DEPARTAMENTO DE
JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNO
DECRETO 3.286
La Plata, 29 de diciembre de 2008.
VISTO el Expediente Nº 2200-9337/08, el Decreto Nº 207/07 B, la Ley de Ministerios Nº 13.757 y sus modificatorias, y la necesidad de adecuar la estructura orgánico funcional del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario optimizar la gestión del Ministerio de Jefatura de
Gabinete y Gobierno en relación a las misiones que le competen;
Que en atención al cumplimiento de las competencias otorgadas por la citada Ley
de Ministerios, se hace necesaria la aprobación de las unidades organizativas
acorde a los lineamientos establecidos por el Poder Ejecutivo;
Que una de las competencias esenciales del Ministerio de Jefatura de Gabinete y
Gobierno es la articulación de Políticas Públicas con los diferentes
Ministerios del Poder Ejecutivo;
Que en ese orden, las políticas referidas a la inclusión social de los sectores
marginados son abordadas desde diferentes aspectos y por diversos organismos,
haciendo necesaria la combinación de políticas homogéneas;
Que esa coordinación de actividades hace imperiosa la creación de una unidad
organizativa de jerarquía superior para el cumplimiento de esos fines;
Que desde otro aspecto, la gestión iniciada en Diciembre de 2007 demuestra la
diversidad de tareas que se realizan en la Unidad Ministro del Ministerio
mencionado, realizando actividades de coordinación puramente administrativa,
como así también impulsando políticas prioritarias para el desarrollo de
programas específicos;
Que en razón del cúmulo de estas actividades que se realizan desde la Unidad,
deviene necesario incorporar una unidad orgánica a efectos de optimizar
recursos, otorgando eficiencia y eficacia a su funcionamiento;
Que la creación de estructuras jerárquicas de carácter permanente otorga
continuidad a las gestiones de gobierno en materia de apoyo y coordinación
administrativa, organizando en forma continua las tareas que se desarrollan en
la referida Unidad Ministro;
Que la finalidad perseguida es conceder unicidad a las actividades políticas y
administrativas que impulsa el señor Ministro, como así también aglutinar las
diferentes diligencias que resultan necesarias para el tratamiento de temáticas
particulares;
Que asimismo por Decreto Nº 780/07 se creó el Consejo Provincial de las
Mujeres, con dependencia directa de la Unidad Gobernador;
Que el mencionado Consejo realiza actividades tendientes a reafirmar y
consolidar la equidad de género y la igualdad de oportunidades y trato entre
varones y mujeres;
Que la dependencia directa del Consejo a la Unidad Gobernador, no es acorde con
la política de descentralización administrativa impulsada por la actual
administración;
Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno es el órgano de gobierno
articulador de políticas públicas por excelencia;
Que por ello se decide transferir al Ministerio mencionado el Consejo
Provincial de las Mujeres;
Que por otra parte cabe destacar que la seguridad vial en la Provincia de
Buenos Aires resulta ser una política prioritaria para el actual gobierno
provincial;
Que la Honorable Legislatura Provincial ha sancionado con fuerza de Ley el
Nuevo Código de Tránsito para la Provincia de Buenos Aires, otorgando al
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno competencias para entender e
intervenir en materia de seguridad vial;
Que por ello deviene necesario la modificación de las acciones establecidas en
el Decreto Nº 207/07 B, incorporando la acción mencionada;
Que la Dirección del Registro Unico de Infractores de Tránsito es la encargada
de organizar, supervisar y coordinar todas las actividades vinculadas a la
expedición de licencias de conductor en el ámbito de la Provincia de Buenos
Aires, y la de supervisar el correcto funcionamiento del sistema de comprobación
de infracciones de tránsito a través de instrumentos cinemómetros fijos; como
así también evitar la siniestralidad en las rutas y caminos mencionados,
mediante la implementación de políticas integrales;
Que en razón de lo manifestado, atendiendo a la magnitud y diversidad de tales
tareas, resulta imperioso suprimir la citada Dirección y crear la Dirección
Provincial de Política y Seguridad Vial;
Que no obstante lo expuesto, cabe resaltar que el Decreto Nº 207/07 B creó en
el ámbito de la Subsecretaría de Asuntos Municipales del Ministerio de Jefatura
de Gabinete y Gobierno, la Dirección Provincial de Gestión y Seguimiento
Presupuestario,
Que la mencionada Dirección Provincial cuenta con dos direcciones, de
Seguimiento Presupuestario y de Análisis Sectorial;
Que en atención a las actividades desarrolladas por la Subsecretaría de Asuntos
Municipales, resulta imperioso desconcentrar sus tareas transfiriendo a la
Subsecretaría de Relaciones Institucionales la Dirección Provincial de Gestión
y Seguimiento Presupuestario juntamente con las Direcciones que la componen;
Que la Cartera Ministerial de la cual se promueve la modificación de su
estructura, cuenta con la Dirección Provincial de Comunicación y Promoción
Institucional;
Que la citada Dirección Provincial tiene como actividad primordial la
coordinación de la comunicación institucional del Ministerio, como así también
la promoción de las actividades desarrolladas por éste;
Que dichas diligencias tienen que ser coordinadas desde una Unidad que otorgue
eficiencia y eficacia a las labores desarrolladas;
Que por ello se impulsa la creación de una Subsecretaría de Coordinación
Comunicacional que otorgue el dinamismo necesario para el cumplimiento de su
cometido;
Que el Decreto Nº 207/07 B incorpora a la estructura orgánico funcional del
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno la figura del Jefe de Gabinete de
Asesores;
Que la figura señalada realiza tareas de coordinación de políticas públicas
dentro de la cartera ministerial, como así también con los diferentes
organismos que componen el Poder Ejecutivo Provincial, participando de mesas de
trabajo, comisiones interministeriales y programas interadministrativos e
interorgánicos;
Que de acuerdo al marco institucional en que se enmarca el Jefe de Gabinete de
Asesores, resulta conveniente elevar el rango de dicho cargo al de
Subsecretario de Estado;
Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno cuenta con la Comisión
Provincial del Bicentenario y con el Consejo de Reforma Política;
Que tanto la Comisión como el Consejo, en orden a su importancia institucional,
deben ser coordinados desde una unidad que les otorgue una gestión unificada;
Que por ello se decide crear la Subsecretaría de Reforma Política, la que
agrupará la Comisión y Consejo mencionados; como así también impulsará una
trasformación del modelo de gestión vigente cuyo eje esté puesto básicamente en
el logro de resultados en materia de reforma política;
Que asimismo el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno realiza
actividades de índole administrativa y contable con carácter complejo y
extenso, otorgadas tanto por la Ley de Ministerios como por normas del Poder
Ejecutivo que atribuyen a la cartera ministerial una competencia administrativa
que excede a su ámbito interno;
Que dichas actividades son desarrolladas por la Dirección General de
Administración a través de sus diferentes reparticiones, las cuales por su
magnitud y complejidad deben ser ejecutadas por dependencias que no poseen una
organización suficiente;
Que por ello se propicia la creación en el ámbito del Ministerio de Jefatura de
Gabinete y Gobierno de la Subsecretaría Administrativa, la que tendrá a su
cargo a la Dirección General de Administración y sus dependencias orgánico
funcionales;
Que la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Jefatura de Gabinete y
Gobierno promueve la desagregación estructural inferior de su estructura
orgánica;
Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno impulsa el Programa
Soluciones Ya, tendiente a la simplificación de las diligencias
administrativas para la detección y resolución de problemáticas que afectan a
la comunidad provincial, evitando cualquier tipo de demora en situaciones de
emergencia;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde exceptuar la presente medida de los
alcances del Decreto Nº 1322/05;
Que han tomado intervención la Subsecretaría de Modernización del Estado, la
Secretaría General de la Gobernación, la Asesoría General de Gobierno, el
Ministerio de Economía, y la Dirección Provincial de Personal;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el
artículo 144 proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, que
faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración Pública, a proveer la
estructura organizativa de sus jurisdicciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. Aprobar la
estructura orgánico funcional del Ministerio de Jefatura de Gabinete y
Gobierno, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexos 1, 1a, 1b, 1c,
1d, 1e, 1f, 1g, 1h, 1i, 1j, 1k, 1l, 2a, 2b, 2c, 2d, 2e, 2f, 2g, y 2h forman
parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º. Determinar para la estructura aprobada en el artículo precedente,
los siguiente cargos: UN (1) Subsecretario de Coordinación de Políticas Territoriales;
UN (1) Subsecretario de Gobierno; UN (1) Subsecretario de Relaciones
Institucionales; UN (1) Subsecretario de Coordinación Comunicacional; UN (1)
Subsecretario de Asuntos Municipales; UN (1) Director Ejecutivo de la Unidad de
Coordinación con Organismos Multilaterales de Crédito, con rango y remuneración
equiparado a Subsecretario; UN (1) Subsecretario de Reforma Política; UN (1)
Subsecretario Administrativo; UN (1) Jefe de Gabinete de Asesores, con rango y
remuneración equiparado a Subsecretario; UN (1) Responsable de la Unidad
Ejecutora del Programa Soluciones Ya, con rango y remuneración equiparado a
Subsecretario; UNA (1) Secretaria Ejecutiva del Consejo Provincial de las
Mujeres, con rango y remuneración equivalente a Directora Provincial; UN (1)
Director Provincial de Gestión de la Unidad Ministro; UN (1) Responsable de la
Oficina Provincial de Seguimiento de Negociaciones Colectivas del Sector
Público, con rango y remuneración equiparado a Director Provincial; UN (1)
Director Provincial de Gestión Operativa Institucional; UN (1) Director
Provincial de Ejecución de Proyectos de Gestión Territorial; UN (1) Director
Provincial Electoral; UN (1) Director Provincial del Registro de las Personas;
UN (1) Director Provincial de Impresiones del Estado y Boletín Oficial; UN (1)
Director Provincial de Política y Seguridad Vial; UN (1) Director Provincial
Enlace y Relaciones Parlamentarias; UN (1) Director Provincial de Relaciones
con la Comunidad; UN (1) Director Provincial de Fortalecimiento Institucional y
de la Democracia; UN (1) Director Provincial de Relaciones Gubernamentales e
Interjurisdiccionales; UN (1) Director Provincial de Gestión y Seguimiento
Presupuestario; UN (1) Director Ejecutivo del Programa Fortalecimiento de
Sociedad Civil y Responsabilidad Social, con rango y remuneración equiparado a
Director Provincial; UN (1) Director Provincial de Comunicación y Promoción
Institucional; UN (1) Responsable de la Unidad de Planeamiento Comunicacional
Estratégico, con rango y remuneración equiparado a Director Provincial; UN (1)
Director Provincial de Programación y Gestión Municipal; UN (1) Director
Provincial de Desarrollo Regional; UN (1) Director Provincial de Programación y
Gestión Política; UN (1) Secretario Ejecutivo del Consejo de Reforma Política,
con rango y remuneración equiparado a Director Provincial; UN (1) Secretario
General de la Comisión Provincial del Bicentenario con rango y remuneración
equiparado a Director Provincial; UN (1) Director General de Administración; UN
(1) Director Provincial de Subsidios y Subvenciones; UN (1) Director de
Coordinación de Políticas Interministeriales; UN (1) Director de Coordinación
de Promotores Territoriales de Inclusión Social; UN (1) Director de Apoyo a
Centros Comunitarios; UN (1) Director de Planificación y Seguimiento de
Gestión; UN (1) Director de Coordinación de Gabinete; UN (1) Director de
Gestión y Programación Electoral; UN (1) Director de Técnica Jurídica
Electoral; UN (1) Director de Planeamiento y Estadística del Registro de las
Personas; UN (1) Director Técnico del Registro de las Personas; UN (1) Director
de Documentación del Registro de las Personas; UN (1) Director de Delegaciones
del Registro de las Personas; UN (1) Director Delegado de la Dirección General
de Administración del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno; UN (1)
Director de Auditoría Interna y Control de Gestión del Registro de las
Personas; UN (1) Director de Boletín Oficial; UN (1) Director de Impresiones y
Publicaciones del Estado; UN (1) Director de Gestión Comercial; UN (1) Director
de Licencias de Conducir; UN (1) Director de Antecedentes de Tránsito; UN (1)
Responsable de la Unidad del Observatorio y Estadísticas en Seguridad Vial, con
rango y remuneración equiparado a Director; UN (1) Director de Apoyo y Coordinación
Técnico Administrativa; CUATRO (4) Jueces de Juzgados Administrativos de
Infracciones de Tránsito Provincial, con rango y remuneración equiparados a
Director; UN (1) Director de Enlace Parlamentario; UN (1) Director de Actuación
Parlamentaria; UN (1) Director de Organizaciones de la Sociedad Civil; UN (1)
Director de Colectividades Extranjeras; UN (1) Director de Escuelas de Gobierno
y Formación de Líderes; UN (1) Director de Participación Ciudadana y Acceso a
la Información Pública; UN (1) Director Ejecutivo del Programa de Diálogo
Político, con rango y remuneración equiparado a Director; UN (1) Director de
Relaciones Interjurisdiccionales; UN (1) Director de Relaciones
Interministeriales; UN (1) Director de Seguimiento Presupuestario; UN (1) Director
de Análisis Sectorial; UN (1) Director de Comunicación; UN (1) Director de
Promoción Institucional; UN (1) Director de Protocolo; UN (1) Director
Ejecutivo del Programa de Promoción de Pequeñas Localidades, con rango y
remuneración equiparado a Director; UN (1) Director de Evaluación y Análisis de
Gestión; UN (1) Director de Información y Difusión; UN (1) Director de
Investigación y Desarrollo Regional; UN (1) Director de Desarrollo
Institucional y Coordinación Normativa; UN (1) Director de Gestión Política; UN
(1) Director de Programación; UN (1) Director de Contabilidad; UN (1) Delegado
de la Dirección Provincial de Personal; UN (1) Director Técnico Administrativo;
UN (1) Director de Compras y Contrataciones; UN (1) Director de Informática y
Tecnologías de la Información; UN (1) Director de Proyectos Especiales; UN (1)
Director de Análisis y Apoyo Administrativo; UN (1) Subdirector de Coordinación
de Gabinete; UN (1) Subdirector de Registración; VEINTIUN (21) Subdirector
Zonal (I a XXI); UN (1) Subdirector de Delegaciones del Registro de las
Personas; UN (1) Subdirector Administrativo; UN (1) Subdirector de Servicios;
UN (1) Subdirector de Asuntos Legales; UN (1) Subdirector Administrativo
Contable; UN (1) Subdirector de Boletín Oficial, UN (1) Subdirector de
Informática Jurídico Legal; UN (1) Subdirector de Gestión Integrada de Salud y
Seguridad Ocupacional, Medio Ambiente y Gestión de la Calidad; UN (1)
Subdirector de Coordinación Administrativa; CUATRO (4) Secretarios de Juzgados
Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial (I a IV) con rango y
remuneración equiparados a Subdirector; UN (1) Subdirector de Comunicación; UN
(1) Subdirector de Promoción Institucional; UN (1) Subdirector de Protocolo; UN
(1) Subdirector de Contabilidad; UN (1) Subdirector Automotores; UN (1)
Subdirector Delegado de la Dirección Provincial de Personal; UN (1) Subdirector
Administrativo; UN (1) Subdirector de Compras y Contrataciones; UN (1)
Subdirector de Servicios Auxiliares; UN (1) Jefe de Departamento de Coordinación
de Gabinete; UN (1) Jefe de Departamento Administrativo; UN (1) Jefe de
Departamento de Gestión Electoral; UN (1) Jefe de Departamento de Registro y
Programación Electoral; UN (1) Jefe de Departamento Técnico Electoral; UN (1)
Jefe de Departamento Jurídico; UN (1) Jefe de Departamento de Estadística y
Sistemas; UN (1) Jefe de Departamento de Formación y Comunicación; UN (1) Jefe
de Departamento de Desarrollo y Evaluación de Programas Especiales; UN (1) Jefe
de Departamento Archivo General de Protocolos; UN (1) Jefe de Departamento
Anotaciones Marginales, Adopción y Divorcios; UN (1) Jefe de Departamento
Inscripciones Especiales; UN (1) Jefe de Departamento Identificación de
Personas; UN (1) Jefe de Departamento Rectificaciones Administrativas; UN (1) Jefe
de Departamento Fichero General; UN (1) Jefe de Departamento de Coordinación
Operativa de Documento Nacional de Identidad; UN (1) Jefe de Departamento de
Programas Documentarios; UN (1) Jefe de Departamento de Inspección y Control;
UN (1) Jefe de Departamento Administrativo; UN (1) Jefe de Departamento
Contable; UN (1) Jefe de Departamento Liquidaciones; UN (1) Jefe de
Departamento de Personal; UN (1) Jefe de Departamento Mesa de Entradas y
Salidas; UN (1) Jefe de Departamento Registro Patrimonial; UN (1) Jefe de
Departamento Servicios Auxiliares y Suministros; UN (1) Jefe de Departamento de
Arquitectura e Infraestructura; UN (1) Jefe de Departamento de Auditoría
Interna; UN (1) Jefe de Departamento de Relaciones con la Comunidad y Control
Ciudadano; UN (1) Jefe de Departamento Contable y Financiero; UN (1) Jefe de
Departamento Administrativo y Personal; UN (1) Jefe de Departamento Agencias de
Boletín Oficial; UN (1) Jefe de Departamento Boletín Oficial Electrónico e
Informática Jurídica; UN (1) Jefe de Departamento de Salud; UN (1) Jefe de
Departamento de Medio Ambiente Laboral e Higiene y Seguridad en el Trabajo; UN
(1) Jefe de Departamento Gestión de la Calidad; UN (1) Jefe de Departamento
Diseño Gráfico; UN (1) Jefe de Departamento Programación de la Producción; UN
(1) Jefe de Departamento General de Talleres; UN (1) Jefe de Departamento
Escuela de Aprendices; UN (1) Jefe de Departamento de Impresiones de Seguridad;
UN (1) Jefe de Departamento de Comercialización; UN (1) Jefe de Departamento de
Licencias de Conductor; UN (1) Jefe de Departamento de Antecedentes; UN (1)
Jefe de Departamento de Inhabilitados; UN (1) Jefe de Departamento de Mesa de
Entradas; UN (1) Jefe de Departamento de Archivo General; CUATRO (4)
Prosecretarios de Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito
Provincial (I a IV) con rango y remuneración equiparado a Jefe de Departamento;
UN (1) Jefe de Departamento Calidad; UN (1) Jefe de Departamento Enlace
Comunicacional; UN (1) Jefe de Departamento Informes Especiales; UN (1) Jefe de
Departamento Imagen Institucional; UN (1) Jefe de Departamento de Gestión; UN
(1) Jefe de Departamento Protocolo y Ceremonial; UN (1) Jefe de Departamento
Contable; UN (1) Jefe de Departamento Tesorería; UN (1) Jefe de Departamento
Presupuesto; UN (1) Jefe de Departamento Liquidación de Haberes; UN (1) Jefe de
Departamento Registro Patrimonial; UN (1) Jefe de Departamento Liquidación de
Gastos; UN (1) Jefe de Departamento Rendición de Cuentas; UN (1) Jefe de
Departamento Automotores; UN (1) Jefe de Departamento de Estructuras y
Planteles Básicos; UN (1) Jefe de Departamento Capacitación; UN (1) Jefe de
Departamento Laborales; UN (1) Jefe de Departamento Control de Asistencia; UN
(1) Jefe de Departamento Legajos; UN (1) Jefe de Departamento Higiene y Medicina
Laboral; UN (1) Jefe de Departamento Despacho y Protocolización; UN (1) Jefe de
Departamento Mesa General de Entradas; UN (1) Jefe de Departamento
Contrataciones; UN (1) Jefe de Departamento Compras y Suministros; UN (1) Jefe
de Departamento Locaciones; UN (1) Jefe de Departamento Mantenimiento, Talleres
y Servicios; UN (1) Jefe de Departamento Análisis, Programación y Diseño de
Sistemas; UN (1) Jefe de Departamento Coordinación de Proyectos; UN (1) Jefe de
Departamento Producción y Soporte Tecnológico; UN (1) Jefe de Departamento Mesa
de Ayuda; UN (1) Jefe de Departamento Control de Gestión; UN (1) Jefe de
Departamento Registro y Control; UN (1) Jefe de Departamento Gestión y
Seguimiento; UN (1) Jefe de Departamento de Apoyo Administrativo y Despacho; y
UN (1) Jefe de Departamento de Análisis y Derivación de Correspondencia todos
ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública
Provincial, Ley N° 10.430. T. O. Decreto N° 1869/96.
ARTICULO 3º. Mantener vigentes aquellas unidades orgánico funcionales con nivel
inferior a Dirección oportunamente aprobadas para el ex Ministerio de Gobierno
y para la Jefatura de Gabinete hasta tanto sean aprobadas las aperturas
correspondientes, y que no fueran modificadas por el presente Decreto.
ARTICULO 4º. Transferir al Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, el
Consejo Provincial de las Mujeres que fuera creado por Decreto Nº 780/07,
juntamente con sus deberes y facultades, acciones, estructura orgánica
funcional, planteles básicos, recursos, bienes y créditos presupuestarios, el
que dependerá en forma directa del Ministro.
ARTICULO 5º. Establecer que los Decretos Nº 1802/08 y Nº 1827/08 forman parte
complementaria del presente.
ARTICULO 6°. Exceptuar la aprobación de la presente estructura
orgánico-funcional de lo dispuesto por el Decreto N° 1322/05, en razón de lo
expuesto en la parte considerativa del presente.
ARTICULO 7°. El Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno propondrá al
Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a
las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.
ARTICULO 8°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Jefatura de Gabinete y Gobierno y de Economía.
ARTICULO 9º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Pasar a la Dirección Provincial de Gestión Pública y al Ministerio de Jefatura
de Gabinete y Gobierno. Cumplido archivar.
Alberto
Pérez
Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura
de
Gobernador
Gabinete y Gobierno
Rafael Perelmiter
Ministro de Economía
Anexo 1
Anexo 1a
Anexo 1b
Anexo 1c
Anexo 1d
Anexo 1e
Anexo 1f
Anexo 1g
Anexo 1h
Anexo 1i
Anexo 1j
Anexo 1k
Anexo 1l
Anexo 2
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
JEFATURA DE GABINETE DE ASESORES
ACCIONES
1. Asesorar y colaborar en la gestión de! señor Ministro, en cuanto le sea por
él encomendado.
2. Dirigir y coordinar los proyectos especiales que el Ministro de Jefatura de
Gabinete y Gobierno le solicite.
3. Supervisar y coordinar el Gabinete de Asesores.
4. Requerir los dictámenes de los asesores especializados del Gabinete de
Asesores en los temas que así lo requieran y elevar los mismos al conocimiento
y consideración del Ministro o derivarlos al área que corresponda.
5. Coordinar la labor de las distintas áreas del ministerio y realizar el
seguimiento y monitoreo de su gestión.
6. Llevar a cabo la coordinación y supervisar el seguimiento de las
negociaciones colectivas del sector público.
7. Elevar propuestas normativas y programáticas que le sean requeridas.
8. Administrar el sistema de información de gestión del Ministerio de Jefatura
de Gabinete y Gobierno.
9. Diseñar, implementar y dirigir un tablero de control de Gestión para el
seguimiento y evaluación de las políticas públicas del Ministerio de Jefatura
de Gabinete y Gobierno del Poder Ejecutivo Provincial, en coordinación con las
áreas competentes.
10. Organizar e implementar un sistema para concentrar la información que
coadyuve a la elaboración y redacción de la Memoria Anual de Gobierno,
coordinando con las áreas competentes e involucradas de los organismos del
Poder Ejecutivo Provincial.
11. Efectuar, juntamente con la Subsecretaría de Relaciones Institucionales,
estudios y elevar propuestas de adecuaciones normativas o de gestión, sobre la
correlación de las competencias de Ministerios y Secretarías con los planes,
programas y acciones llevados adelante por cada organismo provincial.
12. Asistir a la Subsecretaría de Relaciones Institucionales en la evaluación,
propuesta y elaboración de la normativa y los actos administrativos necesarios
para formalizar el funcionamiento de comisiones interministeriales u otras
formas de coordinación entre distintos niveles de Ministerios, Secretarías y
demás organismos provinciales, precisando en cada caso los objetivos, productos
básicos, resultados esperados y tiempo estimado para su logro.
13. Proponer al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno la incorporación de
temas a la Agenda Pública, sobre la base del análisis de las políticas públicas
prioritarias.
14. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en el registro del
cumplimiento de las decisiones tomadas por el Gabinete de Ministros.
15. Fijar criterios de valoración de la marcha de la ejecución, los resultados
y la satisfacción ciudadana de los programas y proyectos del Gobierno
provincial.
16. Desarrollar acciones de soporte interno para el control de gestión.
17. Coordinar el funcionamiento de la Oficina Provincial de Seguimiento de
Negociaciones Colectivas del Sector Público, y de la Dirección Provincial de
Gestión de la Unidad Ministro.
Anexo 2a
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS TERRITORIALES
ACCIONES
1. Intervenir en la implementación de políticas tendientes a propiciar la
inclusión social de los sectores marginados, especialmente en villas y
asentamientos a través de la dinamización de programas ya existentes en la
Provincia y contemplando la creación de nuevos programas; en coordinación con
los organismos competentes en la materia.
2. Analizar y evaluar la planificación de políticas territoriales de las
distintas jurisdicciones ministeriales, a los efectos de su coordinación.
3. Elaborar y coordinar programas y proyectos que contribuyan a incentivar la
creación y el fortalecimiento de organizaciones y asociaciones de nivel local.
4. Planificar las acciones tendientes a la organización de un cuerpo de
Promotores Territoriales de Inclusión Social.
5. Coordinar con los Organismos competentes del ámbito provincial, acciones
territoriales que tiendan al desarrollo de aspectos tales como educación,
salud, vivienda, empleo y seguridad
6. Promover acuerdos y convenios con otras dependencias del Ejecutivo
Provincial y/o Municipal y Universidades tendientes a la concreción de los
objetivos de la subsecretaría.
SUBSECRETARIA DE
COORDINACION DE POLITICAS TERRITORIALES
DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION OPERATIVA INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Coordinar entre las áreas competentes del ámbito provincial y municipal
acciones destinadas al desarrollo y a la inclusión social.
2. Organizar el relevamiento de programas y proyectos existentes en la
Provincia vinculados a las problemáticas sociales.
3. Impulsar el desarrollo de nuevos programas sociales para el mejoramiento de
la situación social local.
4. Coordinar las acciones de asistencia técnica a las ONGs y Asociaciones
Civiles, para el mejoramiento de su accionar en el territorio en el marco de un
área de apoyo profesional.
DIRECCION PROVINCIAL DE
GESTION OPERATIVA INSTITUCIONAL
DIRECCION DE COORDINACION DE POLITICAS INTERMINISTERIALES
ACCIONES
1. Realizar un relevamiento de programas y proyectos vinculados a las distintas
problemáticas sociales de la provincia
2. Generar una base de datos dinámica y actualizada de cada uno de los
programas y proyectos vigentes en la Provincia.
3. Detectar e impulsar la necesidad de formulación de nuevos programas y/o
proyectos en función de las demandas surgidas en el territorio.
4. Relevar las necesidades de asistencia técnica y capacitación de las ONGs y
Asociaciones Civiles que actúan en el ámbito provincial, en coordinación con
los organismos competentes.
SUBSECRETARIA DE
COORDINACION DE POLITICAS TERRITORIALES
DIRECCION PROVINCIAL DE EJECUCION DE PROYECTOS DE GESTION TERRITORIAL
ACCIONES
1. Ejecutar acciones que faciliten el abordaje territorial de programas y
proyectos.
2. Organizar a través de los Promotores Territoriales de Inclusión Social los
mecanismos necesarios para relevar y conocer las distintas problemáticas
existentes en el nivel local.
3. Articular la vinculación entre la jurisdicción competente y la problemática
detectada para su tratamiento.
4. Coordinar la elaboración de informes de situación por problemática,
territorio abordado y resultado obtenido.
5. Organizar y coordinar una Mesa de Intervención Territorial de la que
participan Organizaciones Sociales, ONGs, Asociaciones Civiles, Sociedades de
Fomento, Cooperadoras Escolares y Clubes de Barrio.
6. Contribuir en la ejecución de nuevos programas de gestión territorial para
el apoyo a la promoción de inclusión social.
7. Articular con las universidades y la comunidad las tareas de intervención
territorial, sin perjuicio de las competencias asignadas a la Secretaría
General de la Gobernación.
DIRECCION PROVINCIAL DE
EJECUCION DE PROYECTOS DE GESTION TERRITORIAL
DIRECCION DE COORDINACION DE PROMOTORES TERRITORIALES DE INCLUSION SOCIAL
ACCIONES
1. Evaluar las necesidades de los barrios, villas y asentamientos, receptando
las inquietudes de los vecinos, mediante la creación de un Sistema de
Promotores Territoriales de Inclusión Social.
2. Promover acciones de fortalecimiento institucional a través de acciones
generadoras de compromiso y participación de los vecinos, que promuevan la
construcción de ciudadanía.
3. Clasificar y consolidar informes de los Promotores Territoriales de Inclusión
Social, relativos a las necesidades y/o demandas detectadas por los vecinos.
DIRECCION PROVINCIAL DE
EJECUCION DE PROYECTOS DE GESTION TERRITORIAL
DIRECCION DE APOYO A CENTROS COMUNITARIOS
ACCIONES
1. Articular con las Instituciones responsables del área Provincial y Municipal
la creación de centros comunitarios y fortalecer los ya existentes.
2. Propiciar que los Programas y Proyectos del Poder Ejecutivo Provincial y/o
Municipal articulen sus acciones con los Centros Comunitarios.
3. Coordinar las acciones con las Universidades, las Organizaciones Sociales,
las ONGs, las Sociedades de Fomento y las Cooperadoras Escolares, para promover
la participación de los vecinos en los Centros Comunitarios, sin perjuicio de
las competencias especialmente asignadas a otros Organismos del Poder
Ejecutivo.
SUBSECRETARIA DE
COORDINACION DE POLITICAS TERRITORIALES
DIRECCION DE PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO DE GESTION
ACCIONES
1. Formular, seguir y evaluar los proyectos sociales con enfoque territorial en
el ámbito provincial.
2. Realizar diagnósticos y recomendaciones sobre el impacto de las políticas
públicas con enfoque territorial.
3. Realizar el análisis de indicadores relativos a la ejecución de Programas y
Proyectos Territoriales.
4. Evaluar e informar sobre los niveles de ejecución presupuestaria y su
relación con el cumplimiento de metas pertinentes de aquellas las políticas
públicas con enfoque territorial.
5. Elaborar materiales de capacitación y difusión para ser utilizados en el
territorio.
Anexo 2b
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE GOBIERNO
ACCIONES
1. Programar y coordinar la ejecución de la política electoral de la Provincia
de Buenos Aires, coordinando la relación con los organismos competentes en la
materia tanto en el ámbito provincial, como nacional e internacional.
2. Atender el registro del estado civil y la identificación de las personas en
el territorio de la Provincia de Buenos Aires, procurando un sistema de
información demográfica y poblacional para la planificación y toma de
decisiones de organismos del gobierno provincial y organismos públicos de
distinto nivel.
3. Programar, ordenar y fiscalizar la impresión y publicidad de los actos de
gobierno.
4. Desarrollar el sistema de informática jurídico-legal y supervisar su
funcionamiento.
5. Convocar, preparar y coordinar las reuniones de Gabinete Provincial y
confeccionar la agenda del Poder Ejecutivo.
6. Intervenir en materia de seguridad vial.
SUBSECRETARIA DE GOBIERNO
DIRECCION DE COORDINACION DE GABINETE
ACCIONES
1. Convocar, preparar y coordinar las reuniones de Gabinete provincial,
sistematizando la información y contenidos a tratar.
2. Asegurar que todos los miembros de Gabinete tengan acceso al temario de la
reunión, como asimismo a un grupo de contenidos mínimos de las cuestiones a
tratar.
3. Sistematizar los resultados, conclusiones y decisiones a las que se arribara
en cada una de las reuniones llevadas a cabo, permitiendo el acceso a todas las
áreas participantes.
4. Confeccionar la agenda del Poder Ejecutivo en coordinación con el Señor
Gobernador y los miembros de Gabinete.
DIRECCION DE COORDINACION
DE GABINETE
SUBDIRECCION DE COORDINACION DE GABINETE
ACCIONES
1. Relevar y concentrar las propuestas de temas tentativos de cada una de las
áreas participantes para las reuniones de Gabinete.
2. Elevar al Director las propuestas de temas de los miembros de Gabinete, así
como los resultados, conclusiones y decisiones arribadas en las reuniones de
Gabinete.
SUBDIRECCION DE
COORDINACION DE GABINETE
DEPARTAMENTO DE COORDINACION DE GABINETE
ACCIONES
1. Organizar por temática, la información tratada en las reuniones de Gabinete.
2. Sistematizar la información conteniendo los temarios, resultados,
conclusiones y decisiones de cada una de las reuniones de Gabinete.
3. Asegurar el acceso a la información resultante de las reuniones llevadas a
cabo, a los miembros de Gabinete.
SUBDIRECCION DE
COORDINACION DE GABINETE
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Atender el registro de entradas, salidas, trámites y movimiento interno y
archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de dependencia.
2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto
en los aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones
que se gestionan en el área.
3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo
para todas las dependencias a las que asiste y brindar la información requerida
por cada una de ellas.
4. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión,
cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las
normas.
5. Atender las necesidades de secretaría privada, y organizar y mantener
actualizados los archivos de documentación y de otras normativas necesarias par
el funcionamiento de la Dirección.
SUBSECRETARIA DE GOBIERNO
DIRECCION PROVINCIAL ELECTORAL
ACCIONES
1. Entender en la programación y ejecución de la política electoral de la
provincia de Buenos Aires.
2. Asistir y asesorar al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en el
diseño y la formulación de proyectos vinculados con la organización, el
funcionamiento y el financiamiento de procesos e instituciones políticas de la
Provincia de Buenos Aires.
3. Promover, fortalecer y mantener relaciones con los jueces electorales, la
Junta Electoral Nacional, la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires,
con las Cámaras Legislativas y con todo otro organismo competente en la materia
tanto en el nivel internacional, nacional, provincial y de la Ciudad de Buenos
Aires, con los que podrá intercambiar experiencias y conocimientos.
4. Brindar asesoría técnica especializada al Poder Ejecutivo de la Provincia de
Buenos Aires en temas vinculados con procesos políticos, a partir del diseño,
la evaluación e implementación de proyectos en material electoral.
5. Coordinar y sistematizar la información relacionada con los diferentes
componentes del sistema político de la Provincia de Buenos Aires.
6. Trabajar en forma conjunta con el Programa de Voto Electrónico del Consejo
de Reforma Política en la generación de propuestas de incorporación tecnológica
a los procesos de organización y administración electoral, con el fin de
obtener mayor eficiencia, eficacia y transparencia en la gestión.
7. Definir un Plan Estratégico Electoral de la Provincia de Buenos Aires y
proponer los cronogramas electorales.
8. Proponer al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires las
modificaciones legales en materia electoral que entienda convenientes.
9. Brindar apoyo técnico al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires en
la formulación de proyectos de ley y decretos reglamentarios vinculados con la
materia.
10. Trabajar en forma coordinada con los organismos competentes en el
desarrollo de aplicaciones informáticas en materia electoral.
11. Intervenir en la celebración de acuerdos y convenios de colaboración y
cooperación institucional con organismos Internacionales y del Estado Nacional,
las Provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
12. Promover la conciencia pública sobre asuntos electorales mediante la
conducción de programas de educación e información cívica.
13. Proponer y desarrollar acciones destinadas al fortalecimiento de las
relaciones institucionales con los diferentes organismos nacionales y
provinciales, ejecutando a tal fin programas de intercambio de información.
14. Promover la aplicación de la ley electoral de la Provincia de Buenos Aires
así como también los estatutos de los partidos políticos y de las agrupaciones
municipales.
15. Intervenir en la planificación y organización de las convocatorias a
elecciones y/o consultas no vinculantes en el ámbito de la Provincia de Buenos
Aires y en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles durante el
acto eleccionario.
16. Trabajar en la administración de una base de datos políticos y electorales
y en la producción de informes técnicos vinculados al comportamiento y dinámica
del electorado de la Provincia de Buenos Aires.
17. Desarrollar proyectos referidos a la materia que favorezcan la
participación ciudadana en la gestión, generando espacios institucionales
afines y estableciendo formas de organización de dicha participación.
18. Elevar al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno los proyectos de ley
que, en materia electoral estime convenientes para un mejor funcionamiento del
sistema político y electoral.
19. Proponer diseños institucionales para la regulación y el control de la
actividad política de la Provincia de Buenos Aires.
20. Desarrollar formas que permitan a la sociedad civil colaborar con el Estado
en los mecanismos de control y fiscalización de la actividad política.
21. Trabajar y coordinar los escrutinios provisorios que el Poder Ejecutivo
realice.
22. Remitir el padrón de extranjeros, con las actualizaciones correspondientes,
a la Junta Electoral.
DIRECCION PROVINCIAL
ELECTORAL
DIRECCION DE GESTION Y PROGRAMACION ELECTORAL
ACCIONES
1. Organizar y desarrollar una base de datos con la finalidad de conformar el
registro de electores provinciales, integrándola con las existentes a nivel
nacional, provincial y/o municipal.
2. Trabajar en la coordinación y sistematización de la información relacionada
con los diferentes componentes del sistema político de la Provincia de Buenos
Aires.
3. Asistir al Director Provincial Electoral en el diseño de los planes
operativos y estratégicos electorales para la Provincia de Buenos Aires.
4. Proponer la tecnología necesaria para el desarrollo de los escrutinios
provisorios.
5. Diseñar y organizar informes técnicos vinculados al comportamiento y
dinámica del electorado de la Provincia de Buenos Aires y colaborar en la
administración de una base de datos políticos y electorales.
6. Trabajar en el desarrollo de los diseños institucionales para la regulación
y el control de la actividad política de la Provincia de Buenos Aires.
7. Asesorar y asistir a Director Provincial Electoral en la planificación y
organización de las convocatorias a elecciones y/o consultas no vinculantes.
8. Proponer y desarrollar mecanismos que favorezcan la participación ciudadana
en las actividades y procesos vinculados con el funcionamiento del sistema
político.
9. Trabajar en el diseño y desarrollo de una página Web para la información y
consulta en materia electoral.
DIRECCION DE GESTION Y
PROGRAMACION ELECTORAL
DEPARTAMENTO DE GESTION ELECTORAL
ACCIONES
1. Coordinar las tareas tendientes a la conformación y actualización del
Registro de Electores Provinciales.
2. Confeccionar las estadísticas sobre comportamiento y dinámica del electorado
de la Provincia.
3. Interactuar con los Departamentos de las distintas áreas de la Dirección
Provincial en la asistencia del desarrollo de las consultas populares.
4. Instrumentar los mecanismos que favorezcan la participación ciudadana en los
procesos electorales.
5. Elaborar los informes de actualización de movimientos, altas y bajas del
Registro de Extranjeros.
DIRECCION DE GESTION Y
PROGRAMACION ELECTORAL
DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y PROGRAMACION ELECTORAL
ACCIONES
1. Confeccionar y actualizar la nómina de asociaciones políticas con
reconocimiento jurídico político en la Provincia de Buenos Aires.
2. Informar sobre actualizaciones y avances tecnológicos relacionados con la
implementación del sistema de voto electrónico.
3. Registrar información sobre los escrutinios Municipales, Seccionales y
Provincial.
4. Interactuar con los espacios institucionales afines en materia electoral
provinciales, nacionales e internacionales.
DIRECCION PROVINCIAL
ELECTORAL
DIRECCION DE TECNICA JURIDICA ELECTORAL
ACCIONES
1. Recopilar y analizar la normativa electoral vigente en la Provincia de Buenos
Aires.
2. Estudiar y realizar un análisis comparativo en materia electoral de las
normas nacionales e internacionales y estudios estadísticos de los actos
eleccionarios, realizando su procesamiento y difusión.
3. Propiciar y organizar una biblioteca electoral con bibliografía y
publicaciones nacionales y extranjeras.
4. Colaborar en la formulación de proyectos de ley y decretos reglamentarios
vinculados con la materia.
5. Planificar el cronograma de actividades tendientes a la educación electoral
de la ciudadanía, diseñando los contenidos de los programas educativos, en
coordinación con los organismos competentes.
6. Desarrollar investigaciones relacionadas con la política electoral y con los
procesos e instituciones políticas.
7. Asistir al Director Provincial brindando el soporte técnico especializado en
materia electoral y en temas vinculados con los procesos políticos e
institucionales de la provincia de Buenos Aires.
8. Asistir en la formulación de proyectos de ley y decretos reglamentarios
vinculados con la materia electoral.
9. Trabajar en la elaboración de los acuerdos y convenios de colaboración y
cooperación institucional que se realicen.
10. Trabajar y asistir en los proyectos de cooperación y asistencia electoral.
DIRECCION DE TECNICA
JURIDICA ELECTORAL
DEPARTAMENTO TECNICO ELECTORAL
ACCIONES
1. Recopilar la normativa electoral vigente en el país y proceder a su
ordenamiento de acuerdo a la temática.
2. Elaborar trabajos comparativos a partir de los datos históricos de los actos
eleccionarios llevados a cabo en la Provincia, desarrollando estadísticas.
3. Informar sobre actualizaciones archivo-documentales de la biblioteca
electoral.
4. Llevar a cabo las actividades de educación electoral de la ciudadanía, de
acuerdo a los contenidos programáticos, y en coordinación con los organismos
competentes.
5. Asistir en las tareas emergentes de las consultas populares realizadas en el
ámbito de la Provincia.
6. Colaborar en la asistencia Técnica Electoral en todos los actos comiciales
que disponga el Poder Ejecutivo Provincial.
DIRECCION DE TECNICA
JURIDICA ELECTORAL
DEPARTAMENTO JURIDICO
ACCIONES
1. Colaborar en el análisis de la normativa electoral vigente.
2. Desarrollar los análisis comparativos en materia electoral de las normas
nacionales e internacionales.
3. Colaborar con el desarrollo de proyectos de acuerdos y convenios de
cooperación institucional que se realicen en la materia.
4. Colaborar en la investigación jurídica y redacción de proyectos de ley y
decretos reglamentarios vinculados con la materia.
5. Colaborar en la asistencia Jurídica Electoral en todos los actos comiciales
que disponga el Poder Ejecutivo Provincial.
SUBSECRETARIA DE GOBIERNO
DIRECCION PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
ACCIONES
1. Proponer, elaborar y coordinar los anteproyectos normativos o reglamentarios
relativos a la organización y el funcionamiento ordenado del registro de
hechos, actos vitales, estado civil, capacidad, identificación, domicilio de
las personas y estadística demográfica, fomentando el interés público por la
inscripción de los hechos vitales y la identificación personal y coordinando
pautas y acciones con organismos provinciales, nacionales e internacionales.
2. Organizar el Registro de las Personas realizando las funciones del registro
civil y estadística, la inscripción de los hechos vitales promoviendo las
acciones judiciales necesarias; realizar la identificación personal y ordenar
la modificación del contenido de los asientos.
3. Organizar y mantener un registro de médicos, obstetras, traductores y demás
profesionales vinculados y partícipes de las actividades propias de la
repartición, supervisando la actuación de dichos facultativos y coordinando
pautas y acciones con otras áreas de gobierno, dentro o fuera de la
jurisdicción.
4. Garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la identidad de todos los
habitantes de la Provincia de Buenos Aires, diseñando planes, programas y
proyectos que permitan superar las limitaciones materiales y culturales que
dificultan la universalidad en el acceso a la documentación de la población.
5. Presidir el Organismo de Coordinación Permanente de los Registros Civiles de
la República Argentina, cuya titularidad ejerce por mandato de los demás
Registros Civiles del país.
6. Organizar y programar el digesto de normas de aplicación, promover la
política de relaciones públicas del sector y promover asimismo la enseñanza de
la dactiloscopía y la estadística.
7. Ejercer la superintendencia administrativa, funcional y jerárquica en el
ámbito de la estructura funcional del Registro de las Personas, promover sus
actividades y organizar la publicación de un Boletín Informativo.
DIRECCION PROVINCIAL DEL
REGISTRO DE LAS PERSONAS
SUBDIRECCION DE ASUNTOS LEGALES
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes a las áreas de Asistencia Jurídica y
Coordinación de Oficios Judiciales, vistas y proyectos de actos
administrativos.
2. Colaborar con la Fiscalía de Estado en los casos de Representación Judicial
del organismo frente al Organo Jurisdiccional, como así también brindar asesoramiento
jurídico al Director Provincial.
3. Asistir al Director Provincial, para formular denuncias ante ilícitos
detectados en el ámbito del organismo, ratificación, seguimiento de las mismas
e información en las pertinentes actuaciones administrativas.
4. Promocionar acciones judiciales en los distintos fueros a fin de sanear
situaciones advertidas en los protocolos de nacimiento, matrimonio o defunción.
5. Responder a requisitorias formuladas por el Organo Jurisdiccional.
6. Realizar informes circunstanciados vinculados a acciones de amparo.
7. Recepcionar denuncias presentadas por ciudadanos o agentes del organismo.
8. Presentar ante el Organo Jurisdiccional competente a fin de procurar el
recupero de protocolos secuestrados.
9. Realizar el seguimiento sistematizado de causas vinculadas con el Organismo.
10. Contestar las vistas conferidas por el Poder Judicial en aquellas causas de
incumbencia del Registro de las Personas.
11. Redactar proyectos de actos administrativos vinculados a actuaciones sumariales.
12. Redactar proyectos de actos administrativos de autorización de nombres.
13. Contestar oficios por delegación expresa del Director Provincial.
14. Recepcionar la declaración testimonial de agentes vinculados a actuaciones
administrativas.
DIRECCION PROVINCIAL DEL
REGISTRO DE LAS PERSONAS
DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y ESTADISTICA DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
ACCIONES
1. Coordinar y supervisar el proceso de formulación y ejecución de la
Planificación Estratégica del Registro de las Personas y los Planes Operativos
de las diferentes áreas que lo componen, en función de los objetivos y metas
del organismo.
2. Mantener actualizado un sistema de información sobre la organización del
Registro de las Personas y la relación entre la distribución presupuestaria y
de personal, con los objetivos y metas estratégicas y de gestión.
3. Proponer, diseñar y coordinar proyectos de fortalecimiento institucional y
de reforma y ordenamiento del esquema organizacional del Registro, así como la
implementación de tecnologías innovadoras para una mejora en la calidad y la
eficacia de la gestión, promoviendo la participación de los funcionarios y
agentes de las distintas áreas que componen la organización.
4. Planificar, promover y coordinar las tareas de producción de estadísticas
vitales y de identidad de las personas, a cargo de las distintas áreas que
integran el Registro Provincial de las Personas.
5. Establecer mecanismos de coordinación e intercambio de información con el
organismo central de estadística de la Provincia de Buenos Aires y con los
servicios estadísticos de los Ministerios, Secretarías de Estado y demás
organismos del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, pudiendo a su vez
celebrar acuerdos o convenios de carácter técnico con entidades públicas y privadas,
nacionales e internacionales.
6. Administrar, coordinar e integrar las distintas bases de datos, con
información estadística y su referenciación geográfica, sobre los trámites y
servicios que presta el Registro Provincial de las Personas.
7. Trabajar conjuntamente con la Dirección de Delegaciones del Registro de las
Personas en la coordinación de acciones, pautas y criterios para la
planificación y/o programación de acciones de las Delegaciones Zonales y sus
respectivas Delegaciones, generando una red permanente de intercambio y
complementación de información.
8. Participar, junto con la Dirección de Apoyo Administrativo del Registro de
las Personas, en los procesos de formulación, programación de la ejecución y
modificaciones programáticas del presupuesto del Registro.
9. Diseñar y promover instrumentos para formalizar compromisos de gestión del
Registro de las Personas con la ciudadanía, estableciendo los estándares de
calidad que ellos deben alcanzar, y supervisar su implementación conjuntamente
con la Dirección de Auditoría Interna y Control de Gestión del Registro de las
Personas.
10. Detectar las necesidades de capacitación de los empleados en la Dirección
Provincial del Registro de las Personas y proponer las acciones de
correspondientes, coordinando acciones con la Dirección de Auditoría Interna y
Control de Gestión y con el Departamento de Personal del Registro de las
Personas.
11. Elaborar un boletín informativo de difusión interna del Registro de las
Personas con las novedades institucionales.
DIRECCION DE PLANEAMIENTO
Y ESTADISTICA DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO DE ESTADISTICA Y SISTEMAS
ACCIONES
1. Confeccionar el programa anual de las estadísticas vitales y demográficas,
especialmente sobre la base de las necesidades de información formuladas por el
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y los Poderes Legislativo y Judicial,
sin perjuicio de los requerimientos que puedan plantear otras entidades
públicas y privadas.
2. Recopilar y procesar los datos y la información estadística provenientes de
las distintas áreas que integran el Registro de las Personas.
3. Participar en la tarea de integración de las distintas bases de datos con
información estadística y su referenciación geográfica, sobre trámites y
servicios que presta el Registro de las Personas, para la formulación de
diagnósticos institucionales que faciliten las funciones de control y
planificación; y como fuente de consulta e información.
4. Establecer las normas metodológicas y los programas de ejecución de las
estadísticas que se incluyan en el programa anual y distribuirlos entre las
distintas áreas del Registro de las Personas.
5. Organizar la adecuada difusión de la información estadística producida por
el área.
6. Brindar apoyo y soporte a las distintas áreas de la organización,
posibilitando el uso de los medios tecnológicos adecuados a través del enlace
con las áreas del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires y del
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, competentes en la materia.
DIRECCION DE PLANEAMIENTO
Y ESTADISTICA DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO DE FORMACION Y COMUNICACION
ACCIONES
1. Colaborar con la Dirección en la detección de necesidades de capacitación de
los empleados del Registro de las Personas y proponer las acciones correspondientes.
2. Participar en el diseño de la currícula de toda actividad de capacitación
con destino a los agentes del Registro de las Personas y desarrollar acciones
de actualización, especialización e investigación en materia registral y en
temáticas afines.
3. Desarrollar actividades de capacitación y formación para el personal del
Registro Provincial de las Personas, en coordinación con los organismos
competentes.
4. Evaluar el impacto de las acciones de capacitación en los procesos
organizacionales.
5. Promover actividades de investigación por sí o en coordinación con otros
organismos destinadas a producir acervo teórico a fin de optimizar las labores
de registración, tanto relativas a la organización registral como a
organizaciones que atraviesan esta problemática.
6. Coordinar con el Departamento de Desarrollo y Evaluación de Programas
especiales acciones de capacitación inter e intrainstitucional en lo relativo
al derecho a la identidad de las personas.
7. Promover la elaboración y edición de publicaciones y materiales educativos
utilizados en las capacitaciones y gestionar el sistema de administración y
consulta de la Biblioteca.
8. Diseñar e implementar estrategias de comunicación interna y externa acordes
al Plan Estratégico del Registro de las Personas.
9. Coordinar el contenido, actualización y difusión de la página web del
Registro de las Personas.
10. Entender en el diseño de la cartelería y folletería del Registro de las
Personas coadyuvando a la instalación de la imagen institucional.
11. Colaborar en la elaboración de un boletín informativo de difusión interna
del Registro de las Personas con las novedades institucionales.
DIRECCION DE PLANEAMIENTO
Y ESTADISTICA DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y EVALUACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
ACCIONES
1. Colaborar con la Dirección en la propuesta, diseño y coordinación de
proyectos de fortalecimiento institucional y de reforma y ordenamiento del
esquema organizacional del Registro de las Personas.
2. Diseñar, proponer, ejecutar y evaluar programas de acción y difusión,
destinados dar cumplimiento a los objetivos propuestos por el Plan Estratégico
del Registro de las Personas.
3. Diseñar y ejecutar planes, programas y proyectos que permitan superar las
limitaciones materiales y culturales que dificultan la universalidad en el
proceso de inscripción de los nacimientos.
4. Coordinar con la Dirección de Auditoria Interna y Control de Gestión del
Registro de las Personas el proceso de evaluación de los programas especiales
del Registro de las Personas.
DIRECCION PROVINCIAL DEL
REGISTRO DE LAS PERSONAS
DIRECCION TECNICA DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
ACCIONES
1. Realizar los estudios técnico-legales para el perfeccionamiento
normativo-registral y elaborar los proyectos pertinentes.
2. Autorizar, mediante firma, las rectificaciones administrativas para la
posterior realización de marginales de rectificación en los libros
protocolares.
3. Realizar la recopilación y supervisar la clasificación en forma permanente
de todos los hechos, actos y circunstancias vitales referidos a la capacidad y
al estado civil de las personas que se hayan registrado en el Organismo.
4. Programar las acciones referidas a la identificación personal de los
habitantes de la Provincia de Buenos Aires mediante el otorgamiento de cédulas
de identidad provincial, en cumplimiento de lo establecido en las
reglamentaciones vigentes de la Ley Orgánica del Registro de las Personas de la
Provincia de Buenos Aires.
5. Formular programas de acción y difusión, en el marco de la política de promoción
del derecho a la identidad, destinados a impulsar la registración de hechos y
actos vitales y la documentación de la población.
6. Programar las acciones necesarias para la correcta identificación del recién
nacido, en cumplimiento de lo establecido en el Sistema de Identificación del
Recién Nacido y su Madre para la Provincia de Buenos Aires, aprobado por
Decreto N° 2287/07.
7. Asegurar la asistencia a los reclamos elevados por ciudadanos que tengan
sospechas fundadas sobre sus raíces biológicas y deseen conocer su verdadero
origen.
8. Asesorar en temas de normativa provincial y nacional a las distintas
Direcciones del Registro.
DIRECCION TECNICA DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
SUBDIRECCION DE REGISTRACION
ACCIONES
1. Asistir al Director Técnico en la conducción, supervisión y control
operativo de las distintas áreas, según los lineamientos y directivas trazadas.
2. Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos de Archivo
General de Protocolos; Anotaciones Marginales, Adopción y Divorcios; Inscripciones
Especiales; Identificación de Personas; Rectificaciones Administrativas; y
Fichero General.
SUBDIRECCION DE
REGISTRACION
DEPARTAMENTO ARCHIVO GENERAL DE PROTOCOLOS
ACCIONES
1. Conformar, controlar y mantener actualizado el Registro Central de
Protocolos de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones de la Provincia de Buenos
Aires.
2. Adoptar las medidas que correspondan para la guardia y custodia de los
protocolos.
3. Rubricar los libros de nacimientos, matrimonios y defunciones de cada año
que se remitan a las Delegaciones y su posterior cierre y guarda.
4. Expedir y certificar la autenticidad de las partidas que resultan de sus
archivos.
5. Controlar la entrada y salida de los protocolos que se remiten a las
Delegaciones anualmente.
SUBDIRECCION DE
REGISTRACION
DEPARTAMENTO ANOTACIONES MARGINALES, ADOPCION Y DIVORCIO
ACCIONES
1. Asentar las rectificaciones en los libros de nacimientos, matrimonios y
defunciones ordenadas por la autoridad judicial o administrativa competente.
2. Registrar sentencias judiciales de nulidad de matrimonios, adopciones,
anulación de actas y notas cautelares respectivas, así como también las minutas
de escrituras públicas de emancipación.
3. Proceder al asentamiento, mediante nota de referencia, de todos los
divorcios comunicados por oficios judiciales, referidos a matrimonios asentados
en las Delegaciones de la Provincia de Buenos Aires y de los inscriptos en
Extraña Jurisdicción.
4. Llevar registros y archivos dactiloscópicos, alfabéticos y numerales y
legajos individuales.
SUBDIRECCION DE
REGISTRACION
DEPARTAMENTO INSCRIPCIONES ESPECIALES
ACCIONES
1. Inscribir en los Libros Especiales de Extraña Jurisdicción las partidas de
nacimientos, matrimonios y defunciones de otras Provincias y del exterior.
2. Registrar en los Libros Especiales para Insanias, todas las sentencias
judiciales de incapacidades y sus rehabilitaciones y notas cautelares
respectivas.
3. Registrar en los Libros Especiales de Presunciones de Fallecimiento todas
las sentencias judiciales y notas cautelares respectivas.
SUBDIRECCION DE
REGISTRACION
DEPARTAMENTO IDENTIFICACION DE PERSONAS
ACCIONES
1. Realizar las identificaciones personales mediante la expedición de Cedulas
de Identidad Provincial, a todos los habitantes de la Provincia de Buenos
Aires.
SUBDIRECCION DE
REGISTRACION
DEPARTAMENTO RECTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS
ACCIONES
1. Realizar la revisión, análisis y clasificación de los elementos de base para
proceder a la modificación del contenido de las inscripciones.
2. Iniciar, supervisar y fiscalizar los trámites administrativos tendientes a
modificar, ampliar y/o rectificar el contenido de los asientos de inscripción
de nacimientos, matrimonios y defunciones.
3. Asesorar a los particulares interesados en la corrección de datos,
ampliación de los mismos, adición de apellido y enmendados, cuyo salvado ha
sido omitido.
4. Revisar, analizar y compaginar la documentación que se requiere para cada
caso.
5. Recopilar y clasificar los antecedentes legales que presentan los
ciudadanos, nacionales y extranjeros, verificando si se encuentran
cumplimentados los recaudos legales exigidos por la República Argentina, tales
como la legalización del Ministerio del Interior en el caso de ser extranjeros,
o de legalizaciones de las Cámaras Judiciales de las distintas Provincias en
los casos en que éstos sean de otra jurisdicción.
