Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACION
DIRECCION EJECUTIVA
Resolución Interna Nº 290/08
VISTO que se propicia
prorrogar el plazo para la presentación de la declaración jurada patrimonial
integral de todos los agentes pertenecientes a
CONSIDERANDO
Que el artículo 7º de
Que a esos fines y con el objeto de dar cumplimiento a lo determinado en la
norma referenciada precedentemente, por Resolución Interna Nº 175/08 del
Director Ejecutivo de
Que el término para la presentación de la declaración jurada inicial para los
agentes que se encuentran actualmente en actividad, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 9º de
Que en función de la diversidad y complejidad de las acciones necesarias para
la implementación y puesta en funcionamiento del sistema aludido, el plazo
determinado resulta exiguo para el cumplimiento de las obligaciones
respectivas;
Que en orden a lo expuesto, deviene oportuno y conveniente prorrogar el plazo
previsto para la presentación de las presentaciones juradas correspondientes;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
ARTICULO 1º -
Prorrogar hasta el 31 de octubre de 2008 el plazo para la presentación de la
declaración jurada patrimonial integral de todos los agentes pertenecientes a
ARTICULO 2º - Los agentes deberán, una vez confeccionado e impreso el
formulario obtenido del Sistema de Declaraciones Juradas, presentarlo ante su
superior jerárquico inmediato, quien cumplirá las funciones de autoridad certificante.
Es obligación de los funcionarios que actúen en el carácter anteriormente
citado, certificar la firma del agente presentante, ensobrar la declaración
jurada, cerrar el sobre y solicitar al agente que, juntamente con la autoridad certificante, firme el mismo a fin de garantizar su
inviolabilidad.
Los sobres cerrados y firmados deberán ser remitidos a
ARTICULO 3º - Los agentes cuyos datos en el Sistema único Provincial de
Administración del Personal (SIAPE) se encuentren incompletos, desactualizados y/o incorrectos deben acompañar en otro
sobre cerrado rotulado como “Actualización para SIAPE” con nota identificatoria proponiendo los cambios que crea oportuno,
juntamente con la documentación respaldatoria
pertinente, para su registro en el SIAPE.
ARTICULO 4º - Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido
archivar.
Santiago Montoya