Fundamentos de la

Ley 14271

 

El 17 de junio de 2009 fue sancionada la ley 14.109, promulgada el 7 de julio del mismo año por decreto 1085/2009 publicado en el Boletín Oficial el 28 de julio de 2009. Por ella se expropiaba la curtiembre (CIDEC Compañía Industrial del Cuero S.A. con domicilio en Avenida Vergara 1850 partido de Hurlingham, una planta modelo de producción intensiva.

La planta ha dado trabajo a más de 600 familias durante varios años, pero debido al deterioro económico y financiero,  se ha decretó la quiebra el 27 de octubre de 2006, la cual se tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 22 a cargo de la Dra. Margarita Braga, Secretaría Nro. 44.

Ante esta situación los trabajadores se organizaron para enfrentar la desocupación y constituyeron la COOPERATIVA DE TRABAJO CIDEC Ltda., con la correspondiente autorización para funcionar expedida por el instituto Provincial de Acción Cooperativa (IPAC) Matrícula Nro. 007445 y por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (I.N.A.E.S.) Matrícula Nro. 32.302

A posteriori de esa promulgación quedó en evidencia que existían errores en la nomenclatura catastral de los bienes expropiados.

El presente proyecto corrige esos yerros dado que de lo contrario la norma no podrá cumplirse acabadamente.

Por estos motivos solicitamos a los señores legisladores que acompañen con su voto este proyecto.