6. Redactar, fundamentar y dar cumplimiento a las resoluciones favorables o
negativas finales, previo dictamen de la Delegación de Asesoría General de
Gobierno.
SUBDIRECCION DE
REGISTRACION
DEPARTAMENTO FICHERO GENERAL
ACCIONES
1. Realizar la recopilación y clasificación alfabética de los datos personales
y filiatorios (nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción) de los habitantes
de la Provincia de Buenos Aires.
2. Sistematizar la información y conformar y mantener el Archivo Central de
fichas de nacimientos, matrimonios y defunciones, adoptando las medidas
correspondientes para la guarda, custodia y mantenimiento de las fichas.
3. Controlar y contestar los oficios judiciales o administrativos y expedientes
que requieran información del Archivo Central.
DIRECCION PROVINCIAL DEL
REGISTRO DE LAS PERSONAS
DIRECCION DE DOCUMENTACION DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar las tareas vinculadas con el circuito de tramitación
de Documentos Nacionales de Identidad confeccionados por el Registro Nacional
de las Personas para los habitantes de la Provincia de Buenos Aires.
2. Organizar, coordinar y supervisar los distintos planes documentarios de
acuerdo a la Ley Nacional N° 17.671, trabajando para el desarrollo de dichos
programas conjuntamente con la Dirección de Delegaciones del Registro de las
Personas y las distintas Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
manteniendo comunicación directa con funcionarios de distintos niveles de
Gobierno y del Poder Legislativo, con Organizaciones No Gubernamentales y
Establecimientos Educativos.
3. Supervisar las tareas de enlace entre las distintas áreas de la Dirección
Provincial del Registro de las Personas con el Registro Nacional de las
Personas y demás organismos del Estado Nacional vinculados al trámite de
otorgamiento del Documento Nacional de Identidad.
4. Ejecutar los planes documentarios en las distintas escuelas de la Provincia
de Buenos Aires, en coordinación con la Dirección General de Cultura y
Educación.
5. Ejecutar los programas de inscripción de nacimientos con vista del
Ministerio Público -inscripciones fuera de término- aptos para su posterior
inscripción de acuerdo a la Ley Nacional N° 23.776.
6. Organizar y supervisar técnicamente a los grupos operativos a cargo de la
ejecución de Planes Documentarios y asistir operativamente a las firmas
autorizadas a cargo de los distintos grupos.
7. Asistir, a través de programas de apoyo de personal, a las Delegaciones del Registro
de las Personas en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con el
objeto de superar situaciones que afecten su normal funcionamiento.
8. Confeccionar estadísticas diarias, semanales y mensuales de todos los
operativos y programas en ejecución.
9. Coordinar con el Departamento de Coordinación Operativa de Documento
Nacional de Identidad el enlace con el Registro Nacional de las Personas, de
modo de organizar y ejecutar los planes de entrega de Documento Nacional de
Identidad correspondientes.
DIRECCION DE
DOCUMENTACION DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO DE COORDINACION OPERATIVA DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD
ACCIONES
1. Controlar la calidad de los trámites relacionados con el Documento Nacional
de Identidad recibidos, provenientes de las distintas Delegaciones del Registro
Provincial, y su pago correspondiente, realizando su carga informática.
2. Realizar todas las gestiones necesarias ante el Registro Nacional de las
Personas con el objeto de supervisar y realizar el seguimiento del circuito
vinculado con la solicitud, confección y entrega del Documento Nacional de
Identidad en tiempo y forma.
3. Supervisar las tareas vinculadas con la entrega del Documento Nacional de
Identidad en las Delegaciones del Registro Provincial de las Personas.
4. Coordinar y supervisar las tareas de confección de Documentos Nacionales de
Identidad realizadas por los agentes de esta repartición destacados en el
Registro Nacional de las Personas.
5. Confeccionar y actualizar una base de datos estadística sobre trámites de
Documentos Nacionales de Identidad, coordinando el trabajo con los criterios
establecidos por la Dirección de Planeamiento y Estadística del Registro de las
Personas.
6. Efectuar el enlace de la Dirección Provincial del Registro de las Personas
con la Dirección de Estado Civil y Capacidad y con el Centro de Atención al
Público Nº 1, sitos en la Ciudad de Buenos Aires, en todo lo referente a la
atención al público de ciudadanos residentes en la Provincia de Buenos Aires.
DIRECCION DE DOCUMENTACION
DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS DOCUMENTARIOS
ACCIONES
1. Participar en la implementación de los Planes Operativos Documentarios
organizados por la Dirección de Documentación del Registro de las Personas,
realizados en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
2. Disponer y coordinar la tarea de los grupos operativos a cargo de la
ejecución de Planes Documentarios.
3. Coordinar con el Departamento de Coordinación Operativa de Documento
Nacional de Identidad los Planes de Entrega de Documento Nacional de Identidad
resultantes de Operativos Documentarios.
4. Confeccionar estadísticas diarias, semanales y mensuales de todos los
operativos y programas en ejecución.
DIRECCION PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DIRECCION DE DELEGACIONES DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
ACCIONES
1. Ejercer la conducción y control de las Delegaciones Zonales y las diversas
Delegaciones comprendidas en la respectiva Zona, supervisando y fiscalizando la
correcta prestación de los servicios y el funcionamiento de las mismas,
asegurando la coordinación adecuada para garantizar un desenvolvimiento
operativo homogéneo, y oficiando de nexo funcional entre los niveles de
Delegaciones Zonales, sus respectivas Delegaciones y la Sede Central del
Registro de las Personas.
2. Representar a la Dirección Provincial del Registro de las Personas ante las
Intendencias Municipales y autoridades judiciales, a través de las Delegaciones
Zonales.
3. Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones del Código Civil y toda
normativa referente a la materia competente del Registro de las Personas,
pudiendo realizar inspecciones a las Delegaciones Zonales y sus respectivas
Delegaciones.
4. Asesorar, supervisar y fiscalizar a las Delegaciones en las tramitaciones de
los Documentos Nacionales de Identidad, según los criterios y directivas
fijados por el Registro Nacional de las Personas.
5. Ejercer la coordinación de acciones, pautas y criterios para la
planificación y/o programación de acciones de las Delegaciones Zonales y sus
respectivas Delegaciones, generando una red permanente de intercambio y
complementación de información para la planificación estratégica del Registro,
en coordinación con las Direcciones de Planeamiento y Estadística y de
Auditoría Interna y Control de Gestión del Registro de las Personas.
DIRECCION DE DELEGACIONES
DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
SUBDIRECCION ZONAL (ZONAS I a XXI)
ACCIONES
1. Coordinar administrativamente el funcionamiento de las Delegaciones que
forman parte de la Zona respectiva, en todo lo referente a personal, insumos,
suministros, contrataciones y aquellas materias requeridas por la Dirección
Provincial.
2. Supervisar el funcionamiento de las Delegaciones que forman parte de la Zona
respectiva, manteniendo informada a la Dirección de Delegaciones del Registro
de las Personas, proponiendo medidas necesarias para una mejor prestación de
servicios.
3. Asesorar en temas de su competencia y evacuar consultas de los funcionarios
a cargo de las Delegaciones, impartiendo las instrucciones necesarias para la
adecuada prestación del servicio registral y documentario.
4. Dar vista y tomar descargo a los agentes de las Delegaciones involucrados en
expedientes administrativos a requerimiento de la Dirección de Delegaciones.
5. Realizar informes sobre idoneidad, laboriosidad y conducta de los agentes
implicados en hechos denunciados y que tramitan por expedientes
administrativos.
6. Realizar relevamientos en las Delegaciones en áreas específicas a
requerimiento de la Dirección de Delegaciones.
DIRECCION DE DELEGACIONES
DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
SUBDIRECCION DE DELEGACIONES DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
ACCIONES
1. Asistir al Director de Delegaciones en la conducción de la Dirección, y
supervisar el área según los lineamientos y directivas trazadas.
2. Coordinar las tareas correspondientes a los Departamentos dependientes de la
Dirección de Delegaciones.
3. Realizar la planificación de las Inspecciones a realizarse en las
Delegaciones por parte del personal del Departamento de Inspecciones y Control.
4. Elaborar propuestas sobre capacitación, teniendo como parámetros los
informes realizados por el Departamento de Inspecciones y Control.
5. Coordinar con la Dirección de Auditoria Interna y Control de Gestión visitas
conjuntas a las Delegaciones en las que se detectaran anomalías que ameriten un
estudio pormenorizado de la situación de las mismas.
6. Promover la unificación de criterios registrales, en acción conjunta con la
Dirección Técnica, realizando propuestas de Disposiciones Técnico Registrales a
la Dirección Provincial.
7. Promover y efectivizar la implementación de nuevas normativas en las
Delegaciones a través de los Subdirectores Zonales.
8. Crear canales de comunicación entre el Registro Provincial y las
Delegaciones, por medio de las Subdirecciones Zonales.
SUBDIRECCION DE
DELEGACIONES DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO DE INSPECCION Y CONTROL
ACCIONES
1. Inspeccionar el desenvolvimiento de las Delegaciones en lo referente a
materia registral, a efectos de verificar el debido cumplimiento de la
normativa vigente.
2. Realizar informes individuales con posterioridad a cada inspección como
asimismo informes semestrales, anuales y a requerimiento específico de la
Dirección.
3. Cumplir con las inspecciones en las Delegaciones de acuerdo a la planificación
diseñada por la Subdirección de Delegaciones.
4. Elaborar un informe de recomendaciones a las Delegaciones, con posterioridad
a las inspecciones, con el objetivo de establecer buenas prácticas de
aplicación de la normativa.
5. Proponer a la Dirección recomendaciones para la optimización del servicio de
las
Delegaciones,
las que se canalizarán a través de las Direcciones del Registro Provincial, que
corresponda.
6. Promover actuaciones administrativas cuando se constaten irregularidades
registrales en las Delegaciones inspeccionadas, comunicando dicha situación en
forma inmediata, a través de la Dirección de Delegaciones, a la Dirección
Provincial y a la Dirección Técnica.
7. Crear equipos multidisciplinarios con la Dirección de Auditoria Interna y
Control de Gestión para que en forma conjunta se efectúen las visitas
pertinentes a requerimiento de la Subdirección de Delegaciones.
8. Realizar informes comparativos de las sucesivas inspecciones realizadas a
una misma Delegación, como así también en comparación por Zona, o tipo de
Delegación, a fin de establecer criterios objetivos en la valoración de los
relevamientos.
SUBDIRECCION DE
DELEGACIONES DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Elaborar proyecto de distribución y adjudicación de URPES correspondientes a
los agentes dependientes de la Dirección de Delegaciones, previo informe de las
Subdirecciones Zonales.
2. Confeccionar los memorandums correspondientes a las horas extras efectuadas
por los agentes dependientes de la Dirección de Delegaciones, previo informe
del responsable de la Delegación.
3. Realizar minutas de viáticos por comisiones de servicios efectuadas por los
agentes dependientes de la Dirección de Delegaciones.
4. Supervisar los trámites previstos por el Decreto Nº 1824/06, en los
Operativos Verano y realizar informes estadísticos de los mismos.
5. Implementar y establecer los lineamientos de los acuerdos establecidos por
el Registro de las Personas con otros organismos, nacionales, provinciales o
municipales.
6. Peticionar ante el Registro Nacional de las Personas (RE.NA.PER), el
suministro de boletas prenumeradas y comunicar la anulación de las mismas en
los casos correspondientes y su devolución.
7. Gestionar la recepción, salida y distribución de boletas prenumeradas y
libretas de matrimonio, destinadas a las Delegaciones, realizando el
correspondiente control de stock.
8. Resolver consultas formuladas por las Delegaciones relacionadas con la
aplicación de la normativa específica en materia técnico registral.
9. Organizar y coordinar cursos de soporte legal para Delegaciones en las que
surgiera el cambio de responsable de la misma o para la apertura de nuevas
oficinas.
10. Analizar los expedientes de la Dirección proyectando el despacho diario de
las actuaciones.
11. Recibir denuncias administrativas realizadas por los ciudadanos, las
Subdirecciones Zonales o los agentes, otorgando el curso pertinente e iniciando
las actuaciones correspondientes.
12. Elaborar proyectos de circulares a solicitud de la Dirección de
Delegaciones.
13. Elevar a consulta de la Dirección Técnica inquietudes respecto de temas
registrales recibidos desde las Delegaciones.
14. Instruir a los responsables de las Delegaciones sobre contestación de
expedientes y oficios judiciales.
15. Asesorar en materias de su competencia a las Subdirecciones Zonales y
Departamentos dependientes de la Dirección.
16. Supervisar las modificaciones informadas por las Subdirecciones Zonales o
determinadas por la superioridad, elaborando las correspondientes minutas y
solicitando a la Dirección Provincial la concreción del acto administrativo
pertinente disponiendo las comisiones de servicio del personal de las
Delegaciones o destinados a ellas y las autorizaciones operativas de las tareas
registrales que se hagan necesario introducir para el desarrollo de las mismas.
17. Informar al Registro Nacional de las Personas (RE.NA.PER.) y al Ministerio
del Interior de la Nación la registración de las firmas autorizadas en las
Delegaciones.
18. Autorizar la incineración de archivos documentarios en las Delegaciones
debido a haber transcurrido el tiempo para su guarda.
19. Custodiar y mantener actualizado el archivo físico de los planteles de
personal de las Delegaciones.
DIRECCION PROVINCIAL DEL
REGISTRO DE LAS PERSONAS
DIRECCION DELEGADA DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DEL MINISTERIO DE
JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNO
ACCIONES
1. Desarrollar las actividades vinculadas con la administración de recursos y
apoyo funcional respecto de las gestiones contables, económicas y financieras
definidas por la Dirección General de Administración del Ministerio de Jefatura
de Gabinete y Gobierno, en el ámbito del Registro Provincial de las Personas.
2. Organizar y supervisar el cumplimiento de las directivas impartidas por la
Dirección General de Administración del Ministerio de Jefatura de Gabinete y
Gobierno en materia de operaciones contables y financieras vinculadas con el
Registro Provincial de las Personas.
3. Coordinar las actividades relacionadas con el control y gestión de ingresos
y egresos de fondos y valores asignados por las previsiones presupuestarias al
Registro Provincial de las Personas, acorde con su carácter de apoyo a la
Dirección General de Administración del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
4. Organizar el registro patrimonial de bienes muebles e inmuebles del Registro
Provincial de las Personas, según las normas y reglamentaciones vigentes.
5. Desarrollar y centralizar los mecanismos de diligenciamiento de actuaciones
administrativas tramitadas en el Registro de las Personas que requieran
intervención de la Dirección General de Administración del Ministerio de
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
6. Coordinar las actividades relacionadas con la administración de personal en
el ámbito del Registro Provincial de las Personas, bajo la supervisión de la
Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
DIRECCION DELEGADA DE LA
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección Delegada de la Dirección General de Administración
del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la conducción,
supervisión, control e implementación de todo acto administrativo, según los
lineamientos y directivas trazadas.
2. Coordinar y administrar las tareas de los Departamentos: Contable,
Liquidaciones, de Personal, Mesa de Entradas y Salidas y Registro Patrimonial.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO CONTABLE
ACCIONES
1. Coordinar los mecanismos de recepción de necesidades a fin de efectuar las
actuaciones administrativas pertinentes a través de las cuales se solicitan
adquisiciones.
2. Mantener actualizados los registros de tramitación de los expedientes y
notas.
3. Recepcionar y comunicar las pertinentes órdenes de compra a las áreas
respectivas, confeccionar un registro pormenorizado de las mismas.
4. Elaborar estadística destinada a evaluar las necesidades presupuestarias
futuras.
5. Efectuar la recepción, control, fiscalización, tramitación del pago y
contabilización de facturas de gastos.
6. Elaborar informes mensuales, semestrales y anuales sobre gastos y servicios
a terceros.
7. Ejecutar las acciones de elaboración y control presupuestario con la
determinación de residuos pasivos y deuda exigible y su posterior seguimiento.
8. Confeccionar las disposiciones suscriptas por la Dirección Provincial de
acuerdo a los proyectos emanados de las distintas áreas.
9. Atender la recepción, distribución y gestión de los proyectos de actos
administrativos internos elevados por la Dirección Provincial, verificar la
correcta aplicación de la normas y reglamentaciones vigentes en elaboración de
los mismos.
10. Supervisar y ejecutar los actos de protocolización, archivo y registro en
los sistemas de información.
11. Controlar, fiscalizar y efectuar el seguimiento de boletas prenumeradas
correspondientes a tasas administrativas cuyo ingreso se produce en cuentas de
terceros y cuentas especiales.
12. Atender los sistemas de cobros, tasas y servicios de cuenta de terceros o
cuentas especiales.
13. Proponer y gestionar los convenios con el Banco Provincia de Buenos Aires y
otras entidades financieras habilitadas para tal fin.
14. Llevar la contabilidad analítica de las operaciones de ingresos y pagos y
de la cuenta de terceros manteniendo informado al Departamento Liquidaciones
sobre las operaciones de ingresos y egresos.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO LIQUIDACIONES
ACCIONES
1. Disponer y efectuar las liquidaciones de viáticos, movilidad, horas extras y
cualquier otro concepto salarial conforme a la normativa vigente en la materia,
controlando las órdenes de pago y rendición de las mismas.
2. Actuar juntamente con el Departamento de Personal a fin de efectuar el
contralor de la comisión de servicios, asistencias y retenciones, aplicándolas
a dichas liquidaciones.
3. Coordinar los mecanismos de recepción y administración de fondos y valores
disponiendo su depósito en cuentas fiscales.
4. Contabilizar analíticamente todas las operaciones de ingresos y pagos elaborando
informes mensuales al Departamento Contable para su conciliación.
5. Expedir recibos de haberes, constancias y certificaciones pertinentes
solicitadas por los agentes.
6. Elaborar informes estadísticos, cuadros y gráficos mensuales y anuales en
materia de las liquidaciones que se efectúen en el Departamento.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DE PERSONAL
ACCIONES
1. Organizar y supervisar las actividades vinculadas a la administración de los
recursos humanos asignados de acuerdo a la normativa vigente y a las pautas
emanadas por la dependencia provincial rectora en la materia.
2. Coordinar la totalidad de sus acciones con la Dirección Delegada de la
Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete y
Gobierno, adoptando las pautas y criterios que la misma estipule.
3. Recepcionar y remitir a la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de
Personal ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno las demandas de
capacitación originadas en el sector y llevar al conocimiento del personal de
los distintos cursos de capacitación que se realicen.
4. Analizar, proponer e implementar los sistemas que permitan la correcta
evaluación del desempeño del personal.
5. Divulgar y publicitar las actividades de capacitación que se realicen
internamente y las que se desarrollan a Nivel Central.
6. Observar tanto el cumplimiento del régimen horario ordinario y
extraordinario, como el de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia
en el lugar de trabajo por parte del personal del sector.
7. Producir informes de descuentos de haberes del personal del sector en base a
las novedades de control de asistencia, que serán presentados por intermedio de
la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio
de Jefatura de Gabinete y Gobierno ante la Dirección de Contabilidad, como así
también la elaboración de informes al Departamento Liquidaciones.
8. Actuar juntamente con el organismo de contralor médico en la tramitación de
licencias por enfermedad, juntas médicas, accidentes de trabajo, remitiendo el
debido informe a la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal
ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
9. Gestionar la inscripción de datos inherentes a la carrera administrativa de
cada agente del sector en su respectivo legajo.
10. Gestionar ante la Dirección Delegada de Personal de Jefatura de Gabinete y
Gobierno, las certificaciones y constancias relacionadas en los servicios de
personal del sector.
11. Recepcionar los trámites de todas las actuaciones relacionadas con los
derechos, deberes y prohibiciones de personal de acuerdo a los regímenes y
normativas aplicables, como así también aquellos atinentes a la obtención de
beneficios previsionales de acuerdo a la normativa legal vigente dando curso a
los mismos a través de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de
Personal ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS
ACCIONES
1. Atender y supervisar la recepción y entrada de todas las actuaciones giradas
a la repartición, como así también su salida.
2. Programar, implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones
entradas y su movimiento interno, suministrando la información que requieran
sobre el destino dado a las mismas, tanto a las dependencias y reparticiones
del área, como los organismos que lo requieran.
3. Caratular los expedientes en trámite de los actos administrativos que se
inicien en la jurisdicción, llevando un registro numérico y temático, y
confeccionar los sistemas de fichado y movimientos requeridos para un buen
orden de dichas actuaciones.
4. Aplicar y controlar el cumplimiento de las normativas y reglamentaciones
dictadas por el sector.
5. Atender el archivo de las actuaciones concluidas, llevando un registro
pormenorizado de las mismas.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO REGISTRO PATRIMONIAL
ACCIONES
1. Organizar el registro patrimonial de bienes muebles e inmuebles de la
Dirección Provincial del Registro de las Personas y sus Delegaciones, según las
normas y reglamentaciones vigentes, manteniendo su registro y archivo.
2. Proyectar las disposiciones internas atinentes a cambios de unidad
patrimonial y otros actos referidos a la gestión patrimonial.
3. Identificar físicamente los bienes en uso a través de su marcación y de los
inventarios selectivos y realizar inspecciones periódicas a las distintas
oficinas y delegaciones de esa repartición.
4. Atender la centralización y control de la información remitida por las
distintas dependencias y Delegaciones realizando las gestiones pertinentes
determinadas para los bienes declarados fuera de uso y/o en condición de
rezago, altas y/o bajas, comunicando los distintos actos al Registro
Patrimonial Centralizador.
5. Controlar y fiscalizar los depósitos de bienes con asignación pendiente.
6. Atender y asesorar a las dependencias y Delegaciones en los temas inherentes
al área.
DIRECCION DELEGADA DE LA
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DEL MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE Y
GOBIERNO
SUBDIRECCION DE SERVICIOS
ACCIONES
1. Coordinar y administrar las tareas de los Departamentos Servicios Auxiliares
y Suministros y Arquitectura e Infraestructura.
2. Asistir a la Dirección Delegada de la Dirección General de Administración
del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la administración de los
Nodos de Administración y Distribución, supervisando el efectivo cumplimiento
de las directivas impartidas para el óptimo funcionamiento de las Delegaciones
del Registro de las Personas.
SUBDIRECCION DE SERVICIOS
DEPARTAMENTO SERVICIOS AUXILIARES Y SUMINISTROS
ACCIONES
1. Administrar y controlar la entrada y salida de toda la documentación por
medio de correo privado, estatales (Sistema oficial de distribución de
información clasificada SODIC-) y propios (puerta a puerta), entre la
Dirección Provincial del Registro de las Personas, el país y el exterior.
2. Coordinar el correo puerta a puerta entre Sede Central, Delegaciones del
Gran Buenos Aires y Nodos de Administración y Distribución.
3. Intervenir en la recepción y distribución de insumos, muebles y formularios
para el trabajo en Sede Central y Delegaciones del Registro.
4. Reacondicionar y reparar Protocolos en la oficina de encuadernación.
5. Coordinar el traslado de personal jerárquico, de mantenimiento y la
asignación de automotores dentro del ámbito de su competencia.
6. Administrar, controlar y desarrollar acciones tendientes a asegurar la
guardia del Edificio Sede Central y Anexos.
7. Promover acciones que aseguren el mantenimiento y guarda del parque
automotor.
8. Controlar a las empresas prestadoras del servicio de mantenimiento edilicio
y limpieza del Edificio Sede Central y Anexos.
SUBDIRECCION DE SERVICIOS
DEPARTAMENTO DE ARQUITECTURA E INFRAESTRUCTURA
ACCIONES
1. Proyectar las obras que deban formalizarse para la adecuación de los
edificios del Registro de las Personas, la reparación y mantenimiento edilicio
de las Delegaciones, como así también su equipamiento e instalaciones
complementarias, coordinando sus acciones con los organismos y áreas
competentes.
2. Realizar inspecciones edilicias.
3. Planificar cronogramas de tareas, estimación de costos y análisis técnicos
de los proyectos a su cargo, realizando tareas de documentación gráfica,
memorias descriptivas y especificaciones técnicas de los proyectos mencionados.
4. Seleccionar inmuebles a fin de realizar contratos de locación para el
desenvolvimiento de las tareas del organismo.
5. Controlar a las empresas privadas de mantenimiento edilicio y limpieza en
delegaciones, llevando el registro de habilitados a conformar remitos de
prestación de los servicios, manteniendo informado al departamento contable con
referencia a dicho registro y su variación.
6. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas a fin de extraer los
factores de riesgo potenciales de accidentes y aplicar las medidas correctivas
que resulten necesarias.
DIRECCION PROVINCIAL DEL
REGISTRO DE LAS PERSONAS
DIRECCION DE AUDITORIA INTERNA Y CONTROL DE GESTION DEL REGISTRO DE LAS
PERSONAS
ACCIONES
1. Diseñar, implementar y dirigir el Sistema de Control de Gestión del Registro
de las Personas.
2. Realizar auditorías integrales de procesos, las que serán coordinadas con
otras dependencias de fiscalización del Registro cuando así se requiera.
3. Elevar a la Dirección Provincial del Registro de las Personas los informes
de auditoría, formulando las recomendaciones necesarias a fin de lograr el
perfeccionamiento de los procedimientos que aseguren el cumplimiento de los
objetivos del organismo.
4. Diseñar y elevar a la Dirección Provincial del Registro de las Personas,
para su aprobación y posterior cumplimiento, el Planeamiento Anual de la
Dirección de Auditoría Interna y Control de Gestión, de modo de ser ejecutado
en el ámbito de la Sede Central y las Delegaciones.
5. Participar en el proceso de Planificación Estratégica y Operativa del
Registro de las Personas conjuntamente con la Dirección de Planeamiento y
Estadística.
6. Evaluar periódicamente el cumplimiento del Planeamiento Estratégico y los
Planeamientos Operativos de las Direcciones que componen la Dirección
Provincial del Registro de las Personas, formulando las recomendaciones
necesarias a fin de asegurar el logro de los objetivos del Organismo.
7. Diseñar y administrar un Sistema de Atención al Ciudadano en el Registro de
las Personas, que incluya los reclamos, quejas y denuncias, su seguimiento y la
comprobación de la respuesta y/o solución brindada.
8. Generar y difundir información destinada a la ciudadanía, acerca del
funcionamiento, direcciones, horarios y servicios que provee el Registro.
9. Administrar el Centro de Atención Telefónica del Registro.
DIRECCION DE AUDITORIA
INTERNA Y CONTROL DE GESTION DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO DE AUDITORIA INTERNA.
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección de Auditoria Interna y Control de Gestión del
Registro de las Personas en la elaboración del plan anual de auditoria integral
de procesos del organismo.2. Participar en la realización de auditorias de
procesos tanto en las Delegaciones y dependencias del Registro como en la Sede
Central, y emitir informes periódicos.
3. Producir información integrada sobre la gestión de las distintas áreas del
Registro de las Personas, llevando registro de la detección de irregularidades
en las prestaciones otorgadas por el organismo, y proponer los sistemas y
procedimientos que resulten convenientes aplicar o modificar en la
organización.
DIRECCION DE AUDITORIA
INTERNA Y CONTROL DE GESTION DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DEPARTAMENTO DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y CONTROL CIUDADANO
ACCIONES
1. Asentar y derivar a las dependencias correspondientes del Registro de las
Personas las denuncias y solicitudes efectuadas por los ciudadanos.
2. Proveer y expedir información general para los ciudadanos acerca del
funcionamiento del Registro, los servicios que ofrece y las direcciones y
horarios de las unidades de atención al ciudadano distribuidas en la Provincia,
a través de distintos soportes gráficos.
3. Implementar mecanismos de consulta, participación y evaluación de los
ciudadanos usuarios, para recibir aportes y relevar opiniones acerca de la
calidad de los servicios prestados por el organismo.
4. Ejecutar las acciones necesarias para el funcionamiento del Centro de
Atención Telefónica del Registro de las Personas.
SUBSECRETARIA DE GOBIERNO
DIRECCION PROVINCIAL DE IMPRESIONES DEL ESTADO Y BOLETIN OFICIAL
ACCIONES
1. Atender la impresión y publicidad de los actos de gobierno.
2. Elaborar el plan estratégico plurianual y el plan operativo anual de la
repartición, conteniendo las metas, objetivos e indicadores de resultados a
obtener y su correspondiente presupuestación.
3. Diseñar el plan de inversiones bianual en base al cálculo de los recursos
presupuestarios y los provenientes de la propia recaudación.
4. Realizar los trabajos de impresión y encuadernación solicitados por las
diferentes reparticiones del gobierno provincial, por organismos públicos de
distinto nivel y particulares.
5. Planificar las actividades de formación y capacitación del personal gráfico
de la imprenta oficial y demás imprentas de la Administración Pública
Provincial.
6. Disponer las acciones necesarias para la programación y el diseño de gráfica
y trabajos de impresión para todos aquellos que soliciten trabajos a la
repartición.
