Provincia de Buenos Aires

CONTADURÍA GENERAL

Resolución 98

 

La Plata, 13 de marzo de 2014.

 

VISTO, el expediente 5400-6332/12 por el cual tramita la aprobación del Reglamento de Concursos para cubrir, con carácter de titular, los cargos vacantes definitivos dentro del Agrupamiento Jerárquico y hasta el cargo de Supervisor de Área o equivalentes, en esta Contaduría General de la Provincia, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que resulta imprescindible generar procesos de selección que garanticen los principios de idoneidad, igualdad de oportunidades, transparencia e imparcialidad, con el fin de que el personal más calificado y mejor preparado ocupe los lugares de conducción que hacen a la plena operatividad y correcto desenvolvimiento administrativo de esta Contaduría General de la Provincia;

 

Que, tal selección debe resultar compatible con las necesidades operativas de promoción de cobertura de tales cargos debido a la índole de las labores bajo su responsabilidad y el impacto operativo que su vacancia transitoria implica;

 

Que el Reglamento de Concursos que se intenta aprobar fue elaborado receptando las premisas rectoras contempladas en la “Guía orientadora para la cobertura de cargos y funciones mediante procesos de selección de personal en la Administración Pública” aprobada por la Resolución Nº 30/11 de la Subsecretaría de Modernización del Estado;

 

Que, no obstante lo expresado en el considerando precedente, el mismo se adecuó a las particularidades de este Organismo Constitucional en materia de administración de personal, derivadas de la sanción de la Ley Nº 13.375 y su Decreto Reglamentario Nº 152/11;

 

Que es dable mencionar que han tomado intervención y participación en su elaboración, las entidades gremiales con representación en el Organismo que lo consideraron oportuno;

 

Que corresponde derogar, a partir de la publicación de la presente, la Resolución CGP Nº 1.062/07 y sus modificatorias;

 

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Gestión Pública, la Dirección Provincial de Personal, la Secretaría Legal y Técnica y la Asesoría General de Gobierno; Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 1° de la Ley N° 13.375 y su Decreto Reglamentario 152/11;

 

Por ello,

 

EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Derogar, a partir de la publicación de la presente, la Resolución CGP Nº 1.062/07 y sus modificatorias.

 

ARTÍCULO 2°: Aprobar el Reglamento de Concursos para cubrir con carácter de titular los cargos vacantes definitivos dentro del Agrupamiento Jerárquico y hasta el cargo de Supervisor de Área o equivalentes, el que pasa a formar parte de la presente resolución como ANEXO ÚNICO.

 

ARTÍCULO 3°: La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación.

 

ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Carlos A. Machiaroli

Contador General

 

ANEXO ÚNICO

Reglamento de Concursos para cubrir con carácter de titular los cargos vacantes definitivos Título I – Objeto y Alcance

 

ARTÍCULO 1º. El presente Reglamento establece las condiciones generales para valorar las competencias ético-institucionales, técnico profesionales y actitudinales de los aspirantes conforme al perfil del cargo a cubrir y establecer un orden de mérito para cada cobertura garantizando los principios de igualdad de oportunidades, imparcialidad, idoneidad y transparencia. La cobertura de cargos que por el presente se regula, se efectuarán con carácter de titular conforme lo normado por la Ley N° 13.375 y su Decreto Reglamentario 152/11 y corresponde a las vacantes existentes o que se produzcan en la Contaduría General de la Provincia, en cargos del Agrupamiento Jerárquico y hasta el cargo de Supervisor de Área o equivalentes.

 

ARTÍCULO 2º. El Proceso de Concurso tendrá carácter interno respecto de la Contaduría General de la Provincia, correspondiendo participen en primer término los agentes de la planta permanente asignada de la unidad orgánica en la que se produjo la vacante.

 

Queda excluida de la modalidad detallada la Dirección General Control Contable para la cual se habilitará la participación de la totalidad del personal que revista en la planta permanente de la misma.

