DECRETO 2429/89

La Plata, 5 de Junio de 1989

 VISTO el decreto  1247/77 y sus modificatorios 1036/85 y 2021/85, y

CONSIDERANDO:

Que las disposiciones contenidas en el Art. 1º de dicho texto legal determinan el nivel del valor económico de los contratos cuyos pagos deberán  ser realizados a través de 1a Tesorería General de la Provincia;                    

Que por el Art. 6º del decreto 1.247/77   modificado por el  Art. 2º' del decreto 1.036/85 se faculta al señor Ministro de  Economía para actualizar trimestralmente el importe del precedentemente aludido valor contractual;

Que mediante la Resolución Ministerial Nº 138/89 el citado valor ha sido establecido en la suma de A 35.630,00;

Que el acelerado crecimiento del nivel de precio hace necesario su adecuación;

Que han tomado intervención al respecto la Tesorería General de la Provincia y la Contaduría General de la Provincia;

Por ello.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

ARTICULO 1º.-  Establécese en la suma de australes cien mil (A 100.000,00 ) a partir del 1º de junio de 1989 el valor a que alude el art. 1º del decreto 1.247/77 y sus modificatorios 1.036/85 y 2.021/85.

ARTICULO 2º.- Determínese como mes base de ajuste el mes de mayo de 1989.

ARTICULO 3º.- Tómese como fecha de la primera actualización el 1º de setiembre de 1989.

ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y ''Boletín Oficial" y pase a la. Contaduría General de la Provincia, a la Tesorería General de la Provincia y a las Direcciones de Administración Contable de todas las jurisdicciones.