7. Coordinar las actividades de guarda y custodia de los textos originales de
las Leyes, Decretos, Resoluciones y documentos públicos que le son remitidos
anualmente por el Poder Ejecutivo.
8. Conformar y actualizar en forma permanente la base de datos de normativa
provincial que constituye el Registro Oficial, coordinando las acciones para el
acceso, la consulta y la difusión de legislación bonaerense en el marco del
sistema de informática jurídico-legal.
DIRECCION PROVINCIAL DE
IMPRESIONES DEL ESTADO Y BOLETIN OFICIAL
SUBDIRECCION ADMINISTRATIVO CONTABLE
ACCIONES
1. Organizar, supervisar y coordinar las actividades administrativas contable,
patrimonial, financiera y de personal de la Dirección Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial en concordancia a los lineamientos establecidos
por la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares y de la Dirección de
Personal del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
2. Fiscalizar, registrar, conciliar y monitorear el movimiento y saldos de las
cuentas especiales recaudadoras del Boletín Oficial y de Impresiones.
3. Programar y supervisar la ejecución presupuestaria.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVO CONTABLE
DEPARTAMENTO CONTABLE Y FINANCIERO
ACCIONES
1. Desarrollar las tareas de registración contables, formulación de estados
financieros y de administración de la Dirección Provincial de Impresiones del
Estado y Boletín Oficial.
2. Liquidación de haberes y certificaciones de servicios.
3. Realizar las actualizaciones correspondientes sobre la registración
patrimonial de los bienes existentes en la Dirección Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial.
4. Realizar la liquidación, facturación y contabilización de trabajos y
servicios prestados por Impresiones.
5. Liquidar y tramitar el pago de horas extras de labor y otras retribuciones
no remunerativas.
6. Intervenir en la conformación de los pedidos de compras, contrataciones y
suministros en un todo de acuerdo a las especificaciones emitidas por el área
solicitante.
7. Administrar los recursos presupuestarios y los provenientes de la propia
recaudación.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVO CONTABLE
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y PERSONAL
ACCIONES
1. Desarrollar la gestión del despacho de la Dirección Provincial.
2. Ejecutar las tareas de contralor y estadísticas de Personal.
3. Controlar y registrar las horas extras de labor y programación del pago de
otras retribuciones no remunerativas.
4. Ejercer el control general de personal, certificaciones de servicios y
legajos en concordancia con la normativa vigente en la materia.
DIRECCION PROVINCIAL DE
IMPRESIONES DEL ESTADO Y BOLETIN OFICIAL
DIRECCION DE BOLETIN OFICIAL
ACCIONES
1. Dar publicidad a los actos de gobierno a través de la edición del Boletín
Oficial.
2. Asegurar la prestación del servicio de Boletín Oficial a través de sus
agencias.
3. Supervisar la guarda de los textos originales de las leyes, decretos,
resoluciones y documentos públicos que le sean remitidos anualmente por el
Poder Ejecutivo a la Dirección Provincial, controlando la ejecución del
Registro Oficial.
4. Controlar la actualización y el eventual ordenamiento en la publicidad de
textos legales.
5. Controlar el cumplimiento de las funciones asignadas por el Decreto N°
383/54 y sus modificatorios, referido a la recopilación y ordenamiento de las
leyes provinciales.
6. Instrumentar las acciones para prestar el servicio informativo de
orientación y difusión de la legislación bonaerense a través de distintos
soportes tecnológicos.
DIRECCION DE BOLETIN
OFICIAL
SUBDIRECCION DE BOLETIN OFICIAL
ACCIONES
1. Supervisar el funcionamiento y la organización de las agencias del Boletín
Oficial distribuidas en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
2. Administrar las tareas correspondientes al Departamento Agencias de Boletín
Oficial.
SUBDIRECCION DE BOLETIN
OFICIAL
DEPARTAMENTO AGENCIAS DE BOLETIN OFICIAL
ACCIONES
1. Organizar, administrar la recepción, clasificar y dar a publicar los actos
administrativos y judiciales emanados de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial, los avisos provenientes de los organismos oficiales Nacionales,
Provinciales y Municipales, de Entes Autárquicos y Descentralizados, así como
también de las publicaciones de entidades particulares que respondan a
exigencias reglamentarias para su publicación.
2. Guardar los textos originales.
3. Fiscalizar el normal funcionamiento de las agencias del Boletín Oficial
distribuidas territorialmente, verificando el cumplimiento de las normas
legales y de las disposiciones y circulares provenientes de la Dirección de
Boletín Oficial.
DIRECCION DE BOLETIN
OFICIAL
SUBDIRECCION DE INFORMATICA JURIDICO LEGAL
ACCIONES
1. Supervisar las tareas de sistematización e incorporación de la legislación
provincial al sistema de informática jurídica en distintas bases de soporte
digital.
2. Administrar las tareas correspondientes al Departamento Boletín Oficial
Electrónico e Informática Jurídica.
SUBDIRECCION DE
INFORMATICA JURIDICO LEGAL
DEPARTAMENTO BOLETIN OFICIAL ELECTRONICO E INFORMATICA JURIDICA
ACCIONES
1. Organizar y mantener la base de datos que constituye el servicio de
biblioteca y búsqueda virtual de normativa provincial.
2. Verificar el ingreso, la carga y puesta en línea de las ediciones del
Boletín Oficial para su difusión electrónica.
3. Actualizar en forma permanente la temática y vigencia de normas sancionadas
en la Provincia.
DIRECCION PROVINCIAL DE
IMPRESIONES DEL ESTADO Y BOLETIN OFICIAL
DIRECCION DE IMPRESIONES Y PUBLICACIONES DEL ESTADO
ACCIONES
1. Diseñar un sistema de planeamiento y control de producción de la imprenta
oficial del Estado Provincial.
2. Organizar y coordinar las tareas de programación y diseño de gráfica e
impresiones de productos y servicios solicitados a la dependencia.
3. Administrar las tareas correspondientes al funcionamiento de la imprenta,
supervisando el accionar de las distintas áreas que conforman la producción.
4. Realizar trabajos de impresión y encuadernación por orden de organismos
públicos provinciales, nacionales, municipales, entidades públicas no
estatales, Universidades Nacionales y Provinciales, organizaciones civiles sin
fines de lucro, empresas o sociedades mixtas o estatales, y empresas
permisionarias, concesionarias o licenciatarias de servicios públicos.
5. Establecer las pautas y diseñar las guías técnicas para asegurar la correcta
operación de los equipos de impresión y sus complementos, así como el
mantenimiento del parque de maquinarias.
6. Garantizar las condiciones de higiene y seguridad de los operarios en los
talleres, asegurando el cumplimiento de lo establecido en el Estatuto del
Personal Gráfico.
7. Llevar el stock de materiales, necesidades de compra, conciliando los
registros y las existencias físicas.
DIRECCION DE IMPRESIONES
Y PUBLICACIONES DEL ESTADO.
SUBDIRECCION DE GESTION INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO
AMBIENTE Y GESTION DE LA CALIDAD
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección de Impresiones y Publicaciones del Estado y por su
intermedio a la Dirección Provincial de Impresiones del Estado y Boletín
Oficial, en todo lo relativo a la Gestión Integrada de Salud y Seguridad
Ocupacional, Medio Ambiente y Gestión de la Calidad.
2. Implementar todas aquellas medidas necesarias para llevar una adecuada
gestión integrada de Salud y Seguridad Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad.
SUBDIRECCION DE GESTION
INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE LA
CALIDAD
DEPARTAMENTO DE SALUD
ACCIONES
1. Realizar la atención médica de primeros auxilios así como llevar un registro
actualizado de fichas médicas del personal de la repartición.
2. Gestionar las evaluaciones médicas periódicas de los trabajadores, y
realizar evaluaciones de cambios de puesto de trabajo.
3. Evaluar las condiciones al reingreso de los trabajadores en conjunto con el
Departamento Medio Ambiente Laboral e Higiene y Seguridad en el Trabajo,
informando al Departamento Administrativo Contable de toda novedad al respecto.
SUBDIRECCION DE GESTION
INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE LA
CALIDAD
DEPARTAMENTO MEDIO AMBIENTE LABORAL E HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
ACCIONES
1. Realizar actividades de prevención de riesgos laborales, evaluación de
riesgos específicos y capacitación del personal de buenas prácticas laborales.
2. Gestionar las denuncias de accidentes de trabajo ante la ART y evaluar las
condiciones al reingreso en conjunto con el Departamento de Salud, informando a
la Subdirección Administrativo Contable de toda novedad al respecto.
3. Evaluar y llevar registro de elementos contaminantes y realizar la correcta
gestión de residuos sólidos y efluentes.
SUBDIRECCION DE GESTION
INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y GESTIÓN DE LA
CALIDAD
DEPARTAMENTO GESTION DE LA CALIDAD
ACCIONES
1. Implementar todas aquellas medidas necesarias para llevar una adecuada
Gestión de la Calidad en los procesos llevados adelante en la Dirección de
Impresiones y Publicaciones del Estado.
2. Realizar seguimiento de órdenes de trabajo desde el ingreso de la solicitud
hasta la entrega del material, supervisando los procesos y realizando
evaluaciones para optimizar recursos y materiales.
3. Evaluar y diseñar manuales de procedimientos de cada sector y/o proceso.
4. Evaluar y diseñar en conjunto con el Departamento General de Talleres y
Departamento de Programación de la Producción, guías de ruta de cada trabajo,
estudiando materiales y métodos.
SUBDIRECCION DE GESTION
INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE LA
CALIDAD
DEPARTAMENTO DISEÑO GRAFICO
ACCIONES
1. Efectuar el diseño de las piezas gráficas que se soliciten a la Dirección de
Impresiones y Publicaciones del Estado.
2. Brindar asesoramiento en la técnica de comunicación visual para las
impresiones que se soliciten a la dependencia.
3. Presentar los bocetos, confeccionar los originales y realizar el control de
calidad a través de la aprobación de la prueba de impresión.
4. Coordinar sus tareas con el Departamento de Comercialización dependiente de
la Dirección de Gestión Comercial, en consulta permanente con los Departamentos
de Programación de la Producción y Departamento General de Talleres de la
Dirección de Impresiones y Publicaciones del Estado.
SUBDIRECCION DE GESTION
INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE LA
CALIDAD
DEPARTAMENTO PROGRAMACION DE LA PRODUCCION
ACCIONES
1. Asistir técnicamente a la Dirección de Impresiones y Publicaciones del
Estado en la programación de los trabajos de impresión a su cargo y en la
utilización de los materiales correspondientes.
2. Determinar los procesos para la ejecución de las impresiones y realizar el
seguimiento técnico.
3. Instrumentar las acciones necesarias para asegurar la concreción de los
trabajos solicitados en tiempo y forma.
4. Llevar el registro del stock de materiales y las necesidades de compras,
conciliando los registros y las existencias físicas.
SUBDIRECCION DE GESTION
INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE LA
CALIDAD
DEPARTAMENTO GENERAL DE TALLERES
ACCIONES
1. Coordinar las actividades de los distintos sectores de producción de la
imprenta oficial.
2. Supervisar el mantenimiento y la conservación de las maquinarias, los
equipos y las instalaciones de los talleres de la imprenta oficial.
3. Controlar la calidad del empaque de los trabajos realizados en los talleres
de la imprenta oficial.
SUBDIRECCION DE GESTION
INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE LA
CALIDAD
DEPARTAMENTO ESCUELA DE APRENDICES.
ACCIONES
1. Administrar las actividades correspondientes al funcionamiento operativo de
la Escuela de Aprendices creada por Decreto Nº 1705/89.
2. Ejecutar las acciones dispuestas por el Consejo Directivo de la Escuela de
Aprendices.
3. Coordinar la organización y desarrollo de los cursos de formación de
aprendices, así como los de capacitación y especialización del personal técnico
gráfico.
4. Proponer al personal para desempeño como instructor en los cursos que dicte
la Escuela de Aprendices.
5. Organizar, supervisar y atender la recepción y entrada de todas las
actuaciones emitidas para el Consejo Directivo.
SUBDIRECCION DE GESTION
INTEGRADA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE LA
CALIDAD
DEPARTAMENTO DE IMPRESIONES DE SEGURIDAD
ACCIONES
1. Elaborar, desarrollar y aplicar productos y servicios de impresión de alta
seguridad, incorporando procesos que garanticen fidelidad y confiabilidad en
distintos sustratos o preimpresos.
2. Garantizar la seguridad integral en los propios procesos de producción, la
seguridad aplicada a los productos, en el tratamiento de la información y en
las instalaciones edilicias.
3. Desarrollar, documentar y fiscalizar sistemas de aseguramiento de la calidad
en toda la línea de producción de impresos de alta seguridad.
4. Controlar el mantenimiento, conservación y seguridad de maquinaria, equipos
e instalaciones asociadas.
DIRECCION PROVINCIAL DE
IMPRESIONES DEL ESTADO Y BOLETIN OFICIAL
DIRECCION DE GESTION COMERCIAL
ACCIONES
1. Diseñar el plan económico de comercialización de los productos y servicios
ofrecidos por la Dirección Provincial de Impresiones del Estado y Boletín
Oficial.
2. Diseñar e implementar acciones de promoción y estrategias de
comercialización de productos y servicios.
3. Brindar el servicio de orientación y atención para quienes soliciten
trabajos de impresión a la Dirección Provincial de Impresiones del Estado y
Boletín Oficial.
4. Realizar el seguimiento de la gestión de cobro de los trabajos de impresión
solicitados.
5. Elaborar la política de precios para los distintos productos y servicios
prestados por la dependencia, la que deberá ser aprobada por la Dirección
Provincial de Impresiones del Estado y Boletín Oficial.
6. Presupuestar los trabajos solicitados a la Dirección en coordinación con el
Departamento Programación de la Producción, dependiente de la Dirección de
Impresiones y Publicaciones del Estado.
DIRECCION DE GESTION
COMERCIAL
DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACION
ACCIONES
1. Atender la recepción, entrada, movimiento interno, archivo y salida de todas
las actuaciones giradas o iniciadas en el área.
2. Gestionar el cobro de los trabajos y realizar las registraciones pertinentes,
informando a la Dirección de Gestión Comercial el estado de las cuentas a
cobrar.
3. Organizar y mantener el registro de comercialización y distribución de los
productos y servicios prestados por la Dirección de Gestión Comercial.
SUBSECRETARIA DE GOBIERNO
DIRECCION PROVINCIAL DE POLITICA Y SEGURIDAD VIAL
ACCIONES
1. Impulsar y desarrollar acciones en materia de política y seguridad vial.
2. Entender y dirigir todas las cuestiones vinculadas al Registro Único de
Infractores de Transito.
3. Programar e impulsar la ejecución de la política de Seguridad Vial de la
provincia de Buenos Aires, en coordinación con los organismos competentes en la
materia en el ámbito provincial, municipal, nacional e internacional.4.
Promover los operativos de control y verificación vehicular en coordinación con
los Ministerios de Seguridad, Infraestructura, Trabajo y Salud.
5. Proyectar la actualización permanente de la legislación en la materia y la
normativa complementaria de la Ley de Tránsito.
6. Celebrar convenios con Municipios, Estado Nacional, Universidades nacionales
y/o provinciales y/o Organismos Provinciales, Nacionales e Internacionales y/o
Organizaciones no gubernamentales y empresas privadas vinculadas a la materia,
a los fines de establecer mecanismos de colaboración, información y de todo
dato relacionado con tránsito y la seguridad vial.
7. Promover la comunicación, información y asesoramiento a las autoridades
municipales en todo lo relativo a la formulación y presentación de proyectos
referidos a la Seguridad Vial.
8. Impulsar la implementación de mecanismos de asistencia técnica y
capacitación a los municipios para el desarrollo de acciones en la materia.
9. Sistematizar y evaluar experiencias municipales en materia de seguridad
vial, en coordinación con los organismos que ejecutan los correspondientes
programas o proyectos.
10. Promover la mejora del marco normativo del ámbito municipal, articulando
las reformas y propuestas con los Concejos Deliberantes y la Legislatura
Provincial en coordinación con la Subsecretaría de Relaciones Institucionales
de la Jefatura de Gabinete y Gobierno.
11. Organizar e impulsar cursos y seminarios de capacitación y concientización
vinculados a la seguridad vial para funcionarios provinciales, municipales, a
organizaciones intermedias y a la comunidad en general, en coordinación con los
organismos competentes.
12. Promover el desarrollo de actividades de educación, promoción y
concientización vial con la participación, en su caso, de los organismos
competentes en materia.
13. Entender en el Registro de Estadísticas en Seguridad Vial;
14. Coordinar acciones de investigación de las infracciones y siniestros de
transito a fin de evaluar e implementar políticas y medidas preventivas.
15. Entender en el Registro y expedición de las licencias de conducir.
16. Organizar, supervisar y coordinar la actividad administrativa y operativa
del Registro de Antecedentes de Infractores de Tránsito, a tenor de lo
establecido por la normativa de tránsito vigente.
17. Organizar e impulsar el registro de inhabilitados para conducir.
18. Coordinar la emisión de los informes de antecedentes e infracciones como
requisito para gestionar la Licencia de Conducir y la transferencia de los
vehículos con las áreas Nacionales competentes en la materia.
19. Supervisar el correcto funcionamiento del sistema de comprobación de
infracciones de tránsito a través de instrumentos cinemómetros fijos y móviles
en cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente en el ámbito de la
Provincia de Buenos Aires.
20. Entender en el Sistema de Administración Centralizada de Infracciones de
Tránsito.
21. Autorizar el uso en jurisdicción provincial y/o municipal de instrumentos
cinemómetros y otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos ó
manuales, fotográficos o no, fijos y/o móviles.
22. Autorizar la colocación en rutas, caminos, autopistas y semiautopistas
provinciales y nacionales de sistemas automáticos y semiautomáticos, fijos o
móviles de control de infracciones y el uso manual de estos sistemas por las
autoridades de constatación provinciales y/o municipales; siendo la máxima
autoridad en la materia, sin perjuicio de la coordinación de las pautas de
seguridad, homologaciones y verificaciones de los mismos con los organismos
competentes en la materia.
23. Entender, dirigir, coordinar, organizar y supervisar la gestión de los
Juzgados Administrativos de infracciones de transito provincial.
24. Determinar la validez de las multas y/o presuntas infracciones de tránsito
automáticas.
25. Coordinar las relaciones y acciones con la Justicia de faltas Municipal y
con la Justicia Ordinaria.
26. Diseñar, implementar y dirigir un sistema de control de gestión y de
auditorias integrales de las acciones que desarrolla el Registro Unico de
Infractores de Tránsito.
27. Organizar e implementar un sistema de auditoría provincial y municipal de
seguridad vial, pudiendo para el supuesto que fuere insuficiente, requerir o
proponer mejoras en los procedimientos.
28. Definir, suministrar y sistematizar el Acta Unica de Infracción de Tránsito
de acuerdo a la normativa vigente.
29. Promover una conciencia a nivel provincial y municipal en relación a la
necesidad de construir una visión integral de la Seguridad Vial.
30. Representar a la Provincia de Buenos Aires en el Consejo Federal de
Seguridad Vial.
DIRECCION PROVINCIAL DE
POLITICA Y SEGURIDAD VIAL
DIRECCION DE LICENCIAS DE CONDUCIR
ACCIONES
1. Organizar, supervisar y coordinar todas las actividades vinculadas a emisión
de las licencias de conductor en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
2. Proponer el modelo unificado de las licencias de conducir, estableciendo las
normas técnicas para su diseño y confección, de acuerdo a la normativa vigente.
3. Establecer y fijar los dispositivos de seguridad y el estándar técnico de
las mismas.
4. Entender el Sistema de Emisión Centralizada de la Licencia de Conducir.
5. Registrar la totalidad de las licencias otorgadas, renovadas, duplicadas,
canceladas y cualquier otro movimiento relacionado con las mismas.
6. Proponer los criterios de aptitud necesarios para el otorgamiento de
licencias de conducir.
7. Extender certificados de validez respecto a las licencias de conducir.
8. Fiscalizar y coordinar el sistema de seguimiento informático y de
distribución de las licencias de conducir.
9. Promover y desarrollar programas de capacitación destinados a los
conductores.
10. Llevar el registro de las escuelas de conductores particulares, la
habilitación de los vehículos de doble comando que utilicen y la matrícula de
los instructores de acuerdo a la normativa vigente.
11. Definir los requisitos necesarios para el funcionamiento de las escuelas de
conductores particulares y el contenido mínimo de los cursos teóricos y
prácticos para el otorgamiento de las licencias de conducir.
12. Llevar un registro de las firmas en el nivel municipal de las personas
autorizadas para rubricar las licencias como así también de los médicos,
técnicos y encargados de tomar exámenes teóricos y prácticos para el
otorgamiento de la licencia de conducir.
13. Elaborar instructivos en materia de licencias para conducir.
14. Administrar valores -interiores en blanco- de Licencias de Conductor a
todos los Municipios de la Provincia de Buenos Aires y realizar su
correspondiente registro.
15. Brindar la información contenida en la base de datos conformada en la
Dirección Provincial a los distintos Juzgados de Faltas, Direcciones de
Tránsito de las Municipalidades y a los organismos competentes gubernamentales,
instrumentando los sistemas de comunicación necesarios.
16. Diligenciar solicitudes de Juntas Médicas realizadas en la Dirección de
Reconocimientos Médicos de la Provincia de Buenos Aires, requeridas por las
Direcciones de Tránsito de la Provincia para el otorgamiento de Licencias de
Conductor.
17. Coordinar acciones con el Registro Nacional de Licencias de Conducir
(Re.Na.Li.C.).
18. Implementar un sistema de auditoría integral del proceso de otorgamiento de
las licencias de conducir y de su emisión.
19. Controlar las contestaciones, efectuadas por los departamentos, de los
oficios remitidos por la Justicia de Faltas Municipal, por la Justicia
Ordinaria y los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, ante requerimientos
relacionados con las Licencias de Conductor.
20. Programar el desarrollo de la licencia por puntos de acuerdo a la normativa
vigente.
DIRECCION DE LICENCIAS DE
CONDUCIR
DEPARTAMENTO LICENCIAS DE CONDUCTOR
ACCIONES
1. Atender el registro de entradas, salidas, trámites, movimiento interno y
archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de dependencia,
controlando y verificando el debido cumplimiento de la normativa vigente para
el trámite de las actuaciones que se gestionan en el área.
2. Verificar con carácter previo a la emisión de la Licencia de Conducir el
efectivo cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa por parte del
solicitante.
3. Entregar valores de Licencias de Conductor a todos los Municipios de la
Provincia de Buenos Aires, con su consecuente registro, archivo de las actas de
entrega, y envío de copia de las mismas a la Delegación Contaduría de la
Provincia en el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
4. Entregar o remitir a solicitud de los municipios nueva entrega de blancos de
licencia siempre y cuando el municipio haya rendido a la Dirección el ochenta
(80%) por ciento de los valores blanco de licencia.
5. Controlar las Licencias de Conductor anuladas por los Municipios, realizar
su registro y comunicar posteriormente a la Delegación Contaduría de la
Provincia del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, con el objeto de
proceder a su baja a los efectos tributarios.
6. Confeccionar certificados de validez de las Licencias de Conductor, a
solicitud de particulares, organismos gubernamentales y no gubernamentales a
nivel nacional e internacional.
7. Contestar los pedidos y oficios que ingresen en la dirección.
8. Instaurar el Sistema de Emisión Centralizada de la Licencia de Conducir.
DIRECCION PROVINCIAL DE
POLITICA Y SEGURIDAD VIAL
DIRECCION DE ANTECEDENTES DE TRANSITO
ACCIONES
1. Coordinar y organizar todas las actividades vinculadas al registro de
antecedentes de infractores de tránsito en el ámbito de la provincia de Buenos
Aires.
2. Organizar y supervisar el registro de las personas inhabilitadas para
conducir por causas médicas y/o judiciales, confeccionando un listado para su
remisión mensual a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, a distintos
organismos de Gobierno y al Poder Judicial.
3. Informar y autorizar a la dirección competente, a la devolución de las
licencias retenidas, a las personas rehabilitadas.
4. Organizar una base de datos provincial de antecedentes de tránsito que
permita el funcionamiento del instituto de la reincidencia.
5. Supervisar las tareas y acciones del Sistema de Administración Centralizada
de Infracciones.
6. Implementar y controlar la emisión de los informes de antecedentes e
infracciones como requisito para gestionar la Licencia de Conducir.
7. Confeccionar el libre deuda de infracciones de tránsito
8. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto
en los aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones
que se gestionan en el área.
9. Proveer la sistematización de los datos contenidos en las resoluciones
enviadas por los Juzgados Administrativos de Faltas, los Juzgados de Faltas
Municipales y los Juzgados Ordinarios.
10. Suministrar y sistematizar el Acta Unica de Infracción de Tránsito
considerando la normativa vigente.
11. Remitir a solicitud de los municipios nueva entrega de Actas de Infracción
de Tránsito cuando el municipio haya rendido a la Dirección el ochenta (80%)
por ciento de las mismas.
12. Coordinar acciones con el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito.
DIRECCION DE ANTECEDENTES
DE TRANSITO
DEPARTAMENTO DE ANTECEDENTES
ACCIONES
1. Sistematizar todos los datos contenidos en las resoluciones firmes e
implementar los medios tecnológicos y vínculos de comunicación necesarios para
que la información contenida en la base de datos pueda ser accedida por los
Juzgados Administrativos de Faltas; los Juzgados de Faltas Municipales y por
las Direcciones de Tránsito Municipales y organismos que cumplan con esta
actividad.
2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto
en los aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones
que se gestionan en el área.
3. Actualizar la base de datos provincial de antecedentes de tránsito que
permita el funcionamiento del instituto de la reincidencia.
4. Controlar el cobro efectivo de las multas que se establezcan en las
resoluciones firmes y su distribución.
DIRECCION DE ANTECEDENTES
DE TRANSITO
DEPARTAMENTO DE INHABILITADOS
ACCIONES
1. Implementar y actualizar el registro de las personas inhabilitadas para
conducir por causas médicas y/o judiciales, y archivar y devolver, una vez
vencidas las penas impuestas, las Licencias de Conductor retenidas a las
personas inhabilitadas por esta última causa.
2. Actualizar el Listado de Conductores Inhabilitados para conducir y remitirlo
mensualmente a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, a distintos
organismos de Gobierno y al Poder Judicial.
3. Supervisar el diligenciamiento de las solicitudes de juntas médicas que se
realicen en la dirección de reconocimientos médicos de la provincia de Buenos
Aires.
DIRECCION PROVINCIAL DE
POLITICA Y SEGURIDAD VIAL.
UNIDAD DEL OBSERVATORIO Y ESTADISTICAS EN SEGURIDAD VIAL
ACCIONES
1. Efectuar el seguimiento de la situación de la circulación vial conforme las
normas vigentes.
2. Realizar estudios y propuestas sobre tránsito y seguridad vial;
3. Impulsar planes y programas basados en la consulta y participación de los
Municipios.
4. Investigar las causas de los siniestros viales, para lo cual el Ministerio
de Seguridad, a través de Policía de Seguridad Vial y/o los organismos
competentes, deberán informar todo siniestro de tránsito del que tomen
conocimiento conforme a la materia.
5. Evaluar los aspectos de la seguridad vial y analizar los datos y las
estadísticas relacionadas con la materia y proponer las distintas alternativas
de solución existentes.
6. Planificar, promover y coordinar las tareas de producción de estadística en
Seguridad Vial coordinando las acciones con los organismos vinculados a la
materia.
7. Aplicar en todo el territorio provincial normas y procedimientos uniformes
para la captación de la información, la elaboración y el procesamiento de los
datos en materia de Seguridad Vial.
8. Organizar la adecuada difusión de la información estadística producida por
el área.
9. Confeccionar y mantener la actualización de los mapas de Riesgo y Puntos
Negros en base a la información reunida.
10. Participar en el análisis de los planes de asignación de recursos a la
educación vial y a la creación de la conciencia en la materia, diseñando y
ejecutando planes a estos fines.
11. Desarrollar acciones preventivas frente a la detección de eventuales
situaciones de incumplimiento de las disposiciones legales o reglamentarias por
parte de los Municipios.
12. Trabajar en la prevención, educación y control a efectos de reducir los
siniestros en el tránsito, de manera coordinada con otras áreas de los
Ministerios de la provincia de Buenos Aires.
13. Elaborar tablas estadísticas relativas a todas las áreas de actividad de la
Dirección Provincial simplificación e informatización de los procedimientos
administrativos y la realización de estudios sobre organización del trabajo.
14. Intervenir en los procesos de elaboración de la normativa general; proponer
las modificaciones que la experiencia le proporcione respecto de las normas
para el mejor funcionamiento de la circulación vial.
