.DECRETO 1693/09
LA PLATA, 7 SEPTIEMBRE de 2009.
VISTO el expediente N° 21500-1293/09 mediante el cual se propicia la creación de una Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que es parte de la política de Estado de la Provincia de Buenos Aires hacer realidad la igualdad de oportunidades para el desarrollo integral de las potencialidades de nuestras ciudadanas y ciudadanos;
Que con fecha 8 de abril del corriente año se procedió a la creación de la "Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral de la Provincia de Buenos Aires";
Que esta acción está encuadrada en las iniciativas promovidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación tendientes a impulsar la igualdad de oportunidades y de trabajo entre varones y mujeres en las grandes áreas de actuación del mismo, las cuales reconocen como antecedentes: la jerarquía constitucional que el inciso 22 del artículo 75 de la Constitución Nacional ha otorgado a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; el artículo 11 de dicha Convención, que reconoce la necesidad de que el Estado implemente medidas para la eliminación de la discriminación contra las mujeres en la esfera del empleo, incluyendo el acceso igualitario a la formación profesional; la Ley N° 24576, que garantiza como derecho fundamental de todos los trabajadores y trabajadoras la promoción profesional y la formación en el trabajo en condiciones igualitarias de acceso y trato; los compromisos asumidos por el Estado Argentino en la Declaración y en la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre el acceso de las mujeres en condiciones de igualdad, a la capacitación y el empleo; y el Pacto Federal del Trabajo suscrito el 29 de Julio de 1998 entre el Presidente de la Nación Argentina, el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social de la Nación y los representantes de las Provincias y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N° 25212, en cuyo Anexo V se establece que la Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometen a impulsar en el marco de sus respectivas competencias el Plan para la igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral aprobado por Decreto N° 254/98 del Poder Ejecutivo Nacional;
Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Aprobar el Acta de Creación de la "Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral de la Provincia de Buenos Aires", suscripta con fecha 8 de Abril de 2009 por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y la CTIO Nacional, que como Anexo, Anexo I y Anexo II integran el presente.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires será quien convoque y coordine las actividades de la Comisión, recogiendo las propuestas e inquietudes del sector gremial, empresarial y gubernamental.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo.
ARTÍCULO 4.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
ACTA DE CREACION
"COMISIÓN TRIPARTITA DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES
ENTRE VARONES Y MUJERES EN EL MUNDO LABORAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES"
Este Acta forma parte de la política de Estado en la que está comprometido el
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en la persona del señor. Gobernador,
Daniel Osvaldo SCIOLI para hacer realidad la igualdad de oportunidades para el
desarrollo integral de las potencialidades de nuestras ciudadanas y ciudadanos.
A tal fin, con la presencia del Señor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Doctor Carlos TOMADA, el señor Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Doctor Oscar Antonio CUARTANGO, la Prof. Olga Hammar Presidenta de CTIO nacional y las instituciones y áreas de gobierno cuyos representantes firman al pié, se procede a dar apertura al acto de creación de la "Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral de la Provincia de Buenos Aires".
El presente acto está encuadrado en las iniciativas promovidas por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires tendientes a impulsar la igualdad de oportunidades y de trato entre varones y mujeres en las grandes áreas de actuación del mismo, las cuales reconocen como antecedentes: a) la jerarquía constitucional que el inciso 22 del artículo 75 de la Constitución Nacional ha otorgado a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; b) el artículo 11 de dicha Convención, que reconoce la necesidad de que el Estado implemente medidas para la eliminación de la discriminación contra las mujeres en la esfera del empleo, incluyendo en el mismo el acceso igualitario a la formación profesional; c) la Ley N° 24576, que garantiza como derecho fundamental de todos los trabajadores y trabajadoras la promoción profesional y la formación en el trabajo en condiciones igualitarias de acceso y trato; d) los compromisos asumidos por el Estado Argentino en la Declaración y en la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, que requieren el desarrollo de medidas tendientes a facilitar el acceso de las mujeres en condiciones de igualdad, a la Capacitación y el Empleo; e) el Pacto Federal del Trabajo -suscripto el 29 de Julio de 1998 entre el Presidente de la Nación Argentina, el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social de la Nación y los representantes de las Provincias y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, aprobado por Ley N° 25212, en cuyo Anexo V se establece que la Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometen a impulsar en el marco de sus respectivas competencias el Plan para la Igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral aprobado por el Decreto N° 254/98 del Poder Ejecutivo Nacional.
