Provincia de Buenos Aires

AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Normativa N° 10/16

 

La Plata, 14 de abril de 2016.

 

VISTO que por expediente N° 22700-1027/16, se propicia modificarla Estructura Organizativa de esta Agencia de Recaudación establecida mediante la Resolución Normativa N° 75/09 (T.O. Resolución Normativa N° 4/16), y

 

CONSIDERANDO:

 

Que las Subdirecciones Ejecutivas de Recaudación y Catastro, y de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, han puesto de manifiesto la necesidad de proceder a la modificación de la Estructura Organizativa de esta Agencia, en lo relativo a las acciones otorgadas a distintas dependencias por la Resolución Normativa N° 75/09 (T.O. Resolución

Normativa N° 4/16);

 

Que en particular, las citadas Subdirecciones requieren contemplar la posibilidad de quela Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, la Gerencia de Servicios de Atención Presencial, las Subgerencias de Coordinación Regional (I a XIII) y los Departamentos de Coordinación de Atención Presencial (I a XXVIII), así como la Gerencia

General de Fiscalizaciones Masivas, la Gerencia de Operaciones Fedatarias, el Departamento de Operaciones Fedatarias y los Departamentos de Operaciones I a IV, todas ellas áreas dependientes de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, incorporen entre sus prerrogativas la posibilidad de emitir, a requerimiento de la autoridad competente, títulos ejecutivos respecto de la totalidad de los impuestos provinciales y/o las multas contempladas en el Código Fiscal;

 

Que ello tiene como objeto adecuar las acciones de cobro a desarrollar, en el marco de los objetivos establecidos por esta autoridad de aplicación, en relación a aquellos contribuyentes y responsables que hubieran incumplido el pago de sus obligaciones fiscales en tiempo y forma;

 

Que en razón de lo expuesto, resulta oportuno y conveniente en esta instancia, el dictado del acto administrativo pertinente que así lo materialice;

 

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4° inciso e ) de la Ley N° 13.766;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Sustituir el Anexo 2a del Texto Ordenado de la Estructura Organizativa de esta Agencia de Recaudación establecido por Resolución Normativa N° 4/16, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente.

 

ARTÍCULO 2°. Aprobar el Texto Ordenado, concordado y actualizado de la Resolución Normativa N° 75/09, y sus Anexos 1, 1a, 1b, 1c, 1d, 1e, 1f, 1g, 2, 2a, 2b, 2c y 3 que forman parte integrante de la presente.

 

ARTICULO 3°. Establecer que las sucesivas modificaciones de Estructura Organizativa que se propicien a partir de la vigencia de la presente, deberán aprobarse juntamente con su correspondiente Texto Ordenado.

 

ARTICULO 4°. Registrar, comunicar a la Subsecretaría de Capital Humano- Dirección Provincial de Personal - y al Ministerio de Economía, publicar. Dar al Boletín Oficial y al

SINBA. Cumplido, archivar.

Gastón Fossati

Director Ejecutivo

 

La Plata,

 

VISTO que mediante expediente N° 2360-178959/09 Cuerpos 1 y 2, se propicia la aprobación de la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de

Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires como entidad autárquica de derecho público en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en orden a lo previsto en la Ley N° 13.766, tiene por finalidad – entre otras materias – la ejecución de la política tributaria mediante la determinación, fiscalización y percepción de los tributos y accesorios dispuestos por las normas legales y la administración del Catastro Territorial;

 

Que asimismo entre las competencias asignadas por dicha normativa, le concierne recaudar otros ingresos públicos por mandato legal específico, por encargo del Poder Ejecutivo Provincial o en virtud de Convenios celebrados con otras entidades públicas nacionales, provinciales o municipales, siendo la autoridad de aplicación del Código Fiscal de la Provincia, de la Ley de Catastro Territorial y disposiciones legales y complementarias;

 

Que es objetivo primordial del organismo, alcanzar una mayor optimización en su funcionamiento, a efectos de lograr el máximo de eficiencia en la gestión de políticas públicas;

 

Que la necesidad de aprobar una nueva estructura orgánico funcional, se encuentra fundada en el análisis y evaluación de las funciones indelegables del Estado Provincial;

 

Que a dichos fines, se requiere un reordenamiento que establezca la nueva conformación organizativa de los distintos niveles político – estructurales, basados en criterios de racionalidad, economía, concentración y eficiencia que posibiliten una expeditiva respuesta a las demandas originadas, generando estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes;

 

Que en consecuencia, se impone la aprobación de la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, que le permita ejercer y cumplir sus cometidos con eficacia;

 