 

En aquellos casos en que el número de inscriptos que cumpla con los requisitos previstos para la cobertura, correspondientes al plantel de la unidad orgánica en que se produjo  a vacante o, en su caso, de la Dirección General de Control Contable, resulte menor   tres (3) agentes, el llamado se ampliará, en forma progresiva, a las unidades orgánicas dependientes del nivel jerárquico inmediato superior, en el ámbito de la Contaduría General de la Provincia (según el caso, a las restantes Direcciones dependientes de la misma Dirección General, a las restantes Direcciones Generales dependientes de la misma Secretaría y la totalidad de las áreas de la Contaduría General de la Provincia).

De persistir la insuficiencia de personal inscripto, se podrá ampliar la convocatoria al personal de Planta Permanente de la Tesorería General de la Provincia, del Honorable Tribunal de Cuentas, de la Fiscalía de Estado y al resto de la Administración Pública Provincial, en ese orden.

En todos los casos se exigirá, a la fecha de cierre de inscripción de cada llamado a selección, la acreditación por parte de los postulantes, de dos (2) o más años de antigüedad en la Contaduría General de la Provincia, formalmente reconocida.

Podrán participar todos los agentes de planta permanente independientemente del agrupamiento y del nivel escalafonario alcanzado (Grado / Clase). Cuando sean de distinto agrupamiento al del cargo a concursar, deberán acreditar los requisitos establecidos para el agrupamiento y especialidad de que se trate y/o, en su caso, los exigidos en la estructura orgánica de la Contaduría General.

 

Título II – De la Convocatoria

ARTÍCULO 3º. Producida una vacante y en un plazo no mayor a treinta (30) días de formalizada por acto administrativo emanado autoridad competente, la Delegación de Personal deberá informar sobre la misma al titular de la Secretaría, Dirección General y Dirección en la cual se produjere, quienes fundadamente podrán solicitar la convocatoria al Proceso de Concurso tendiente a su cobertura. Asimismo, las entidades gremiales y/o los agentes interesados en la vacante podrán elevar al Director del área una propuesta de convocatoria, fundando los motivos de la misma.

 

ARTÍCULO 4º. En forma conjunta a la solicitud, el requirente deberá remitir a la Delegación de Personal:

 

Marco institucional: plan estratégico, plan institucional, etc.

Descripción de actividades del puesto vacante, según acciones de la estructura vigente y del nomenclador de cargos.

Perfil requerido para el puesto vacante, que será elaborado por el área correspondiente y la Delegación de Personal.

Requisitos del cargo a cubrir.

A los fines de la preparación de dicha información podrá solicitarse la asistencia técnica de la Delegación de Personal de la Contaduría General de la Provincia, de la Dirección Provincial de Personal y/o, de la Dirección Provincial de Gestión Pública de la Subsecretaría para la Modernización del Estado, dependientes de la Secretaría General de la Gobernación.

 

ARTÍCULO 5º. Con la información aportada, la Delegación de Personal deberá confeccionar la Planilla Anexa 1, la que forma parte integrante del presente.

 

ARTÍCULO 6º. La Delegación de Personal, a través de la Dirección General de Administración, elevará las actuaciones al Contador General de la Provincia a efectos del dictado del acto administrativo que autorice la convocatoria. Asimismo el titular del Organismo podrá, en dicho acto, aprobar el contenido de la misma o delegar su aprobación en funcionario de rango o jerarquía no inferior a Director General. La convocatoria deberá contener, expuesta según Planilla Anexa 2, que forma parte del presente, la siguiente información:

Información básica sobre las funciones y responsabilidades que incluye el cargo vacante.

Requisitos exigidos y perfil definido para la cobertura del cargo.

Plazos de inscripción.

Conformación de la Unidad de Selección y veedores.

Pautas generales y metodología del proceso de evaluación.

Ponderación de variables evaluadas.

 

ARTÍCULO 7°. La Delegación de Personal dispondrá la difusión de la convocatoria a concurso por el término de diez (10) días hábiles en las carteleras oficiales del Organismo, ubicadas en todas las Direcciones y en el sitio web de la repartición y a través del SIAPE. Asimismo, publicará por dos (2) días la convocatoria en el Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 8º. La Delegación de Personal entregará a cada interesado en participar en el Proceso de Selección la siguiente documentación:

Un formulario de inscripción, que como Planilla Anexa 3 forma parte integrante del presente.

Acciones del área de interés.

Requisitos mínimos exigidos a los aspirantes.

Perfil requerido para el cargo a cubrir.

Contenidos temáticos y metodologías a utilizar para la evaluación de competencias.

Cronograma y plazo para efectuar la presentación.

Nombres de los integrantes de la Unidad de Selección (US) y veedores.

Copia del presente Reglamento.

 

Título III – De los Aspirantes

ARTÍCULO 9°. La Delegación de Personal llevará un registro de participantes de los distintos concursos convocados en la Contaduría General de la Provincia.

 

ARTÍCULO 10. La Delegación de Personal entregará al aspirante una constancia de la recepción de la documentación e inscripción en el concurso, según formulario que como Planilla Anexa 4 forma parte integrante del presente. Toda la documentación entregada deberá estar firmada en todas sus fojas por el interesado.

No se aceptarán propuestas ni documentación presentadas con posterioridad a la fecha y hora de cierre establecida.

La inscripción de los aspirantes implica la aceptación de todas las cláusulas y condiciones contempladas en el presente Reglamento.

 

ARTÍCULO 11. Los aspirantes deberán acompañar la documentación que avale los datos manifestados en su presentación, excepto aquéllos que consten en su legajo.

 

ARTÍCULO 12. Todos los antecedentes presentados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad que sea detectada en su presentación podrá ser causal de eliminación del concurso.

 

ARTÍCULO 13. A los aspirantes que se presenten al concurso para cubrir las vacantes, se les considerará el tiempo insumido en el concurso como tiempo real trabajado.

 

ARTÍCULO 14. Las personas con sumarios abiertos podrán presentarse como aspirantes de este proceso. En caso de que la persona elegida de la terna a la que se refiere el artículo 32 tenga sumario abierto, se deberá designar interinamente a la siguiente, en el orden de mérito hasta tanto se resuelva el sumario.

 

Título IV – De la Unidad de Selección (US)

ARTÍCULO 15. La US estará conformada de la siguiente manera:

El Director y Director General del área donde se produjo la vacante a cubrir. En caso de que se encuentre vacante el cargo de Director o Supervisor de Área o la vacante a cubrir corresponda a alguno de los mencionados cargos, la conformación se integrará con el Secretario del área o, de no ser posible, funcionario de rango o jerarquía no inferior a Director General.

El titular de la Delegación de Personal de la Provincia donde se realiza el concurso o su reemplazante natural con jerarquía no inferior al cargo concursado. Si el concurso se sustanciara en la Delegación de Personal, podrá conformarse la US con un representante de la Dirección Provincial de Personal, atendiendo a la restricción de su jerarquía.

 

ARTÍCULO 16. La US tendrá la atribución de evaluar las competencias ético-institucionales, técnico-profesionales y actitudinales, mediante uno o varios de los métodos

generalmente aceptados a tales efectos, entre otros:

Evaluación de antecedentes (estudios formales, capacitación a través de cursos realizados y aprobados por el Instituto Provincial de la Administración Pública

Provincial y Nacional IPAP - INAP, cursos de capacitación relacionados con el cargo a desempeñar, experiencia laboral, participación en programas o servicios relacionados con el cargo, desempeño en funciones similares o de mayor complejidad y responsabilidad en la Administración Pública Provincial).

Pruebas de oposición.

Presentación de proyectos referidos al cargo a cubrir.

