Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 25
VISTO que mediante el expediente N°
22700-44302/15 se propicia extender la vigencia de los beneficios dispuestos
por las Resoluciones Normativas Nº 7/15 -modificada por
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 105 del Código Fiscal (Ley N° 10.397, T.O. 2011 y modificatorias), esta Autoridad de Aplicación se encuentra autorizada para otorgar con carácter general, sectorial o para determinado grupo o categoría de contribuyentes y/o responsables, regímenes de regularización de deudas fiscales correspondientes a tributos, intereses, multas y accesorios;
Que el artículo 75 de
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de
Que
Que
Que
Que, por su parte,
Que, mediante
Que, venciendo la vigencia de los regímenes establecidos
en las Resoluciones Normativas detalladas precedentemente, el día 31 de mayo de
2015 de conformidad a lo dispuesto en
Que han tomado la debida intervención
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la
vigencia de las medidas complementarias para la regularización de deudas
vencidas hasta el 1º de enero de 2006, previstas en
ARTÍCULO 2º. Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la
vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los
Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo a
vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los
Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución
judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión
administrativa, establecido en
ARTÍCULO 3º. Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la
vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los
Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo
vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los
Ingresos Brutos y de Sellos, en instancia de ejecución judicial, establecido en
ARTÍCULO 4º. Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la
vigencia del régimen para la regularización de deudas de los Agentes de
Recaudación, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de
Sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas, establecido en
ARTÍCULO 5º. Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la
vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los
Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, sometidas a proceso de
fiscalización, de determinación, o en discusión administrativa, aún las que se
encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecido
en
ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Firma válida Digitally signed by Budassi Iván Fernando Date : 2015.05.27 16:31:56
ART
Se certifica que la presente es copia fiel de su original.
Resolución que ha sido firmada digitalmente en los términos de
Maira L. Marcos
Subgerente de Coordinación Administrativa
C.C. 6.624