Fundamentos de la Ley 13342

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este proyecto de ley tiene (como su articulado lo expresa) el objetivo de la regularización dominial de las viviendas construidas con financiamiento del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

En la historia del desarrollo de planes de viviendas llevadas a cabo sea por Instituciones intermedias o por municipios con financiamiento del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en numerosos casos sus adjudicatarios no han podido acceder a escriturar sus viviendas por deficiencias u omisiones por parte de sus ejecutores, en la presentación de la documentación exigida por el organismo encargado de emitir los finales de obra respectivos, como así también por carecer de la autorización que otorga la Dirección Provincial de Hidráulica.

 

 

Teniendo en cuenta el carácter social de los mencionados emprendimientos, y que la población asentada en los mismos tienen carácter definitivo, es un compromiso ineludible garantizar la seguridad jurídica de sus adjudicatarios y o ocupantes para llegar a contar con el título de propiedad de los inmuebles que habitan. Esta seguridad jurídica también les permite a los ciudadanos garantizar operaciones con respaldo hipotecario, como también estar conforme a derecho con sus obligaciones tributarias, con el fisco de la Provincia como con el respectivo municipio.

 

 

Esta ley, que contiene medidas de carácter excepcional, posibilitará la regularización de dominio a numerosas familias ocupantes de complejos de viviendas de carácter social.

 

 

El acceso a una vivienda digna tiene en nuestro ordenamiento jurídico, como ya se expresara, el rango constitucional, sumado a ello el resguardo que la ley le otorga al titular del dominio en vastos aspectos, tales como acceso al crédito, reconocimiento social, seguridad familiar, en definitiva un mejoramiento ostensible en su calidad de vida, generando para el erario público un ingreso por contribuciones que hasta la sanción de la ley resultaba imposible percibir.

 

 

Las razones expuestas avalan por sí mismas el carácter de interés público comprendido en la solución del problema planteado ameritando en consecuencia el acompañamiento de mis pares para la sanción de la norma que permita concretar el objetivo previsto.