15. Emitir opinión en relación a los proyectos de normas vinculados a la
seguridad en el ámbito vial o con incidencia en la misma.
16. Estudiar, proyectar y promover programas de acción aconsejando al Director
Provincial medidas necesarias para combatir la siniestralidad en el tránsito.
17. Investigar las infracciones y siniestros de tránsito, planificar políticas
preventivas e implementar las mismas.
18. Diseñar e implementar un Sistema de Control de Gestión del Organismo.
DIRECCION PROVINCIAL DE
POLITICA Y SEGURIDAD VIAL.
DIRECCION DE APOYO Y COORDINACION TECNICO ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Coordinar la tarea con los distintos Juzgados Administrativos de Faltas y
Juzgados de Faltas Municipales, llevando un registro de las resoluciones
dictadas por los mismos.
2. Realizar evaluaciones y control de gestión de los Juzgados Administrativos
de Faltas, en cuanto a la calidad, eficiencia y eficacia de la misma,
determinando reglamentariamente estándares.
3. Proyectar cursos y seminarios de capacitación a funcionarios provinciales y
municipales, en coordinación con los organismos competentes.
4. Organizar y supervisar el registro de entradas, salidas, trámites y
movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área
de dependencia.
5. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto
en los aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones
que se gestionan en el área.
6. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo
para todas las dependencias a las que asiste y brindar la información requerida
por cada una de ellas.
7. Sustanciar los actos administrativos y llevar un registro de ellos.
8. Supervisar las actividades vinculadas con la administración de los recursos
humanos asignados al Organismo de acuerdo a la normativa vigente y su
reglamentación, y disposiciones determinadas para el sector, en un todo de
acuerdo con las pautas emanadas por la dependencia provincial rectora en la
materia.
9. Analizar y proponer sistemas que permitan la correcta evaluación del
desempeño del personal.
DIRECCION DE APOYO Y
COORDINACION TECNICO ADMINISTRATIVO
SUBDIRECCION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos de Mesas de
entrada y Archivo general.
2. Divulgar y publicitar las actividades de capacitación que se realicen
internamente y las que se desarrollan a nivel central.
3. Observar tanto el cumplimiento del régimen horario ordinario y
extraordinario, como el de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia
en el lugar de trabajo por parte del personal del sector, cursando los informes
pertinentes a la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal del
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno a los fines normativamente
procedentes.
4. Implementar sistemas que permitan la evaluación del desempeño del personal.
SUBDIRECCION DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DE MESA DE ENTRADAS
ACCIONES
1. Atender la recepción, entrada y salida de todas las actuaciones giradas al
organismo.
2. Mantener un registro actualizado y un archivo de las actuaciones entradas y
su movimiento interno, suministrando la información requerida sobre el destino
dado a las mismas, ya sea dentro de las áreas que componen el Organismo como
fuera de las mismas.
3. Aplicar y controlar el cumplimiento de la normativa y reglamentaciones
vigentes para el trámite de las actuaciones.
SUBDIRECCION DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DE ARCHIVO GENERAL
ACCIONES
1. Realizar la recopilación, clasificación y archivo de las actas de infracción
labradas, de las minutas y de las sentencias informadas por los juzgados.
2. Sistematizar la información de las infracciones labradas.
3. Mantener el archivo de los trámites de licencia otorgados.
4. Asistir a las Direcciones correspondientes con la disposición de la
información que requieran.
5. Mantener el Archivo de expedientes de conductores inhabilitados.
6. Llevar adelante el registro y archivo de los pagos realizados por las
municipalidades respecto a las infracciones sentenciadas.
DIRECCION PROVINCIAL DE POLITICA Y SEGURIDAD VIALJUZGADOS ADMINISTRATIVOS DE
INFRACCIONES DE TRANSITO PROVINCIAL (I a IV)
ACCIONES
1. Investigar, juzgar y sancionar administrativamente las presuntas
infracciones cometidas en rutas, caminos, autopistas, y semiautopistas
provinciales o nacionales en el territorio de la provincia de Buenos Aires,
asegurando el debido proceso y el carácter contradictorio del mismo.
2. Aplicar las sanciones establecidas en la Ley de Tránsito y normativa
complementaria.
3. Celebrar Audiencias para atender a los presuntos infractores de tránsito a
fin de permitirles la comparecencia para el descargo y el aporte de las pruebas
o documentación en su caso.
JUZGADOS ADMINISTRATIVOS
DE INFRACCIONES DE TRANSITO PROVINCIAL (I a IV)
SECRETARIA JUZGADOS ADMINISTRATIVOS DE INFRACCIONES DE TRANSITO PROVINCIAL (I a
IV)
ACCIONES
1. Intervenir con el Juez en el despacho de las causas, auxiliando al mismo en
sus tareas generales.
2. Guardar y vigilar los sellos del juzgado.
3. Llevar los libros que establezcan las leyes y reglamentos.
4. Conservar bajo su custodia los bienes, expedientes, libros y documentos de
la oficina.
5. Efectuar el control de legalidad de las actas recepcionadas en el juzgado
previo a la formación del expediente respectivo.
6. Informar inmediatamente al juez las medidas cautelares dispuestas por los
funcionarios de comprobación que consten en las actas recepcionadas, para que
las confirme o revoque, según corresponda.
7. Llevar el control del movimiento de fondos depositados en cada causa y
suscribir bajo su responsabilidad, juntamente con el juez, las órdenes de pago
respectivas.
8. Remitir al archivo los expedientes, documentos y libros en las épocas y
modos previstos en la normativa y reglamentos respectivos.
9. Otorgar recibos de los documentos que le entregaren los interesados, así
como extender constancias a pedido de los mismos.
10. Vigilar que los empleados a sus órdenes cumplan el horario de tareas y
demás deberes que el cargo impone, desempeñándose como jefe inmediato en el
juzgado.
11. Concurrir diariamente a su despacho en el horario de funcionamiento que se
fije.
SECRETARIA JUZGADOS
ADMINISTRATIVOS DE INFRACCIONES DE TRANSITO PROVINCIAL (I a IV)
PROSECRETARIA JUZGADOS ADMINISTRATIVOS DE INFRACCIONES DE TRANSITO PROVINCIAL
(I a IV)
ACCIONES
1. Colaborar con el secretario, desempeñando las tareas que este le encomiende.
2. Cumplir las tareas del secretario cuando reemplace al mismo.
3. Llevar estadísticas y mantener actualizados los ficheros de jurisprudencia.
4. Firmar cédulas de notificación, citaciones, oficios, cargos de escritos,
salvo disposición en contrario.
5. Cualquier otra función que le asignen las leyes y/u otra normativa.
Anexo 2c
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
ACCIONES
1. Coordinar la participación del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en
todas aquellas actividades de naturaleza federal inherentes a los organismos
del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y en aquellas cuestiones interjurisdiccionales en las que la
Provincia esté involucrada.
2. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la atención de las
relaciones institucionales con la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires,
sus bloques políticos, partidarios, comisiones especiales e integrantes en
orden a temas específicos de su competencia y aquéllos de interés para el
Gobierno Provincial.
3. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en las relaciones con
los miembros de los Poderes Legislativos y Ejecutivos Nacionales y
Provinciales, así como también a las relaciones con los Organismos Internacionales
y Gobiernos Extranjeros en lo que a las competencias del Ministerio de Jefatura
de Gabinete y Gobierno concierne.
4. Promover el establecimiento de acuerdos y pactos con el Gobierno Nacional,
los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
para propender a una mayor coordinación en la implementación de políticas
nacionales, provinciales y regionales.
5. Coordinar las relaciones con la comunidad y las colectividades extranjeras,
promoviendo su fortalecimiento e integración a las diferentes acciones y planes
de gobierno, y a su vez, con instituciones y organizaciones públicas y privadas
nacionales, provinciales y municipales.
6. Proponer, elaborar y coordinar anteproyectos normativos, reglamentarios y de
acciones tendientes a facilitar el acceso de la sociedad civil, la comunidad, y
sus organizaciones representativas, a acciones y programas que se ejecutan
desde el Gobierno Provincial, juntamente con los Municipios que integran la
Provincia.
7. Entender en todo lo referente a la promoción, difusión, diseño e
implementación de mecanismos de información y de participación ciudadana.
8. Promover e impulsar acciones de capacitación y el desarrollo de los
conocimientos y saberes culturales, sociales, políticos y cívicos de los diferentes
sectores de la sociedad civil, la comunidad y sus organizaciones
representativas.
9. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la determinación
de las prioridades de actuación y atención de los organismos públicos
provinciales y en el diseño de las estrategias a utilizar en las políticas
públicas prioritarias.
10. Detectar, identificar y proponer la incorporación de cuestiones o temas a
la agenda pública, a partir de un diagnóstico y análisis de situación de las
prioridades del Gobierno Provincial.
11. Proponer y promover, para su aprobación por el Ministro de Jefatura de
Gabinete y Gobierno, las áreas gubernamentales y los temas que deben ser objeto
de coordinación entre los distintos Ministerios, Secretarías y demás organismos
del Gobierno Provincial, para el efectivo logro de resultados en programas
específicos o competencias ministeriales.
12. Informar al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno sobre la evolución
de los resultados obtenidos en las políticas de compatibilización y de
coordinación entre organismos provinciales.
13. Evaluar los procesos de regionalización y descentralización puestos en
marcha por el Estado Provincial, proponiendo las modificaciones y adecuaciones
en pos de acciones de gobierno coordinadas.
14. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la conformación
de equipos interministeriales de trabajo con objetivos específicos, derivados
de las políticas prioritarias, favoreciendo el efectivo cumplimiento de las
acciones de gobierno.
15. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno tomando conocimiento
de los proyectos de ley y/o actos administrativos puestos a consideración del
señor Gobernador, en los aspectos referidos a planes, programas y proyectos que
resulten necesarios para el cumplimiento de la acción de gobierno.
16. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno, tomando
conocimiento de las leyes sancionadas por la Honorable legislatura, previo a su
promulgación.
17. Promover juntamente con la Subsecretaría de Asuntos Municipales a la mejora
del marco normativo en el ámbito municipal, articulando las distintas
propuestas con los Concejos Deliberantes y la Legislatura Provincial.
18. Planificar y organizar en forma conjunta con la Dirección Provincial de
Comunicación y Promoción Institucional, encuentros académicos y de trabajo con
autoridades y representantes del Gobierno Nacional y de los Gobiernos de las
demás Provincias para el análisis y debate de iniciativas, proyectos y
propuestas de común interés.
19. Coordinar las acciones de articulación entre las organizaciones de la
sociedad civil, el sector privado y el Poder Ejecutivo en los temas referidos a
responsabilidad social.
20. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la relación y
coordinación con los demás Ministros del Poder Ejecutivo Provincial.
21. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen de acceso a la información
pública.
22. Coordinar las acciones y relaciones referentes al Area Metropolitana de
Buenos Aires (AMBA).
23. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la formulación de
la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, y en el
diseño conjunto con el Ministerio de Economía de los criterios y las pautas de
su asignación.
SUBSECRETARIA DE RELACIONES
INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE ENLACE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS
ACCIONES
1. Asistir al Subsecretario de Relaciones Institucionales, tomando conocimiento
de los proyectos de ley puestos a consideración del Señor Gobernador y de las
leyes sancionadas por la Honorable Legislatura, en las cuestiones que resulten
de interés para el cumplimiento de la acción de gobierno, en el ámbito de sus
competencias.
2. Asistir al Subsecretario en la atención de las relaciones institucionales
con la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.
3. Realizar el seguimiento de los proyectos y temas que traten las Comisiones,
Cuerpos y Bloques legislativos de la Honorable Legislatura Provincial.
4. Valorar las situaciones que generen dificultades en la concreción de los
proyectos elevados, proponiendo los mecanismos que posibiliten una eficaz
gestión de los mismos.
5. Elaborar el estado de situación permanente del resultado de las acciones que
hacen a la relación parlamentaria en función de los objetivos y políticas
fijadas.
6. Asistir en el tratamiento de las materias y proyectos específicos que sean
considerados prioritarios por el Subsecretario del área, produciendo los
informes correspondientes.
7. Intervenir en el análisis de los proyectos de legislación provincial en los
que sea necesario coordinar normas de la Provincia de Buenos Aires y de otras
Provincias.
DIRECCION PROVINCIAL DE
ENLACE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS DIRECCION DE ENLACE PARLAMENTARIO
ACCIONES
1. Identificar y evaluar las situaciones que generen dificultades para la
sanción de los proyectos elevados, proponiendo los mecanismos que posibiliten
una rápida tramitación de los mismos.
2. Gestionar ante los organismos competentes el suministro de información y
documentación requerida por los Cuerpos Legislativos y efectuar su canalización
a las instancias pertinentes.
3. Elaborar el estado de situación permanente de las acciones parlamentarias en
función de las prioridades políticas fijadas.
DIRECCION PROVINCIAL DE
ENLACE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS DIRECCION DE ACTUACION PARLAMENTARIA
ACCIONES
1. Asistir al Director Provincial en la evaluación de la oportunidad, mérito y
conveniencia de los proyectos de ley y sus mensajes que sean remitidos a la
Honorable Legislatura Provincial.
2. Asistir al Director Provincial en el seguimiento, desde el punto de vista
jurídico en coordinación con la Dirección de Enlace Parlamentario, de los
proyectos y temas que traten las Comisiones, Cuerpos y Bloques legislativos de
la Honorable Legislatura Provincial.
3. Organizar un sistema que permita realizar el seguimiento de los proyectos y
temas que traten las Comisiones, Cuerpos y Bloques Legislativos de la Honorable
Legislatura.
4. Elaborar un análisis de los proyectos de ley que se presenten.
5. Mantener un registro de seguimiento de los proyectos presentados que sean
prioritarios para el Gobierno provincial.
SUBSECRETARIA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD
ACCIONES
1. Propiciar y asistir la constitución y desarrollo de organizaciones de la
sociedad civil cuya finalidad sea la de contribuir al bien de la comunidad en
su conjunto.
2. Asistir al Subsecretario de Relaciones Institucionales en la formulación y
articulación de acciones necesarias para el fortalecimiento e integración de
Organizaciones de la Sociedad Civil en los distintos planes y programas de
gobierno.
3. Elaborar y proponer proyectos legislativos, para cada una de las distintas
modalidades de asociación que conforman las organizaciones no gubernamentales,
en su faz organizacional y operativa.
4. Propiciar la representación de los intereses de la ciudadanía en el Gobierno
de la Provincia de Buenos Aires, a través de instituciones intermedias y
organizaciones de la Sociedad Civil.
5. Diseñar estrategias y redes de capacitación orientadas a los dirigentes de
las organizaciones de la Sociedad Civil tendientes a minimizar las dificultades
o problemáticas generadas por diferencias en el ámbito regional y/o dimensión
social.
6. Promover el fortalecimiento de las relaciones entre la Sociedad Civil y los
gobiernos municipales conjuntamente con la Subsecretaría de Asuntos
Municipales.
7. Integrar y dar las pautas de participación de las organizaciones de la
Sociedad Civil constituidas por fundaciones, cooperativas, mutuales asociaciones
civiles y cualquier otra forma de asociación, en las políticas públicas
determinadas por el Estado Provincial.
8. Elaborar programas y proyectos juntamente con las organizaciones no
gubernamentales, a desarrollar en el ámbito provincial, efectuando un
seguimiento y evaluación de los objetivos determinados para cada uno de los
programas y proyectos implementados.
9. Implementar mecanismos de gestión que permitan la interrelación de las
organizaciones no gubernamentales con las empresas privadas a fin de tener
acceso a fuentes de financiamiento y distintos tipos de colaboración y
cooperación.
10. Promover proyectos orientados a la promoción social de las organizaciones
no gubernamentales comunitarias representativas de colectividades extranjeras y
asociaciones de la comunidad, coordinando acciones con los organismos
competentes e involucrados.
11. Confeccionar y llevar el Registro de las Organizaciones de la comunidad.
DIRECCION PROVINCIAL DE
RELACIONES CON LA COMUNIDAD
DIRECCION DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
ACCIONES
1. Propiciar el desarrollo de organizaciones de la Sociedad Civil.
2. Propiciar y formular las acciones necesarias para el fortalecimiento e
integración de Organizaciones de la Sociedad Civil en los distintos planes y
programas de gobierno.
3. Trabajar en la elaboración de proyectos legislativos que tengan por
finalidad agilizar la organización de las organizaciones de la Sociedad Civil.
4. Asistir al Director Provincial en el diseño de las estrategias y redes de
capacitación orientadas a los dirigentes de las organizaciones de la Sociedad
Civil.
5. Integrar y dar las pautas de participación de las organizaciones de la
comunidad.
6. Trabajar en la elaboración de programas y proyectos juntamente con las
organizaciones de la comunidad efectuando un seguimiento y evaluación de los
objetivos determinados para cada uno de los mismos.
7. Elaborar mecanismos de gestión que permitan la interrelación de las
organizaciones de la Sociedad Civil con empresas privadas a fin de facilitar el
acceso a fuentes de financiamiento y distintos tipos de colaboración y
cooperación.
8. Promover la articulación de proyectos orientados a la promoción social de
las organizaciones no gubernamentales.
9. Colaborar con la Dirección Provincial en la actualización del Registro de
las Organizaciones de la Comunidad.
DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD
DIRECCION DE COLECTIVIDADES EXTRANJERAS
ACCIONES
1. Asistir al Director Provincial en las relaciones institucionales con las
Colectividades Extranjeras, asesorándolo en cuestiones inherentes a ellas.
2. Propiciar y formular acciones tendientes al fortalecimiento e integración de
las Colectividades Extranjeras.
3. Elaborar y articular esfuerzos a fin de que las Colectividades se integren
en los distintos planes y programas de gobierno.
4. Participar en la promoción de políticas públicas destinadas al sector.
5. Desarrollar actividades de apoyo necesarias para la coordinación y el
seguimiento de las colectividades.
6. Relevar las distintas colectividades existentes en el territorio provincial
a fin de establecer una fluida vinculación y participación en las actividades
de gobierno.
7. Promover la celebración de acuerdos y convenios de colaboración y
cooperación institucional con las Colectividades Extranjeras.
SUBSECRETARIA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y DE LA DEMOCRACIA
ACCIONES
1. Articular la relación entre las distintas dimensiones estatales en el plano
del diseño e instrumentación de las políticas participativas, y aquéllas que
propendan al fortalecimiento institucional y de la democracia.
2. Coordinar las acciones de impulso y difusión entre las organizaciones de la
Sociedad Civil, el sector privado y el Poder Ejecutivo en los temas referidos al
fortalecimiento institucional, el diálogo político y la participación
ciudadana.
3. Asistir al Subsecretario en toda temática vinculada a la relación con los
partidos políticos en el área de su competencia.
4. Establecer vínculos y herramientas de gestión conjuntas con las
Universidades Nacionales públicas y privadas con asiento o actividades en la
Provincia de Buenos Aires, sin perjuicio de las competencias específicas
asignadas a la Secretaría General de la Gobernación.
5. Articular y delinear acciones y programas de cooperación regional e
internacional con organismos supra regionales, como así también coordinar la
implementación de acuerdos marco en materia de difusión, consolidación y
fortalecimiento de la democracia.
6. Diseñar, elaborar, instrumentar y coordinar acciones y herramientas de
desarrollo de políticas públicas referidas al acceso a la información pública,
como presupuesto de la participación y control ciudadano.
7. Diagramar, proponer e impulsar anteproyectos normativos, reglamentarios y de
acciones tendientes a facilitar el acceso de la Sociedad Civil, la comunidad, y
sus organizaciones representativas, a acciones y programas vinculados con el
fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana.
8. Entender en todo lo referente a la promoción, difusión, diseño e
implementación de mecanismos de información y de participación ciudadana.
9. Promover e impulsar acciones de capacitación y desarrollo de los
conocimientos y saberes culturales, sociales, políticos y cívicos de los
diferentes sectores de la Sociedad Civil, la comunidad y sus organizaciones
representativas, en coordinación con los organismos competentes.
10. Relevar y comparar experiencias nacionales e internacionales sobre
temáticas referidas al acceso a la información pública en sus múltiples
aspectos.
11. Supervisar la aplicación de las normativas vinculadas con el derecho al
acceso a la información pública.
12. Delinear políticas de formación de nuevos líderes públicos, determinando
perfiles y programas de capacitación, en coordinación con los organismos
competentes.
13. Diseñar y desarrollar políticas públicas interinstitucionales con
organismos autónomos y descentralizados de la órbita provincial y municipal,
para el fortalecimiento institucional y la participación ciudadana.
14. Supervisar el funcionamiento e implementación de las políticas y programas
de estudio y capacitación de líderes públicos, en coordinación con los
organismos competentes.
DIRECCION PROVINCIAL DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y DE LA DEMOCRACIA
DIRECCION DE ESCUELAS DE GOBIERNO Y FORMACION DE LIDERES
ACCIONES
1. Promover políticas y programas de desarrollo y organización, estudio y
capacitación, de la comunidad y de las áreas de gobierno provincial y/o
municipal, coordinando pautas, criterios y acciones con los organismos
provinciales competentes en materia de formación y capacitación.
2. Elaborar programas de formación y proyectos de participación ciudadana y
comunitaria, en coordinación con los organismos competentes.
3. Desarrollar actividades, cursos, conferencias, seminarios, jornadas de
trabajo y talleres, a los efectos de fomentar el debate en torno al rol del
Estado con la Sociedad Civil, siendo sus principales beneficiarios líderes
formales o informales del ámbito social, político y comunitario.
4. Establecer criterios y pautas para la selección y conformación de equipos de
estudio y capacitación, que garanticen un eficaz y eficiente desarrollo de la
gestión de la Dirección.
5. Suscribir convenios con instituciones académicas, públicas o privadas, del
ámbito local, provincial, nacional o internacional, y con organizaciones de la
sociedad civil, que tengan como objetivo el estudio de la participación
ciudadana y comunitaria, y de sus relaciones con el Estado, a los fines del
intercambio de recursos humanos y materiales.
6. Elaborar y proponer lineamientos para el análisis y estudio de las políticas
públicas, que contribuyan a una acción anticipada y a la integración de todos
los sectores de la sociedad.
DIRECCION PROVINCIAL DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y DE LA DEMOCRACIA
DIRECCION DE PARTICIPACION CIUDADANA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
ACCIONES
1. Proponer, diseñar y ejecutar políticas y programas que promuevan la
participación ciudadana y control social en la gestión pública.
2. Proponer, diseñar y difundir mecanismos que apunten a la divulgación de
información pública a la ciudadanía, elaborando en su caso el marco legal y
reglamentario que permita agilizar las condiciones de acceso a la información.
3. Relevar en las distintas áreas de la Administración Pública Provincial la
información pública disponible, coordinando acciones que agilicen su difusión y
acceso.
4. Coordinar la administración del archivo de información pública que
posibilite y facilite el acceso a toda la información vigente en el ámbito
provincial.
5. Relevar y difundir los mecanismos vigentes de consulta a la ciudadanía,
elaborando propuestas normativas que tiendan a la participación ciudadana en
general y de aquellos sectores en particular alcanzados por las políticas llevadas
a cabo por el gobierno provincial.
6. Desarrollar sistemas y metodologías para la evaluación del impacto o
resultados de las políticas y programas públicos.
7. Proponer, diseñar e implementar encuestas de satisfacción ciudadana sobre
los principales servicios que presta el Gobierno Provincial.
8. Estudiar, diseñar y proponer sistemas de reclamos y sugerencias para los
ciudadanos y los agentes de la Administración Pública Provincial.
9. Coordinar con el Consejo de Reforma Política la elaboración de proyectos de
ley en temas concernientes a los mecanismos de participación ciudadana.
10. Implementar políticas públicas interinstitucionales con organismos
autónomos y descentralizados de la órbita provincial y municipal, a los fines
del fomento de la participación y el control ciudadano.
11. Articular las nuevas tecnologías informáticas a los fines de instrumentar
políticas públicas tendientes al fortalecimiento de la participación ciudadana
y el acceso a la información pública.
12. Generar vínculos tendientes a maximizar el diálogo político y social, en
las distintas esferas de gobierno, con el objetivo de propender al desarrollo y
fortalecimiento de un sistema democrático sustentable.
13. Promover la celebración de convenios con instituciones públicas y privadas
-nacionales e internacionales- sobre temas relacionados con el fortalecimiento
de la democracia y la reforma institucional.
14. Coordinar la aplicación de las normativas vinculadas con el derecho al
acceso a la información pública.
DIRECCION PROVINCIAL DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y DE LA DEMOCRACIA
DIRECCION EJECUTIVA DEL PROGRAMA DIALOGO POLITICO
ACCIONES
1. Generar mecanismos efectivos de diálogo entre los actores políticos,
sociales y los partidos políticos, a fin de construir consensos con los
ciudadanos en torno a las metas y alcances para consolidar la democracia y
fortalecer la institucionalidad.
2. Facilitar canales de participación y deliberación a todos los actores de la
sociedad en el territorio de la Provincia.
3. Instalar la idea del diálogo y generar capacidad de respuesta que redunde en
una consolidación del sistema democrático provincial y municipal.
4. Crear una conciencia a nivel provincial y municipal en relación a la
necesidad de construir una visión del bien común.
5. Formar consensos en relación al modelo de Provincia y de País deseado por la
sociedad.
6. Fortalecer la capacidad de convocatoria y sistematizar la experiencia
recogida que pueda reproducirse en el tiempo, en ámbitos nacionales, regionales
e internacionales.
7. Obtener información relevante y sustantiva que permita identificar las
prioridades de los habitantes y los acuerdos para abordarlas.
8. Instrumentar un proceso de implementación de políticas públicas en la
materia propendiendo a la transformación de la cultura política provincial con
orientación a mejorar y transparentar su funcionamiento.
9. Promover la celebración de convenios con instituciones públicas y privadas
-nacionales e internacionales- sobre temas relacionados con el diálogo político
y social, que propenda a la consolidación democrática.
10. Implementar políticas públicas interinstitucionales con organismos
autónomos y descentralizados de la órbita provincial y municipal, a los fines
del fomento de la participación y el control ciudadano.
11. Implementar acciones y herramientas conjuntas con las Universidades
Nacionales públicas y privadas con asiento o actividades en la Provincia de
Buenos Aires, para el desarrollo del diálogo y el fortalecimiento
institucional.
SUBSECRETARIA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE RELACIONES GUBERNAMENTALES E INTERJURISDICCIONALES
ACCIONES
1. Coordinar el enlace institucional entre el Ministerio de Jefatura de
Gabinete y Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Gobierno Nacional, los
Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
propendiendo al mantenimiento de vínculos formales a fin de articular
proyectos, planes, programas y acciones de interés común.
2. Promover la participación de la Provincia de Buenos Aires en planes,
programas y proyectos de colaboración y asistencia recíproca con organismos
Internacionales, el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad de Buenos
Aires, en el ámbito de su competencia y coordinando acciones con los mismos.
3. Asistir y coordinar la articulación entre las distintas Reparticiones que
representan a la Provincia de Buenos Aires ante los Consejos de naturaleza
Federal existentes y a crearse.
4. Planificar y organizar encuentros académicos y de trabajo en forma conjunta
con autoridades y representantes del Gobierno Nacional, de los Gobiernos de las
demás Provincias y de la Ciudad de Buenos Aires para el análisis y debate de
iniciativas, proyectos y propuestas de común interés.
5. Promover el consenso entre dependencias de distintas jurisdicciones
nacionales, provinciales e internacionales, tanto en la instancia de
diagnóstico como en la formulación e implementación de políticas que den
respuesta a las necesidades priorizadas por el gobierno provincial.
DIRECCION PROVINCIAL DE
RELACIONES GUBERNAMENTALES E INTERJURISDICCIONALES
DIRECCION DE RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
ACCIONES
1. Desarrollar las actividades de apoyo necesarias para la coordinación y
seguimiento de los Consejos Federales en los que la Provincia de Buenos Aires
forme parte.
2. Realizar cursos y seminarios en forma coordinada y conjunta con el Gobierno
Nacional, otros gobiernos provinciales y el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires.
3. Concertar con la Nación, las Provincias y la Ciudad de Buenos Aires todo
tipo de convenios interjurisdiccionales que tenga por fin desarrollar
actividades de interés para la Provincia de Buenos Aires.
4. Fomentar las relaciones con organismos legislativos y deliberativos del
resto del país, para el tratamiento de problemas comunes.
5. Mantener relaciones con organismos legislativos y deliberativos del
extranjero y organismos internacionales.
DIRECCION PROVINCIAL DE
RELACIONES GUBERNAMENTALES E INTERJURISDICCIONALES
DIRECCION DE RELACIONES INTERMINISTERIALES
ACCIONES
1. Elaborar y proponer el orden del día de reuniones interministeriales de los
distintos niveles Jerárquicos de los organismos provinciales, para la
resolución de temas prioritarios de gestión.
2. Efectuar la coordinación de las reuniones entre las diversas reparticiones
intervinientes e involucradas en las políticas públicas interministeriales.
