factibilidad operativa)
5. Cronograma de imposiciones
6. Alta de cliente / acuerdo 48 horas antes de la imposición, indicando el email de Correo al cual efectuar la entrega del archivo.
Homologación:
A los efectos de asegurar la legibilidad de un código de barras determinado, el mismo deberá estar previamente verificado y homologado por personal del Correo Argentino. Se deberá verificar el sobre y el celofán a ser utilizado en la ventana. Asimismo se analizarán las estructuras de los archivos de intercambio de información.
1.27 – MAILING NOMINADO 100 grs.:
Este servicio permite aprovechar sus bases de datos de clientes y prospectos, enviándoles ofertas en forma personalizada.
Es un envío que se entrega bajo puerta, sin firma cuya finalidad es ofrecer al destinatario productos y/o servicios. Podrán circular abiertos o cerrados con los siguientes requisitos:
Abiertos
De forma tal que permita su fácil verificación, para comprobar la calidad de su contenido.
Su contenido podrá estar nominado y ostentar fecha genérica o fecha de vigencia de las diferentes ofertas. Podrán incluir una pequeña “muestra” de mercadería, siempre que se contemple dentro los límites máximos de peso y medida establecidos.
No se contemplan dentro de esta categoría las “Cartas Factura”; los resúmenes de cuenta, las intimaciones; los avisos de vencimiento; las citaciones, la correspondencia personal, los diarios, las revistas y los libros.
Cerrados
Con la leyenda “MAILING” en el ángulo superior izquierdo del anverso de la cubierta de los sobres, en color negro y en letra imprenta (8mm de alto).
O incluir el FAP especial ubicado en el ángulo superior derecho del sobre.
Segmentación por Peso                   Medidas Admisibles
20 grs.
100 grs.                                       Máximas: 16,7 x 25 cm.
                                                  Mínimas: 13,8 x 8,7 cm.
                                                  Espesor máximo: 0,6 cm.
Estándar de Entrega
Correo Local (emtre puntos de una misma localidad)       2 días.
Entre Metro y Grandes Ciudades de Interior                  3 días
Entre Grandes Ciudades del Interior                             4 días
Resto del País                                                         5 días

El MAILING cumplirá los estándares si las condiciones operativas lo permiten, con tolerancia de +2 días.
Opcionales
- Retiro a domicilio
- Proceso de finishing
1.28 – RELEVAMIENTOS:
Este servicio, consiste en realizar relevamientos domiciliarios en zonas urbanas. Para zonas suburbanas y rurales se cotizará oportunamente y se analizará con nuestra área de Operaciones y/o logística, el procedimiento a seguir de acuerdo a la necesidad planteada y objetivo a cumplir.
1.29 – RESPUESTA POSTAL PAGA:
Es un envío simple cuyo pago es realizado por el destinatario, pudiendo depositarse en buzones o en toda la red de agencias y oficinas del Correo Oficial.
Se entrega sin firma en el apartado habilitado especialmente para cada cliente / compañía.

Límite de Peso            Medidas Admisibles
20 grs.                      Máximas: 16,7 x 25 cm.
                               Mínimas: 13,8 x 8,7 cm.
                               Espesor máximo: 0,6 cm.

Estándar de Entrega:
Correo Local (entre puntos de una misma localidad)        2 días.
Entre Metro y Grandes Ciudades del Interior                  3 días.
Entre Grandes Ciudades del Interior                             4 días.
Resto del País                                                         5 días.
2) SERVICIO DE ENCOMIENDAS
2.1 – ENCOMIENDAS CORREO CLÁSICO:
Es un paquete o bulto que se entrega al Correo para su traslado y distribución. El transporte del mismo se realizará en un bulto cerrado con la envoltura a cargo del cliente.
Al depositarlo se otorga recibo de aceptación, goza de control en todo su trayecto a través del Sistema T&T y se entrega bajo firma.
Se entrega bajo firma de toda persona mayor de 14 años en el domicilio indicado. De no poder entregarse se dejará un Aviso de Visita. El destinatario o persona que éste autorice retire el envío de la Oficina correspondiente. En caso de no presentarse dentro de diez días, el envío será devuelto al remitente.

Límite de Peso

Medidas Máximas Admisibles

20 kgs.

150 cm, sumados largo, ancho y espesor.

 

Para determinados casos se aceptan envíos que superan esas dimensiones, cuando se acordó

 

previamente con el ej de cuentas.

 

Ninguna medida debe superar los 60 cm.

 

 

Opcionales:

 

- Aviso de Recibo.

 

- Información en disquete.

 

- Valor Declarado.

 

- Contrarreembolso.

 

Estándar de Entrega:

 

Correo Local (entre puntos de una misma localidad)

3 días.

Entre Metro y Grandes Ciudades

4 días.

Entre Grandes Ciudades del Interior

5 días.

Resto del País

6 días

 Beneficios:
- Amplia cobertura a nivel nacional, llegando a todos los puntos del país.
- Mayor cercanía a los lugares de imposición.
- Entrega a domicilio de los envíos.
- Seguimiento y control de los envíos con el Sistema Track & Trace.
2.2 – ENCOMIENDAS CORREO EXPRESO:
Se entrega en mano, bajo firma de persona mayor de 14 años, en el domicilio del destinatario. Es sumamente prioritaria tanto el transporte como la entrega.
Posee dos intentos de entrega, el segundo se realiza a las 24 horas del primero.
De no poder entregarse se dejará un Aviso de Visita para que el destinatario retire el envío de la Oficina correspondiente. En caso de no presentarse dentro de los 5 días hábiles el envío será devuelto al remitente.
En la recepción se entrega recibo de aceptación que identifica al envío con un código especial para su posterior seguimiento, dado que posee control en todo su trayecto a través del Sistema Track andTrace.

Límite de Peso

 Medidas Máximas Admisibles

 

 

20 kgs.

150 cm, sumados largo, ancho y espesor.

 

Las medidas deben ser inferiores a los 60 cm

 

Para determinados casos se aceptan envíos

 

que superan esas dimensiones, cuando se acordó

 

previamente con el ej de cuentas.

Opcionales:

 

- Aviso de Recibo.

 

- Información en disquete

 

- Valor Declarado.

 

- Contrarreembolso.

 

 Beneficios:
- Amplia cobertura a nivel nacional con transporte y entrega prioritaria, llegando a
todos los puntos del país.
- Mayor cercanía a los lugares de imposición.
- Entrega a domicilio de los envíos.
- Seguimiento y control de los envíos con el Sistema Track & Trace.
Su límite de peso es de 20 Kg. Las medidas máximas admisibles son de 150 cm sumados largo, ancho y espesor. Ninguna medida debe superar los 60 cm.
Estándar de Entrega:
Correo Local (entre puntos de una misma localidad        3 días
Entre Metro y Grandes Ciudades                                4 días
Entre Grandes Ciudades del Interior                            5 días
Resto del País                                                        6 días
Todas las piezas deberán presentarse junto con el formulario de imposición debidamente conformado que se adjunta al presente anexo y tener impreso el número de Cuenta de Franqueo a Pagar. Las piezas que no sean entregadas serán devueltas a la dirección del remitente.
3) SERVICIO DE CAJA ENVÍO
3.1 – 3.2 CAJA ENVÍO SERVICIO PLUS:
Se entrega bajo firma de toda persona mayor de 14 años en el domicilio indicado. De no poder entregarse se dejará un Aviso de Visita. El destinatario o persona que éste autorice retire el envío de la Oficina correspondiente. En caso de no presentarse dentro del plazo de diez días, el envío será devuelto al remitente.
En la recepción se entrega recibo de aceptación que identifica al envío con un código especial para su posterior seguimiento, dado que posee control en todo su trayecto a través del Sistema Track & Trace.
3.3 – 3.4 CAJA ENVÍO SERVICIO CORREO 24:
Se entrega en mano, bajo firma de persona mayor de 14 años, en el domicilio del destinatario. Es sumamente prioritaria tanto el transporte como la entrega.
Posee dos intentos de entrega, el segundo se realiza a las 24 horas del primero.
De no poder entregarse se dejará un Aviso de Visita para que el destinatario retire el envío de la Oficina correspondiente. En caso de no presentarse dentro de los 5 días hábiles el envío será devuelto al remitente.
En la recepción se entrega recibo de aceptación que identifica al envío con un código especial para su posterior seguimiento, dado que posee control en todo su trayecto a través del Sistema Track and Trace.
Beneficios:
- Amplia cobertura a nivel Nacional, llegando a todos los puntos del país.
- Entrega a domicilio de los envíos.
- Seguimiento y control de los envíos.
Opcionales:
- Aviso de Recibo (A.R.)
- Permite al remitente de un envío registrado, tener una constancia escrita del día y hora que se recibió ese envío, con la firma de la persona que lo recibió. Ver que productos lo aceptan.
3.5 – 3.6 SOBRE CORREO Y SOBRE PROTECTOR:
Se trata de contenedores de formato especial, diseñados y provistos por el Correo para el envío de productos y mercaderías. A requerimiento de los Clientes toda la línea de cajas y sobres puede adquirirse por anticipado para el caso de futuras imposiciones.