Este acto se enmarca asimismo en: a) el Programa sobre "Promoción de la Igualdad de Oportunidades en el Empleo en el MERCOSUR", impulsado por la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), dio comienzo en el Centro de Formación de Turín durante el año 1995; b) las conclusiones y recomendaciones del Seminario de Evaluación y Seguimiento del "Programa para la Promoción de la Igualdad de Oportunidades en el Empleo en el MERCOSUR", realizado del 3 al 7 de Noviembre de 1997 en Foz de Iguazú, Brasil, con el apoyo de O.I.T., en el que se constató el surgimiento de formas organizativas tripartitas integradas por los sectores gubernamental, sindical y empresarial en diversos países del Cono Sur, orientadas a impulsar el tratamiento de la promoción de igualdad de oportunidades entre varones y mujeres en el empleo y c) las conclusiones y recomendaciones del Taller Tripartito "Argentina Acción Nacional a favor de la igualdad y los derechos de las mujeres trabajadoras", realizado con el auspicio de la O.I.T. entre el 12 y 13 de Noviembre de 1997, en el cual se avanzó en el acuerdo entre los sectores sindical, empresarial y gubernamental para la conformación de un ámbito tripartito destinado a promover políticas orientadas a la igualdad de Oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral.
Las partes acuerdan en que sea el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, el que convoque y coordine las actividades de la Comisión que se crea por la presente. Por tal motivo el Señor Ministro de Trabajo, Doctor Oscar Antonio CUARTANGO, manifiesta que convoca a la inmediata integración y puesta en marcha de la Comisión Tripartita recogiéndose las propuestas e inquietudes del Sector Gremial, del Sector Empresarial y del Sector Gubernamental, estipular los objetivos de trabajo para la Comisión Tripartita que figuran como Anexo I de la presente, sin perjuicio de la ampliación que, cuando así lo convengan las partes, podrá determinarse. Asimismo, encomienda a la Comisión Tripartita proveer las condiciones para determinar mecanismos que posibiliten modalidades de participación de las instituciones que posean antecedentes en lo relativo al desarrollo de acciones tendientes a promover la igualdad de trato y oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral o que tienen la intención de promover los objetivos que se propone impulsar la Comisión es que se asume presente la integración.
Se faculta, asimismo, a la Comisión Tripartita a conformar comisiones de trabajo, de carácter abiertas, en tanto instancias técnicas destinadas a atender temáticas específicas vinculadas con el desarrollo de los objetivos que se propone alcanzar, así como a fijar la frecuencia de reuniones y dictar su Reglamento Interno, estableciéndose como sede de reunión de la Comisión al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con domicilio en la calle 7 N° 370 de la Ciudad de La Plata.
Se firma UN (1) ejemplar de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata, a los ocho días del mes de Abril del Año 2009.
ANEXO I
ACTA DE CREACION
"COMISION TRIPARTITA DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y VARONES EN EL MUNDO LABORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES"
OBJETIVOS CONSENSUADOS PARA
EL LOGRO DEL DIALOGO SOCIAL TRIPARTITO.
La COMISION TRIPARTITA DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE VARONES Y MUJERES EN EL MUNDO LABORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES" (CTIO) constituye un espacio privilegiado para la definición de propuestas de políticas públicas que hagan realidad la aspiración de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Varones en el Mundo Laboral, tal como lo expresan los objetivos consensuados por los tres sectores que se formulan a continuación y que forman parte del Acta Acuerdo de su creación:
Por la UIPBA (Unión Industrial Provincia de Buenos Aires); el Secretario Pablo Reale; por la CEPBA (Confederación Económica Provincia de Buenos Aires), la Vicepresidenta Elisa Schuster y la Secretaria de la Mujer de la Entidad, Magdalena Chiorri; por la FECAMI (Federación de Cámaras Microempresariales), el Dr. Juan Zitti; por la CTA (Confederación de Trabajadores Argentinos), la Secretaria de Igualdad de Género y Oportunidades, Alejandra Angriman; por la CGT (Confederación General del Trabajo), el Secretario de Políticas de Empleo, Jorge Lobais; por el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo), la Asesora de Presidencia, Mónica Lisman; por la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, su titular Sara Dorothier de Cobacho; y como adherente, la Presidenta del Consejo de la Mujer de la Municipalidad de La Plata, Dra. Marcela Pastore.