DEROGADO POR DECRETO 666/12
DECRETO 98/11
VISTO el Decreto N° 11/11 por el cual se creó
CONSIDERANDO:
Que la citada creación se fundamentó en la necesidad de
dotar al Gobierno de
Que en la instancia, y conforme con el Decreto N° 11/11,
corresponde proceder a la desagregación de la estructura orgánico-funcional de
Que, conforme las acciones asignadas, la nueva estructura
absorberá las acciones correspondientes a
Que consecuentemente, y atento la complejidad de sus funciones, resulta menester exceptuar la medida de los alcances del Decreto N° 1322/05, sin perjuicio de mantener los lineamientos de austeridad y eficacia para la diagramación de estructuras organizativas;
Que han tomado intervención
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 144 proemio- de
Por ello,
ARTÍCULO 1º. Aprobar, a partir del 12 de diciembre
de 2011, la estructura orgánico-funcional de
ARTÍCULO 2º. Determinar para la estructura aprobada
en el artículo precedente, los siguientes cargos: Un (1) Subsecretario de
Coordinación Institucional y Relaciones Interjurisdiccionales; Un (1)
Subsecretario de Planificación y Políticas Estratégicas; Un (1) Responsable
Ejecutivo de
ARTÍCULO 3º. Suprimir del Decreto N° 26/08 y
modificatorios, los cargos, organigrama y acciones correspondientes a
Establecer que las plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos y financieros y materiales correspondientes a los órganos citados, serán absorbidos por la estructura que por el presente se aprueba.
ARTÍCULO 4º. Suprimir del Decreto N° 26/08 y
modificatorios los cargos, organigrama y acciones correspondientes a
Establecer que las plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos y financieros y materiales correspondientes a los órganos citados, serán absorbidos por la estructura que por el presente se aprueba.
ARTÍCULO 5º. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las Unidades Orgánicas que se aprueban por este acto, debiendo formalizarse mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.
ARTÍCULO 6º. Establecer que dentro del plazo de
ciento ochenta (180) días hábiles, a partir de la fecha de este acto, el
titular de
ARTÍCULO 7º. Mantener vigentes aquellas unidades
orgánicas con nivel inferior a Dirección, aprobadas oportunamente para
ARTÍCULO 8º. Establecer que, hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, las erogaciones pertinentes serán atendidas con cargo a las jurisdicciones de origen de las unidades orgánicas suprimidas o transferidas.
ARTÍCULO 9º. Modificar el artículo 1º del Decreto Nº 1965/10, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º. Designar Autoridad de Aplicación de
ARTÍCULO 10. Transferir al ámbito de
ARTÍCULO 11. Modificar el artículo 2º del Decreto Nº 2667/09, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º. La comisión creada por el artículo anterior
estará integrada con carácter permanente por un representante titular y uno
suplente, de
Los representantes serán designados por las autoridades
máximas de los organismos antes mencionados y deberán ser funcionarios con
rango no inferior al de Subsecretario o nivel equivalente para el caso del
representante titular, y no inferior al de Director o equivalente para el
suplente conforme cargos vigentes de
ARTÍCULO 12. Exceptuar el presente acto de los alcances del Decreto Nº 1322/05.
ARTÍCULO 13.
ARTÍCULO 14. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Economía.
ARTÍCULO 15. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA. Cumplido archivar.
Ministro de Jefatura de Gobernador
Gabinete de Ministros
Ministra de Economía
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
1. Elaborar informes para ser elevados al Secretario de Coordinación Institucional, acerca de los temas de interés sobre diversas áreas de la gestión de gobierno.
2. Organizar la realización de relevamientos sobre las problemáticas en las relaciones de carácter político institucional de las diversas instancias de la gestión provincial.
3. Asistir al Secretario de Coordinación Institucional en
los asuntos relativos a la representación de
4. Elaborar informes periódicos que relacionen los resultados obtenidos con los objetivos previstos al momento de iniciar la implementación de cada programa o proyecto que le sea requerido por el Secretario de Coordinación Institucional.
5. Asistir al Secretario de Coordinación Institucional en
coordinación de las relaciones institucionales con la región metropolitana y
las autoridades de cuenca existentes en
6. Coordinar las asistencias y asesoramientos requeridos al Secretario de Coordinación Institucional sobre cuestiones de su competencia.
