DEROGADO POR DECRETO 2886/08

DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNO
DECRETO Nº 272

La Plata, 15 de febrero de 2008.

VISTO: la Ley N° 13.757 y el expediente 2100-30309/07 por el cual se tramita la creación y aprobación de la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional, y

CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional tiene como misión, conforme lo determina el Artículo 26 de la Ley Nº 13.757, fomentar las inversiones y las exportaciones y la promoción, ejecución y aplicación de los acuerdos de cooperación internacional;
Que la norma mencionada le otorga competencia para diseñar, promover y ejecutar las políticas de inversión y exportación representando a la Provincia en encuentros sobre relaciones económicas e internacionales y desarrollo productivo;
Que asimismo se la faculta para suscribir y ejecutar acuerdos de cooperación internacional con instituciones gubernamentales, no gubernamentales y privadas de nivel municipal, provincial o nacional, así como con regiones, provincias y municipios de otros países;
Que para el cumplimiento de sus fines deberá coordinar con los organismos y/o carteras provinciales la ejecución y la aplicación de los proyectos de cooperación, de acuerdo a los fines a los que se encuentren destinados;
Que en atención al cumplimiento de las competencias otorgadas por la citada Ley de Ministerios, se hace necesaria la aprobación de las unidades organizativas de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Poder Ejecutivo;
Que para cumplimentar las misiones encomendadas a la Secretaría resulta necesario contar con herramientas de gestión ágiles que le permitan administrar por programas y ejecutar el presupuesto con la urgencia que la respuesta a estas demandas exige;
Que las funciones que ejerce la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional exigen una gran especialización técnico-administrativa;
Que resulta pertinente entonces dotar a la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional de las capacidades administrativas y funcionales que permitan un cabal cumplimiento de sus funciones;
Que en consecuencia, se impone la aprobación de una estructura organizativa de la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional, que le permita ejercer y cumplir sus cometidos con eficacia;
Que el cúmulo y la especificidad de las competencias otorgadas por la Ley N° 13.757 a la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional, exige flexibilizar los lineamientos dispuestos por el Decreto Nº 1.322/05 en lo que respecta a la diagramación de su estructura;
Que habiendo tomado intervención y expedido favorablemente la Subsecretaría de Modernización del Estado dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, la Dirección Provincial de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

Artículo 1º - Aprobar la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1, 1a, 1b, 1c, 2a, 2b, 2c, 2d y 2e forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º - Determinar para la estructura organizativa aprobada en el Artículo precedente los siguientes cargos: un (1) Subsecretario de Fomento de las Exportaciones; un (1) Subsecretario de Promoción de las Inversiones y Cooperación Internacional; un (1) Director Provincial de Promoción Comercial; un (1) Director Provincial de Asistencia al Exportador; un (1) Director Provincial de Planificación de las Inversiones y Cooperación Internacional; un (1) Director Provincial de Promoción Exterior y Asistencia al Inversor; un (1) Responsable Ejecutivo de la Unidad Especial de Análisis Estratégico e Internacional con rango y remuneración equivalente a Director Provincial; un (1) Director General de Administración; un (1) Director de Misiones Comerciales y Ferias; un (1) Director de Capacitación para la Exportación; un (1) Director de Asistencia Logística Técnica a la Exportación; un (1) Director de Promoción Exterior; un (1) Director de Planificación de las Inversiones; un (1) Director de Asistencia al Inversor; un (1) Director de Cooperación Internacional; un (1) Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares; un (1) Director de Servicios Técnicos Administrativos; un (1) Director de Sistemas de Tecnología de la Información; un (1) Delegado de la Dirección Provincial de Personal, con rango y remuneración equivalente a Director; un (1) Responsable de la Unidad Ceremonial, Prensa y Comunicación con rango y remuneración equivalente a Director; conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley 10.430.
Artículo 3° - Fijar un plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación del presente acto en el Boletín Oficial, para que el titular de la Jurisdicción realice la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional y elabore las plantas de personal innominadas y nominadas con sujeción a la estructura organizativa aprobada por los Artículos precedentes, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
Artículo 4º - Transferir a la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional los cargos y plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros y materiales de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y de la Dirección Provincial de Relaciones Económicas Internacionales del entonces Ministerio de Producción, y de la Agencia de Cooperación Internacional y que oportunamente dependiera de la Secretaría General de la Gobernación.
Artículo
5º - Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las unidades orgánicas que se aprueban por este acto, debiendo formalizarse mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes. A esos fines, y con relación con el personal con estabilidad, la limitación que se dispone deberá ajustarse al régimen estatutario que resulte aplicable.
Artículo 6º - La Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional, propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente acto administrativo, las que deberán ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
Artículo 7° - Facultar al Secretario de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional a constituir organismos y/o comisiones de consulta y/o asesoramiento ad-hoc o permanentes con organismos o entidades públicas o privadas en la forma, modo y con las incumbencias que determine, siempre que su integración no importe erogación presupuestaria alguna.
Artículo 8º - Exceptuar del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Nº 1.322/05, la estructura orgánico-funcional que se aprueba en el presente Decreto.
Artículo 9º - El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete y Gobierno y Economía.
Artículo 10 - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional. Cumplido, archivar.

Alberto Pérez                             Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura                      Gobernador
de Gabinete y Gobierno

Rafael Perelmiter
Ministro de Economía


ANEXO 1

ANEXO1a

ANEXO1 B

ANEXO 1c

ANEXO 2a

SECRETARIA DE PROMOCION DE INVERSIONES, EXPORTACIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL
SUBSECRETARIA DE FOMENTO DE LAS EXPORTACIONES
ACCIONES

1. Fomentar el crecimiento de las exportaciones a los mercados internacionales de los bienes y servicios producidos en la Provincia a través del desarrollo de acciones y programas sectoriales y regionales.
2. Contribuir a la promoción de las exportaciones de las empresas radicadas en la Provincia con especial énfasis respecto de las PyMES.
3. Diseñar, difundir, promover y ejecutar programas de fomento de las exportaciones enfocados a actividades económicas y áreas geográficas específicas de la Provincia.
4. Asistir al Secretario en la tarea de difundir y promover acciones y políticas que tiendan al crecimiento de la capacidad exportadora de las PyMES del territorio provincial.
5. Incentivar la internacionalización de las PyMES y de los sectores productivos de la Provincia.
6. Promover la participación de las empresas de la Provincia en ferias y eventos internacionales.

DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION COMERCIAL
ACCIONES

1. Desarrollar programas y acciones de fomento de las exportaciones provinciales.
2. Desarrollar y ejecutar incentivos destinados a fomentar el crecimiento de la capacidad exportadora de la Provincia.
3. Organizar, asesorar y asistir a las empresas de la Provincia, en especial a las PyMES, en la participación en ferias y eventos internacionales.
4. Organizar misiones comerciales al exterior para promover las exportaciones de las empresas radicadas en territorio provincial.
5. Organizar eventos de difusión de la oferta exportable de la Provincia.

DIRECCION DE MISIONES COMERCIALES Y FERIAS
ACCIONES

1. Analizar y seleccionar la participación de la Provincia en ferias y eventos internacionales que tengan un valor estratégico para la colocación de la producción provincial.
2. Evaluar y seleccionar a las empresas de la Provincia para participar en ferias y eventos internacionales.
3. Difundir entre las empresas de la Provincia las misiones comerciales al exterior.
4. Analizar y seleccionar a las empresas que formen parte de misiones comerciales al exterior.
5. Organizar misiones comerciales a mercados externos y asistir a las empresas seleccionadas a tal fin.
6. Organizar misiones inversas en territorio provincial.
7. Organizar las misiones comerciales al exterior en materia de su competencia, así como las misiones inversas y las ferias y eventos internacionales, en coordinación con otros organismos gubernamentales y no gubernamentales, municipales, provinciales, nacionales e internacionales.
8. Organizar ruedas de negocios por actividad económica y/o región geográfica de la Provincia entre productores y potenciales compradores nacionales y extranjeros.
9. Coordinar todas las acciones tendientes a desarrollar el programa Semanas de la Provincia de Buenos Aires.

DIRECCION PROVINCIAL DE ASISTENCIA AL EXPORTADOR
ACCIONES

1. Asistir a las empresas de la Provincia para facilitar su acceso a los mercados internacionales, brindando asistencia técnica y asesoramiento especializado sobre temas inherentes al comercio exterior.
2. Coordinar el diseño y la implementación de programas tendientes a consolidar iniciativas de PyMES con potencial exportador.
3. Promover y evaluar propuestas de planes asociativos entre los distintos sectores productivos con capacidad exportadora con el fin de lograr ventajas competitivas en los mercados externos.
4. Articular acciones, programas y proyectos con instituciones públicas, el sector privado y organismos no gubernamentales para facilitar el ingreso de las PyMES exportadoras de las distintas zonas productivas a los mercados internacionales.
5. Promover, coordinar y evaluar planes de capacitación técnica específica enfocados a mejorar la cadena de valor de los distintos sectores productivos de la Provincia.

DIRECCION DE CAPACITACION PARA LA EXPORTACION
ACCIONES

1. Identificar demandas de capacitación para el fortalecimiento del potencial exportador de empresas, organismos gubernamentales y no gubernamentales de la Provincia.
2. Diseñar programas específicos de capacitación orientados al fortalecimiento exportador de las empresas bonaerenses en coordinación con otras áreas técnicas y con los organismos públicos y privados vinculados.
3. Diseñar e implementar programas y acciones de sensibilización y capacitación dirigidos a las PyMES para fortalecimiento de su potencial exportador, con énfasis en primeras exportaciones.
4. Diseñar e implementar programas y acciones de sensibilización y capacitación en comercio exterior dirigidos a municipios y organismos gubernamentales y no gubernamentales del ámbito provincial.

DIRECCION DE ASISTENCIA LOGISTICA TECNICA A LA EXPORTACION
ACCIONES

1. Asistir a las PyMES de la Provincia en las gestiones necesarias para el desarrollo de operaciones de exportación.
2. Asistir a las cooperativas de la Provincia en las gestiones necesarias para el desarrollo de operaciones de exportación.
3. Promover la asociación de las PyMES de la Provincia en grupos y consorcios de exportadores.
4. Asistir a las PyMES exportadoras de la Provincia para el cumplimiento de programas de certificación de la producción existentes en los mercados de destino que puedan significar un valor agregado a la producción provincial.

ANEXO 2b

SECRETARIA DE PROMOCION DE INVERSIONES, EXPORTACIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL
SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE LAS INVERSIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL
ACCIONES

1. Coordinar las acciones tendientes a la formulación de objetivos y estrategias provinciales que fomenten la inversión en la provincia de Buenos Aires.
2. Asistir al Secretario en la formulación de objetivos y estrategias de cooperación internacional.
3. Identificar, evaluar y seleccionar las formas y mecanismos de cooperación para el desarrollo productivo y social de la Provincia.
4. Promover la cooperación internacional con instituciones gubernamentales, no gubernamentales y privadas de nivel municipal, provincial y nacional.
5. Generar un ámbito de consulta con los gobiernos municipales para definir los perfiles de inversión buscados en cada caso.
6. Propiciar y promover el contacto con actores económicos para que canalicen su inversión en la provincia de Buenos Aires.
7. Promocionar a la Provincia de Buenos Aires y en particular a las PyMES como receptoras de inversión en proyectos productivos orientados a la innovación tecnológica que favorezcan la generación de empleo y el incremento y la diversificación de las exportaciones.
8. Difundir las oportunidades de inversión en la provincia de Buenos Aires en articulación con los organismos nacionales, provinciales y municipales competentes.
9. Desarrollar un portal de internet, en coordinación con la Dirección Provincial de Informática y la Dirección Provincial de Tecnologías Institucionales, que difunda, promueva e informe acerca de las características socioeconómicas y productivas de la provincia de Buenos Aires y las condiciones y oportunidades de inversión.
10. Promover el posicionamiento internacional de la provincia de Buenos Aires en el ámbito de su incumbencia.
11. Promover la asistencia al inversor, brindando las herramientas necesarias y facilitando su radicación en la Provincia.

SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE INVERSIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL
DIRECCION PROVINCIAL DE PLANIFICACION DE LAS INVERSIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL
ACCIONES

1. Contribuir a la planificación y fomento de las inversiones dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires.
2. Identificar los actores susceptibles de realizar inversiones productivas y de capital humano en el territorio de la provincia de Buenos Aires, con preferencia de aquéllos que representen un aumento significativo en la cadena de valor y que permitan la innovación tecnológica.
3. Participar en el diseño de programas de promoción de las inversiones con el objetivo de definir los sectores prioritarios para la inversión, en coordinación con otras áreas del Gobierno, del sector privado y demás organismos relacionados.
4. Participar en la formulación de instrumentos para la atracción de inversiones a la provincia de Buenos Aires.
5. Definir objetivos y estrategias de cooperación internacional.
6. Identificar, junto a los municipios, los perfiles de inversión buscados por cada localidad.
7. Participar, en coordinación con los organismos competentes de la Administración Provincial, en los procesos de negociación, elaboración, definición, coordinación, ejecución, seguimiento y evaluación de las estrategias, programas, proyectos y actividades de cooperación internacional.
8. Actuar como dependencia centralizadora, orientadora y asesora de los organismos y reparticiones del Poder Ejecutivo Provincial ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y ante las representaciones diplomáticas y consulares argentinas en los temas de cooperación internacional.
9. Representar, en materia de su competencia, al Poder Ejecutivo Provincial ante los organismos y agencias multilaterales o regionales de cooperación internacional para el desarrollo, así como también en los espacios creados para tal fin en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
10. Fomentar el vínculo con instituciones privadas, fundaciones u organizaciones no gubernamentales de cooperación internacional para el desarrollo.
11. Asistir a las autoridades en las negociaciones de los acuerdos y en la celebración de los convenios de cooperación internacional sobre la base de los mecanismos bilaterales, regionales o multilaterales.
12. Suministrar a los organismos provinciales herramientas técnicas a fin de identificar, organizar y gestionar las ofertas de cooperación existentes.
13. Actuar como dependencia oferente de cooperación internacional horizontal para consolidar la presencia de la provincia de Buenos Aires en el ámbito internacional.
14. Participar, en coordinación con otros organismos técnicos competentes de la Administración Provincial, en eventos internacionales de interés para la Provincia en materia de relaciones internacionales y cooperación para el desarrollo y la integración social.

DIRECCION PROVINCIAL DE PLANIFICACION DE LAS INVERSIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL
DIRECCION DE PLANIFICACION DE LAS INVERSIONES
ACCIONES

1. Facilitar el contacto entre empresas bonaerenses y extranjeras, brindando información sobre la economía y el ambiente de negocios de la provincia de Buenos Aires y promoviendo la asociación de las mismas de manera que posibiliten la transferencia de tecnología de punta para la Provincia.
2. Determinar, a través del análisis de las cadenas de valor, las actividades o sectores productivos que presenten ventajas competitivas potenciales con la finalidad de priorizar los incentivos para la atracción de inversiones en los mismos.
3. Identificar y establecer incentivos a las inversiones en los sectores productivos que presenten mayores niveles de elasticidad empleo-producto.
4. Desarrollar programas que permitan articular la promoción de las inversiones con provincias que tengan perfiles productivos afines potenciando los objetivos estratégicos propios.
5. Realizar estudios de las actividades productivas y económicas de la Provincia que representen oportunidades de negocio para los inversores extranjeros.
6. Diseñar un plan anual de promoción de inversiones extranjeras.
7. Llevar la estadística del flujo y calidad de inversiones teniendo en cuenta su origen, sector y preeminencia en el mercado.
8. Planificar instrumentos para la promoción de inversiones.
9. Brindar la información vinculada a su área de trabajo para ser publicada en el portal de internet de la Subsecretaría.

DIRECCION PROVINCIAL DE PLANIFICACION DE LAS INVERSIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL
DIRECCION DE COOPERACION INTERNACIONAL
ACCIONES

1. Identificar, evaluar y seleccionar las entidades públicas y/o privadas que estén en condiciones de ser beneficiarias de cooperación internacional para el desarrollo productivo y social de la Provincia.
2. Brindar asesoramiento a los organismos de la Administración Provincial y a los municipios en el diseño, la negociación, la ejecución y el seguimiento de los proyectos de cooperación internacional.
3. Relevar las necesidades de los municipios a fin de lograr una mayor inserción de los mismos en los circuitos de la cooperación internacional.
4. Redactar, estudiar y analizar los proyectos de convenios y de toda otra documentación en materia de cooperación internacional.
5. Realizar estudios de impacto de los programas de cooperación internacional implementados con la finalidad de asegurar la sustentabilidad de los objetivos alcanzados.

SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE LAS INVERSIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL
DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION EXTERIOR Y ASISTENCIA AL INVERSOR
ACCIONES

1. Promover la imagen de la Provincia a nivel mundial, impulsando su posicionamiento como plaza de alto atractivo para la inversión extranjera directa a través de la organización de misiones, participación en ferias y congresos y recepción de delegaciones empresariales extranjeras.
2. Promover la organización de eventos nacionales e internacionales que propicien el encuentro del sector productivo bonaerense con organizaciones del sector exterior.
3. Coordinar con la Dirección de Planificación de las Inversiones las acciones necesarias para la implementación de programas y cursos de acción a fin de generar vínculos entre empresas bonaerenses y extranjeras, promoviendo su asociación de manera que posibilite el desarrollo social y productivo de la Provincia.
4. Asistir a la Dirección de Planificación de las Inversiones en el diseño del plan anual de promoción de inversiones extranjeras.
5. Asistir al inversor en las gestiones necesarias para su establecimiento, brindando asesoramiento sobre los regímenes de promoción vigentes.
6. Facilitar las relaciones del inversor con las instituciones públicas y privadas pertinentes.
7. Relevar la información sobre excepciones y otros incentivos que en materia de fomento a la inversión existan a nivel municipal.
8. Facilitar las inversiones brindando asistencia jurídica, contable e impositiva durante todo el proceso de instalación en la provincia de Buenos Aires.

DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION EXTERIOR Y ASISTENCIA AL INVERSOR
DIRECCION DE PROMOCION EXTERIOR
ACCIONES

1. Difundir las novedades y oportunidades de negocios para propiciar la inversión en la provincia de Buenos Aires.
2. Asistir a ferias y misiones comerciales organizando seminarios y estableciendo agendas de negocios que promuevan las ventajas y oportunidades de inversión que existen en la Provincia.
3. Organizar eventos nacionales e internacionales que propicien el encuentro del sector productivo bonaerense con organizaciones del exterior para promover nuevas inversiones en el territorio de la Provincia.
4. Cooperar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación en misiones al exterior y en negociaciones multilaterales, regionales y bilaterales, brindando información acerca de las ventajas y oportunidades de negocio que ofrece la Provincia.
5. Preparar agendas para inversores potenciales que visiten la Provincia.
6. Organizar una base de datos con potenciales inversores.
7. Brindar la información vinculada a su área de trabajo para ser publicada en el portal de internet de la Subsecretaría.
8. Captar, evaluar y canalizar las propuestas de inversión extranjera que se presenten.

DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION EXTERIOR Y ASISTENCIA AL INVERSOR
DIRECCION DE ASISTENCIA AL INVERSOR
ACCIONES

1. Mantener contacto y comunicación permanente con los inversores.
2. Brindar asistencia al inversor para facilitar el desarrollo de su proyecto de inversión.
3. Asesorar sobre los trámites necesarios a realizar en las diferentes dependencias de la Administración Pública provincial para llevar a cabo los proyectos de inversión.
4. Informar y asesorar al inversor respecto a las ayudas e incentivos vigentes en el ámbito nacional, provincial y municipal en función del tipo de proyecto, sector productivo y localización geográfica.
5. Brindar asesoramiento para la localización de los proyectos de inversión, ofreciendo información referida a los proveedores y servicios empresarios del sector.
6. Orientar y contactar a otras instituciones nacionales, provinciales y municipales relacionadas con la actividad en cuestión.
7. Facilitar los contactos empresariales e institucionales con redes, cámaras de comercio y otros organismos de carácter privado.

ANEXO 2c

SECRETARIA DE PROMOCION DE INVERSIONES, EXPORTACIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL.
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
ACCIONES

1. Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica y financiera en el ámbito del Organismo y lo referente a la supervisión y control de la deuda pública si la tuviera.
2. Elaborar el proyecto de presupuesto anual del organismo y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables pertinentes.
3. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores asignados a las dependencias del organismo y la rendición de los mismos.
4. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento del organismo.
5. Organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a compras, contrataciones, licitaciones, liquidación de haberes y demás actividades vinculadas a su competencia.
6. Coordinar la administración del personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el debido control de la asistencia, confección y archivo de legajos y demás actividades vinculadas.
7. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico-administrativo, realizando las actividades de la mesa de entrada, salidas y archivo, protocolización y despacho, bibliotecas técnicas y archivo de documentación y sistemas de información técnica.
8. Programar y coordinar el contralor de las erogaciones producidas por las distintas áreas de la Secretaría, antes y después de efectuarse, y previo a la intervención de los demás organismos competentes en la materia.
9. Efectuar el control de gestión previo a la intervención de los Organismos Provinciales competentes.

DIRECCION DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
ACCIONES

1. Organizar, coordinar, rendir y determinar la implementación de todos los actos administrativo-contables necesarios para la gestión económico-financiera de la Jurisdicción, como así también la elaboración y control del Presupuesto.
2. Organizar las actividades inherentes al control y gestión de los ingresos y egresos de fondos y valores asignados a la Jurisdicción por la Ley de Presupuesto, Cuentas de Terceros y otras formas, disponiendo la registración de su movimiento y la rendición de cuentas documentada y comprobable a la Contaduría General de la Provincia, con detalle de la percepción y aplicación de dichos fondos y valores, conforme a las normas vigentes.
3. Intervenir en forma directa en la gestión previa y en la ejecución de toda compra o venta, ejerciendo los controles y la fiscalización pertinentes y en la confección y ejecución de todos los contratos.
4. Organizar, controlar y gestionar los recursos provenientes de la recaudación originada por la aplicación de las leyes que crean los Fondos Especiales.
5. Coordinar, organizar y administrar el registro patrimonial de bienes según las normas vigentes y coordinar el funcionamiento y supervisión de todos los sectores a su cargo.
6. Ordenar y controlar la prestación de servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias de la Jurisdicción.

DIRECCION DE SISTEMAS DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION
ACCIONES

