LEY 13341

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Condónase la deuda que por todo concepto mantiene la Municipalidad de Gral. Belgrano con la Provincia de Buenos Aires por la ejecución de las obras “Defensa de la ciudad de Gral. Belgrano- Obras Civiles y Electromecánicas” y “Obras Complementarias de la Defensa de Gral. Belgrano”, suscriptas en el marco de los convenios aprobados por Resoluciones 253/90 y 517/94 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, respectivamente

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.