7. Promover la firma de convenios con instituciones
públicas y privadas sobre los temas de competencia de
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Asistir al Subsecretario en la coordinación de las
actividades llevadas a cabo en
2. Determinar los contenidos de los relevamientos periódicos vinculados a los objetivos de los programas requeridos por el Secretario de Coordinación Institucional.
3. Determinar el método de los estudios que requiera el Subsecretario de Coordinación Institucional.
4. Determinar los criterios marco a seguir en las tareas
de asesoramiento que preste
5. Realizar relevamientos periódicos de los temas
sometidos a consideración de
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN DE ASESORAMIENTO Y GESTIÓN INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Organizar e implementar las asistencias y asesoramientos requeridos.
2. Organizar e implementar un registro de las asistencias y asesoramientos efectuados.
3. Organizar y efectuar las comunicaciones e invitaciones para llevar adelante las reuniones y espacios de diálogo entre los representantes de partidos políticos, miembros de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Provinciales y Nacional.
4. Llevar adelante el control de la carga de datos del sistema de información sobre prioridades de acción de gobierno, determinados por la superioridad.
5. Controlar el cumplimiento de las acciones planificadas
y desarrolladas por
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y DIAGNÓSTICOS INSTITUCIONALES
ACCIONES
1. Formular diagnósticos sobre las distintas problemáticas
institucionales de
2. Proponer la suscripción de convenios de cooperación y asistencia con universidades y centros de investigación con la finalidad de dar un marco teórico adecuado a la realidad provincial.
3. Coordinar con los organismos competentes la elaboración de estudios técnicos para abordar las problemáticas de gestión y coordinación institucional.
4. Actuar como articulador con otros organismos provinciales que posean información relevante, avanzando hacia la instrumentación informática e integrada de la misma, en coordinación con los organismos competentes.
5. Centralizar la información que, sobre el tema de su incumbencia, se produzca.
6. Proponer la cooperación con otros programas de investigación que se desarrollen, en torno a las problemáticas de gestión institucional.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
ACCIONES
1. Evaluar las problemáticas de correlación e
interrelación del área metropolitana de
2. Propiciar la articulación del trabajo conjunto en temas vinculados a las cuestiones metropolitanas.
3. Promover la realización de acciones coordinadas, referidas a las problemáticas que afectan la región metropolitana.
4. Propiciar el vínculo entre los Gobiernos Nacional,
Provincial, de
5. Propiciar y asistir a la constitución y desarrollo de una agenda de prioridades, de forma consensuada, con los múltiples protagonistas jurisdiccionales.
6. Establecer mecanismos de articulación con otros
organismos competentes en la materia, respecto de los asuntos relativos a
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
DIRECCIÓN DE RELACIONES METROPOLITANAS
ACCIONES
1. Planificar acciones referidas a las problemáticas de coordinación e interrelación que afectan la región metropolitana con organismos públicos y privados.
2. Analizar la información sobre los problemas metropolitanos detectados.
3. Centralizar la información que, sobre el tema de su incumbencia, se produzca.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
DIRECCIÓN DE RELACIONES DE CUENCAS
ACCIONES
1. Relevar los datos referidos al medio natural,
población, actividades socioeconómicas, uso, ocupación y subdivisión del suelo,
transporte, infraestructura de servicios, como asimismo de legislación vigente
relacionada al estudio de las cuencas de
2. Identificar diversas entidades públicas y/o privadas interesadas en la celebración de convenios de asistencia recíproca.
3. Organizar y mantener actualizado un sistema de información sobre temas de su incumbencia.
4. Realizar estudios respecto de los asuntos relativos a
las distintas Cuencas de
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICAS ESTRATÉGICAS
ACCIONES
1. Brindar asesoramiento y asistencia técnica al
Secretario de Coordinación Institucional en todo lo concerniente a la
constitución y funcionamiento de los Consorcios de Gestión y Desarrollo en el
marco de
2. Promover el análisis de los potenciales vínculos de
interrelación entre regiones que conforman
3. Participar en la coordinación de políticas públicas que fomenten el desarrollo productivo de las regiones.
4. Incentivar la articulación entre las distintas regiones.
5. Establecer criterios institucionales que permitan dar respuesta coordinada a las problemáticas que en materia ambiental, de seguridad, de salud, de transporte, que las regiones demanden.
