LEY 13341
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Condónase la deuda que por todo concepto mantiene la Municipalidad de Gral. Belgrano con la Provincia de Buenos Aires por la ejecución de las obras “Defensa de la ciudad de Gral. Belgrano- Obras Civiles y Electromecánicas” y “Obras Complementarias de la Defensa de Gral. Belgrano”, suscriptas en el marco de los convenios aprobados por Resoluciones 253/90 y 517/94 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, respectivamente
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.