LEY 4786
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Suspéndese la aplicación de la Ley número 4646 hasta tanto se estructure el nuevo régimen de escalafón y sueldos del personal policial.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.