Que ha tomado debida intervención la Gerencia General de Administración a través de la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.766;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar la estructura orgánico-funcional de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexo 1, 1a, 1b, 1c, 1d, 1e, 1f, 1g, 2, 2a, 2b y 2c, respectivamente, forman parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2°. Determinar, para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente, los siguientes cargos: un (1) cargo de Subdirector Ejecutivo de Planificación y Coordinación; un (1) cargo de Subdirector Ejecutivo de Fiscalización y Servicios al Contribuyente y un (1) cargo de Subdirector Ejecutivo de Recaudación y Catastro, todos ellos con rango y remuneración a Subsecretario; un (1) cargo de Gerente General de Coordinación Legal y Administrativa; un (1) cargo de Gerente General de Administración; un (1) cargo de Gerente General de Auditoría y Responsabilidad Profesional; un (1) cargo de Gerente General de Comunicación; un (1) cargo de Gerente General de Vínculos Interinstitucionales; un (1) cargo de Gerente General de Planificación; un (1) cargo de Gerente General de Tecnologías de la Información; un (1) cargo de Gerente General de Técnica Tributaria y Catastral; un (1) cargo de Gerente General de Servicios Presenciales y Remotos; un (1) cargo de Gerente General de Fiscalizaciones Individualizadas; (1) cargo de Gerente General de Fiscalizaciones Masivas; un (1) cargo de Gerente General de Recaudación; un (1) cargo de Gerente General de Información y Desarrollo Territorial; un (1) cargo de Gerente General de Cobranzas, todos ellos con rango y remuneración de Director Provincial; un (1) cargo de Gerente de Estudios y Valuación Tributaria; un (1) cargo de Gerente de Planificación Estratégica; un (1) cargo de Gerente de Inteligencia; un (1) cargo de Gerente de Seguridad y Servicios; un (1) cargo de Gerente de Soporte y Tecnología; un (1) cargo de Gerente de Producción; un (1) cargo de Gerente de Desarrollos; un (1) cargo de Gerente de Normas; un (1) cargo de Gerente de Servicios Jurídicos; un (1) cargo de Gerente de Asuntos Jurídicos; un (1) cargo de Gerente de Defensa del Contribuyente; un (1) cargo de Gerente de Servicios Remotos; un (1) cargo de Gerente de Servicios de Atención Presencial; un (1) cargo de Gerente de Planeamiento; un (1) cargo de Gerente de Operaciones Área Metropolitana; un (1) cargo de Gerente de Operaciones Área Interior; un (1) cargo de Gerente de Detección Territorial; un (1) cargo de Gerente de Operaciones Fedatarias; un (1) cargo de Gerente de Gestión e Información Territorial Multifinalitaria; un (1) cargo de Gerente de Servicios Catastrales; un (1) cargo de Gerente de Impuestos y Contribuyentes; un (1) cargo de Gerente de Sistemas de Recaudación; un (1) cargo de Gerente de Gestiones de Cobro; un (1) cargo de Gerente de Cobranza Coactiva; un (1) cargo de Gerente de Coordinación de Actuaciones; un (1) cargo de Gerente de Logística y Servicios Generales; un (1) cargo de Gerente de Recursos Humanos; un (1) cargo de Gerente de Presupuesto y Contabilidad; un (1) cargo de Gerente de Tesorería; un (1) cargo de Gerente de Adquisiciones y Contrataciones; un (1) cargo de Gerente de Auditoría; un (1) cargo de Gerente de Responsabilidad Profesional; un (1) cargo de Gerente de Identidad Institucional y Publicidad; un (1) cargo de Gerente de Medios, Comunicación y Protocolo; un (1) cargo de Gerente de Relaciones Institucionales; un (1) cargo de Gerente de Planificación y Ejecución de Compromisos Institucionales; un (1) cargo de Responsable de Unidad de Proyectos Especiales de Cooperación; un (1) cargo de Responsable de Unidad de Coordinación de Relatoría Legal y Administrativa, todos ellos con rango y remuneración de Director; un (1) cargo de Subgerente de Análisis, Seguimiento y Respuesta al Reclamo; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Mar del Plata; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Bahía Blanca; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Trenque Lauquen; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Mercedes; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Junín; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Dolores; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Azul; un (1) cargo de Subgerente de Operaciones Área Metropolitana; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Avellaneda; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional La Matanza; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional La Plata; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Vicente López; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Operativa; un (1) cargo de Subgerente de Fiscalización Satelital; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Regional Morón; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Operativa; un (1) cargo de Subgerente de Gestión Territorial; un (1) cargo de Subgerente de Trámites Catastrales; un (1) cargo de Subgerente de Impuestos Autodeclarados; un (1) cargo de Subgerente de Administración de la Cuenta Corriente e Impuestos; un (1) cargo de Subgerente de Administración de Sistemas de Recaudación; un (1) cargo de Subgerente de Desarrollo de Sistemas de Recaudación; un (1) cargo de Subgerente de Gestión Documental y Archivo General; un (1) cargo de Subgerente de Coordinación Administrativa; un (1) cargo de Subgerente de Logística y Servicios Generales; un (1) cargo de Subgerente de Administración del Personal, todos ellos con rango y remuneración de Subdirector; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Estudios de Recaudación y Evasión; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Desarrollo Tributario; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Estadísticas Tributarias; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Planificación; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Organización y Métodos; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Control de Gestión; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Obtención y Administración de la Información; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Análisis, Valoración y Explotación de la Información; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Análisis Sectorial Tributario; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Proyectos y Estudios Especiales; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Seguridad Física y Lógica; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación Operativa; un (1) cargo de Jefe de Departamento Procedimientos; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Soporte Hardware y Software; un (1) cargo de Jefe de Departamento Infraestructura; un (1) cargo de Jefe de Departamento Base de Datos; un (1) cargo de Jefe de Departamento Arquitectura; un (1) cargo de Jefe de Departamento Operaciones; un (1) cargo de Jefe de Departamento Microinformática; un (1) cargo de Jefe de Departamento Testing y Homologación; un (1) cargo de Jefe de Departamento Mantenimiento de Sistemas de Producción; un (1) cargo de Jefe de Departamento Proyectos I; un (1) cargo de Jefe de Departamento Proyectos II; un (1) cargo de Jefe de Departamento Proyectos III; un (1) cargo de Jefe de Departamento Proyectos IV; un (1) cargo de Jefe de Departamento Proyectos V; un (1) cargo de Jefe de Departamento Informe Previo Técnico Legal; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Normas; un (1) cargo de Jefe de Departamento Información Legal y Técnica; un (1) cargo de Jefe de Departamento Actuaciones Judiciales; un (1) cargo de Jefe de Departamento Asistencia Técnica; un (1) cargo de Jefe de Departamento Asistencia Técnica al Convenio Multilateral; un (1) cargo de Jefe de Departamento Informes Técnicos; un (1) cargo de Jefe de Departamento Recursos; un (1) cargo de Jefe de Departamento Representación Fiscal; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Planificación y Control de Gestión de Servicios; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Reclamos del Ciudadano; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Seguimiento de Reclamos; un (1) cargo de Jefe de Departamento Análisis Causal; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Emisiones Impositivas; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Atención Remota; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Servicios Digitales; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Relatorías y Atención Presencial; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Mar del Plata; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Necochea; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención

Presencial Tandil; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Bahía Blanca; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Tres Arroyos; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Trenque Lauquen; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Pehuajó; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Mercedes; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Saladillo; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Pergamino; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial San Nicolás; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Dolores; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Pinamar; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Azul; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Bolívar; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Ciudad Autónoma de Buenos Aires; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Avellaneda; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Quilmes; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Lanús; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial La Matanza; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Almirante Brown; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial La Plata; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial La Plata Interior; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Morón; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Tres de Febrero; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial San Martín; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial San Isidro; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Tigre; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Acciones Locales y de Cartera; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Normas y Procesos; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Acciones Individualizadas; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Acciones Masivas; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Relatoría Área Metropolitana; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Relatoría Área Metropolitana II; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Metropolitana La Plata; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Metropolitana Vicente López; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Metropolitana Avellaneda; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Metropolitana Morón; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Metropolitana La Matanza; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Metropolitana Ciudad Autónoma de Buenos Aires I; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Metropolitana Ciudad Autónoma de Buenos Aires II; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Metropolitana Ciudad Autónoma de Buenos Aires III; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Relatoría Área Interior; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Interior Junín; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Interior Mercedes; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Interior Dolores; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Interior Azul; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Interior Mar del Plata; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Área Interior Bahía Blanca; un (1) cargo de Jefe de Departamento Tecnología Geoespacial; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación y Apoyo Logístico; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Fiscalizaciones Catastrales; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Tecnologías de Imágenes; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Inspecciones Fedatarias; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Olavarría; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Mar del Plata; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Junín; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones Bahía Blanca; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Planificación y Control de Gestión de Información Territorial; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Cartografía e Información Multitemática; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Identificación y Delimitación de Objetos Territoriales; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Estudio y Consistencia Dominial de Objetos Territoriales; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Digitalización, Manejo de Documentos Catastrales y Monitoreo de Datos; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Actuaciones Administrativas Catastrales; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Régimen de Propiedad Horizontal; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Servicios de Registración Catastral; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Servicios de Publicación Catastral; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Planificación y Control de Gestión de Recaudación; un (1) cargo de Jefe de Departamento Zona Ciudad Autónoma de Buenos Aires; un (1) cargo de Jefe de Departamento Zona Vicente López; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Sellos y Transmisión Gratuita de Bienes; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Control de Pagos; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Cuenta Corriente por Sujeto; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Recaudación Impuesto Inmobiliario; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Recaudación Impuesto Automotor y Embarcaciones Deportivas; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Administración de Padrones; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Control de Agentes de Recaudación; un (1) cargo de Jefe de Departamento Zona Avellaneda; un (1) cargo de Jefe de Departamento Zona La Matanza; un (1) cargo de Jefe de Departamento Zona Morón; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Desarrollo de Contribuyentes; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Desarrollo de Agentes de Recaudación; un (1) cargo de Jefe de Departamento Zona Mar del Plata; un (1) cargo de Jefe de Departamento Zona Bahía Blanca; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Apoyo a la Gestión de Cobro; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones de Cobranzas Masivas; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Operaciones de Cobranzas Especiales; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Ejecución de Deuda Determinada; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Ejecución de Deuda por Incumplimiento de Pago; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Medidas Cautelares; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Apremios; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Cobro en Procesos Universales; un (1) cargo de Jefe de Departamento Agentes de Información; un (1) cargo de Jefe de Departamento Demandas de Repetición; un (1) cargo de Jefe de Departamento Estudio Valuatorio; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Metodología Valuatoria Rural; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Metodología Valuatoria Urbana; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Apoyo Administrativo; un (1) cargo de Jefe de Departamento Registro y Protocolización; un (1) cargo de Jefe de Departamento Gestión de Actuaciones Administrativas; un (1) cargo de Jefe de Departamento Asistencia Legal; un (1) cargo de Jefe de Departamento Gestión de Oficios Judiciales; un (1) cargo de Jefe de Departamento Normas y Procedimientos; un (1) cargo de Jefe de Departamento Gestión Documental; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Mesa de Entradas Administrativa; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Planificación y Control; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento de Infraestructura; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Logística; un (1) cargo de Jefe de Departamento Automotores; un (1) cargo de Jefe de Departamento Administrativo y Técnico Laboral; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Legajos y Jubilaciones del Personal; un (1) cargo de Jefe de Departamento Registro Asistencial del Personal; un (1) cargo de Jefe de Departamento Planeamiento y Desarrollo del Personal; un (1) cargo de Jefe de Departamento Gestión de las Retribuciones Variables; un (1) cargo de Jefe de Departamento Capacitación del Personal; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Presupuesto; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Gestión Contable; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Liquidaciones; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Gestión Patrimonial; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Liquidación de Remuneraciones; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Gestión de Ingresos, Pagos y Conciliaciones; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Rendición de Cuentas; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Gestión de Adquisiciones y Contrataciones; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Órdenes de Compra y Facturación; un (1) cargo de Jefe de Departamento Relaciones Jurídicas; un (1) cargo de Jefe de Departamento Análisis Forense; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Auditoría de Compras y Contrataciones; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Auditoría Patrimonial y de Servicios Administrativos; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Auditoría de Procesos Críticos; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Auditoría de Procesos de Fiscalización; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Auditoría de Sistemas Informáticos; un (1) cargo de Jefe de Departamento Identidad Institucional y Diseño; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Publicidad; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Medios y Protocolo; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Comunicación Digital; un (1) cargo de Jefe de Departamento de Producción de Contenidos, conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley Nº 10.430 – Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96.

 

ARTÍCULO 3º. Determinar, en la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, Gerencia de Servicios de Atención Presencial, Subgerencia de Coordinación Regional (I a XII), Departamento de Coordinación de Atención Presencial (I a XXVIII), el lugar de asiento territorial y las categorías de los Centros de Servicios Locales (I a CLXXX) aprobados en el artículo 1°, discriminadas en A, B y C, de acuerdo a la cantidad de habitantes por localidad, a saber y conforme se indica en el Anexo 3, compuesto de tres (3) fojas el cual forma parte integrante de la presente.

Categoría A: más de 85.000 habitantes

Categoría B: entre 20.000 y 85.000 habitantes

Categoría C: hasta 19.999 habitantes

 

ARTÍCULO 4º. Establecer que los agentes que se desempeñen como Responsables de los Centros de Servicios Locales que se nominan en el Anexo 3 corresponde asignarles la bonificación especial prevista en el artículo 25 inciso e) de la Ley N° 10.430, Texto Ordenado Decreto N° 1.869/96 y su reglamentación aprobada mediante Decreto N° 4.161/96, consistente en la diferencia de sueldo existente entre la categoría en que revistan y la categoría 18 del Agrupamiento Técnico de la Ley Nº 10.430 – Texto Ordenado Decreto Nº 1.869/96.

