DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 3.237

La Plata, 1° de diciembre de 2006

VISTO la finalización del período de sesiones ordinarias de la Honorable Legislatura y la convocatoria a sesiones extraordinarias efectuada por ambas Cámaras para el tratamiento de asuntos con carácter de interés público y urgente; y

CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo normado por los artículos 86 y 144 inciso 8° de la Constitución Provincial, el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para convocar a sesiones extraordinarias;
Que es de imperiosa necesidad hacer uso de la precitada facultad y convocar a dichas sesiones;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1°. Convocar a sesiones extraordinarias a la Honorable Legislatura para el tratamiento de los asuntos considerados de interés público y urgente por el Poder Ejecutivo, detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTICULO 3°. Registrar, comunicar a la Honorable Legislatura, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Florencio Randazzo                                                                 Felipe Solá
Ministro de Gobierno                                                      Gobernador

ANEXO

MENSAJE N° 1.364: Sustituyendo art. 50 de la Ley 5.827 Orgánica del Poder Judicial - división de competencias de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.

MENSAJE N° 1.365: Ley de Iniciativa Popular.

MENSAJE N° 1.366: Ley de Consulta Popular.

MENSAJE N° 1.399: Propiciando la reforma de los artículos 124 del Código Procesal Civil y Comercial, 139 del Código Procesal Penal y 69 del Decreto Ley 7647/70, texto según Ley 13.262, Plazo de Gracia.

MENSAJE N° 1.435: Implementación de un Régimen de compatibilidad limitada con reducción de haberes provisionales para los beneficiarios de la Ley 13236 -Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia

MENSAJE N° 1448: Modificando artículos de la ley 5827, Orgánica del Poder Judicial y la 12061, del Ministerio Público

MENSAJE N° 1454: Sustitución artículo 14 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, Decreto 7425/68 y sus modificatorias.

MENSAJE N° 1.500: Estableciendo los procedimientos y modalidades a los que deberá ajustarse la administración del Estadio Ciudad de La Plata, con el fin de procurar su funcionamiento, explotación y mantenimiento.

MENSAJE N° 1.503: Modificando artículos de Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, Decreto-Ley 7425168 - formas de practicar notificaciones-.

MENSAJE N° 1.504: Propiciando una nueva regulación del Fuero de Familia y del Fuero Penal del Niño.

MENSAJE N° 1.505: instituyendo en ámbito provincial y declarando de interés público, la capacitación, utilización, desarrollo, difusión y promoción de los medios alternativos de resolución de conflictos con carácter voluntario, como métodos no adversariales.

MENSAJE N° 1.507: Estableciendo el Sistema Provincial de Inversiones Públicas.

MENSAJE N° 1.508: Fijando los procedimientos de gestión de los residuos sólidos urbanos de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Nacional N° 25916

MENSAJE N° 1.510: Regulación de los Servicios de Seguridad Privada en la Provincia de Buenos Aires.

MENSAJE N° 1.545: Propiciando la Declaración del Estado de Emergencia de las Policías de la Provincia de Buenos Aires

MENSAJE N° 1.547: Sustituyendo los incisos b) de los artículos 6°, 7°, 8°, 10, 15, 17, 18, 22 y 23 de la Ley 5.827, Orgánica del Poder Judicial, texto ordenado por Decreto 3702/92 y sus modificatorias, Creación de cargos de Defensores Generales Departamentales.

MENSAJE N° 1.557: Incorporación inciso t) artículo 151 -Código Fiscal Ley 10397
Condonando Deudas del Impuesto Inmobiliario a las propiedades de Detenidos
Desaparecidos.

MENSAJE N° 1.558: Propiciando la modificación del artículo 291 inc. 4 del Código Fiscal Ley N° 10397 -(T.O. Resolución del Ministerio de Economía Nº 1200/04) y modificatorias que exime el pago de Tasas Administrativas concernientes a la solicitud de partidas o testimonios de Estado Civil.

MENSAJE N° 1.575: Ampliando el plazo para el cumplimiento de las medidas tributarias contenidas en el Acto Declarativo Primero del “Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento”

MENSAJE N°: 1.576 Facultando al Poder Ejecutivo por única vez, a reubicar a petición de los interesados a aquellos agentes comprendidos en la Ley 10.430 (T.O. Decreto N° 1869/96 y modificatorias) que al 31 de julio de 2006 se encontraban desempeñando interinamente las funciones jerárquicas de Subdirector o Jefe de Departamento en los términos de los artículos 10 y 161.