3. Evaluar e informar respecto de los resultados obtenidos en las políticas de
compatibilización y de coordinación entre organismos provinciales.
4. Realizar el seguimiento de los temas prioritarios emergentes de las
reuniones de gabinete conforme lo disponga el Ministerio de Jefatura de
Gabinete y Gobierno.
5. Trabajar en la convocatoria a comisiones de trabajo inter-áreas, efectuando
el seguimiento e informando sobre los resultados de las mismas.
6. Evaluar y proponer la normativa y los actos administrativos necesarios para
formalizar el funcionamiento de Comisiones Interministeriales u otras formas de
coordinación entre distintos niveles de Ministerios, Secretarías y demás
organismos provinciales, como así también las adecuaciones normativas
pertinentes o de gestión que contribuyan a coordinar acciones y eliminar
superposiciones, evaluando la asignación de recursos y tendiendo al logro de
los resultados proyectados.
7. Analizar el impacto de leyes sancionadas por la Honorable Legislatura, y
Proyectos de ley o de Decreto elaborados por los Ministerios y Secretarías, que
generen modificaciones al sistema de planes, programas y acciones provinciales,
asistiendo a la Subsecretaría de Relaciones Institucionales.
8. Elevar a la Dirección Provincial propuestas de adecuaciones normativas o de
gestión, sobre la correlación de las competencias de Ministerios y Secretarías
con los planes, programas y acciones llevados adelante por cada organismo provincial.
9. Estudiar y proponer, en consulta con otros organismos provinciales con
competencia en el área correspondiente, la firma de convenios con unidades del
gobierno nacional, provincial o municipal, o instituciones académicas y de
investigación y desarrollo, para la constitución y fortalecimiento de una red
integral de políticas públicas.
SUBSECRETARIA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO
ACCIONES
1. Asistir al
Subsecretario en el análisis del proyecto de Ley de Presupuesto General.
2. Participar en la elaboración del anteproyecto de Ley de Presupuesto General,
en el análisis y en la evaluación de las asignaciones presupuestarias
3. Realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución del presupuesto
evaluando las propuestas de ajuste y/o modificaciones al mismo.
4. Supervisar el cumplimiento de la programación trimestral del gasto asignado
a cada jurisdicción, de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Economía.
5. Realizar la evaluación de la ejecución físico-financiera del presupuesto.
6. Participar en el delineamiento, coordinación y evaluación inherentes a la
gestión y ejecución de proyectos con financiamiento externo.
7. Participar en la formulación, coordinación y evaluación de los proyectos y
programas con financiamiento del Estado Nacional.
DIRECCION PROVINCIAL DE
GESTION Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO
DIRECCION DE SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO
ACCIONES
1. Participar en la elaboración de la Ley de Presupuesto General.
2. Analizar y elaborar informes de seguimiento de la evolución de la ejecución
presupuestaria del Sector Público Provincial.
3. Asistir al Director Provincial en la relación con los Organismos
Internacionales de Crédito participando en el proceso de aprobación de
préstamos.
4. Brindar asistencia y asesoramiento en los aspectos técnicos en la
negociación de convenios con financiamiento del Estado Nacional, realizando el
seguimiento de la ejecución del mismo.
5. Proponer los proyectos con prioridad de tratamiento para su inclusión en la
programación de operaciones de la Provincia con los organismos internacionales
y con el Gobierno Nacional.
DIRECCION PROVINCIAL DE
GESTION Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO
DIRECCION DE ANALISIS SECTORIAL
ACCIONES
1. Realizar informes sectoriales de las jurisdicciones que forman parte del
Sector Público Provincial.
2. Analizar las propuestas de ajustes y modificaciones a los presupuestos.
3. Analizar y producir informes especiales que contengan propuestas sectoriales
y/o globales con incidencia presupuestaria.
4. Evaluar el cumplimiento de la programación del gasto.
SUBSECRETARIA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION EJECUTIVA DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE SOCIEDAD CIVIL Y
RESPONSABILIDAD SOCIAL
ACCIONES
1. Diseñar, implementar y evaluar proyectos articulados entre la sociedad civil
y el sector privado que promuevan la formación de una cultura ciudadana basada
en la transparencia, la convivencia y la corresponsabilidad, con el objeto de
contribuir a la construcción de una ciudadanía equitativa e incluyente.
2. Diseñar, implementar y evaluar proyectos en temas de salud, educación,
cultura, turismo, responsabilidad civil y ciudadana, espacio público, derechos
humanos, juventud, tercera edad, esparcimiento, género, trabajo, tecnología, y
medio ambiente, en coordinación con los organismos competentes.
3. Construir registros de empresas y organizaciones socialmente responsables
contemplando indicadores que acrediten tal condición, constituyendo una
importante herramienta de gestión para articular recursos y generar proyectos.
4. Fortalecer la calidad de gestión de empresas, organizaciones sociales y de
las distintas áreas del Estado.
5. Instaurar mecanismos y coordinar acciones con las distintas áreas
competentes del Gobierno, las empresas y organizaciones de la Sociedad Civil
6. Institucionalizar proyectos sociales específicos a largo plazo a partir del
trabajo conjunto con las empresas y las organizaciones de la Sociedad Civil.
7. Promover la celebración de convenios con empresas e instituciones públicas y
privadas -nacionales e internacionales- sobre temas relacionados con la
responsabilidad social.
8. Diseñar, en coordinación con la Subsecretaría de Coordinación
Comunicacional, estrategias de comunicación y difusión que permitan la
apropiación, la inserción y adopción de los proyectos en el medio social.
9. Diseñar planes para construir alianzas estratégicas entre el Estado
Provincial, las Organizaciones de la Sociedad Civil, Instituciones y empresas-
10. Diseñar e implementar estrategias que permitan una acción coordinada de las
dependencias de los gobiernos, con permanencia en el tiempo, a fin de mantener
la calidad del proyecto y la participación ciudadana.
Anexo 2d
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE COORDINACION COMUNICACIONAL
ACCIONES
1. Planificar lo concerniente a la comunicación y relación institucional del
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno mediante la implementación de las
políticas públicas necesarias y conducentes a tales fines.
2. Impulsar el relevamiento de los medios de comunicación.
3. Elaborar la política de comunicación institucional de la gestión con los
Organismos de la Administración Pública Provincial en coordinación con los
organismos competentes en la materia.
4. Impulsar la promoción y difusión de las relaciones institucionales e
intergubernamentales con los Municipios y entidades civiles.
5. Establecer los criterios comunicacionales del Gobierno Provincial sin
perjuicio de las competencias atribuidas a otras áreas.
6. Promover, en coordinación con la Subsecretaría de Medios de la Coordinación
General Unidad Gobernador, la comunicación, difusión y promoción de los
aspectos políticos, económicos, culturales históricos, científicos, educativos,
turísticos y todo lo que resulte de interés provincial.
7. Planificar en forma conjunta con la Subsecretaría de Relaciones
Institucionales encuentros académicos y de trabajo con autoridades y
representantes del gobierno Nacional y de los Gobiernos de las demás provincias
para el análisis y debate de iniciativas, proyectos y propuestas de común
interés.
8. Articular la comunicación institucional de la gestión del Gobierno
Provincial con los Medios Zonales, en coordinación con la Subsecretaría de
Medios de la Coordinación General Unidad Gobernador.
9. Impulsar, en coordinación con la Subsecretaría de Relaciones
Institucionales, las relaciones entre instituciones, públicas y/o privadas, a
través de la instrumentación de acciones, acuerdos, convenios, planes,
proyectos y/o programas.
10. Definir la comunicación Institucional de la página Web de Ministerio de
Jefatura de Gabinete y Gobierno en coordinación con los organismos competentes
en la materia.
SUBSECRETARIA DE
COORDINACION COMUNICACIONAL
DEPARTAMENTO CALIDAD
ACCIONES
1. Asistir y acompañar a la Subsecretaría mediante la definición de sistemas y
procesos claramente comprensibles, gestionables y mejorables en lo que a
eficacia y eficiencia se refiere de la gestión de la calidad de los procesos,
productos y los servicios en su camino hacia la mejora continua de la calidad.
2. Organizar los recursos materiales y humanos de la Subsecretaría hacia el
objetivo común de orientar permanentemente la organización hacia un modelo de
gestión de la calidad adaptado a las necesidades y expectativas ciudadanas de
cada momento.
3. Representar a la Subsecretaría en las actividades vinculadas a la gestión de
la calidad frente a áreas internas y externas del Gobierno.
4. Generar, utilizar, mantener, actualizar y controlar la documentación del
sistema de gestión de la calidad para asegurar su funcionalidad, facilidad de
uso, adaptación de los recursos, cumplimientos de política, objetivos y visión
definidos estratégicamente por la Subsecretaría teniendo en cuenta los
requisitos de las partes interesadas.
5. Elaborar los planes anuales de medición, análisis y mejora de la calidad de
los productos, procesos y servicios del Area.
6. Implementar acciones de corrección, prevención y/o mejora que emanen de la
superioridad para las actividades de difusión y comunicación de la gestión
institucional.
7. Participar en proyectos de mejora en la búsqueda de nuevos métodos,
soluciones y productos para el aseguramiento de la misión y políticas de
comunicación institucional.
SUBSECRETARIA DE
COORDINACION COMUNICACIONAL
DIRECCION PROVINCIAL DE COMUNICACION Y PROMOCION INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Coordinar, en forma conjunta con la Subsecretaría de Relaciones
Institucionales, la implementación de las acciones concernientes a la
comunicación y relación institucional.
2. Asistir al Subsecretario de Comunicación Comunicacional en lo inherente a la
promoción y difusión de las relaciones interinstitucionales e
intergubernamentales con los Municipios y entidades civiles.
3. Gestionar la difusión de las políticas públicas de los organismos
provinciales que cuenten con la participación de representantes provinciales,
municipales o interlocutores de estas políticas públicas, en Foros Jornadas y
encuentros municipales, regionales, provinciales, nacionales e internacionales,
entre otros.
4. Propiciar encuentros con organismos o entes nacionales, provinciales,
municipales, e internacionales, públicos o privados abocados al quehacer
comunicacional.
5. Organizar las acciones vinculadas con las relaciones ceremoniales y
protocolares con los miembros de los Poderes Ejecutivos y Legislativos,
Nacionales, Provinciales y Municipales en coordinación con los organismos
competentes en la materia.
6. Difundir en los diversos ámbitos institucionales las políticas públicas en
cuya formulación, implementación y evaluación participe la comunidad.
7. Coordinar la implementación de la comunicación institucional de la página
Web del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno en coordinación con los
organismos competentes en la materia.
DIRECCION PROVINCIAL DE
COMUNICACION Y PROMOCION INSTITUCIONAL
DIRECCION DE COMUNICACION
ACCIONES
1. Asistir al Director Provincial en todo lo concerniente a la comunicación del
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
2. Implementar los criterios comunicacionales de las áreas de difusión del
Gabinete Provincial, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los
distintos ministerios.
3. Coordinar con el Director Provincial la comunicación, difusión y promoción
de los aspectos políticos, económicos, culturales, históricos, científicos,
educativos, turísticos y todo otro que resulte de interés provincial, sin
perjuicio de las competencias asignadas a otros organismos.
4. Intervenir en la difusión de las políticas públicas de los diversos ámbitos
institucionales en cuya formulación, implementación y evaluación participe la
comunidad.
DIRECCION DE COMUNICACION
SUBDIRECCION DE COMUNICACION
ACCIONES
1. Coordinar las tareas correspondientes a los Departamentos de Enlace
Comunicacional y Departamento de Informes Especiales.
2. Establecer mecanismos operativos de control y seguimiento de la calidad y
volumen de tareas que se asignen a cada departamento y al personal asignado a
cada uno de ellos.
3. Evaluar las necesidades de capacitación en los temas relacionados con la
comunicación institucional, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros
organismos.
4. Coordinar acciones conjuntas con las diferentes áreas de comunicación de las
dependencias pertenecientes al Ejecutivo Provincial.
SUBDIRECCION DE
COMUNICACION
DEPARTAMENTO ENLACE COMUNICACIONAL
ACCIONES
1. Ejecutar acciones conjuntas con las diferentes áreas de comunicación de las
dependencias pertenecientes al Ejecutivo Provincial.
2. Difundir a la comunidad los aspectos políticos, económicos, históricos,
culturales educativos científicos y turísticos que se consideren de interés
provincial.
3. Promocionar en los diferentes medios, las acciones que desarrollen en las
dependencias del Ministerio de la Jefatura de Gabinete y Gobierno.
SUBDIRECCION DE
COMUNICACION
DEPARTAMENTO INFORMES ESPECIALES
ACCIONES
1. Elaborar informes especiales cuya formulación refiera a la gestión de
gobierno.
2. Comunicar, difundir y promocionar programas de gestión y acciones
institucionales consideradas estratégicas.
3. Difundir temáticas vinculadas al desarrollo de aquellas políticas que se
consideren significativas para su comunicación a la comunidad.
4. Producir y difundir en un lenguaje accesible aquella información estratégica
de índole científico-técnica que posea una incidencia directa en la calidad de
vida de la población.
DIRECCION PROVINCIAL DE
COMUNICACION Y PROMOCION INSTITUCIONAL
DIRECCION DE PROMOCION INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Diseñar, trabajar y ejecutar lo relativo a promoción institucional del
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno mediante la implementación de las
políticas públicas destinadas a tal fin.
2. Asistir al Director Provincial en lo inherente a la promoción y difusión de
las relaciones institucionales con los Municipios y entidades civiles.
3. Propiciar encuentros con organismos o entes nacionales, provinciales, y/o
municipales, a fin de mejorar los lazos institucionales.
4. Difundir en los diversos ámbitos institucionales las políticas públicas que
esté desarrollando el Gobierno a fin de alcanzar una mayor participación e
interrelación.
5. Planificar y organizar encuentros académicos y de trabajo con autoridades y
representantes del Gobierno Nacional y de los Gobiernos de las demás
Provincias, para el análisis y debate de iniciativas, proyectos y propuestas de
común interés.
DIRECCION DE PROMOCION
INSTITUCIONAL
SUBDIRECCION DE PROMOCION INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Coordinar las tareas correspondientes a los Departamentos de Imagen
Institucional y Departamento de Gestión.
2. Establecer mecanismos operativos de control y seguimiento de la calidad y
volumen de tareas que se asignen a cada departamento y al personal asignado a
cada uno de ellos.
3. Evaluar las necesidades de capacitación en los temas relacionados con la
promoción institucional.
4. Coordinar acciones conjuntas con las diferentes áreas de promoción
institucional de las dependencias pertenecientes al Poder Ejecutivo Provincial.
SUBDIRECCION DE PROMOCION
INSTITUCIONAL
DEPARTAMENTO IMAGEN INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Diseñar los contenidos de la página Web del Ministerio de Jefatura de
Gabinete y Gobierno.
2. Asistir en la producción de imágenes fotográficas y de video.
3. Enviar a los responsables de los sitios Web de los distintos Municipios el
material de video y fotografía producido por Ministerio de Jefatura de Gabinete
y Gobierno.
4. Mantener una fluida relación con los responsables de las Web de las
distintas jurisdicciones de la Administración Publica Provincial y de los
Municipios.
SUBDIRECCION DE PROMOCION
INSTITUCIONAL
DEPARTAMENTO DE GESTION
ACCIONES
1. Instrumentar todas las diligencias operativas que permitan un desarrollo
dinámico y apropiado de la funciones de la Dirección Provincial.
2. Organizar, supervisar y atender la recepción y entrada de todas las
actuaciones giradas a la Dirección Provincial y su salida.
3. Implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones, su
movimiento interno, suministrando la información que requieran sobre el destino
de las mismas tanto las dependencias del área como los organismos externos.
4. Implementar el servicio de gestoría y correos
5. Verificar la entrega en tiempo y forma de actuaciones.
DIRECCION PROVINCIAL DE
COMUNICACION Y PROMOCION INSTITUCIONAL
DIRECCION DE PROTOCOLO
ACCIONES
1. Coordinar con la Dirección de Comunicación y Promoción Institucional las
gestiones protocolares del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, en
forma conjunta con la Dirección de Protocolo dependiente de la Dirección
Provincial de Ceremonial y Audiencias de la Coordinación General Unidad
Gobernador.
2. Organizar, coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el
protocolo de los actos oficiales, ceremonias y reuniones que lleve a cabo el
Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
3. Supervisar y organizar la presentación de credenciales y el trámite de
invitaciones que reciba el señor Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
4. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la organización de
las reuniones y compromisos oficiales coordinando la logística necesaria.
5. Coordinar con la Dirección Provincial de Comunicación y Promoción
Institucional los requerimientos de los organismos públicos o privados en
cuanto a la asistencia y/o participación oficial del Ministro de Jefatura de
Gabinete y Gobierno.
DIRECCION DE PROTOCOLO
SUBDIRECCION DE PROTOCOLO
ACCIONES
1. Coordinar las tareas correspondientes al Departamento de Protocolo y
Ceremonial
2. Establecer mecanismos operativos de control y seguimiento de la calidad y
volumen de tareas que se asignen a la subdirección y al personal asignado a la
misma.
3. Evaluar las necesidades de capacitación en los temas relacionados con el
protocolo y el ceremonial.
4. Asistir a la Dirección de Protocolo en la coordinación de acciones conjuntas
con las diferentes áreas de protocolo y ceremonial de las dependencias
pertenecientes al Poder Ejecutivo Provincial.
SUBDIRECCION DE PROTOCOLO
DEPARTAMENTO PROTOCOLO Y CEREMONIAL
ACCIONES
1. Recibir, controlar y registrar las invitaciones que reciba el Ministro de
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
2. Recibir y coordinar las solicitudes de audiencias formuladas al Ministro de
Jefatura de Gabinete y Gobierno, organizar su atención y atender a las
distintas delegaciones que concurran a las mismas.
3. Prestar asistencia a los señores Subsecretarios del Ministerio de Jefatura
de Gabinete y Gobierno.
4. Elaborar y proponer el Protocolo a cumplirse en los actos y visitas en los
que participe el señor Ministro y/o autoridades superiores del organismo, en
coordinación con la Dirección de Protocolo dependiente de la Dirección
Provincial de Ceremonial y Audiencias de la Coordinación General Unidad
Gobernador.
5. Realizar y gestionar las invitaciones a los eventos que organice el
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno
6. Intervenir en la preparación de los eventos a los que concurra el Ministerio
de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
7. Confeccionar el programa de actos, ceremonias y visitas en las que participe
el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, estableciendo horarios,
itinerarios y actividades a cumplir.
8. Efectuar el reconocimiento previo necesario de los lugares a visitar.
9. Mantener actualizado el archivo de los eventos a los que haya asistido el
Ministro.
10. Gestionar, notificar y registrar las representaciones dispuestas por el
Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
11. Confeccionar notas, telegramas y demás comunicaciones referentes a
adhesiones, felicitaciones y pésames.
12. Recibir y enviar salutaciones de fin de año.
13. Confeccionar y mantener actualizada la nómina de autoridades del Ministerio
de Jefatura de Gabinete y Gobierno, hasta nivel de Directores.
14. Solicitar presupuestos para la realización de actos oficiales.
15. Redactar, registrar y remitir las comunicaciones correspondientes a las
audiencias derivadas y todo otro tipo de notificación.
SUBSECRETARIA DE COORDNACION COMUNICACIONAL
UNIDAD DE PLANEAMIENTO COMUNICACIONAL ESTRATEGICO
ACCIONES
1. Implementar y proponer acciones de política comunicacional definidas por las
autoridades superiores en el marco de los planes estratégicos y coyunturales de
gobierno.
2. Organizar, en coordinación con la Subsecretaría de Medios de la Coordinación
General Unidad Gobernador, el relevamiento de Medios de acuerdo a las
indicaciones emanadas de las autoridades superiores.
3. Evaluar y definir los medios de comunicación estratégicos de acuerdo a las
indicaciones emanadas de la autoridad superior.
4. Relevar editoriales y notas de opinión de aquellos medios definidos
estratégicamente.
5. Evaluar y elaborar Informes sobre las editoriales y notas de opinión que
permitan una mayor información para la toma de decisiones.
Anexo 2e
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES
ACCIONES
1. Proponer planes y programas tendientes a la optimización de las relaciones
entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y las Municipalidades.
2. Atender temas referidos a la asistencia técnica a brindar a los municipios,
de acuerdo con sus particularidades y problemáticas específicas.
3. Coordinar con los municipios la aplicación de la normativa vigente en
relación a sus respectivos funcionamientos y la fiscalización del cumplimiento
de la misma.
4. Programar los análisis y estudios necesarios a fin de realizar las
evaluaciones requeridas para compatibilizar las propuestas programáticas con
los recursos propios, tendiendo a determinar necesidades de complementación
presupuestaria y coordinando pautas con el Ministerio de Economía.
5. Planificar y coordinar las actividades conducentes al desarrollo del
interior de la Provincia y el Conurbano Bonaerense elaborando cursos de acción,
implementando mecanismos apropiados para su mejor administración y concertando
criterios comunes y afines con otras jurisdicciones del Gobierno Provincial.
6. Elaborar propuestas sobre la normativa vigente promoviendo una administración
municipal eficiente y moderna.
7. Coordinar las acciones tendientes a evaluar la prestación y las necesidades
en materia de servicios públicos, de acuerdo a la capacidad económico
financiera y a la densidad poblacional de cada municipio.
8. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la negociación de
convenios interjurisdiccionales y con Organismos Multilaterales de Crédito que
incidan en el presupuesto provincial.
9. Asistir al Ministro de Jefatura de Gabinete y Gobierno en la asistencia
financiera a otorgar a los Municipios.
10. Coordinar y gestionar con el Estado Nacional y los Organismos
Internacionales de Crédito asistencia financiera destinada a los Municipios.
11. Intervenir con carácter previo a la aplicación de los fondos del Programa
de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal, y participar en su ejecución con
excepción de todas aquellas actividades relacionadas con políticas públicas de
carácter fiscal y financiero.
12. Dictar la reglamentación necesaria, juntamente con los organismos
competentes, para el funcionamiento del Programa de Fortalecimiento y
Desarrollo Municipal.
13. Participar y centralizar la información relacionada con la gestión
municipal.
14. Coordinar acciones con el objeto de establecer la definición e integración
de las regiones que conforman la Provincia de Buenos Aires, a partir de los
indicadores y series de tiempo económico financiero de gestión municipal.
15. Promover el análisis y estudio de la autonomía municipal a fin de adaptar
la estructura político institucional de los Municipios de la provincia de
Buenos Aires a lo establecido en el artículo 123 de la Constitución Nacional.
16. Entender en todas las cuestiones inherentes a los Municipios, evaluar y
aconsejar sobre la creación de nuevos Municipios o proponer la reunión o
división de los existentes, así como participar y proyectar las propuestas de
regionalización.
17. Asistir a los Municipios de la Provincia en la búsqueda de cooperación
internacional y asistencia técnica.
18. Entender en el ordenamiento físico, urbano y regional del territorio,
coordinando acciones con otras carteras ministeriales en la materia, e
intervenir en las cuestiones inherentes al uso del suelo.
19. Diseñar e implementar el Registro Provincial de Urbanizaciones Cerradas.
20. Entender en la relación financiera de los Municipios con el CEAMSE.
21. Coordinar la relación entre los Municipios y el Poder Ejecutivo en las
cuestiones inherentes a los servicios públicos municipales, sin perjuicio de
las competencias específicas de otras jurisdicciones competentes.
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS
MUNICIPALES
DIRECCION PROVINCIAL DE PROGRAMACION Y GESTION MUNICIPAL
ACCIONES
1. Coordinar la ejecución, ejercer el seguimiento, control y evaluación de los
programas y proyectos orientados al ámbito municipal que cuenten con
financiamiento internacional, nacional y provincial.
2. Mantener actualizada la base de información económica financiera de los
Municipios que le suministre el Ministerio de Economía para la correcta
evaluación y seguimiento de las políticas públicas municipales.
3. Sistematizar la información de los programas y proyectos con financiamiento
nacional, provincial e internacional aplicados a los Municipios.
4. Coordinar mecanismos de asistencia financiera provenientes de organismos
internacionales orientados al sector Municipal, sin perjuicio de las
competencias asignadas a otros organismos, sin perjuicio de las competencias
asignadas al Ministerio de Infraestructura.
5. Implementar mecanismos de asistencia técnica y capacitación para el
desarrollo institucional municipal.
6. Intervenir, asistir técnicamente y evaluar los procesos de transferencia,
descentralización y desconcentración de servicios públicos provinciales.
7. Asistir a los Municipios en la implementación de programas y proyectos con
financiamiento nacional, provincial e internacional, brindándoles
asesoramiento, asistencia técnica, y capacitación para el fortalecimiento del
desarrollo local, en coordinación con los organismos competentes.
8. Articular los aspectos financieros de la relación con el CEAMSE y los
Municipios involucrados en su operatoria.
DIRECCION PROVINCIAL DE
PROGRAMACION Y GESTION MUNICIPAL
DIRECCION DE EVALUACION Y ANALISIS DE GESTION
ACCIONES
1. Realizar informes trimestrales de evaluación y seguimiento de la ejecución
de los programas nacionales, provinciales, y de organismos internacionales que
implementen los Municipios, destinados al fortalecimiento del desarrollo local.
2. Realizar informes periódicos relativos a la evaluación y seguimiento de planes
y proyectos de asistencia técnica, modernización y mejoramiento de la capacidad
de gestión de los Municipios.
3. Asistir técnicamente, asesorar y capacitar a los Municipios para el acceso a
los programas con financiamiento provincial, nacional e internacional.
4. Asistir al Ministerio de Economía en el seguimiento de la evolución
presupuestaria y el endeudamiento del Sector Público Municipal.
5. Promover el mejoramiento de los sistemas de administración tributaria y
gestión presupuestaria municipal en cooperación con el Ministerio de Economía.
6. Sistematizar, procesar y actualizar la información económica, financiera y
presupuestaria municipal remitida por el Ministerio de Economía.
7. Informar a los municipios sobre la aplicación de políticas salariales
provinciales que incidan sobre su gestión.
8. Evaluar los aspectos técnicos inherentes a los procesos de transferencia,
descentralización y desconcentración de los servicios públicos provinciales,
sin perjuicio de las competencias asignadas al Ministerio de Infraestructura.
9. Asistir en la coordinación de la relación entre los Municipios y el Poder
Ejecutivo provincial en las cuestiones inherentes a los servicios públicos
municipales, sin perjuicio de las competencias asignadas al Ministerio de
Infraestructura.
10. Elaborar encuestas de política salarial municipal y recabar toda otra
información de los distintos aspectos de la gestión municipal que resulten
necesarios para el correcto seguimiento del desarrollo institucional del
Municipio.
11. Elaborar informes periódicos que reflejen la evolución de las acciones
implementadas por los Municipios.
DIRECCION PROVINCIAL DE
PROGRAMACION Y GESTION MUNICIPAL
DIRECCION DE INFORMACION Y DIFUSION
ACCIONES
1. Difundir las actividades de la Subsecretaría.
2. Elaborar el programa de difusión y comunicación de la Subsecretaría,
conteniendo las metas, objetivos e indicadores de resultados a obtener.
3. Diseñar los soportes de los contenidos de publicación y difusión de la
Subsecretaría.
4. Coordinar las actividades de comunicación y difusión con las distintas áreas
de gobierno.
5. Conformar y actualizar en forma permanente la base de datos del Centro
Documental de Información (CDI), coordinando las acciones para el acceso, la
consulta y la difusión de los mismos.
6. Difundir periódicamente a través de boletines informativos y la página Web
institucional de la Subsecretaría la oferta de programas, financiamiento,
asistencia técnica, asesoramiento y capacitación destinada los Municipios.
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS
MUNICIPALES
DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO REGIONAL
ACCIONES
1. Coordinar acciones con las áreas de programación de las distintas
jurisdicciones, generando una red permanente de intercambio y complementación
de información destinada al desarrollo estratégico de las instituciones
municipales y las regiones de la provincia de Buenos Aires.
2. Sistematizar y evaluar las experiencias de regionalización y
descentralización puestas en marcha por el Gobierno provincial, en coordinación
con los organismos que ejecutan los correspondientes programas o proyectos.
3. Impulsar la firma de convenios con Instituciones públicas, académicas y de
investigación, destinados a promover los estudios, capacitación, asesoramiento
y asistencia técnica para el fortalecimiento de las instituciones municipales y
el desarrollo regional.
4. Proponer un esquema de regionalización, sobre la base de estudios de
desarrollo estratégico provincial, a fin de conformar unidades de gestión o
desarrollo regional.
