GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

Resolución Número: RESOL-2018-460-GDEBA-MSGP

 

LA PLATA, 10 de Abril de 2018

 

Referencia: Expte. Nº 21.100-204.995/14 con agregados N° 21.100-225.086/14 y N° 21.100-394.497/16

 

VISTO el expediente Nº 21.100-204.995/14 con sus agregados N° 21.100-225.086/14 y N° 21.100- 394.497/16, por intermedio del cual tramita la aprobación del Protocolo Adicional al Convenio de Adhesión a la Ley N° 13.482 Título III de las Policías de Seguridad Comunal, celebrado entre este Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Arrecifes, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el citado Municipio adhiere al régimen de Policía Comunal, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 13.482, mediante convenio de fecha 03 de marzo de 2015;

 

Que por Resolución Ministerial N° 1176 de fecha 11 de noviembre de 2011 se aprobó el convenio citado;

 

Que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y concordantes del Convenio de Adhesión, fue suscripto, con fecha 03 de marzo de 2015, el Protocolo Adicional que integra el mismo, cuya aprobación se gestiona;

 

Que el Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, mediante Ordenanza Nº 2905/18, promulgada por Decreto Nº 31 del día 09 de enero de 2018, convalidó el mencionado instrumento;

 

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.989;

 

Por ello,

 

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE

EL DECRETO Nº 272/17 EL MINISTRO DE SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar el Protocolo Adicional al Convenio de Adhesión a la Ley N° 13.482 Título III de las Policías de Seguridad Comunal, celebrado entre este Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Arrecifes, cuyo texto (IF-2018-04182141-GDEBA-DRIYCMSGP) forma parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2º. Registrar, notificar a la Municipalidad de Arrecifes, comunicar a la Secretaría Legal y Técnica, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

NOTA: El protocolo mencionado ene l Artículo 1 de la presente podrá ser consultado en el Ministerio de Seguridad.

 

Cristian Ritondo

Ministro de Seguridad

 

C.C. 3654