 

ARTÍCULO 5º. Determinar, para la Unidad de Asistencia Técnica Integral aprobada en el artículo 1°, los siguientes cargos: un (1) cargo de Coordinador General Institucional, con rango y remuneración de Subsecretario; tres (3) cargos de Coordinador Técnico Institucional, con rango y remuneración equivalente a Director Provincial; siete (7) cargos de Consultor Técnico, con rango y remuneración equivalente a Director; conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley Nº 10.430 – Texto Ordenado Decreto Nº 1.869/96.

 

ARTÍCULO 6º. Determinar, para el Gabinete de la Dirección Ejecutiva aprobada en el artículo 1°, los siguientes cargos de la Planta Temporaria: un (1) cargo de Asesor de Gabinete con rango y remuneración equivalente a Subsecretario; un (1) cargo de Asesor de Gabinete con rango y remuneración equivalente a Director Provincial; conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley Nº 10.430 – Texto Ordenado Decreto Nº 1.869/96.

 

ARTÍCULO 7º. Determinar que los Subgerentes y Jefes de Departamento, descentralizados, en el ámbito de las Subdirecciones Ejecutivas de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, y de Recaudación y Catastro, ejercerán, conforme las acciones aprobadas por el Anexo 2, la función de Jueces Administrativos en todo el ámbito de actuación de la Agencia, sin perjuicio de su asiento territorial.

 

ARTÍCULO 8°. Dejar establecido que Gerencia General de Auditoría y Responsabilidad Profesional es el órgano de aplicación del procedimiento disciplinario sancionatorio, en los términos del artículo 4° inciso q) de la Ley N° 13.766 y la Ley N° 10.430 (T.O. Decreto N° 1.869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4.161/96 y modificatorios.

 

ARTÍCULO 9°. Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la fecha de publicación de la presente, la Gerencia General de Administración deberá arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por los artículos precedentes y previa intervención de los organismos y dependencias competentes.

 

ARTÍCULO 10. Por intermedio de la Gerencia General de Administración se deberá propiciar el acto administrativo por el cual se limiten las designaciones de los funcionarios en los cargos suprimidos, se designe a los propuestos para las nuevas dependencias aprobadas, y se confirme a aquellos que a la fecha se encuentran designados en cargos que mantienen su denominación y competencia, en orden a la reforma organizativa dispuesta por la presente resolución.

 

ARTÍCULO 11. La Gerencia General de Administración tramitará ante el Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente Resolución Normativa; las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General Ejercicio 2009 – Ley N° 13.929.

 

ARTÍCULO 12. Derogar las Resoluciones Normativas N° 11/09, N° 18/09; N° 19/09; N° 20/09, N° 25/09, N° 39/09 y N° 63/09.

 

ARTÍCULO 13. Las áreas y dependencias previstas en el presente acto administrativo deberán remitir a la Gerencia General de Coordinación Legal y Administrativa en un plazo de quince (15) días hábiles, a partir de la fecha de publicación de la presente, el proyecto de aprobación de la adecuación de las delegaciones de facultades de contenido tributario y catastral.

 

ARTÍCULO 14. Dejar establecido que la presente resolución normativa entrará en vigencia a partir del 1° de noviembre de 2009.

 

ARTÍCULO 15. Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

ANEXO 1

 

 

ANEXO 1a

 

 

 

 

ANEXO 1b

 

 

 

ANEXO 1c

 

 

ANEXO 1d

 

 

ANEXO 1e

 

 

ANEXO 1f

 

 

ANEXO 1g

 

ANEXO 2

 

AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE RECAUDACIÓN Y CATASTRO

 

Gestionar y administrar la aplicación y control de las obligaciones impositivas y catastrales, incentivando el cumplimiento consciente, la cultura tributaria y la responsabilidad social, instando la regularización de la deuda en mora y su eventual cobro por vía judicial.

ACCIONES

1. Asistir y asesorar al Director Ejecutivo en materia catastral y de desarrollo territorial.

2. Impulsar la implementación de acciones y programas tendientes a desarrollar un ordenamiento territorial integrado total y uniforme, a través de la utilización de métodos de delimitación territorial, basados en el intercambio de servicios de información.

3. Garantizar la correcta atención, asesoramiento y asistencia respecto de las consultas y trámites efectuados en materia catastral.

4. Asistir y asesorar al Director Ejecutivo en la planificación de las acciones tendientes a alcanzar las metas de recaudación vinculadas con la percepción de las tasas y de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Transmisión Gratuita de Bienes, Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones Deportivas o de Recreación y otros que se creen en el futuro.

5. Intervenir en la resolución de demandas de repetición con relación a las tasas y a los impuestos sobre los ingresos brutos, de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, y cuando la acción verse sobre obligaciones en carácter de agente de recaudación, conforme la delegación de facultades otorgadas.

6. Intervenir en la resolución de las solicitudes de exclusión a los regímenes de retención y/o percepción, y de reducción o atenuación de alícuotas, conforme la delegación de facultades otorgadas.

7. Desarrollar los medios y las herramientas adecuadas para agilizar y simplificar los trámites vinculados a las obligaciones de los contribuyentes y responsables.

8. Promover las normas y procedimientos de emisión, cobro, conciliación, rendición e imputación tanto de aplicación interna, como así también las que deberán observar el Banco de la Provincia de Buenos Aires y todos aquellos medios de pago que se autoricen para la percepción de tributos u otros conceptos cuya recaudación esté a cargo de la Agencia.

9. Impulsar la ejecución de acciones individualizadas y masivas de cobranzas a contribuyentes y responsables de los impuestos provinciales, coordinando las mismas con otras áreas de la Agencia y Organismos Externos involucrados en dichos procesos.

Propiciar la implementación de planes de facilidades de pago y/o espera a fin de inducir la regularización de deudas.

10. Verificar la realización de actividades de cobranza de deuda en mora en función de la significatividad de la misma.

11. Asegurar la oportuna emisión de liquidaciones de deuda y títulos ejecutivos e instar su cobro a través Fiscalía de Estado, en el marco del apremio, procesos universales y demás procesos judiciales, y su seguimiento.

12. Requerir el auxilio de la fuerza pública y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones, conforme las disposiciones legales vigentes.