Entrevistas grupales e individuales.

Pruebas del campo de la Psicología y la Sociología Laboral.

Herramientas de evaluación de competencias técnico profesionales.

Métodos de evaluación del desempeño individual en el marco grupal e institucional.

 

ARTÍCULO 17. Asimismo, la US deberá:

Considerar las observaciones y resolver sobre las impugnaciones formuladas por los aspirantes.

Comunicar la lista de inscriptos que cumplan con los requisitos mínimos a efectos de continuar con el proceso de concurso.

Establecer las fechas de realización de evaluaciones, entrevistas y pruebas que estime pertinente.

Establecer un orden de mérito entre los postulantes.

 

ARTÍCULO 18. La US podrá solicitar la asistencia técnica de los expertos temáticos que crea conveniente a fin de evaluar correctamente aquellos requerimientos que por su especificidad, requieran de una opinión especializada en la materia.

 

ARTÍCULO 19. La US dejará constancia de sus decisiones por medio de actas suscriptas por los integrantes de la misma.

 

ARTÍCULO 20. Serán causales de recusación de los miembros de la US, las previstas en el artículo 6º del Decreto-Ley 7.647/70 y en el artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, Decreto-Ley Nº 7.425/68.

 

Título V – De los Veedores

ARTÍCULO 21. El cuerpo de veedores estará compuesto por:

Un/a representante de la Subsecretaría para la Modernización del Estado/Dirección Provincial de Gestión Pública.

Un/a representante de la Dirección Provincial de Personal.

Un/a representante de la Dirección Provincial de Igualdad de Oportunidades de la Secretaría de Derechos Humanos.

Un/a representante por cada entidad sindical con actuación en el Organismo, con jerarquía no inferior a delegado.

Para cada uno de los miembros se designará un titular y un suplente de modo de garantizar su participación. La falta de designación o participación de veedores por parte de los Organismos y entidades detalladas, no será causal de desestimación ni de impugnación del concurso sustanciado, siempre que haya mediado notificación fehaciente por parte de la Contaduría General hacia éstos, respecto de la realización del concurso en cuestión.

 

ARTÍCULO 22. Las personas que se desempeñen como veedoras tendrán por principal finalidad el seguimiento de todo el Proceso de Concurso. En consecuencia podrán:

Tener acceso al expediente completo en cualquier etapa en que se encuentre.

Dejar constancia en el mismo de las observaciones que consideren pertinentes. Solicitar informes aclaratorios o elevar propuestas, que en todos los casos deben ser formuladas y contestadas por escrito por la US. Las mismas deberán ser agregadas l expediente.

Pedir vista de la documentación presentada por los inscriptos.

Asistir a las pruebas de oposición o tener acceso a las mismas cuando se trate de instrumentos escritos o presentaciones en cualquier otro soporte.

Conocer los dictámenes o resultados de la entrevista psicológica, en caso que dichos instrumentos no se agreguen al expediente. En dicha entrevista solo podrán estar presentes el postulante y el/los psicólogos, sin excepción.

Verificar el cumplimiento de todas las pautas del concurso.

Realizar y registrar las observaciones y recomendaciones que considere convenientes al orden de mérito, como así también las sugerencias y propuestas respecto del dictamen y del proceso en general. De esta forma se busca dar conformidad o no de lo actuado. Más allá de su valor estratégico en la eficacia y transparencia del proceso, todos los aportes que realiza el veedor serán no vinculantes.

Realizar toda otra actividad que conduzca al ejercicio de su función, en resguardo de los principios de transparencia, imparcialidad, idoneidad e igualdad de oportunidades que orientan el Proceso de Concurso.

 

Título VI – De los Plazos y Notificaciones

ARTÍCULO 23. El plazo de inscripción será de cinco (5) días hábiles perentorios e improrrogables inmediatos posteriores al vencimiento del período de difusión, no admitiéndose la presentación de nueva documentación vencido el mismo.