1. Analizar en forma integral y sistemática el funcionamiento y desempeño de los sistemas de información dentro del área de las inversiones, informando acerca de su eficacia y las posibles acciones de mejora.
2. Brindar asesoramiento en aspectos de su competencia dirigido a agregar valor al conjunto de la organización.
3. Impulsar la consolidación de la tecnología de la información como facilitador y soporte de la visión estratégica en el área de las inversiones, promoviendo e instaurando una arquitectura tecnológica y de información integrada y abierta, basada en los estándares determinados por el organismo competente.
4. Proyectar estudios de factibilidad para los sistemas de información y para nuevas plataformas tecnológicas, elevando las recomendaciones que contribuyan al logro de los objetivos institucionales.
5. Coordinar con la Secretaría General de la Gobernación y los demás organismos competentes la ejecución y aplicación de los sistemas provinciales de información y comunicación.
6. Impulsar estrategias de portales para que la ciudadanía requiera información y realice trámites.
7. Proponer e implementar canales de comunicación entre el ciudadano y las autoridades políticas, utilizando estándares tecnológicos en coordinación con la Dirección Provincial de Informática.
8. Promover el desarrollo organizacional integrado por componentes de fortalecimiento de las capacidades de planificación y de optimización de los procesos críticos, a través de un abordaje integral de aspectos estructurales y de reingeniería de procesos, impulsando y organizando un programa permanente de actualización tecnológica para todo el personal de la Dirección en coordinación con las Direcciones Provinciales de Informática y de Gestión Pública.
9. Establecer las estrategias a fin de alcanzar los objetivos y metas que la organización persiga en materia de desarrollo tecnológico, comunicaciones, seguridad y sistemas de información, tendientes a la utilización eficiente de las capacidades existentes.
10. Desarrollar y administrar la red informática de comercio exterior de la Secretaría, en coordinación con la Dirección Provincial de Informática.
11. Diseñar y actualizar un sitio de internet que ofrezca información sobre comercio exterior, oportunidades de inversión y de cooperación internacional para la Provincia en coordinación con la Dirección Provincial de Informática.

DELEGACION DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
ACCIONES

1. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la administración de los recursos humanos asignados a la Jurisdicción de acuerdo a las normas y de acuerdo con las pautas emanadas de la repartición central rectora en los temas de personal.
2. Organizar y controlar las gestiones y trámites derivados de los temas laborales, el cumplimiento de los deberes y derechos del personal, emitiendo opinión fundada en todas las actuaciones que se tramiten en el sector.
3. Planificar e implementar los procedimientos a fin de controlar el cumplimiento y observancia del régimen horario y de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y pedidos de licencia previstos por los textos legales vigentes.
4. Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de antecedentes del personal mediante la elaboración de los legajos de cada agente, controlar las certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los beneficios jubilatorios.
5. Coordinar la atención de los temas referidos al ordenamiento de los planteles básicos, movimiento y asignación de personal, carrera administrativa, capacitación interna, concursos y anteproyectos de estructuras, de acuerdo a las pautas fijadas y concertar criterios con los organismos rectores.
6. Atender en materia asistencial-educativa durante el horario administrativo a los hijos menores de los agentes de la Secretaría, satisfaciendo sus necesidades de alimentación, higiene, juego y descanso, efectuando su distribución por sectores de acuerdo a sus niveles de maduración.

DIRECCION DE SERVICIOS TECNICOS ADMINISTRATIVOS
ACCIONES

1. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios para la atención del despacho de la Jurisdicción, elaborando y proponiendo los Anteproyectos de Decretos, Resoluciones, Disposiciones, Notas, Convenios y otros actos inherentes a la gestión, verificando el estricto cumplimiento de las normas legales de aplicación.
2. Organizar, implementar y controlar el registro y protocolización de los actos administrativos que se dicten en el área.
3. Organizar y fiscalizar el servicio de mesa de entradas, salidas y archivo, registrando las actuaciones que ingresan y egresan de la Jurisdicción y el movimiento interno de las mismas y su archivo.
4. Recibir y dar trámite a los requerimientos judiciales, legislativos y de otras dependencias.

ANEXO 2d

SECRETARIA DE PROMOCION DE INVERSIONES, EXPORTACIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL.
UNIDAD ESPECIAL DE ANALISIS ESTRATEGICO E INTERNACIONAL
ACCIONES

1. Proporcionar insumos para establecer un mecanismo de planeamiento estratégico provincial en el área de competencia de la Secretaría.
2. Coordinar acciones con organismos públicos, privados, internacionales, nacionales, provinciales o municipales a fin de realizar estudios e investigaciones para relevar información pertinente a las competencias de esta Secretaría.
3. Coordinar acciones con Universidades, Centros Académicos y Consejos Externos, públicos o privados, nacionales o internacionales, a fin de realizar estudios e investigaciones para relevar información pertinente a las competencias de esta Secretaría.
4. Elaborar escenarios globales y regionales de mediano y largo plazo de carácter económico-político que contribuyan a determinar los principales procesos, actores y tendencias del sistema económico internacional.
5. Elaborar, mantener actualizados y diseminar en los sectores público y privado, en forma individual o en cooperación con otras instituciones, estudios técnicos que suministren evaluaciones e información estratégica para las empresas bonaerenses sobre la oportunidad de negocios y de obtención de Inversión Extranjera Directa en el ámbito internacional.
6. Identificar los mecanismos, procesos, tendencias y temas de la agenda global que, por su carácter y potencial incidencia, requieran de la toma de decisiones estratégicas del gobierno de la Provincia en el mediano y largo plazo, anticipando la necesidad de una política específica de la Provincia en la materia.
7. Actualizar, cuando fuere necesario, los escenarios incorporando los cambios y mutaciones naturales del orden internacional.
8. Contribuir, en coordinación con otros organismos técnicos competentes de la Administración Provincial, a la conectividad y formación de redes de generación de intercambio de información y de cooperación en materia de relaciones económicas internacionales y de comercio exterior.
9. Coordinar con el Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción las acciones tendientes a relevar, sistematizar y actualizar la oferta exportable de la Provincia, a los efectos de su difusión y utilización para el diseño de programas y proyectos que favorezcan la inserción global de las empresas de la provincia de Buenos Aires.
10. Monitorear y evaluar los resultados obtenidos por los programas y acciones desarrolladas por esta Secretaría, en materia de promoción de exportaciones.
11. Monitorear y evaluar el cumplimiento de los anuncios de inversión en la provincia de Buenos Aires, informando la efectividad de las acciones implementadas.
12. Monitorear y evaluar el cumplimiento de los proyectos de cooperación internacional en el ámbito de competencia de la Secretaría.
1
3. Suministrar información y datos estadísticos a las unidades de la Secretaría que los soliciten.
14. Analizar la evolución de los indicadores relevantes sobre comercio exterior de la Provincia y elaborar informes.
15. Llevar estadísticas del flujo y calidad de las inversiones, considerando su origen, sector y preeminencia en el mercado.

ANEXO 2e

SECRETARIA DE PROMOCION DE INVERSIONES, EXPORTACIONES Y COOPERACION INTERNACIONAL.
UNIDAD DE CEREMONIAL, PRENSA Y COMUNICACION
ACCIONES

1. Organizar, coordinar y ejecutar la política comunicacional de la Secretaría, siguiendo las pautas fijadas y en coordinación con la Subsecretaría de Medios de la Gobernación.
2. Implementar y controlar el desarrollo y la ejecución de las políticas de difusión, determinadas por el Secretario, los Subsecretarios y el Director General de Administración en coordinación con la Subsecretaría de Medios de la Gobernación.
3. Responder a la demanda informativa de los medios de comunicación.
4. Controlar el estricto cumplimiento de las pautas publicitarias asignadas a los medios de comunicación, especialmente en aquellos mensajes emitidos por vía rentada.
5. Recopilar las demandas e inquietudes sociales que en el área de competencia de la Secretaría se expongan a través de los medios de comunicación.
6. Administrar y supervisar la entrega de información periodística a las distintas autoridades de la Secretaría.
7. Asesorar y proponer el diseño de programas de imagen y comunicación institucional de la Secretaría en coordinación con los organismos competentes.
8. Atender la logística, coordinación y supervisión de las actividades relacionadas con el protocolo en los actos oficiales tanto en el ámbito nacional como internacional en materia de su competencia y en coordinación con las áreas competentes.
9. Asistir al Secretario en las relaciones que debe mantener con entidades públicas, privadas, cuerpo diplomático acreditado, organismos internacionales y todas aquéllas que su investidura requiera.
10. Actuar como oficina de enlace para la creación de vínculos con los sectores público, privado y de la sociedad civil en materia de su competencia y en coordinación con las áreas de incumbencia.
11. Coordinar las actividades administrativas supervisando el correcto uso de la estilística protocolar.
12. Dar respuesta a las audiencias que se requieran, bajo la órbita del área de ceremonial.