13. Intervenir en la autorización de desistimiento y/o archivo, total o parcial, de juicios de apremio y de procesos universales; como asimismo en la comunicación y registro de cancelaciones.

14. Intervenir en la solicitud de traba y levantamiento de medidas cautelares de conformidad a lo previsto en los artículos 13, 14 y 15 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

15. Brindar servicios a otros organismos públicos conforme los convenios y/o acuerdos que se celebren.

16. Dictar actos administrativos en el ámbito de su competencia.

17. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE RECAUDACIÓN Y CATASTRO

GERENCIA GENERAL DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

Gestionar y administrar el catastro territorial para promover información multitemática mediante simplificación de trámites, gestión de acciones interinstitucionales y servicios a la ciudadanía.

ACCIONES

Implementar las acciones necesarias, tendientes a alcanzar las metas de recaudación vinculadas con la temática del desarrollo territorial y los servicios de información vigentes.

1. Aprobar y definir planes, programas, normas, sistemas y procedimientos necesarios para contribuir a la percepción de los tributos vinculados al área de su competencia.

2. Aprobar y definir planes, programas, normas, sistemas y procedimientos, bajo estándares de calidad, conducentes al mejoramiento, eficiencia y ampliación de los servicios prestados al contribuyente y que se relacionen con la temática inherente al desarrollo territorial, ello bajo la aplicación de la Ley Nº 10707, sus normas complementarias y derivadas, y asimismo desde la ejecución y cumplimiento de la aplicación de normas que hacen a la temática.

3. Planificar e implementar acciones y programas tendientes a desarrollar un ordenamiento territorial integrado, total y uniforme, a través de la utilización de métodos alternativos de delimitación territorial y basados en el intercambio de servicios de información.

4. Coordinar y supervisar a sus áreas dependientes en la ejecución y concreción de los planes y objetivos establecidos para el desarrollo de servicios de información y facilitar el cumplimiento voluntario en materia de regularización catastral y territorial, mediante normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas que aseguren su ejecución.

5. Resolver las condonaciones y exenciones en el impuesto inmobiliario de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales establecidos en el Código Fiscal y Leyes Especiales, así como su modificación y revocación.

6. Aprobar, coordinar y supervisar la definición y gestión de los estándares de calidad de servicios y las pautas de comunicación entre las áreas dependientes de está gerencia general.

7. Intervenir en las cuestiones técnico-administrativas, vinculadas al ámbito de su competencia, desde la recepción de trámites hasta su resolución.

8. Procurar, conforme los estándares de calidad pautados, la correcta atención, asesoramiento y asistencia al solicitante, respecto de la interpretación y/o aplicación de la normativa vigente, y en general de la resolución de las consultas y/o trámites efectuadas por los solicitantes vinculadas al ámbito de su competencia.

9. Coordinar con las áreas dependientes de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro los procedimientos que involucren a las distintas dependencias de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial.

10. Intervenir en la tramitación y resolución de los procedimientos de temática catastral y de desarrollo territorial y asimismo en las solicitudes presentadas por Organismos Gubernamentales y/o No Gubernamentales y de todas aquellas acciones y procesos que hagan al intercambio de información.

11. Promover en conjunto con las áreas correspondientes la implementación de los programas destinados a optimizar y modernizar los servicios al contribuyente y la recaudación de los gravámenes.

12. Evaluar la incidencia de los programas, planes y sistemas en materia de desarrollo territorial y servicios de información al contribuyente, en la satisfacción de los objetivos del Organismo para promover el cumplimiento voluntario de sus obligaciones.

13. Elevar a la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, propuestas y modificaciones en la normativa vinculada al área de su competencia.

14. Intervenir en la definición de los sistemas para la integración y actualización de los datos vinculados al desarrollo territorial y de servicios de información.

15. Asistir en forma permanente a la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro y elaborar informes estadísticos y toda información requerida por la superioridad.

16. Administrar y coordinar la información disponible para los particulares, Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales por medio de servicios digitales.

17. Promover acciones y programas con Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales vinculados a la temática general del desarrollo territorial y los servicios de información territorial.

18. Proponer y promover la celebración de convenios de colaboración e intercambio de información con Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, en temas correspondientes al área de su competencia.

19. Centralizar el ingreso y egreso de toda la documentación correspondiente a la temática de su competencia.

20. Publicitar y capacitar en conjunto con las áreas correspondientes la implementación de los programas, planes y sistemas destinados a optimizar y modernizar los servicios de esta Gerencia General.

21. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos, tendiente a la evaluación del desempeño del área y a la mejora continua.

22. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE RECAUDACIÓN

Realizar la recaudación de los tributos provinciales en forma eficaz y eficiente para alcanzar las metas de recaudación.

ACCIONES

1. Definir, aprobar e implementar planes, programas, normas, sistemas y procedimientos de recaudación necesarios para la percepción de los tributos.

2. Implementar las acciones necesarias para alcanzar las metas de recaudación vinculadas con las tasas y los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos, a la Transmisión Gratuita de Bienes, Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones Deportivas o de Recreación y otros que se creen en el futuro.

3. Resolver en la tramitación y resolución de los procedimientos de demanda de repetición, exclusiones, reducción o atenuación de alícuotas y devoluciones, según las atribuciones que se le deleguen.

4. Proponer y promover, juntamente con las áreas con competencia e injerencia en la materia, la celebración de convenios de colaboración e intercambio de información con otros organismos en temas de recaudación. Intervenir como enlace operativo en la ejecución de los mismos y participar en las reuniones que se celebren.

5. Promover, juntamente con las áreas correspondientes, la implementación de los programas destinados a optimizar y modernizar los servicios al contribuyente y la recaudación de los gravámenes.

6. Definir los sistemas para la integración y actualización de los datos referidos a los contribuyentes y agentes de recaudación.

7. Definir las pautas para la administración de los contribuyentes mediante el uso de cuentas corrientes tributarias.

8. Participar en el diseño de los sistemas de recaudación.

9. Promover el control efectivo sobre los agentes de recaudación y de información.

10. Elevar a la superioridad propuestas y modificaciones en la normativa tributaria vinculadas al área de su competencia.

11. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos, tendiente a la evaluación del desempeño del área y a la mejora continua.

