DEPARTAMENTO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

 

DECRETO 1522/94

 

LA PLATA, 6 de junio de 1994.

 

VISTO el expediente 2.100-40.405/94 mediante el cual la Subsecretaría de Comunicación  Social de la Gobernación, solicita delegar en el señor Director General de Administración  de esa Subsecretaría la facultad de aprobar erogaciones que se efectúen en concepto de Publicidad Oficial, hasta el 50% del monto que determina el artículo 26 Inciso II del Decreto-Ley 7764, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por Decreto 3.102/84 y su modificatorio 1.795/92 se faculta al señor Subsecretario de Comunicación Social de la Gobernación a contratar en forma directa con los medios la
publicidad oficial, con sujeción a la Ley 7.764;

 

Que, a los efectos de lograr una mejor operatividad del área de Comunicación Social se hace necesario delegar la aprobación de las erogaciones efectuadas por publicidad oficial;

 

Que, con la citada delegación de firma se posibilita un mejor ordenamiento administrativo;

 

Que, oportunamente ha informado la Contaduría General de la Provincia, dictaminado la Asesoría General de Gobierno e intervenido la Fiscalía de Estado, por lo que corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Delégase en el señor Director General de Administración de la Subsecretaría de Comunicación Social -Gobernación-, a partir del 1º de enero de 1994, la aprobación de las erogaciones efectuadas en concepto de publicidad oficial hasta el 50% del monto que determina el artículo 26 inciso II del Decreto-Ley 7764/71.

 

ARTÍCULO 2º.- Derógase el Decreto 5.294/90.

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno y Justicia.

 

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese.