Fundamentos de la

Ley 13979

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la declaración de utilidad pública y en consecuencia sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la calle 25 de mayo № 659 de la cuidad de Campana, partido homónimo.

            Sobre el particular cabe señalar que en la actualidad el inmueble en cuestión resulta asiento de la Delegación Departamental de Investigaciones en Función Judicial Zárate-Campana, elemento integrante de la red de reparticiones de la Superintendencia de Investigaciones en Función Judicial del Ministerio de Seguridad.

            Cabe consignar que la declaratoria que se propicia encuentra su fundamento en la imperiosa necesidad de dotar de debida certeza y continuidad en el tiempo a la sede de dicha unidad policial, toda vez que, hasta el presente, la utilización del inmueble de que se trata se ha plasmado a través de una relación locativa, con los avatares que ello implica, en particular la limitación en el tiempo que tales vínculos contractuales conllevan.

            En este sentido, las circunstancias precedentemente aludidas generan un estado de incertidumbre el cual sin lugar a dudas, habrá de conspirar contra la efectividad y la eficiencia de la labor policial que el elemento asentado en dicha finca debe desarrollar.

            A mayor abundamiento cabe tener presente que las unidades operacionales de la Policía de Investigaciones en Función Judicial resultan de vital importancia para la formulación, gestión y control del sistema de seguridad pública provincial, que conforme el artículo 10 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley № 12.154, importa nada menos que el goce y ejercicio de los derechos, libertades y garantías por parte de los habitantes del territorio bonaerense, correspondiendo a los poderes del Estado proveer todo aquello que resulte conducente, entre otros aspectos a la conservación de sus instituciones y al resguardo del orden y paz sociales, sin los cuales no podría subsistir la organización jurídica en el marco del actual paradigma del estado de derecho constitucional.

            Es así entonces que, para la consecución de tan trascendentes objetivos se torna indispensable que las unidades de la policía de investigaciones en función judicial cuenten con bases operativas que les permitan desplegar a pleno todas sus capacidades.

            Dable es poner de resalto que el inmueble en cuestión reúne las características necesarias para satisfacer los requerimientos del elemento policial ubicado en el mismo, particularidad esta existente, en general, en otras construcciones habidas en esa zona de responsabilidad.

            A mérito de las consideraciones vertidas es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.