12. Definir metas, coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE COBRANZAS

Generar una efectiva percepción del riesgo a través de acciones de intimación, seguimiento y ejecución de las obligaciones fiscales en mora, a fin de obtener su regularización y propendiendo a lograr una conducta tributaria cumplidora por parte de contribuyentes y responsables.

ACCIONES

1. Elaborar el proyecto del Plan de Cobranzas, incluyendo la Matriz de Intervención correspondiente.

2. Programar y supervisar la ejecución de acciones individualizadas y masivas de cobranza a contribuyentes y/o responsables de los impuestos provinciales, coordinando las mismas con otras áreas de la Agencia y Organismos Externos involucrados en dichos procesos.

3. Diseñar propuestas de planes de facilidades de pago y/o espera, e implementarlos.

4. Intervenir y asegurar la oportuna traba y levantamiento de medidas cautelares previstas en los artículos 13 y 13 bis del Código Fiscal (t.o.2004) y modif. y concordantes.

5. Requerir el auxilio de la fuerza pública y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

6. Intervenir en el proceso y coordinar la emisión de títulos ejecutivos para la ejecución de las deudas por vía de apremio a través de Fiscalía de Estado.

7. Intervenir e instar la ejecución de deudas fiscales en procesos universales, y el cobro de tributos en todo otro proceso judicial.

8. Intervenir en la autorización de desistimiento y/o archivo, total o parcial, de juicios de apremio y de procesos universales, como asimismo en la comunicación y registro de cancelaciones.

9. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

10. Aprobar las normas internas relativas a sus procesos.

11. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TERRIRORIAL

GERENCIA DE GESTIÓN E INFORMACIÓN TERRITORIAL MULTIFINALITARIA

ACCIONES

1. Proponer, generar y ejecutar las medidas tendientes a la mejor prestación de servicios a Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales, asistiendo a la Gerencia General en la coordinación y cobertura de sus funciones Institucionales, manteniendo actualizada e informando la agenda de reuniones y acciones propuestas.

2. Definir, en orden a lo establecido en la acción anterior, el plan de trabajo en cada caso, analizando y eventualmente dando traslado de temas ajenos a la Gerencia, en general hacia toda la Agencia, y en particular a hacia la Gerencia de Servicios Catastrales en base a las directivas establecidas por la Gerencia General.

3. Generar, implementar, nutrir y actualizar el Sistema de Información Multitemática, trabajando, en articulación con la Gerencia de Servicios Catastrales, en la mejora de la calidad de los datos y asegurando la disponibilidad de la información, en tiempo y forma.

4. Analizar, evaluar y definir los sistemas de gestión de información.

5. Coordinar, analizar y evaluar, en vinculación con el Departamento de Planificación y Control de Gestión de Información Territorial de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial, las potencialidades de innovación mediante tecnologías de información y comunicación, desde la herramienta multitemática en función con las acciones de la Gerencia General y de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, relativas a la generación de servicios tecnológicos con el contribuyente.

6. Asegurar el cumplimiento de las metas conforme la planificación establecida.

7. Relevar y actualizar la información del territorio, evaluando los resultados generales de las acciones, programas y procesos vinculados a los servicios de información y de desarrollo territorial.

8. Asegurar la correcta determinación de la valuación fiscal de los inmuebles, base para la imposición de los tributos.

9. Evaluar y proponer alternativas sobre metodologías valuatorias.

10. Coordinar las acciones en ocasión de ejecutarse un revalúo general inmobiliario.

11. Actualizar la información multitemática para mejorar los servicios, mediante el intercambio de información con Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.

12. Analizar, evaluar e intervenir en la resolución sobre las solicitudes traídas a conocimiento directamente por los Organismos Gubernamentales y Organismos No Gubernamentales e indirectamente con la intervención que determine la Superioridad.

13. Implementar sistemas de control y auditorías, en coordinación con el área competente, respecto de las exenciones preexistentes como así de las que se otorguen.

14. Resolver las condonaciones y exenciones en el impuesto inmobiliario de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales establecidos en el Código Fiscal y Leyes Especiales, así como su modificación y revocación.

15. Coordinar la implementación de los estándares con el Departamento de Planificación y Control de Información Territorial de la Gerencia General.

16. Explorar alianzas estratégicas con la finalidad de aportar información relevante para la Agencia, la Subdirección Ejecutiva, la Gerencia General, la Gerencia de Servicios Catastrales y la propia.

17. Centralizar el ingreso y egreso de toda la documentación correspondiente a la temática de su competencia.

18. Elaborar proyectos de normativas catastrales y proponer la modificación de las vigentes.

19. Promover en conjunto con las áreas correspondientes la implementación de los programas, planes y sistemas destinados a optimizar y modernizar los servicios de esta Gerencia.

20. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TERRIRORIAL

GERENCIA DE SERVICIOS CATASTRALES

ACCIONES

Asegurar el cumplimiento de la Ley Nº 10707 y normas complementarias y el ejercicio de la autoridad de aplicación en materia catastral.

1. Asegurar la registración y publicidad de los documentos catastrales.

2. Asegurar la correcta asignación de la nomenclatura catastral y la partida inmobiliaria.

3. Asegurar el saneamiento de inconsistencias y la calidad de los datos catastrales.

4. Autorizar y ejercer el control sobre la división de los inmuebles para afectar al régimen de propiedad horizontal.

5. Promover la realización de inspecciones con el objeto de cumplir con las finalidades de la ley en materia catastral.

6. Asegurar la expedición de certificaciones relacionadas con la materia catastral y valuatoria.

7. Articular acciones con las áreas correspondientes de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro a fin de evitar la evasión fiscal por la no declaración del hecho imponible, controlando la incorporación y valuación de las mejoras accedidas a las parcelas.

8. Asegurar el cumplimiento de los procesos tendientes a la digitalización de la documentación vinculada a los servicios catastrales

9. Elaborar proyectos de actos administrativos vinculados con la aplicación de la Ley Nº 10.707 y normas complementarias, incluyendo los relacionados con el Régimen de Propiedad Horizontal Ley N° 13.512.

10. Elaborar proyectos de normativas catastrales y proponer la modificación de las vigentes.

11. Analizar e Interpretar las normas que regulen la materia catastral.

12. Participar y colaborar en la implementación de las acciones en ocasión de ejecutarse un revalúo general inmobiliario.

13. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE RECAUDACIÓN

GERENCIA DE IMPUESTOS Y CONTRIBUYENTES

ACCIONES

1. Diseñar planes, programas y normas de recaudación que deberán ejecutar las áreas a su cargo, y proponer los sistemas y procedimientos necesarios para la eficiente administración de las tasas y los tributos y el logro de las metas establecidas para los impuestos sobre los ingresos brutos, sellos, a la transmisión gratuita de bienes, inmobiliario, automotor y a las embarcaciones deportivas y otros que se creen en el futuro.

2. Diseñar las normas y procedimientos para el otorgamiento de exenciones y para la acreditación o compensación de importes abonados indebidamente o en exceso, referidos a las tasas y a los impuestos sobre los ingresos brutos, sellos, a la transmisión gratuita de bienes, inmobiliario, automotor y a las embarcaciones deportivas y otros que se creen en el futuro.

3. Intervenir según sus atribuciones en la tramitación y resolución de los procedimientos de devolución de las tasas y los tributos respecto de los impuestos de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, sobre los ingresos brutos y los relativos a los regímenes de información.

4. Definir procedimientos de actualización de datos de contribuyentes de los impuestos sobre los ingresos brutos, sellos, a la transmisión gratuita de bienes, inmobiliario, automotor y a las embarcaciones deportivas y otros que se creen en el futuro, con la finalidad de mantener actualizados los respectivos padrones.

5. Coordinar la definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.

6. Establecer las normas y procedimientos de cobro, conciliación, rendición e imputación tanto de aplicación interna, como así también las que deberán observar el Banco de la Provincia de Buenos Aires y todos aquellos medios de pago que se autoricen para la percepción de tributos u otros conceptos cuya recaudación esté a cargo de la Agencia.

7. Elevar a la superioridad la propuesta de calendario fiscal anual de los impuestos predeterminados y sobre los ingresos brutos sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación.

8. Administrar a los contribuyentes mediante el uso de cuentas corrientes tributarias, coordinando su implementación y mantenimiento con el área de sistemas.

9. Coordinar con las diferentes áreas usuarias de las cuentas corrientes tributarias a efectos de receptar sus necesidades y analizar la implementación de las mismas.

10. Elevar a la Gerencia General, propuestas y modificaciones a incorporar mediante normativas tributarias en el área de su competencia.

11. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referida a los contribuyentes involucrados en los tributos en el área de su competencia.

12. Intervenir en las relaciones con las Entidades Financieras habilitadas y a habilitarse para el cobro de los tributos provinciales.

13. Diseñar programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.

14. Definir metas, coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

15. Definir lineamientos para la administración de la información recibida de los Agentes de Información.

 

GERENCIA DE SISTEMAS DE RECAUDACIÓN

ACCIONES

1. Diseñar planes, programas y normas de recaudación que deberán ejecutar las áreas a su cargo, y proponer los sistemas y procedimientos necesarios para la eficiente administración de los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, excepto los escribanos, las entidades registradoras, el régimen especial de ingresos y los registros seccionales dependientes de la Dirección Nacional de Registros Nacionales de la Propiedad Automotor.

2. Definir las aplicaciones internas necesarias para mantener actualizada la información referida a los agentes de recaudación en el ámbito de su incumbencia.

3. Diseñar las normas y procedimientos para la devolución de retenciones indebidas y solicitudes de exclusión.

4. Tramitar y resolver devoluciones, exclusiones y demandas, según las atribuciones delegadas.

5. Participar en la definición de las características de los sistemas y aplicativos vinculados a la recaudación en el ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.

6. Supervisar la administración de los sistemas de recaudación, incluyendo la administración de padrones de retención, percepción y devoluciones.

7. Controlar el cumplimiento de la normativa por parte de los agentes de recaudación de los impuestos a cargo de su administración.

8. Elevar a la superioridad la propuesta de calendario fiscal anual de agentes de recaudación sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación.

9. Elevar a la Gerencia General, propuestas y modificaciones a incorporar mediante normativas tributarias en el área de su competencia.

10. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los agentes de recaudación involucrados en los tributos en el área de su competencia.

11. Intervenir en las relaciones con las entidades financieras habilitadas y a habilitarse para el cobro de los tributos provinciales.

12. Diseñar programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.

13. Definir metas, coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo

 

GERENCIA GENERAL DE COBRANZAS

GERENCIA DE GESTIONES DE COBRO

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Cobranzas.

2. Participar en el diseño e implementación de planes de facilidades de pago y/o espera.

3. Supervisar y coordinar los procesos para contactar y/o intimar a contribuyentes y/o responsables con deuda en mora, a través de procedimientos masivos o especiales.

4. Coordinar con la Gerencia General de Cobranzas el requerimiento del auxilio de la fuerza pública y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

5. Intervenir en el proceso y supervisar la emisión de títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio a través de Fiscalía de Estado.

6. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE COBRANZAS

GERENCIA DE COBRANZA COACTIVA

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Cobranzas.

2. Participar en el diseño e implementación de planes de facilidades de pago y/o espera.

3. Intervenir y asegurar la emisión de títulos ejecutivos en el marco de procesos universales para su ejecución y de las liquidaciones de deuda que resulten necesarias en todo otro proceso judicial.

4. Coordinar con la Gerencia General de Cobranzas el requerimiento del auxilio de la fuerza pública para el relevamiento de bienes, la notificación de embargos y remates y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

5. Disponer y supervisar la traba y levantamiento de las medidas cautelares de conformidad a lo establecido en el artículo 13 bis del Código Fiscal (t.o.2004) y modif. y concordantes.

6. Efectuar la solicitud de traba y levantamiento de medidas cautelares de conformidad a lo previsto en el artículo 13 del Código Fiscal (t.o.2004) y modif. y concordantes.

7. Intervenir en la autorización de desistimiento y/o archivo, total o parcial, de juicios de apremio y de procesos universales, como asimismo en la comunicación y registro de cancelaciones.