6. Participar en la coordinación del diseño de pautas y parámetros necesarios para acompañar el proceso de descentralización de la administración provincial.
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICAS ESTRATÉGICAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES REGIONALES
ACCIONES
1. Analizar las potenciales regiones que conforman
2. Coordinar la ejecución de políticas públicas que fomenten el desarrollo productivo de las regiones.
3. Propiciar mecanismos de articulación entre las distintas regiones.
4. Proponer criterios institucionales que permitan dar respuesta coordinada a las problemáticas que en materia ambiental, de seguridad, de salud, de transporte, que las regiones demanden.
5. Diseñar las pautas y parámetros necesarios para un acompañamiento coordinado del proceso de descentralización de la administración provincial.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES REGIONALES
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
ACCIONES
1. Difundir y promover, los aspectos representativos de los sectores productivos de las distintas regiones.
2. Coordinar la planificación y programación de los actos de promoción vinculados con el desarrollo de cada región en coordinación con los organismos competentes.
3. Recibir, analizar y recabar de los distintos actores provinciales y municipales, públicos y privados, la información que fuese necesaria, para evacuar todo tipo de consultas atinentes a la información, difusión y promoción de las actividades regionales, en coordinación con los organismos competentes.
4. Relevar los datos que permitan establecer las
potenciales regiones que conformarían
5. Coordinar la ejecución de políticas públicas que fomenten el desarrollo productivo de las regiones.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES REGIONALES
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y DIAGNÓSTICO
ACCIONES
1. Formular diagnósticos sobre las eventuales problemáticas regionales.
2. Proponer la suscripción de convenios de cooperación y asistencia con universidades y centros de investigación con la finalidad de dar un marco teórico adecuado a la descentralización regional.
3. Coordinar con los organismos competentes la elaboración de estudios técnicos que permitan acompañar el proceso de descentralización de la administración provincial.
4. Recabar información relevante que permita identificar las distintas problemáticas regionales a efectos de proponer alternativas de solución.
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICAS ESTRATÉGICAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONSORCIOS DE GESTIÓN Y DESARROLLO LEY Nº 13580
ACCIONES
1. Desarrollar políticas tendientes a favorecer la
constitución de Consorcios de Gestión y Desarrollo en el marco de
2. Administrar el registro de inscripción de los Consorcios constituidos o que se constituyan.
3. Incentivar la creación de Consorcios de Desarrollo Regional.
4. Asistir en la planificación de las políticas a implementar tendientes al desarrollo de los Consorcios de Gestión y Desarrollo.
5. Proveer asistencia técnica y asesoramiento a los
Consorcios de Gestión y Desarrollo en el marco de
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONSORCIOS DE GESTIÓN Y DESARROLLO LEY Nº 13580
DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE CONSORCIOS DE GESTIÓN Y DESARROLLO
ACCIONES
1. Efectuar análisis respecto del acceso a la información
relativa a los Consorcios de Gestión y Desarrollo en el ámbito territorial de
2. Analizar la información sobre los problemas detectados.
3. Realizar estudios relativos a la efectiva instrumentación y funcionamiento de los Consorcios de Gestión y Desarrollo.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONSORCIOS DE GESTIÓN Y DESARROLLO LEY Nº 13580
DIRECCIÓN DE DIAGNÓSTICO DE CONSORCIOS DE GESTIÓN Y DESARROLLO
ACCIONES
1. Identificar las distintas problemáticas surgidas de la
aplicación de
2. Efectuar propuestas para el mejoramiento del marco normativo de aplicación a los Consorcios de Gestión y Desarrollo.
3. Elaborar estudios técnicos para abordar las problemáticas de los Consorcios.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
SUBSECRETARÍA DE CASAS DE
ACCIONES
1. Coordinar en las distintas Casas de
2. Actuar con carácter de delegación oficial del Gobierno
de
3. Supervisar las actividades relacionadas con las Casas
de
4. Organizar y supervisar la participación de las
distintas áreas gubernamentales vinculadas al quehacer económico y cultural de
5. Evaluar y seleccionar los datos necesarios para
producir una información completa de todos los aspectos de
6. Mantener un registro detallado de las actividades a
desarrollar y desarrolladas por las Casas de
7. Supervisar al personal que las diversas reparticiones
gubernamentales designen para prestar servicios en
8. Atender las actividades relacionadas con el protocolo
en los actos oficiales, la organización y coordinación de actos, eventos,
congresos, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo en las distintas Casas
de
9. Coordinar y cooperar en la organización de las acciones necesarias para la celebración en las distintas Casas, de audiencias del Sr. Gobernador, Sres. Ministros, Intendentes y demás funcionarios del gobierno provincial y municipal en el desempeño de sus funciones oficiales, y atender a las delegaciones y personalidades que concurran a entrevistarlos.