 

ARTÍCULO 24. Vencido el plazo de inscripción y dentro de los tres (3) días hábiles inmediatos posteriores, la Delegación de Personal difundirá por el término de cinco (5) días hábiles y por los mismos medios mencionados en el artículo 7 de este Reglamento, con excepción del Boletín Oficial, el listado de inscriptos e integrantes de la US.

 

ARTÍCULO 25. En el plazo de cinco (5) días hábiles inmediatos posteriores al plazo de difusión de inscriptos e integrantes de la US, deberá plantearse la recusación o excusación de integrantes de la US; la que será resuelta en el plazo de cinco (5) días hábiles por el Contador General de la Provincia, quien, en caso de determinar su procedencia, designará al reemplazante, entre los mencionados en el artículo 15, incisos 1) y 2) según corresponda.

 

ARTÍCULO 26. En idéntico plazo al establecido en el párrafo precedente, los inscriptos podrán tomar vista de los antecedentes de los demás aspirantes y formular impugnaciones; las que serán resueltas por la US en el plazo de cinco (5) días hábiles. La decisiónde la US tendrá carácter irrecurrible.

En caso de haberse planteado la recusación o excusación de integrantes de la US, el plazo para resolver se iniciará desde la comunicación de la resolución que resuelva el planteo de recusación o excusación.

Vencido el plazo de recusaciones e impugnaciones que establecen los artículos 25 y 26 del presente, y dentro de los treinta (30) días inmediatos posteriores, la Delegación de Personal difundirá por el término de cinco (5) días hábiles y por los mismos medios mencionados en el artículo 7 de este Reglamento, con excepción del Boletín Oficial, el cronograma de evaluaciones y detalle de herramientas a utilizar con sus respectivos puntajes.

 

ARTÍCULO 27. La Delegación de Personal notificará fehacientemente a los participantes del concurso, el orden de mérito establecido y publicará el mismo por los medios referenciados en el artículo 7 del presente, con excepción del Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 28. En el plazo de cinco (5) días hábiles inmediatos posteriores a la fecha de notificación, los postulantes podrán formular impugnaciones debidamente fundadas al orden de mérito notificado, tomando éste, carácter de provisorio, hasta tanto se resuelvan las  mismas por parte de la US, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al vencimiento del plazo para presentar las impugnaciones. La decisión de la US tendrá carácter irrecurrible.

 

Título VII – De la Evaluación

ARTÍCULO 29. En todos los concursos la US evaluará a los aspirantes de acuerdo al concepto de competencias, entendidas como el conjunto de saberes que las personas expresan en situaciones laborales y sociales, que involucran valores, conocimientos y actitudes. A esos fines se considerarán tres tipos de Competencias:

El compromiso debe manifestarse, particularmente, en la institución estatal en la que se presta servicios, conociendo el Plan de Gobierno y/o el Plan estratégico o Institucional del organismo y reconociendo el rol indelegable del Estado en materia de integración social y promoción del desarrollo. Estas competencias son básicas y comunes a todos los grupos, sin perjuicio de otras específicas del mismo carácter que cada puesto demande.

* Competencias técnico profesionales (Planilla Anexa 5.a): Son las competencias específicas y necesarias para el cumplimiento de las acciones correspondientes a un puesto de trabajo determinado. Comprenden: 1) Los conocimientos teóricos, metodológicos y técnicos adquiridos por formación profesional y/o la experiencia. 2) Las habilidades para la utilización de herramientas o instrumentos técnicos propios de una profesión, oficio o especialidad. 3) Las destrezas o entrenamientos físicos e intelectuales que permiten actuar con pericia, arte o ingenio, incluso en situaciones nuevas o no previstas.

* Competencias actitudinales (Planilla Anexa 5.b): Son el conjunto de actitudes y estrategias que pone en juego un trabajador para relacionarse con su entorno laboral y social. Incluye entre otras: capacidad para la integración de equipos, predisposición al cambio, proactividad, comunicación y propensión a la resolución constructiva de conflictos, capacidad de liderazgo y coordinación de tareas.