5. Promover el fortalecimiento de las relaciones entre los Gobiernos
Municipales y la Sociedad Civil juntamente con la Subsecretaría de Relaciones
Institucionales del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
6. Promover la mejora del marco normativo en el ámbito municipal, articulando
las reformas y propuestas con los Concejos Deliberantes y la Legislatura
Provincial en coordinación con la Subsecretaría de Relaciones Institucionales
del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
7. Intervenir en la aplicación de las normas de uso del suelo y colaborar en la
formulación de políticas de gestión local sobre tierras provinciales,
municipales y de regularización dominial, en concordancia con los organismos
provinciales vinculados al tema.
DIRECCION PROVINCIAL DE
DESARROLLO REGIONAL
DIRECCION DE INVESTIGACION Y DESARROLLO REGIONAL
ACCIONES
1. Identificar y realizar el mapeo de regiones con el objeto de promover y
coordinar el desarrollo de las mismas.
2. Diseñar estrategias de desarrollo regional.
3. Coordinar los planes de ordenamiento territorial de mediano y largo plazo.
4. Promover el desarrollo regional y la conformación de consorcios productivos.
5. Elevar en forma periódica informes de diagnóstico sobre el proceso de
desarrollo regional provincial y recomendar cursos de acción para el cumplimiento
de las metas establecidas.
6. Incentivar el diálogo con los actores sociales de las regiones en
coordinación con la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, articulando un
espacio de interlocución permanente.
7. Efectuar la evaluación sistemática de las experiencias de regionalización y
descentralización puestas en marcha por el Gobierno provincial, en coordinación
con los organismos que ejecutan los correspondientes programas o proyectos.
8. Coordinar con el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, la
aplicación de las normas de uso del suelo y Ordenamiento Territorial
(Decreto-Ley Nº 8912/77 y normas complementarias).
9. Implementar, coordinar y mantener actualizado el Registro Provincial de
Urbanizaciones Cerradas.
10. Participar en reuniones de la Mesa de Concertación de Uso Sustentable del
Suelo y Agua y en las comisiones de trabajo, brindando información a los
Municipios sobre las cuestiones de interés tratadas en las mismas.
11. Coordinar la aplicación de la normativa referente a los Barrios Cerrados y
toda otra forma asociativa de urbanización.
DIRECCION PROVINCIAL DE
DESARROLLO REGIONAL
DIRECCION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y COORDINACION NORMATIVA
ACCIONES
1. Asesorar en la redacción de convenios con Instituciones académicas y de
investigación, destinados a promover los estudios, capacitación, asesoramiento
y asistencia técnica para el fortalecimiento de las instituciones municipales y
el desarrollo regional.
2. Desarrollar propuestas tendientes a la promoción del desarrollo de los
Municipios a través del fortalecimiento de su capacidad de gestión y de sus
relaciones con el Gobierno Provincial.
3. Participar en coordinación con otras áreas competentes en el fortalecimiento
de las relaciones de los Gobiernos Municipales con la Sociedad Civil.
4. Promover la mejora del marco normativo municipal, propiciando el
ordenamiento de las normas vigentes, su difusión y accesibilidad de los
ciudadanos.
5. Analizar e informar acerca de los proyectos de normas que le sean sometidas
a su consideración.
6. Asistir al Director Provincial en los aspectos técnicos de la elaboración de
los proyectos de actos administrativos inherentes a la normativa municipal.
7. Fomentar las reglamentaciones pertinentes que hagan a un tratamiento más
eficiente de los Barrios Cerrados, Clubes de Campo y toda otra forma asociativa
de urbanización.
8. Brindar asistencia normativa a los Municipios.
Anexo 2f
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE REFORMA POLITICA
ACCIONES
1. Promover e impulsar proyectos tendientes a la reforma política manteniendo
contacto directo con universidades, centros de estudios políticos y
organizaciones de la Sociedad Civil, en coordinación con los organismos
competentes.
2. Coordinar las reuniones con partidos, dirigentes políticos y académicos para
elaborar métodos de estudio sobre la realidad política la Provincia de Buenos
Aires y del país.
3. Dirigir el funcionamiento del Consejo de Reforma Política para la
delineación de políticas públicas tendientes a mejorar la calidad de las
instituciones.
4. Impulsar el análisis de los programas, proyectos y planes de reforma
política con el fin de indicar su operatividad y alcance.
5. Preparar mecanismos efectivos para establecer un diálogo entre los actores
políticos, sociales y con los partidos políticos.
6. Promover la asistencia a las áreas involucradas en la temática de reforma
política con el fin de unificar criterios.
7. Coordinar la Comisión Provincial del Bicentenario, diseñando e implementando
políticas públicas de estudio, para la proyección de los eventos de
conmemoración.
8. Implementar diseños de difusión tendientes a crear en el territorio de la
Provincia de Buenos Aires un estado de conciencia popular con el objeto de dar
relieve histórico a las celebraciones del Segundo Centenario de la Revolución
de Mayo
9. Sistematizar conjuntamente con la Dirección General de Cultura y Educación y
con el Instituto Cultural las actividades que formen parte de las agendas de
dichos organismos que tengan como eje el acontecimiento del bicentenario.
10. Impulsar la evaluación del impacto de las políticas de reforma política
llevadas a cabo por el Estado Provincial.
SUBSECRETARIA DE REFORMA
POLITICA
DIRECCION PROVINCIAL DE PROGRAMACION Y GESTION POLITICA
ACCIONES
1. Organizar relevamientos de los programas, proyectos y planes elaborados por
distintas jurisdicciones que tengan incidencia en la temática de reforma
política.
2. Analizar y evaluar los programas, proyectos y planes atinentes a la temática
en cuestión, con el fin de indicar su operatividad y alcance.
3. Coordinar estudios de las políticas públicas existentes en materia de
reforma política.
4. Analizar los diseños de los programas, proyectos, planes y acciones
concernientes a la Reforma Política diseñados en el área.
5. Organizar la asistencia y asesoramiento a las áreas involucradas en la
temática de reforma política con el fin de unificar criterios.
6. Evaluar el impacto de las políticas de reforma política llevadas a cabo por
el Estado Provincial.
7. Determinar las pautas para efectuar informes sobre los avances de los
programas de reforma política.
8. Diseñar mecanismos de evaluación de las medidas de reforma política.
9. Delinear acciones y programas de cooperación regional, como así también
coordinar la implementación de acuerdos marco en materia de estudio,
consolidación y fortalecimiento de la reforma política en la provincia de
Buenos Aires.
10. Promover el diseño de un programa rector para la reforma política de la
Provincia.
DIRECCION PROVINCIAL DE
PROGRAMACION Y GESTION POLITICA
DIRECCION DE GESTION POLITICA
ACCIONES
1. Asesorar y asistir a las áreas involucradas en la temática de reforma
política con el fin de unificar criterios.
2. Mantener contacto con las autoridades de universidades, centros de estudios
políticos y organizaciones de la Sociedad Civil, a efectos de proyectar
políticas tendientes a la reforma política.
3. Implementar acciones y programas de cooperación regional.
4. Organizar reuniones con partidos, dirigentes políticos y académicos para
elaborar métodos de estudio sobre la realidad política la Provincia de Buenos
Aires y del país.
5. Disponer mecanismos efectivos para establecer un diálogo entre los actores
políticos, sociales y con los partidos políticos.
DIRECCION PROVINCIAL DE
PROGRAMACION Y GESTION POLITICA
DIRECCION DE PROGRAMACION
ACCIONES
1. Desarrollar proyectos de programas, planes y normas tendientes a la reforma
política de la Provincia.
2. Efectuar estudios e informes sobre las políticas públicas existentes en
materia de reforma política a nivel nacional e internacional.
3. Relevar los programas, proyectos y planes elaborados por distintas
jurisdicciones que tengan incidencia en la temática de reforma política.
4. Efectuar informes sobre los avances de los programas de reforma política.
5. Coordinar con el Consejo de Reforma Política la elaboración de proyectos de
ley en temas concernientes a la reforma política de la Provincia.
6. Diseñar un programa rector para la reforma política de la Provincia.
Anexo 2g
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
SUBSECRETARIA ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Elaborar el proyecto de presupuesto anual de los organismos de la
jurisdicción ministerial y controlar su ejecución, realizando, cuando
correspondiere, los reajustes contables pertinentes.
2. Planificar y programar la gestión administrativo-contable y de los recursos
humanos, materiales, informáticos y financieros afectados a las áreas
dependientes del Ministerio.
3. Confeccionar los programas vinculados a su competencia específica y
proyectar los actos administrativos necesarios para su puesta en marcha.
4. Impulsar la aplicación de nuevas tecnologías para la gestión y control de
los recursos del Ministerio, propiciando desarrollo de sistemas biométricos y
de protección de datos personales.
5. Administrar y coordinar, la ejecución de las políticas a ser aplicadas sobre
el parque automotor del Ministerio, en coordinación con el área rectora en la
materia.
6. Administrar el desarrollo de políticas referidas al personal del Ministerio
en temas laborales y administrativos, en coordinación con el área rectora en la
materia.
7. Organizar, supervisar y coordinar las acciones relacionadas con la
tramitación y otorgamiento de subsidios, implementando un sistema de registro
de solicitudes que facilite las actividades de contralor previo de antecedentes
y la posterior verificación de la correcta aplicación de los fondos conforme
normativa vigente aplicable.
8. Coordinar con las áreas del Ministerio el programa anual de contrataciones.
9. Planificar, programar, implementar, y supervisar las acciones relacionadas
con la ejecución de obras y servicios, propios y/o contratados, necesarios para
el normal funcionamiento de la Jurisdicción.
10. Planificar las acciones tendientes a mejorar y optimizar la capacidad
edilicia y funcional de las distintas delegaciones del Ministerio.
11. Supervisar la gestión relacionada con el despacho de los actos
administrativos de la Jurisdicción, su registro y protocolización
SUBSECRETARIA
ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
ACCIONES
1. Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la
gestión contable, económica y financiera en el ámbito del Ministerio.
2. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores
de las Subsecretarías y dependencias de la jurisdicción, de acuerdo a las
normativas y reglamentaciones vigentes, en un todo de acuerdo con las
instrucciones que imparta el Ministerio de Economía.
3. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de
los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de
los servicios auxiliares necesarios para el buen funcionamiento de la
jurisdicción, como así también, organizar, controlar y gestionar los actos
vinculados a compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de
haberes y demás actividades vinculadas a su competencia.
4. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del
personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el
debido control de la asistencia, confección y archivos de legajos y demás
actividades vinculadas al tema.
5. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico administrativo necesario,
a los organismos de la jurisdicción, diligenciando las actividades propias a la
Mesa General de Entradas, protocolización y despacho, bibliotecas técnicas y
archivos de documentación, sistemas de informática, control y registro de redes
y PC, hardware y software, elaboración de mapas e índices de telefonía, y todo
lo relacionado con los procedimientos y diligenciamientos de los actos
administrativos.
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION
DIRECCION DE CONTABILIDAD
ACCIONES
1. Organizar, coordinar y determinar la implementación de todos los actos
administrativo-contables necesarios para la gestión económico-financiera de la
jurisdicción.
2. Organizar las actividades inherentes al control y gestión de los ingresos y
egresos de fondos y valores asignados a la jurisdicción por la Ley de
Presupuesto General, Cuentas de Terceros y otras formas, disponiendo la
registración de su movimiento y la rendición de cuentas documentadas y
comprobables a la Contaduría General de la Provincia, con detalle de la
percepción y aplicación de dichos fondos y valores conforme la normativa
vigente.
3. Implementar y fiscalizar el registro de proveedores de la jurisdicción.
4. Coordinar, organizar y administrar el Registro Patrimonial de Bienes según
las normas y reglamentaciones vigentes, y el funcionamiento y supervisión de
todos los sectores a su cargo.
5. Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación de servicios
auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias
de la jurisdicción.
6. Organizar e implementar las tareas inherentes a la liquidación y formulación
de pedidos de fondos de todo gasto que se abone a través de la Tesorería de la
jurisdicción.
7. Planificar, administrar y coordinar, la ejecución de las políticas a ser
aplicadas sobre el parque automotor, en coordinación con el área rectora en la
materia.
DIRECCION DE CONTABILIDAD
SUBDIRECCION DE CONTABILIDAD
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Contable,
Tesorería, Presupuesto, Rendición de Cuentas, Liquidación de Haberes,
Liquidación de Gastos y Registro Patrimonial.
SUBDIRECCION DE CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO CONTABLE
ACCIONES
1. Ejecutar las acciones necesarias a la elaboración y control del presupuesto,
incluyendo las distintas etapas de registración y la determinación de residuos
pasivos, deuda exigible y su posterior seguimiento.
2. Efectuar la rendición de cuentas, control de cargos y descargos de fondos y
valores, y confeccionar la cuenta general del ejercicio.
3. Realizar el control de la documentación entregada al Departamento Tesorería,
y la contabilidad de Fondos y Valores, Conciliaciones Bancarias y Registro de
Deudores Varios.
4. Determinar la imputación de las erogaciones y elaborar los estados diarios y
mensuales de ejecución presupuestaria, y controlar el cierre del ejercicio
económico.
5. Atender la contabilidad analítica de las cuentas de terceros.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO TESORERIA
ACCIONES
1. Coordinar y organizar la recepción de fondos asignados a la Jurisdicción y
disponer su depósito en cuentas fiscales.
2. Administrar los fondos y valores ejerciendo el debido control de ingresos y
egresos. Administrar la Caja Chica, el fondo permanente y atender las gestiones
de divisas relacionadas con misiones al exterior.
3. Realizar el resumen del movimiento diario de fondos, mantener actualizado y
controlar las altas y bajas de los documentos dados en garantía.
4. Contabilizar analíticamente todas las operaciones de ingresos y pagos,
manteniendo informado al Departamento Contable sobre las operaciones de
ingresos y egresos.
5. Efectuar los pagos a proveedores con sujeción a las normas legales vigentes
Ley de Contabilidad y su Reglamentación.
6. Elaborar el cierre del ejercicio financiero.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO PRESUPUESTO
ACCIONES
1. Analizar los anteproyectos de presupuesto de cada una de las reparticiones y
organismos de la jurisdicción de acuerdo a las instrucciones emanadas del
Ministerio de Economía, previa solicitud a dichas reparticiones y organismos de
las necesidades económico-financieras previstas para el ejercicio, evaluando su
razonabilidad.
2. Confeccionar los anteproyectos de Presupuesto a elevar al Ministerio de
Economía.
3. Realizar las reasignaciones de créditos en función del presupuesto
definitivo aprobado por la Honorable Legislatura y su distribución a los distintos
programas.
4. Ejercer el seguimiento y control de la aplicación del presupuesto aprobado.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO LIQUIDACION DE HABERES
ACCIONES
1. Organizar, disponer y controlar las liquidaciones de sueldos y complementos
para el personal de plantas aprobadas, cargos superiores y mensualizados de la
jurisdicción, practicando las retenciones impuestas por las leyes y
reglamentaciones vigentes, efectuando las modificaciones que se produjeren
según las incidencias de las novedades comunicadas por la Delegación de la
Dirección Provincial de Personal.
2. Disponer y efectuar las liquidaciones de viáticos y movilidad conforme a las
normas en la materia, controlando las órdenes de pago y rendición de las
mismas.
3. Expedir las certificaciones solicitadas para entidades bancarias, casas de
comercio, el Instituto de Previsión Social, el Instituto de Obra Médico
Asistencial y otras entidades e instituciones.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO REGISTRO PATRIMONIAL
ACCIONES
1. Organizar y efectuar la registración de bienes muebles e inmuebles y las
variaciones patrimoniales en los libros contables, confeccionando las planillas
periódicas y el balance para la remisión a la Contaduría General de la
Provincia, y ejerciendo la superintendencia de los registros patrimoniales de
la jurisdicción.
2. Proyectar las disposiciones, resoluciones, decretos y otros actos referidos
a la gestión patrimonial.
3. Realizar la marcación física de los bienes en uso y de los inventarios
selectivos y realizar inspecciones periódicas a las distintas reparticiones.
4. Organizar y determinar la asignación y traslado de bienes en la
jurisdicción, evaluando las necesidades reales de uso.
5. Atender la centralización y control de la información remitida por las áreas
y organismos con descentralización funcional, y realizar las gestiones
pertinentes determinadas para los bienes declarados fuera de uso y/o en
condición de rezago.
6. Controlar y fiscalizar los depósitos y almacenes de bienes en desuso.
SUBDIRECCION DE CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO LIQUIDACION
DE GASTOS
ACCIONES
1. Confeccionar las liquidaciones de aquellos gastos que se abonen por la
Tesorería del Ministerio.
2. Confeccionar los pedidos de fondos de los gastos que se liquiden.
3. Producir informes técnicos en actuaciones referidas a intereses, multas,
actualizaciones monetarias, mayores costos, retenciones impositivas y
descuentos, y proceder a determinar los mismos.
4. Efectuar en las liquidaciones los descuentos en concepto de impuestos que
pudieran corresponder.
SUBDIRECCION DE
CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO RENDICION DE CUENTAS
ACCIONES
1. Organizar las actividades inherentes al control y gestión de los ingresos y
egresos de fondos y valores asignados a la jurisdicción por la Ley de
Presupuesto, Cuentas de Terceros y otras formas, disponiendo el registro de su
movimiento y la rendición de cuentas documentada y comprobable.
2. Efectuar la rendición de las percepciones e inversiones realizadas.
3. Recibir, ordenar, clasificar y observar cuando corresponda, toda
documentación de pago.
4. Controlar la documentación con los estados contables mensuales y de cierre
de ejercicio.
5. Preparar las rendiciones de cuentas que deban ser elevadas a la Contaduría
General de la Provincia y al Honorable Tribunal de Cuentas.
6. Efectuar la rendición de cuentas, control de cargos y descargos de fondos y
valores, y confeccionar la Cuenta General del Ejercicio.
7. Realizar el control de la documentación entregada al Departamento Tesorería
y a la Tesorería General de la Provincia, de la confección de la contabilidad
de fondos y valores, conciliaciones bancarias, y registro de deudores varios.
DIRECCION DE CONTABILIDAD
SUBDIRECCION AUTOMOTORES
ACCIONES
1. Coordinar ejecución de la política establecida en materia de automotores y
embarcaciones oficiales en el ámbito del Ministerio.
2. Organizar, proponer y controlar la reparación, mantenimiento y equipamiento
de los vehículos.
SUBDIRECCION AUTOMOTORES
DEPARTAMENTO AUTOMOTORES
ACCIONES
1. Organizar, programar y efectuar la distribución del parque automotor de
acuerdo a las necesidades y según las prioridades determinadas, como así
también, organizar, proponer y controlar la reparación, mantenimiento y
equipamiento de los vehículos.
2. Verificar el cumplimiento de las disposiciones para el servicio. Organizar y
programar la asignación de choferes, confeccionar hojas de ruta y fojas de
comisión.
3. Inspeccionar el movimiento de las unidades y su estado de uso dentro y fuera
del radio de la ciudad, como así también, fiscalizar el uso y otorgamiento de
vales de combustible, realizando cuadros comparativos de consumo de combustible
y kilometraje de automotores.
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION
DELEGACION DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
ACCIONES
1. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas a la administración de los
recursos humanos asignados a la jurisdicción, de acuerdo a las normativas,
reglamentaciones y disposiciones determinadas para el sector, de acuerdo a las
pautas emanadas del Organismo Central de Administración del Personal.
2. Organizar y controlar las gestiones, trámites derivados de los temas
laborales, y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal.
3. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios que
permitan cumplir con lo dispuesto en el estatuto del empleado público
provincial.
4. Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin de controlar el
efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de
asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los
agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y
pedidos de licencias previstos por los textos legales vigentes.
5. Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de antecedentes
del personal mediante la elaboración de los legajos de cada agente y controlar
las certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los
beneficios jubilatorios.
6. Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento de los
planteles básicos, movimiento y asignación del personal, carrera
administrativa, concursos y anteproyectos de estructuras, de acuerdo a las
pautas fijadas, concertando criterios con los organismos competentes y las
relaciones en lo atinente a capacitación del personal con las reparticiones del
Ministerio y con el Organismo Central de Administración del Personal.
7. Organizar e implementar actividades de prevención y asesoramiento del
personal en lo relativo a la higiene, seguridad y medicina en el ámbito
laboral, proyectando y proponiendo en coordinación con otras áreas del
Ministerio, la instauración de medidas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de trabajo.
DELEGACION DE LA
DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO DE ESTRUCTURAS Y PLANTELES BASICOS
ACCIONES
1. Organizar y mantener actualizado el archivo y biblioteca técnica de normas y
reglamentaciones sobre estructuras organizativas, escalafones y carrera
administrativa a ser aplicados en la jurisdicción.
2. Elaborar y proponer los anteproyectos de modificación de estructuras
organizativas, aplicando la normativa y disposiciones vigentes, coordinando
pautas y criterios con el organismo Central de Administración del Personal.
3. Programar e implementar un registro de Plantas de Personal, determinando los
cargos ocupados y vacantes, discriminando según las características específicas
de los regímenes, y la organización estructural del área.
4. Organizar e instrumentar un Registro de Personal en actividad señalando
aquellas necesidades que hacen al desarrollo de la carrera administrativa.
5. Divulgar y notificar al personal sobre cobertura de vacantes por concurso,
promociones y demás actividades vinculadas con su progreso en la Administración
Pública Provincial.
DELEGACION DE LA
DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO CAPACITACION
ACCIONES
1. Atender a la demanda espontánea de capacitación que se origine en la
Jurisdicción u Organismo y divulgar al personal sobre los distintos cursos de
capacitación que se realicen.
2. Detectar las necesidades de capacitación a través de técnicas adecuadas.
3. Planificar y ejecutar, previa aprobación del Organismo Central de
Administración de Personal, en concordancia con las pautas generales de él
emanadas, las acciones detectadas y que coadyuven al desarrollo de la carrera
administrativa.
4. Administrar las actividades que integran los servicios de apoyo a las
acciones de capacitación de la Jurisdicción u Organismo.
5. Divulgar y publicitar las actividades que se realicen internamente y las que
se desarrollen a Nivel Central.
DELEGACION DE LA
DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
SUBDIRECCION DELEGADA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Control de
Asistencia, Prevención e Higiene en el ámbito Laboral, Legajos y Laborales.
SUBDIRECCION DELEGADA DE
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO LABORALES
ACCIONES
1. Coordinar, proyectar, proponer y tramitar los actos administrativos
necesarios a los ingresos y egresos, elaborando y proponiendo los proyectos de
decretos, resoluciones, disposiciones, notas, convenios, inherentes al régimen
de personal, verificando el estricto cumplimiento de las normas de aplicación.
2. Atender el trámite de todas las actuaciones relacionadas con los derechos,
deberes y prohibiciones del personal, de acuerdo a los regímenes y normativas
vigentes, como así también de aquellas vinculadas con toda modificación en su
situación de revista.
3. Elaborar y gestionar los actos necesarios para la obtención de los
beneficios previsionales previstos por la normativa vigente.
4. Coordinar pautas y acciones comunes a otras dependencias del área.
SUBDIRECCION DELEGADA DE
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO CONTROL DE ASISTENCIA
ACCIONES
1. Controlar el cumplimiento y observación del régimen horario ordinario y
extraordinario, como asimismo de las normas de asistencia, puntualidad y
permanencia en el lugar de trabajo por parte del personal de la jurisdicción.
2. Verificar y tomar intervención en todo permiso de salida, comisiones y
licencias de los agentes, previstos por la normativa vigente.
3. Intervenir en todo ingreso, toma de posesión, asignación de cargos en forma
interina, cambio de destino, etc. e informar al sector liquidador de sueldos.
4. Elaborar informes estadísticos, cuadros, gráficos y partes diarios,
mensuales y anuales en materia de asistencia de personal.
5. Actuar juntamente con el Organismo de Contralor Médico en la tramitación de
las licencias por enfermedad, juntas médicas, acciones de trabajo y temas
inherentes al área.
6. Realizar toda modificación y/o notificación al personal, de conformidad con
las leyes que rigen el procedimiento en la materia.
SUBDIRECCION DELEGADA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONALDEPARTAMENTO
LEGAJOS
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar y efectuar la confección, actualización,
mantenimiento, control de archivo de los legajos de todo el personal de la
jurisdicción.
2. Registrar en el legajo de cada agente todo dato inherente al desarrollo de
su carrera administrativa desde su ingreso hasta su egreso.
3. Extender certificaciones y constancias relacionadas con los servicios del
personal, tanto en actividad como dado de baja, y ejecutar las acciones
necesarias para la obtención de beneficios asistenciales.
4. Colaborar con el Departamento Estructuras y Planteles Básicos en el registro
y sistematización de la información referida a cargos, altas y bajas, ascensos
del personal, y en la elaboración de los cuadros gráficos y estadísticos.
SUBDIRECCION DELEGADA DE
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO HIGIENE Y MEDICINA LABORAL
ACCIONES
1. Elaborar programas de asesoramiento de servicios de prevención de higiene y
seguridad y de medicina en el ámbito laboral, asesorando a los agentes y
personal de conducción.
2. Organizar un registro de accidentes de trabajo, a fin de sistematizar la
información sobre accidentes.
3. Realizar el seguimiento de las medidas correctivas a efectos de extraer los
factores potenciales de accidentes y aplicar las medidas preventivas que
resulten necesarias.
4. Receptar las propuestas que, a manera de colaboración, pudieran formular las
áreas correspondientes del Ministerio, atendiendo a las necesidades básicas de
cada dependencia.
5. Proponer la implementación de medidas para mejorar las condiciones de
higiene y seguridad en el trabajo.
6. Proyectar, proponer y tramitar actos y actuaciones administrativas
necesarias en materia de Higiene y Medicina Laboral, teniendo en cuenta las
normas administrativas dictadas a tales efectos, tanto de orden nacional como
provincial.
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION
DIRECCION TECNICA ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios a la
atención del despacho de la jurisdicción, elaborando y proponiendo los
proyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas, convenios y otros
inherentes a la gestión, verificando el estricto cumplimiento de las normas de
aplicación.
2. Organizar, implementar y controlar el debido registro y protocolización de
los actos administrativos que se dicten en el área, como así también, organizar
y fiscalizar las tareas de la Mesa General de Entradas, el registro de
actuaciones que ingresan y egresan de la jurisdicción, y el movimiento interno
de las mismas y su archivo.
3. Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de
material bibliográfico y documentación, como asimismo, la organización de
índices y mapas telefónicos, carteleras e indicadores.
DIRECCION TECNICA
ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Despacho y
Protocolización y Mesa General de Entradas.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DESPACHO Y PROTOCOLIZACION
ACCIONES
1. Programar, supervisar e instrumentar las actividades necesarias al buen
funcionamiento del despacho de actuaciones administrativas, y prestar
asistencia y asesoramiento a las distintas dependencias de la jurisdicción.
2. Atender la recepción, distribución y gestión de los proyectos y actos
administrativos, como asimismo, verificar la correcta aplicación de las normas
y reglamentaciones vigentes en su elaboración, prestando su colaboración para
la firma de las autoridades.
3. Supervisar y ejecutar los actos de protocolización, archivo, aplicación y
control de los actos administrativos que se dicten en el área.
4. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los
registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector, y
atender las consultas de otros organismos y reparticiones, como así también,
asistir a las áreas de apoyo administrativo de las Subsecretarías y Direcciones
Provinciales de la Jurisdicción, coordinando y concertando pautas y criterios
comunes.
5. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas
para la confección y trámite de todas las actuaciones de salida.
SUBDIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO MESA GENERAL DE ENTRADAS
ACCIONES
1. Organizar, supervisar y atender la recepción y entrada de todas las
actuaciones giradas a la jurisdicción, como así también, su salida.
2. Programar, implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones
entradas y su movimiento interno, suministrando la información que requieran
sobre el destino dado a las mismas, tanto a las dependencias y reparticiones
del área, como los organismos que lo requieran.
3. Caratular los expedientes de trámite de los actos administrativos que se
inicien en la Jurisdicción, llevando un registro numérico y temático, y
confeccionar los sistemas de fichado y movimientos requeridos para un buen
orden de dichas actuaciones.
4. Aplicar y controlar el cumplimiento de las normativas y reglamentaciones
dictadas por el sector.
5. Atender el archivo de actuaciones concluidas, llevando un registro
pormenorizado de las mismas.
6. Organizar, mantener e implementar el servicio de gestoría y correos para
todas las dependencias de la Jurisdicción; realizar las actividades necesarias
a fin de verificar la entrega en tiempo y forma de expedientes, actuaciones y
sobres en los lugares de destino determinados.
7. Implementar y mantener un registro actualizado de todo el movimiento de
actuaciones producido en el sector, administrando la información que cada
dependencia requiera sobre las gestiones realizadas.
8. Recibir la devolución de las actuaciones giradas por defectos en su
tramitación, remitiéndolas a su dependencia de origen.
9. Atender el trámite de proyectos de decretos originado en la jurisdicción,
como así también, efectuar el seguimiento de los mismos hasta su conclusión.
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
ACCIONES
1. Intervenir en forma directa en la gestión previa y la ejecución de toda
compra o venta ejerciendo los controles y fiscalización pertinente, como así
también, en la ejecución de todos lo contratos.
