DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 3.292

La Plata, 30 de diciembre de 2002.

VISTO: La Ley 12.935, por la cual se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2002 la vigencia de la Ley 12.303 y sus continuadoras; y

CONSIDERANDO:

Que la Honorable Legislatura de Buenos Aires ha considerado el correspondiente Proyecto de Ley, mediante el que se prorroga hasta el día 30 de junio de 2003, la vigencia de la Ley 12.935, a partir de su vencimiento.

Que durante dicho período quedan suspendidos los desalojos ordenados contra los productores hortícolas asentados en el Parque Provincial Pereyra Iraola, cualquiera sea el monto de la deuda que mantienen con el Estado Provincial, originada por los predios que explotan.

Que el Gobierno Provincial entiende que debe contemplarse toda iniciativa tendiente a la generación de trabajo y bienestar de los pobladores bonaerenses, interpretándose la situación de los citados productores hortícolas, como una emergencia concreta, análoga a similares circunstancias que experimentan otros tantos argentinos dedicados a la producción rural.

Que no obstante la situación irregular de los quinteros y arrendatarios medieros del Parque Provincial Pereyra Iraola, se estima oportuno salvar el vacío normativo transitorio, hasta la definitiva sanción de la Ley en tal sentido, que se encuentra en trámite.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

Art. 1º - Prorrógase hasta el 30 de junio de 2003, la vigencia de la Ley 12.935, por las razones expresadas en los considerandos del presente decreto.

Art. 2º - Dése cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y pase al Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción, a sus efectos.

 

SOLA

R. Magnanini

M. F. West


A. C. Meckievi

F. C. Scarabino

R. A. Rivara

J. P. Cafiero

I. J. Passaglia

G. A. Otero