En todos los casos dentro de las competencias ético institucionales deberá asignarse puntaje a la antigüedad en el sector al que pertenece la vacante objeto del proceso y/o en la repartición, como así también al desempeño de cargos y/o funciones jerarquizadas, tanto dentro como fuera de la unidad orgánica, con el objeto de reconocer y garantizar la carrera administrativa a los agentes que integran el plantel de la Contaduría General de la Provincia.

Todas las herramientas de evaluación serán computadas teniendo en cuenta su valoración a la fecha de cierre de inscripción al concurso en cuestión.

En aquellas herramientas de evaluación para las que se fije un horario de iniciación se otorgará una tolerancia de quince (15) minutos de espera a partir de la hora señalada de inicio, pasado este tiempo el aspirante no podrá efectuar tal evaluación figurando como ausente a la misma.

 

ARTÍCULO 30. La US presentará los resultados de la evaluación de las mismas, según Planillas Anexas 5, 5.a, 5.b, que forman parte integrante del presente.

 

ARTÍCULO 31. Las competencias a que se refiere el artículo 29 del presente Reglamento serán ponderadas de la siguiente manera:

* Ético institucionales (30%) treinta por ciento.

* Técnico profesionales (40 %) cuarenta por ciento.

* Actitudinales (30 %) treinta por ciento.

 

Título VIII – Del Orden de Mérito

ARTÍCULO 32. La US establecerá un orden de mérito entre los aspirantes presentados, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación, elevando el mismo en el formulario que como Planilla Anexa 6 forma parte integrante del presente Reglamento.

Los tres primeros en orden de mérito conformarán la terna, la que se elevará al titular del Organismo quien en un plazo de tres (3) días, seleccionará al candidato a designar. Si en una unidad orgánica se concursaren a la vez más de un cargo idénticos, se deberá respetar la proporcionalidad 1:3 (cargos/postulantes), en cuanto a la cantidad de aspirantes incluidos en el orden de mérito, sobre los cuales se seleccionarán a los candidatos a designar. En aquellos casos en que la ponderación efectuada a los fines de establecer el orden de mérito arroje paridad entre los postulantes, se dará prioridad al que posea mayor antigüedad en el ámbito de la unidad orgánica donde se encuentra la vacante o, si se mantuviese la paridad, en la Contaduría General de la Provincia.

Si el agente seleccionado para ser designado en el cargo por el cual concursa, renunciara antes de ser notificado y/o publicado el orden de mérito, o bien antes de asumir el cargo, se llamará al siguiente de la lista conforme al orden de mérito establecido.

 

ARTÍCULO 33. El puntaje total máximo que pueda reunir un postulante estará definido por los instrumentos diseñados para cada proceso, acordados y aprobados por la US.

 

Título IX – Disposiciones Generales

ARTÍCULO 34. Cumplidos los plazos, previa intervención de los organismos correspondientes, el Contador General de la Provincia, en un plazo de diez (10) días, dictará el acto administrativo pertinente, conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.375 y su Decreto Reglamentario Nº 152/11.

 

PLANILLA ANEXA 1

CONCURSO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE CARGOS

VACANTES DEFINITIVOS

Descripción del marco institucional, requisitos y perfil del puesto

Atento lo solicitado por la Dirección.............. en relación con la cobertura de la/las vacante/s …, la Delegación de Personal informa el marco institucional y demás características del/de lo/los puesto/s:

Marco institucional:

(Breve descripción de la misión del organismo, sus planes, programas y /o servicios, con especial referencia a los programas, servicios o acciones en las que se inscriben las tareas del puesto a cubrir).

(Acciones propias del Área donde se produce la vacante)

Descripción del puesto:

- Rol institucional

Posición dentro de la estructura formal.

- Identificación

Agrupamiento: . . .