2. Coordinar y determinar la implementación y seguimiento de los inventarios
existentes.
3. Coordinar e Intervenir en las preadjudicaciones, adjudicaciones y órdenes de
compra.
4. Dirigir y administrar el Registro de Proveedores y Licitaciones de la
jurisdicción.
5. Ejercer el control de los pedidos de adquisición que realice el Organismo.
6. Elaborar y controlar el registro de órdenes de compra según las normativas
vigentes.
7. Participar en la confección de los pliegos de licitación correspondientes,
en colaboración con las demás áreas del Ministerio, supervisando el
cumplimiento de la normativa aplicable.
8. Evaluar, a partir de la elaboración de informes, el estado de los inmuebles
existentes y los propuestos.
9. Formalizar contratos de locación, contratos de comodato y convenios de pago
por ocupación de hecho.
10. Coordinar con los Municipios e instituciones, contratos de comodato para la
ocupación de espacios físicos cedidos, cumplimentando la documentación
requerida por la Asesoría General de Gobierno y el Fiscal de Estado, para la
aprobación de los mismos mediante Resolución Ministerial.
11. Evaluar los requerimientos de la Dirección Provincial del Registro de las
Personas respecto a las deficiencias edilicias de los bienes alquilados,
coordinando con los propietarios, previa evaluación técnica, las reformas,
reparaciones o sustitución de las deficiencias observadas, y controlando el
desarrollo de los trabajos enumerados.
12. Atender las necesidades de compra por caja chica y realizar las compras
urgentes y de menor cuantía.
DIRECCION DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
SUBDIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
ACCIONES
1. Administrar todas las tareas correspondientes a los Departamentos: Compras y
suministros, Contrataciones y Locaciones.
SUBDIRECCION DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
DEPARTAMENTO CONTRATACIONES
ACCIONES
1. Coordinar la recepción y control de los pedidos de adquisición y su remisión
al Departamento Contable para su compromiso, confeccionando los pliegos, y
supervisando el cumplimiento de las disposiciones de la normativa aplicable.
2. Controlar las preadjudicaciones y confeccionar las adjudicaciones y órdenes
de compra originadas en distintos actos licitatorios y contrataciones directas.
3. Controlar el cumplimiento, en tiempo y forma, de las estipulaciones
contractuales, y diligenciar y verificar las facturaciones.
4. Organizar, mantener y actualizar el Registro de Proveedores y Licitaciones
de la jurisdicción, de acuerdo a los datos que suministre la Contaduría General
de la Provincia.
5. Elaborar los actos necesarios para la publicación de los anuncios de
licitaciones.
SUBDIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEPARTAMENTO COMPRAS Y SUMINISTROS
ACCIONES
1. Efectuar la supervisión de almacenes y la recepción, control y atención de
vales de pedidos.
2. Llevar el registro y realizar la recepción de los pedidos de adquisición
realizados por el Organismo.
3. Elaborar los documentos necesarios para la publicación de los anuncios de
las licitaciones.
4. Llevar el registro de órdenes de compra según la normativa vigente.
5. Practicar y organizar la administración y seguimiento de los inventarios
existentes en el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
6. Mantener el economato y el control de distribución y stocks mínimos de todas
las dependencias del Organismo.
SUBDIRECCION DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
DEPARTAMENTO LOCACIONES
ACCIONES
1. Llevar el registro de las locaciones existentes en el Organismo.
2. Coordinar con los propietarios toda la documentación necesaria para el inicio
de la tramitación objeto de la locación.
3. Coordinar la evaluación y trámite de los diversos requerimientos de las
Reparticiones dependientes del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno,
relacionados con la locación de inmuebles.
4. Realizar mediante inspección técnica un relevamiento planimétrico del estado
general de cada propiedad, confeccionar planos y constatando la adecuación del
bien a las necesidades de servicio, determinando el valor locativo mediante
evaluación de condicionantes locales de las propiedades por valores
comparativos y constructivos, a efectos de formalizar el contrato respectivo.
5. Confeccionar y tramitar contratos de locación cumplimentando toda la
documentación requerida por la Asesoría General de Gobierno y el Fiscal de
Estado para la aprobación de los mismos mediante Resolución Ministerial.
6. Confeccionar actas de entrega de llaves y/o recepción de nuevas propiedades,
procediendo a la entrega de las llaves de los inmuebles por rescisión de
contrato y formalización del convenio de pago por ocupación de hecho, por el
plazo de ocupación desde el vencimiento del contrato hasta su efectiva
ocupación.
7. Recepcionar las solicitudes de trámites de renovación o nuevas propuestas de
locación de inmuebles, evaluar las mismas mediante inspección técnica a los
inmuebles en toda la Provincia de Buenos Aires.
8. Recepcionar y tramitar mensualmente las facturas de cada locación, iniciando
los respectivos expedientes de pago con la agregación de la documentación
requerida, y efectuar el seguimiento de las mismas hasta su cancelación por
parte de la Tesorería General de la Provincia.
9. Confeccionar planillas y tramitar ante la Dirección del Registro de la
Propiedad el estado dominial de cada bien evaluado.
10. Confeccionar planillas y tramitar ante la Agencia de Recaudación de la
Provincia de Buenos Aires, la valuación fiscal del bien evaluado.
11. Confeccionar un listado de las locaciones vigentes para determinar
fehacientemente los vencimientos de los contratos de locación, ubicación del
bien, valor locativo, número de Resolución Ministerial aprobatoria, manteniendo
su actualización permanente.
12. Archivar las actuaciones aprobatorias de cada locación, recabando copia
certificada de los contratos celebrados, y procediendo a la imputación
definitiva del gasto emergente, para su inclusión en los trámites mensuales de
pago.
13. Evacuar consultas telefónicas sobre el estado de las tramitaciones de pago
y de renovación de contrato efectuados por los propietarios, instituciones y
reparticiones públicas.
DIRECCION DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
SUBDIRECCION DE SERVICIOS AUXILIARES
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes al Departamentos Mantenimiento,
Talleres y Servicios.
SUBDIRECCION DE SERVICIOS
AUXILIARES
DEPARTAMENTO MANTENIMIENTO, TALLERES Y SERVICIOS
ACCIONES
1. Elaborar y supervisar los proyectos de modificaciones, ampliaciones y
ejecución de obras, atendiendo la documentación de planos, si fuera necesario,
y participar en la confección de pliegos de licitación.
2. Organizar, coordinar y controlar el funcionamiento de los talleres generales
de mantenimiento, recibir las solicitudes y analizar su viabilidad y ejecución,
e informar dando razón de las necesidades de compra y abastecimiento para los
mismos.
3. Organizar y programar la prestación de los servicios generales de
maestranza, mayordomía, expedición, conmutador, traslado de bienes muebles y
otros necesarios para el normal funcionamiento del organismo, propios y/o
contratados, y supervisar la conservación en perfecto estado de higiene de
todas las reparticiones y dependencias de la jurisdicción, como asimismo, la
guardia policial.
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE INFORMATICA Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
ACCIONES
1. Ejercer las competencias de carácter técnico en la normalización e
implementación de los sistemas y tecnología de la información de Ministerio de
Jefatura de Gabinete y Gobierno en el marco de las políticas informáticas
provinciales.
2. Administrar, en todos sus aspectos, los sistemas informáticos y
procesamiento de la información en el ámbito de Ministerio de Jefatura de
Gabinete y Gobierno.
3. Organizar el servicio de soporte, asistencia técnica y operativa en
informática a las diversas entidades organizativas y apoyar con recursos
humanos y tecnológicos la capacitación de las mismas.
4. Establecer pautas y criterios en los procesos de trabajo a fin de mejorar
los niveles de servicio en el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno
mediante la utilización de la tecnología de la información.
5. Determinar los estándares informáticos que deben cumplir los sistemas a fin
de bajar el costo operativo, logrando uniformidad y mejora en la calidad de la
información.
6. Intervenir en la definición y evaluación de los elementos informáticos
utilizados en el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
7. Actualizar y optimizar periódicamente los sistemas informáticos que
acompañan a los circuitos administrativos para reflejar las mejoras y cambios
que se producen en la organización y sugerir modificaciones en los
procesamientos y métodos tendientes a optimizar el funcionamiento de la misma
desde el punto de vista de la tecnología de la información.
8. Investigar en forma permanente el estado del arte de la última tecnología
disponible en el mercado.
9. Definir, administrar y mantener en forma conjunta con las áreas provinciales
competentes, la red de comunicación de datos necesaria para el funcionamiento
de los sistemas informáticos en todo el ámbito del Ministerio de Jefatura de
Gabinete y Gobierno.
10 Definir, administrar y mantener la infraestructura necesaria para los
servicios relacionados con las redes de Internet e Intranet.
11. Proponer estándares para la adquisición de equipamiento informático.
12. Planificar las políticas de renovación y ampliación de la plataforma
informática del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
DIRECCION DE INFORMATICA
Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
DEPARTAMENTO ANALISIS, PROGRAMACION Y DISEÑO DE SISTEMAS
ACCIONES
1. Analizar, desarrollar, implementar y mantener los sistemas informáticos
solicitados por usuarios externos a la Dirección de Informática y Tecnología de
la Información o internos de la misma, proponiendo los recursos humanos,
tecnológicos y la plataforma a utilizar.
2. Documentar los sistemas desarrollados: documentos del sistema, diccionario
de datos, documentación de código fuente, manuales de operación para los
usuarios finales.
3. Capacitar a los usuarios en los sistemas desarrollados por el Departamento.
4. Asistir a los usuarios de los sistemas desarrollados en el buen uso de los
mismos.
5. Participar en la definición e implementación de sistemas desarrollados por
terceros.
6. Interactuar con los usuarios para proponer mejoras en los circuitos
administrativos involucrados en un proyecto de informatización.
DIRECCION DE INFORMATICA
Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
DEPARTAMENTO COORDINACION DE PROYECTOS
ACCIONES
1. Coordinar, planificar, controlar y evaluar el desarrollo de proyectos y
servicios basados o soportados en nuevas tecnologías de la información y las
comunicaciones.
2. Elaborar la información necesaria para la toma de decisiones.
3. Realizar el análisis de factibilidad de solicitudes de servicios y/o
productos basados o soportados en nuevas tecnologías de la información y las
comunicaciones.
4. Definir la necesidad de recursos a efectos de tramitar las solicitudes
recepcionadas (personal, económicos, infraestructura, datos)
5. Analizar la definición de tiempos (etapabilidad del proceso) y del
background histórico.
6. Confeccionar glosarios.
7. Elaborar el documento del proyecto.
8. Evaluar la aplicación de los proyectos a través de la determinación de
etapas del proceso, la confirmación de tendencias y la calidad del producto.
9. Crear bibliotecas de lenguajes
10. Diseñar y elaborar documentos, presentaciones y manuales de los distintos
proyectos.
DIRECCION DE INFORMATICA
Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
DEPARTAMENTO PRODUCCION Y SOPORTE TECNOLOGICO
ACCIONES
1. Analizar y diagramar todos los procesos en lotes y carga de máquina.
2. Efectuar el control previo de la totalidad de los elementos que intervienen
en los procesos a desarrollar.
3. Confeccionar la secuencia de pasos de cada proceso de acuerdo a las
instrucciones recibidas.
4. Controlar los resultados de los procesos y remitir las salidas de los mismos
a los destinos que correspondan de acuerdo a la documentación.
5. Confeccionar instructivos para la operación de máquina.
6. Realizar la operatoria diaria del equipamiento de acuerdo a la planificación
establecida.
7. Confeccionar las rutinas de bajas y copia de resguardo de archivos para cada
proceso, de manera que toda información pueda ser recuperada.
8. Mantener los catálogos de archivos y custodiar los soportes magnéticos y
otros tipos de soportes de archivos.
9. Mantener informado al Departamento de Coordinación de Proyectos sobre la
marcha de los procesos y cuando la carga de los mismos exceda lo planificado.
10. Administrar la carga, concurrencia y prioridad de los procesos.
11. Establecer normas y estándares de trabajo para el procesamiento.
12. Estimar las necesidades de elementos de consumo (papel, toner, soportes
magnéticos, etc.), e informar al Departamento Técnico - Administrativo para su
provisión.
13. Cortar, desglosar y despachar todas las salidas impresas.
14. Traducir los datos de entrada, llevándolos desde los formularios donde se
los captó, a soportes o medios adecuados para su procesamiento.
15. Proponer y optimizar el uso de los sistemas operativos, software de base y
hardware, del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
16. Investigar, proyectar, diseñar, administrar y mantener las redes de
teleprocesamiento.
17. Instalar, administrar y efectuar el mantenimiento de servidores y equipos
de comunicaciones.
18. Efectuar el tendido de los sistemas de cableado basados en el concepto de
Sistema de Conectividad Abierto, que soportan equipos y protocolos hechos por
diferentes fabricantes, siguiendo las recomendaciones de estándares en la
planeación e implementación de Sistemas Genéricos de Cableados.
19. Administrar la seguridad del sistema informático y copias de respaldo.
20. Controlar el mantenimiento de los equipos y software suministrado por parte
de los proveedores, de acuerdo a lo convenido, e informar por incumplimiento.
21. Instalar, mantener y reparar el equipamiento informático (PC, impresoras,
etc.) de los establecimientos administrativos dependientes del Ministerio de
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
22. Instalar y mantener el software de base y de aplicaciones de todas las
dependencias del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
23. Asesorar sobre aspectos técnicos requeridos por el Ministerio de Jefatura
de Gabinete y Gobierno.
24. Investigar y proponer las modificaciones e incorporaciones de hardware y
software de acuerdo con los requerimientos del Ministerio de Jefatura de
Gabinete y Gobierno.
25. Mantener y actualizar los portales dependientes en cuanto a software de
base.
26. Instalar y mantener los servicios soportados bajo la plataforma Internet.
27. Garantizar la integridad y seguridad de los servicios bajo la plataforma
Internet.
28. Administrar los catálogos de archivos.
29. Instalar y configurar los motores de base de datos del Ministerio de
Jefatura de Gabinete y Gobierno.
30. Recuperar toda la información en un punto conocido en caso de que el sistema
falle.
31. Garantizar la integridad y consistencia de datos.
32. Establecer la seguridad en lo atinente a autentificación de usuarios y
administración del Firewall y definir políticas de asignación de espacios en
disco y de permisos y perfiles de usuarios.
DIRECCION DE INFORMATICA
Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
DEPARTAMENTO MESA DE AYUDA
ACCIONES
1. Llevar adelante los programas de atención e información al usuario.
2. Responder o derivar correctamente todas las consultas que llegan a través de
llamadas telefónicas, por chat, por correo electrónico o por guía de trámites
del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
3. Cargar todas las consultas para confeccionar las estadísticas que solicite
la Dirección.
4. Trabajar con otras áreas para perfeccionar los programas existentes y
propiciar programas nuevos que mejoren la gestión.
5. Estimular y propender al mejoramiento del trato al usuario y a la resolución
eficaz y rápida de las consultas.
6. Confeccionar y administrar todos los incidentes reportados.
7. Generar una base de incidentes e inconvenientes de hardware y software
informados por las distintas dependencias usuarias.
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION
DEPARTAMENTO CONTROL DE GESTION
ACCIONES
1. Analizar, programar, proponer e implementar las acciones necesarias a fin de
llevar a cabo el control de gestión interno relacionado con las operaciones
administrativas contables de todas las reparticiones de la jurisdicción.
2. Elaborar los informes técnicos y dictámenes que, en materia contable, surjan
como resultado de los controles practicados, realizando por sí o a pedido de
las autoridades respectivas arqueos, inventarios, compulsas y peritajes.
3. Iniciar y desarrollar las investigaciones necesarias, implementando los
actos previos a la instrucción de los sumarios que puedan producirse en los
temas administrativos-contables.
SUBSECRETARIA
ADMINISTRATIVA
DIRECCION PROVINCIAL DE SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
ACCIONES
1. Coordinar los mecanismos de diligenciamiento de actuaciones administrativas
vinculadas con el otorgamiento de subsidios y transferencias no reintegrables
correspondientes a la jurisdicción.
2. Promover acciones tendientes a establecer circuitos de información que
simplifiquen y agilicen los mecanismos de tramitación, requisitos y documentación
establecida en la normativa vigente.
3. Planificar y supervisar las acciones relacionadas con la recepción y gestión
de las solicitudes que envíen personas físicas, instituciones o entidades de
bien público, Municipios y demás entidades de acuerdo al presupuesto aprobado
para el correspondiente ejercicio financiero.
4. Intervenir, en el marco de la normativa vigente, todo trámite de
otorgamiento de subsidios, subvenciones, asistencias, ayudas financieras y/o
transferencias no reintegrables imputables a la partida correspondiente del
Presupuesto General de Administración, iniciado en las distintas reparticiones
de la Administración Pública Provincial y destinado a beneficiar a personas de
derecho público y de derecho privado, resguardando y sistematizando aquellos
datos relevantes que permitan efectuar el seguimiento y la optimización de los
recursos.
5. Supervisar y coordinar el seguimiento permanente de la información referente
a subsidios, subvenciones, asistencias, ayudas financieras y todo otro tipo de
transferencias no reintegrables que sean otorgadas a personas de derecho
público o de derecho privado, por intermedio de los distintos organismos y
reparticiones de la Administración Pública Provincial.
6. Coordinar con las distintas Jurisdicciones los procesos y trámites que
permitan optimizar la asignación de los recursos fiscales, definiendo y/o
encausando los procesos de tramitación de las asistencias mencionadas.
7. Proponer, sobre la base de la normativa vigente para cada caso, todas las
adecuaciones que posibiliten dotar al proceso la mayor eficacia y
transparencia.
8. Fiscalizar el cumplimiento de los distintos regímenes de subsidios y
transferencias no reintegrables, disponer los controles y propiciar las
eventuales sanciones de los solicitantes y/o beneficiarios, de acuerdo a su
respectiva normativa.
9. Realizar la revisión y proponer la adecuación normativa de los regimenes de
subsidios y transferencias no reintegrables.
10. Coordinar la asistencia y el asesoramiento técnico a instituciones,
entidades, organismos, dependencias y/o reparticiones del Estado Provincial y
Municipal en la implementación y ejecución de programas, proyectos y convenios.
11. Estudiar y proponer pautas para la generación de herramientas de innovación
que permitan optimizar, publicitar y transparentar los procesos administrativos
relacionados.
12. Estudiar, diseñar y proponer planes de coordinación financiera con las
áreas pertinentes destinados a hacer frente a crisis económicas, sanitarias,
sociales y naturales.
13. Coordinar actividades con las áreas competentes de las distintas
Jurisdicciones referidas a la sistematización de las pautas de comunicación,
notificación, documentación, redacción y rendición.
14. Estudiar, diseñar y proponer programas que promuevan la difusión de
experiencias replicables, generadas en el marco de subsidios o subvenciones
otorgados por la Provincia.
DIRECCION PROVINCIAL DE
SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
DEPARTAMENTO REGISTRO Y CONTROL
ACCIONES
1. Promover las acciones que permitan resguardar la información referente a
subsidios, subvenciones, asistencias, ayudas financieras y todo otro tipo de
transferencias no reintegrables que sean otorgadas a personas de derecho
público o de derecho privado, por intermedio de los distintos organismos y reparticiones
de la Administración Pública Provincial sistematizando la información referida
al sujeto beneficiario, montos, organismo otorgante, objeto y todo otro dato de
interés para el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.
2. Realizar el seguimiento permanente de las tramitaciones administrativas
referentes a subsidios, subvenciones, asistencias, ayudas financieras y todo
otro tipo de transferencias no reintegrables, controlando el adecuado
cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente.
3. Elaborar los informes en materia de control previo de admisibilidad y
verificación de cumplimiento de requisitos de presentación en materia de
subsidios y transferencias no reintegrables, propiciando la subsanación de las
insuficiencias detectadas.
4. Asistir y asesorar técnicamente a las instituciones, entidades, organismos,
dependencias y/o reparticiones del Estado Provincial y Municipal en la
implementación y ejecución de programas, proyectos y convenios.
5. Gestionar los procesos que, impulsados por las distintas jurisdicciones,
tengan como objeto la aplicación de sanciones administrativas.
6. Efectuar estudios y elevar propuestas de adecuaciones normativas o de
gestión.
DIRECCION PROVINCIAL DE SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
DEPARTAMENTO GESTION Y SEGUIMIENTO
ACCIONES
1. Recibir y gestionar las solicitudes de subsidios o aportes económicos no
reintegrables que efectúen personas físicas, instituciones o entidades de bien
público, Municipios y demás entidades al Ministerio de Jefatura de Gabinete y
Gobierno.
2. Coordinar los mecanismos de diligenciamiento de las actuaciones
administrativas vinculadas con el otorgamiento de subsidios y aportes
económicos no reintegrables correspondientes a la jurisdicción.
3. Requerir a los solicitantes la documentación necesaria para la prosecución
de los trámites, brindando el asesoramiento respecto de los mecanismos de
tramitación.
4. Elaborar los proyectos de actos administrativos y convenios impulsados por
la Jurisdicción.
5. Gestionar y coordinar con los organismos de asesoramiento y control el
despacho de las actuaciones jurisdiccionales.
6. Fiscalizar el efectivo cumplimiento del objeto, de los beneficios otorgados
por la Jurisdicción.
Anexo 2h
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA SOLUCIONES YA
ACCIONES
1. Resolver en forma rápida y eficaz, las necesidades urgentes con obras de
pequeñas dimensiones.
2. Proyectar, proponer y articular acciones y políticas tendientes a mejorar la
calidad de vida de los habitantes.
3. Articular políticas concretas y rápidas en forma transversal con todos los
organismos de la administración central.
4. Asistir y fomentar la participación ciudadana, a efectos de detectar
problemáticas y acordar la forma de su resolución.
5. Realizar visitas y relevamientos a los diferentes municipios, articulándolo
en forma conjunta con éste.
6. Diagnosticar y evaluar en los relevamientos las necesidades básicas
insatisfechas de la comunidad a fin de dar cumplimiento efectivo a las
demandas, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social.
7. Efectuar la planificación y programación de las acciones y/o políticas, de
acuerdo al diagnóstico otorgado por los relevamientos realizados.
8. Programar y proyectar obras viales que faciliten el acceso a las
instituciones educativas, sanitarias o deportivas, en coordinación con el
Ministerio de Infraestructura.
9. Programar en forma conjunta con las áreas competentes obras referentes a
cuestiones sanitarias y educativas.
10. Diagnosticar la necesidad de mantenimiento y limpieza de los asentamientos
y barrios carenciados.
11. Otorgar en forma directa herramientas, equipamientos y materiales
necesarios para instituciones educativas, comedores comunitarios y unidades
sanitarias.
DIRECCION PROVINCIAL DE
GESTION DE LA UNIDAD MINISTRO
DIRECCION DE PROYECTOS ESPECIALES
ACCIONES
1. Realizar el seguimiento y supervisión de los distintos proyectos especiales,
estudios y programas que le sean encomendados.
2. Analizar y proponer el plan de ejecución de los distintos proyectos,
programas y estudios especiales, estimando tiempos, recursos y factibilidad.
3. Coordinar con las dependencias involucradas en la ejecución de los proyectos
actividades y acciones que den cumplimiento al objetivo de los mismos.
4. Elevar informes sobre resultados parciales y finales de los proyectos,
programas y estudios asignados.
5. Coordinar estudios particularizados u otras tareas de apoyo específicas que
se le encomienden.
DIRECCION PROVINCIAL DE
GESTION DE LA UNIDAD MINISTRO
DIRECCION DE ANALISIS Y APOYO ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Coordinar las actividades de despacho, apoyo administrativo y mecanismos de
diligenciamiento de la Unidad Ministro.
2. Analizar los actos administrativos, contratos y convenios que se propicien
y/o cuya redacción, encomiende el Ministro, sin perjuicio de las funciones
realizadas por la Dirección General de Administración de la Subsecretaría
Administrativa del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
3. Analizar y evaluar, y dar debida intervención cuando corresponda, a los
organismos de asesoramiento y contralor de la provincia de los anteproyectos de
actos administrativos del ministerio.
4. Elaborar proyectos de actos administrativos, de alcance general y
particular, como así también convenios, contratos y acuerdos específicos, que
deban ser impulsados desde el ámbito de la Unidad Ministro.
5. Organizar y supervisar la recepción, derivación, registro interno,
asignación de trámite, reserva y diligenciamiento de documentación, actuaciones
y proyectos de actos administrativos, notas y todo trámite que ingrese o egrese
del área Ministro.
6. Analizar la correspondencia según los criterios y prioridades establecidos
por las autoridades superiores, y proponer las acciones a seguir para el
tratamiento de las mismas.
7. Organizar y controlar en coordinación con las dependencias y áreas de
competencia específica, la administración de los recursos humanos,
informáticos, materiales, financieros y gestión y control de la caja chica
afectados a la Unidad Ministro, en coordinación con las áreas competentes.
DIRECCION DE ANALISIS Y
APOYO ADMINISTRATIVO
DEPARTAMENTO DE APOYO ADMINISTRATIVO Y DESPACHO
ACCIONES
1. Analizar, proponer e implementar las acciones necesarias a fin de llevar el
despacho de la Unidad Ministro, a través de un control pormenorizado de gestión
interna relacionado con expedientes, notas, anteproyectos, informes y estudios
requeridos.
2. Desarrollar y centralizar los mecanismos de diligenciamiento de actuaciones
administrativas de despacho tramitadas en y desde el área de la Unidad
Ministro.
3. Implementar las acciones necesarias a efectos de mantener actualizados los
registros y ficheros de control de la gestión administrativa.
4. Analizar y gestionar los expedientes que ingresen al sector.
5. Confeccionar notas, providencias y comunicaciones correspondientes al
despacho del Ministro.
6. Implementar las acciones necesarias para realizar el seguimiento de las
actuaciones administrativas, como así también del estado y ubicación de las
notas y expedientes.
7. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas
para la confección y trámite de las actuaciones administrativas que ingresen o
egresen del área Ministro.
8. Relevar información y realizar estudios sobre diversas temáticas de gestión
administrativa, a requerimiento de la Unidad Ministro.
9. Coordinar e implementar la proyección de los actos administrativos para el
despacho de las actuaciones inherentes a la gestión directa del Ministro.
DIRECCION DE ANALISIS Y
APOYO ADMINISTRATIVO
DEPARTAMENTO DE ANALISIS Y DERIVACION DE CORRESPONDENCIA
ACCIONES
1. Gestionar la tramitación de la derivación de la correspondencia, según las
pautas y criterios emanados por las autoridades.
2. Realizar el seguimiento pormenorizado, en sus distintas etapas, del
tratamiento dado a la correspondencia ingresada para consideración del
Ministro.
3. Organizar y mantener actualizado el registro de la correspondencia ingresada
y tramitada en el área.
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
OFICINA PROVINCIAL DE SEGUIMIENTO DE NEGOCIACIONES COLECTIVAS DEL SECTOR
PUBLICO
ACCIONES
1. Realizar el seguimiento de las negociaciones colectivas del sector público.
2. Elaborar los informes en materia de convenciones colectivas. Proponer, si
los hubiera, posibles cursos de acción.
3. Funcionar como vínculo de comunicación accesible para los distintos sectores
de la administración pública.
MINISTERIO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION DE LA UNIDAD MINISTRO
ACCIONES
1. Programar, coordinar, controlar y ejecutar los actos de apoyo administrativo
vinculados con la gestión de la Unidad Ministro, como así también los atinentes
a proyectos especiales y al seguimiento de las convenciones colectivas del
sector público.
2. Supervisar la ejecución de los Proyectos Especiales que le sean delegados.
3. Supervisar y controlar la rendición de caja chica, la liquidación de
viáticos, y otras asignaciones del personal que integra la Unidad Ministro de
acuerdo a las normativas y reglamentaciones vigentes.
4. Asistir y asesorar en los aspectos técnicos, en el marco de la competencia
asignada, en los anteproyectos de ley que desde la jurisdicción se propician,
sin perjuicio de la intervención en el ámbito de su competencia de los
organismos de asesoramiento y contralor de la provincia de Buenos Aires.
5. Asistir y asesorar en los aspectos técnicos de los proyectos de actos
administrativos, de alcance general y particular, de todo acto que se someta a
consideración del Ministro, sin perjuicio de la intervención en el ámbito de su
competencia de los organismos de asesoramiento y contralor de la provincia de
Buenos Aires.
6. Organizar e implementar un sistema para concentrar la información que
coadyuve a la elaboración de la Memoria Anual del Ministerio, coordinando con
las áreas competentes e involucradas.
7. Analizar y evaluar los proyectos relacionados con propuestas de
reestructuración de los procedimientos, reglamentos o disposiciones generales,
coordinando acciones, pautas y criterios con las áreas competentes para su
elevación al Ministro.
8. Analizar y asistir en los aspectos técnicos al Ministro en relación a los
contratos, convenios y acuerdos específicos