 

 

 

 

Peso (en kg)

          Medidas

Sobre Correo Envío

1

40x35x5

Sobre Correo Protector 1

0.150

17x18

Sobre Correo Protector 2

0.500

25x34

 4) SERVICIO TELEGRÁFICO
4.1 TELEGRAMA SIMPLE
Es la transmisión de un texto que el remitente envía a un destinatario transmitido y entregado al domicilio por el Correo, previa firma de una constancia de recibo.
Para su emisión el empleado de Correo Oficial podrá exigir al remitente la presentación de su documento de identidad.
Los formularios de imposición y registros de transmisión y entrega se archivan por tres años.
Estándares de Servicio:
Entrega:
Se realizará a cualquier persona adulta, en el domicilio del destinatario. De no poder entregarse, se dejará un Aviso de Visita (AdV). El destinatario o persona que este autorice, con el AdV, documento del destinatario y el propio, podrá retirar el envío de la Oficina correspondiente.
Si el telegrama no es retirado antes de la segunda salida, y cumplido el segundo intento de entrega, si ésta no se concretara, se comunicará su detención. No obstante el destinatario podrá presentarse a retirar el telegrama durante el tiempo de guarda del mismo (Tiempo de guarda: 3años).

Estándar de entrega:
Todas las categorías, sin el opcional “Urgente”
De Lunes a Viernes
Entrega en el día, para telegramas enviados hasta 14 horas. Los telegramas enviados después de esa hora, se entregarán hasta las 14 horas del día hábil siguiente.
Sábados:
Entrega en día para telegramas hasta las 12 horas. Los telegramas enviados después de esa hora, se entregarán hasta las 14 horas del día hábil siguiente.
4.2 TELEGRAMA SIMPLE URGENTE:
Estándar de Entrega:
De Lunes a Viernes
Entrega en cinco horas para telegramas enviados hasta las 16 horas. Los enviados después de esa hora, se entregarán hasta las 10 horas del día hábil siguiente
Sábados
Entrega en cinco horas para telegramas enviados hasta las 12 horas. Los telegramas enviados después de esa hora, se entregarán hasta las 10 horas del día hábil siguiente.
Restricciones y Condiciones Especiales
No tiene
4.3 TELEGRAMA COLACIONADO:
Características Estándar:
Es la transmisión de un texto que el remitente envía a un destinatario transmitido y entregado al domicilio por el Correo, previa firma de una constancia de recibo.
Este tipo de telegrama se transmite dos veces para asegurar que el texto transmitido sea correcto.
Para su emisión es obligatorio presentar documento de identidad.
Comunicación fehaciente, reconocida en forma especial por la jurisprudencia argentina
Los formularios de imposición y registros de transmisión y entrega se archivan por cinco años.
Estándares de Servicio
Entrega:
Se realizará a cualquier persona adulta, en el domicilio del destinatario. De no poder entregarse, se dejará un Aviso de Visita (AdV). El destinatario o persona que este autorice, con el AdV, documento del destinatario y el propio, podrá retirar el envío de la Oficina correspondiente. Si el telegrama no es retirado antes de la segunda salida, y cumplido el segundo intento de entrega, si ésta no se concretara, se comunicará su detención. No obstante el destinatario podrá presentarse a retirar el telegrama durante el tiempo de guarda del mismo (Tiempo de guarda: 5 años).
Estándar de entrega
De Lunes a Viernes Entrega en el día, para telegramas enviados hasta 14 horas. Los telegramas enviados después de esa hora, se entregarán hasta las 14 horas del día hábil siguiente.
Sábados: Entrega en día para telegramas hasta las 12 horas. Los telegramas enviados después de esa hora, se entregarán hasta las 14 horas del día hábil siguiente.
4.4 TELEGRAMA COLACIONADO URGENTE:
Estándar de Entrega:
De Lunes a Viernes Entrega en cinco horas para telegramas enviados hasta las 16 horas. Los enviados después de esa hora, se entregarán hasta las 10 horas del día hábil siguiente
Sábados Entrega en cinco horas para telegramas enviados hasta las 12 horas. Los telegramas enviados después de esa hora, se entregarán hasta las 10 horas del día hábil siguiente.
Restricciones y Condiciones Especiales
No se admite por el servicio de Telefonogramas
5) FINISHING
Este servicio contempla las tareas auxiliares de terminación de procesos previos a la imposición postal. Es un opcional de los servicios postales efectuado por parte del Correo a cualquier tipo de envío. Básicamente comprende:
5.1 FINISHING POSTAL ADHESIVADO
5.2 FINISHING POSTAL ETIQUETADO
5.3 ABROCHADO
5.4 COMPAGINADO
5.5 ENSOBRADO
5.6 EMBOLSADO
5.7 CORTE
5.8 DOBLADO
5.9 DOBLADO EN Z
5.10 EMBOZADO MANUAL - INSERT ELEMENTO