Denominación del cargo: . . .

Denominación de la función: . . .

- Plantel básico que integra

Jurisdicción: . . .

Otras referencias: . . .

- Requisitos del puesto:

(Deberá ajustarse a los objetivos y programas institucionales).

Tareas a realizar

Son las específicas del puesto.

Otras características del puesto

Pueden no especificarse.

- Descripción del perfil del puesto

Los postulantes deberán reunir las siguientes competencias:

Competencias ético institucionales

(Compromisos y principios que se deben expresar en el ejercicio del rol, convenciones internacionales y principios del derecho que deberá reconocer en su tarea, etc.).

Competencias técnico profesionales

(Conocimiento sobre misiones, estructura y procedimientos administrativos, conocimientos específicos para realizar las acciones inherentes al cargo a cubrir, conocimiento

de la legislación aplicable a la tarea, manejo de tecnologías y herramientas de gestión, elaboración y/o lectura de estadísticas, informes o registros contables, redacción de notas, memos, actos administrativos, manejo de programas informáticos, etc.).

Competencias actitudinales

(Capacidad para solucionar problemas ante la ausencia del Superior del área, para interactuar con autoridades superiores del organismo en caso de ausencia del Superior, para resolver situaciones nuevas o conflictivas, para integrar, coordinar y/o dirigir un equipo de  trabajo, para comunicarse de manera clara, fluida y oportuna con interlocutores diversos expresando un trato cordial y respetuoso, etc.).

PLANILLA ANEXA 2

CONCURSO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE CARGOS

VACANTES DEFINITIVOS

Llamado a inscripción

* Cargo vacante/ Secretaria/Dirección General/Dirección/Departamento:

Tareas y Responsabilidades:

Requisitos y perfil:

Plazos de inscripción:

Inscripción desde el día...........................hasta el día......................................

Lugar de Inscripción:........................................................................................

Horario de Inscripción:.....................................................................................

La inscripción vence indefectiblemente el día..........................a las ................

Se informa que el trámite es personal.

Conformación de la US y Veedores.

Otros (Pautas generales, metodología del proceso de evaluación).

Ponderación de variables evaluadas.

 

PLANILLA ANEXA 3

CONCURSO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE CARGOS

VACANTES DEFINITIVOS

Planilla de inscripción para la cobertura de vacantes

(A completar por el Organismo)

Nombre del cargo vacante:............................................................................

Requisitos exigidos: ......................................................................................

Título:............................................................................................................

Competencias requeridas:.........................................................................................

(A completar por el postulante)

Datos personales del aspirante al puesto

Nombre y Apellido:......................................................................................

Legajo Nº::...................................................................................................

Agrupamiento y categoría: ..........................................................................

Documento tipo/Nº:........................ Nacionalidad........................................

Edad: ................................Estado Civil.......................................................

Domicilio:.....................................................................................................

Teléfono:...............................Correo Electrónico: ......................................

Estudios cursados:

Secundario Completo....... Incompleto...... Carrera/Título:....................................

Terciarios Completo ...... Incompleto ......Carrera/Título:....................................

Universitario Completo ...... Incompleto ......Carrera/Título:...................................

Expedido por: ............................................................................................

Fecha de expedición del título: ................................................................

 

PLANILLA ANEXA 4

CONCURSO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE CARGOS

VACANTES DEFINITIVOS

Constancia de inscripción a la cobertura de vacantes

En la fecha ................, el agente ........................................................... con DNI.............................................., presentó “Planilla de Inscripción para la Cobertura de Vacantes” para el cargo de .............................................. adjuntando la siguiente documentación (original/copia certificada) ..............................................................................................................................................

..............................................................................................................................................

...............................................................................................

Cantidad de fojas:............................................................................................

Firma del agente Firma Delegación de Personal

 

PLANILLA ANEXA 5

CONCURSO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE CARGOS VACANTES DEFINITIVOS

Planilla de evaluación de competencias

Fecha………………………………………………………......................