10. Establecer contactos con Organismos Nacionales e Internacionales, Provinciales, Municipales, e Instituciones Privadas con el objeto de difundir y promover planes y programas de gobierno.
SUBSECRETARÍA DE CASAS DE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN
ACCIONES
1. Promover en acción coordinada con los organismos
competentes y los Municipios de
2. Actuar con carácter de delegación oficial del Gobierno
de
3. Participar en la organización y coordinación de toda
clase de eventos que se realicen fuera del espacio físico propio de
4. Asistir y apoyar las actividades relacionadas con las
Casas de
5. Prestar los servicios de gestión administrativa ante entidades públicas y privadas.
6. Coordinar las acciones del personal que las diversas
reparticiones de
7. Elaborar y participar en programas de las distintas áreas de gobierno que se consideren de importancia para la gestión de gobierno provincial.
8. Evaluar y seleccionar los datos necesarios para
producir una información completa de todos los aspectos de
9. Cooperar en la organización de las acciones necesarias para la celebración en las distintas Casas, de audiencias del Gobernador, Ministros, Intendentes y demás funcionarios del gobierno provincial y municipal en el desempeño de sus funciones oficiales y atender a las delegaciones y personalidades que concurran a entrevistarlos.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CULTO
ACCIONES
1. Actuar en lo inherente a las relaciones del Gobierno provincial con todas las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que funcionan en su territorio, así como en la centralización de las gestiones que ante las autoridades provinciales hicieren las mismas.
2. Planificar y programar las actividades relacionadas con
la institucionalización en el ámbito de
3. Propender a desarrollar un sistema de fluida y estrecha comunicación entre ambos ámbitos, tendiendo a convalidar las políticas públicas en materia social.
4. Asistir a las autoridades públicas a fin de garantizar
la libertad religiosa a todos los habitantes de
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
UNIDAD DE ENLACE INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Actuar como unidad de enlace institucional entre las
distintas dependencias de
2. Asistir al Secretario de Coordinación Institucional en
la determinación de las prioridades de actuación y atención de
3. Participar en el diseño de las estrategias a utilizar en las temáticas consideradas prioritarias por el Secretario de Coordinación Institucional.
4. Asistir al Secretario de Coordinación Institucional en los asuntos relativos a su competencia específica que le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.
5. Identificar y proponer los temas que deben ser objeto
de coordinación entre las distintas dependencias de
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN DE PRENSA Y CEREMONIAL
ACCIONES
1. Asistir al Secretario y demás funcionarios del organismo en la relación con los diversos medios de comunicación, en coordinación con el organismo competente en la materia.
2. Organizar la producción, selección y difusión de toda
la información referida a las acciones de las dependencias de
3. Planificar los sistemas de comunicación producto de las necesidades de interrelación con organismos, entes, institutos y asociaciones, en coordinación con los organismos competentes.
4. Supervisar la difusión de las actividades desarrolladas
o promovidas por
5. Promover el desarrollo de acciones y metodologías tendientes a mantener vínculos con personas físicas y jurídicas que fueran necesarios para posibilitar la firma de convenios, compromisos e instrumentos de cooperación, que faciliten la ejecución concertada de programas y proyectos, intercambio de información y experiencia, canalizando y derivando peticiones, propuestas alternativas y vías de solución a las problemáticas.
6. Organizar y coordinar la representación y agenda de
viajes, visitas y traslados de autoridades y, eventualmente de técnicos de
7. Impulsar la comunicación a los distintos organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, sobre los eventos que organice y convoque el Secretario, a fin de lograr una participación efectiva, en coordinación con otros organismos con competencia en la materia.
8. Producir, recabar y difundir, al ámbito público y
privado, toda la información referida a las acciones de las dependencias de