Anexo 2
CUADRO TARIFARIO DE PRECIOS

Conforme a lo determinado por la Cláusula Primera y concordantes del ACUERDO ENTRE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. para la prestación de servicios postales, EL CORREO se compromete a prestar a los distintos Organismos de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, Organismos Autárquicos y de la Constitución, los servicios que se detallan en el Anexo 1, conforme al siguiente cuadro tarifario:

 

Anexo 3
CONVENIO DE ADHESIÓN AL ACUERDO CORPORATIVO SUSCRIPTO ENTRE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA APROBADO POR DECRETO Nº 3687/06 DEL PODER EJECUTIVO

En la ciudad de ________a los ____días del mes de ______de 20___, entre el Correo Oficial de la República Argentina, representado en este acto por el Señor______________, Don_______________________, por una parte, en adelante “EL CORREO”, y por la otra, el __________________, representado en este acto por el Señor ____________________, Don _________________, en adelante “___________”,

CONSIDERAN:
Que la Provincia de Buenos Aires ha impulsado políticas de reforma del Estado cuyos objetivos centrales fueron y son la mejora de la calidad de los servicios que brinda a sus habitantes, el aumento del impacto de los programas que ejecuta mejorando la eficacia en el uso de los recursos públicos, la optimización de la eficiencia general de la Administración Pública Provincial y la recuperación de la legitimidad política de las instituciones públicas;
Que en esta línea de acción el Gobierno Provincial y el Correo Oficial de la República Argentina desarrollaron diversas acciones con el objetivo de avanzar en la generación de una relación a nivel corporativa tendiente al reconocimiento de la Provincia de Buenos Aires como “Cliente Estratégico” en su relación con la empresa y, en virtud de ello, al acceso a servicios y tarifas preferenciales para la totalidad de las jurisdicciones que integran la Administración Pública Provincial;
Que el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 1075/03, por el cual decidió la rescisión del Contrato de Concesión oportunamente suscripto entre el Estado Nacional y la empresa Correo Argentino S. A. y en cuya virtud, y conforme lo establecido en su Artículo 2°, asumió la condición de prestadora del Servicio Oficial de Correos, calidad abarcativa de todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía prestados oportunamente por ENCOTESA, y los restantes servicios a que la ex concesionaria se encontraba habilitada a realizar, incluyendo el servicio postal básico;
Que por tal circunstancia y en orden a lo normado por el Artículo 26º, Inciso 3º, apartado a) del Decreto-Ley Nº 7764/71, sus modificatorias y complementarias, el Estado Provincial se encuentra habilitado para contratar directamente con reparticiones nacionales la prestación de servicios como los descriptos;
Que en ese marco normativo, se procedió a la suscripción de un acuerdo comercial corporativo que permite el desarrollo de un vínculo único e integrador con el Correo Oficial de la República Argentina para la prestación del servicio postal a favor de la totalidad de los Organismos que componen la Administración Pública Provincial
Que el referido acuerdo fue aprobado por Decreto Nº 3.687/06 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, previendo en su articulo 9º la invitación a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, bancos, empresas o entes en que el Estado Provincial o sus Organismos Descentralizados tengan participación suficiente para la formación de sus decisiones a adherir a los términos del acuerdo suscripto.
Que en el sentido expresado se acuerda en celebrar el presente Convenio, en el cual cada una de las partes se denominará en adelante individualmente e indistintamente la “Parte” y colectivamente las “Partes”, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
CLÁUSULA PRIMERA: EL “_________”, en el marco de la “____________”; Nº ___/___, adhiere en todos sus términos al Acuerdo aprobado por Decreto Nº 3687/06 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, sus modificatorios y complementarios.
CLÁUSULA SEGUNDA: La adhesión prevista en la cláusula primera implica la plena conformidad de las partes respecto de los términos comerciales, productos y servicios, bajo las condiciones estipuladas en el Acuerdo y sus correspondientes Anexos
CLÁUSULA TERCERA: Se deja establecido que la vigencia de los precios se encuentra sujeta a la vigencia de los mismos, en los términos de la cláusula sexta del Acuerdo aprobado por el Decreto 3687/06.
CLÁUSULA CUARTA: Para el caso que se modificaran todos o algunos de los contenidos del Decreto 3687/06 y sus correspondientes anexos EL “_____” deberá ratificar su adhesión al mismo dentro de los treinta (30) días de su publicación en el Boletín Oficial.
En la Ciudad de _________, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los días del mes de de 2009.

Rodolfo Casajus

Rita Andrea Fernández

Apoderado

Subsecretaria de Gestión

Correo Oficial de la

Tecnológica y Administrativa

Rep. Argentina S.A.