Cargo vacante…………………………………………….......................

Postulante…………………………………………………......................

Evaluación de Competencias Ético – Institucionales

Valor porcentual: 30 %

Ítems (a modo de ejemplo) Valor

Respeto por los derechos humanos y las instituciones de la democracia. X Valoración de las costumbres y bienes culturales de diferentes grupos y comunidades. X

Compromiso con .... (temas sociales, políticos, económicos, según perfil), con políticas de ....., con la protección y promoción de ... (derechos sociales, políticos, ambientales, según perfil). X

Identificación con un rol activo del Estado en materia de desarrollo e inclusión social. Valoración de la función pública y los empleados públicos. X

Conocimiento y valoración de las responsabilidades sociales del organismo. X

Compromiso con la misión y los programas institucionales. X

Antigüedad, carrera administrativa y desempeño de cargos similares al concursado. X

 

TOTAL XXX

PLANILLA ANEXA 5.a

CONCURSO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE CARGOS VACANTES DEFINITIVOS

Planilla de evaluación de competencias

Fecha………………………………………………………........

Cargo vacante……………………………………………..........

Postulante…………………………………………………..........

Evaluación de Competencias Técnico – Profesionales

Valor asignado: 40 %

Ítems (a modo de ejemplo) Valor

Conocimientos teóricos, metodológicos y técnicos referidos a los temas para los que ha sido convocado. X

Habilidad para la utilización de herramientas o instrumentos técnicos propios de la especialidad. X

Destreza o entrenamiento físico e intelectual para actuar con pericia en situaciones nuevas. X

Manejo de información y tecnologías de gestión actualizados, de interés para el organismo. X

Capacidad de elaborar propuestas a partir de ideas propias, aplicando tanto el razonamiento deductivo como inductivo. X

Capacidad para identificar y resolver problemas, reconociendo su influencia en el cumplimiento de la misión. X

 

TOTAL XX

PLANILLA ANEXA 5.b

CONCURSO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE CARGOS VACANTES DEFINITIVOS

Planilla de evaluación de competencias

Fecha………………………………………………………...............................

Cargo vacante……………………………………………................................

Postulante…………………………………………………...............................

Evaluación de Competencias Actitudinales

Valor asignado: 30 %

Ítems (a modo de ejemplo) Valor

Capacidad para establecer y mantener relaciones armoniosas con las personas que le permite conformar o integrar equipos de trabajo. X

Aptitud para iniciar, sostener y llevar a su término comunicaciones interpersonales, grupales y en las organizaciones / Capacidad para

comunicarse de manera clara, fluida y oportuna, con interlocutores diversos. X (para funciones ejecutivas o directivas) Capacidad de coordinar/dirigir

un equipo de trabajo, logrando efectividad en los objetivos/ Capacidad de conducir un grupo en forma efectiva hacia la consecución de los objetivos del área, manteniendo niveles aceptables de motivación y productividad. X (para funciones ejecutivas o directivas) Habilidad para la delegación y la coordinación de tareas. X

Capacidad para la resolución de conflictos que se presentan en el grupo de trabajo o para mediar en aquéllos donde su participación colabora con su superación. X

Participación activa en propuestas de innovación, fortalecimiento y/o capacitación. X

Asunción de responsabilidades dentro de la organización en situaciones imprevistas o críticas. X

 

TOTAL XXX

PLANILLA ANEXA 6

CONCURSO PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE CARGOS VACANTES DEFINITIVOS

ORDEN DE MÉRITO

ORGANISMO:

DIRECCIÓN:

CARGO:

Orden Apellido y Comp. Comp. Comp. Total Observaciones

de Nombre Ético - Téc. – Act.

Mérito Inst. Prof. Valor Valor %30

Valor %30 %40

1

2

3

4

5

6

Lugar y fecha:

Firma de los integrantes de la US:

C.C. 2.803