8. Supervisar el registro, en los sistemas de información de la Agencia, de las sentencias y otros modos anormales de culminación de procesos de apremio que resulten desfavorables al Fisco, conforme los procedimientos establecidos.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE GESTION E INFORMACIÓN TERRITORIAL MULTIFINALITARIA

SUBGERENCIA DE GESTIÓN TERRITORIAL

ACCIONES

1. Definir, diseñar, aprobar y ejecutar planes, programas, normas, sistemas y procedimientos, conducentes al mejoramiento y eficiencia orientados a la prestación de un servicio para la promoción de la regularización de la tierra pública Nacional, Provincial y Municipal, como así también a los servicios prestados a los Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.

2. Supervisar y evaluar las tareas inherentes a la aplicación de gravámenes y de normas técnico tributarias vinculadas a los Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.

3. Alertar sobre anomalías y desvíos detectados en los procesos a su cargo, indicando las recomendaciones que correspondan, tendientes a dar soluciones a las mismas, efectuando su seguimiento permanente a fin de evaluar la eficiencia y eficacia de las medidas que fueran adoptadas para su regularización.

4. Gestionar un registro centralizado de datos y requerimientos de inmuebles públicos Nacionales, Provinciales y Municipales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, por parte de Organismos Gubernamentales, No Gubernamentales y particulares.

5. Definir acciones relacionadas con la actualización y el saneamiento de la Base de Datos de los Inmuebles públicos Nacionales, Provinciales y Municipales identificados en el territorio Provincial.

6. Evaluar permanentemente el seguimiento y control de los procesos a su cargo como así de los objetivos previstos, para asegurar su cumplimiento.

7. Participar en las auditorías implementadas por el Departamento de Planificación y Control de Gestión de Información Territorial de la Gerencia General.

8. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

9. Planificar, proponer y ejecutar el orden de auditorías a Organismos, proponiendo acciones y planes dirigidos, elaborando y elevando los informes correspondientes.

10. Recibir, controlar y transferir a las áreas correspondientes las consultas de tipo técnico y todo otro requerimiento que se efectúe en relación a los Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.

 

GERENCIA DE SERVICIOS CATASTRALES

SUBGERENCIA DE TRÁMITES CATASTRALES

ACCIONES

1. Asegurar las operaciones y servicios inherentes al régimen catastral.

2. Coordinar la Gestión de Registración y Publicidad de documentos catastrales.

3. Ejecutar en conjunto con los departamentos propios, los circuitos que originen los procesos de los servicios catastrales.

4. Elaborar proyectos de normativas catastrales y proponer la modificación de las vigentes.

5. Asegurar el cumplimiento de las normas que regulen la materia catastral.

6. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo

 

GERENCIA DE IMPUESTOS Y CONTRIBUYENTES

SUBGERENCIA DE IMPUESTOS AUTODECLARADOS

ACCIONES

1. Proponer, coordinar y supervisar las pautas para el desarrollo de normas y procedimientos para la devolución de impuestos.

2. Intervenir según sus atribuciones en las demandas de repetición, elaborando el proyecto de resolución con relación a las tasas y los impuestos de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, sobre los ingresos brutos y los relativos a los regímenes de información.

3. Elevar a la gerencia propuestas y modificaciones a la normativa tributaria vinculadas al área de su competencia.

4. Actuar de enlace con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los contribuyentes involucrados en los tributos en el área de su competencia.

5. Diseñar programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.

6. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo para el cumplimiento de las metas preestablecidas.

 

SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE LA CUENTA CORRIENTE E IMPUESTOS

ACCIONES

1. Gestionar la implementación de procedimientos simples y confiables que fueran definidos por la Gerencia respecto a la actualización de datos de contribuyentes de los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario, automotor, a las embarcaciones deportivas y otros que se creen en el futuro, con la finalidad de mantener actualizados los respectivos padrones.

2. Proponer, analizar y supervisar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.

3. Proponer los procedimientos de cobro, conciliación, y rendición de pagos que se deberán respetar en las relaciones con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y todos aquellos medios de pago que se autoricen para la percepción de tributos u otros conceptos cuya recaudación esté a cargo de la Agencia.

4. Revisar y elevar a la superioridad la propuesta de calendario fiscal anual de los Impuestos Autodeclarados y Predeterminados sobre la base de las metas de recaudación preestablecidas.

5. Proponer y analizar las pautas de desarrollo de sistemas para la debida administración de los contribuyentes mediante el uso de cuentas corrientes tributarias, supervisando la implementación con los departamentos a su cargo y el área de sistemas.

6. Analizar y elevar propuestas de pautas de implementación para el desarrollo de normas y procedimientos que recepten las necesidades de las diferentes áreas usuarias de las cuentas corrientes.

7. Elevar a la Gerencia propuestas y modificaciones a incorporar mediante normativas tributarias en el área de su competencia.

8. Actuar de enlace con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los contribuyentes involucrados en los tributos en el área de su competencia.

9. Supervisar las relaciones con las Entidades Financieras habilitadas y a habilitarse para el cobro de los tributos provinciales.

10. Diseñar programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes

11. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo para el cumplimiento de las metas preestablecidas.

12. Proponer pautas para el desarrollo de sistemas de administración relativos a los Agentes de Información.

 

GERENCIA DE SISTEMAS DE RECAUDACIÓN

SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS DE RECAUDACIÓN

ACCIONES

1. Proponer a la superioridad pautas, normas, sistemas y procedimientos para lograr eficiencia y eficacia en la administración de los sistemas de recaudación.

2. Coordinar la preparación mensual de los padrones de retenciones, percepciones y devoluciones.

3. Coordinar el control de los agentes de recaudación de los tributos vigentes y a crearse.

4. Sustanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de acto administrativo, cuando la acción verse sobre obligaciones en carácter de agente de recaudación.

5. Intervenir en la tramitación de los procedimientos de exclusiones, reducción o atenuación de alícuotas, y propiciar a la instancia superior las solicitudes de devoluciones.

6. Participar en coordinación con las áreas de la Agencia, con injerencia en la materia, en la creación, modificación o eliminación de regímenes de recaudación.

7. Coordinar, implementar y mantener un sistema administrativo de atención, seguimiento y resolución de reclamos que presenten los contribuyentes como consecuencia de la actuación de los agentes de recaudación.

8. Proponer y promover, en coordinación con las áreas de la Agencia, con injerencia en la materia, la celebración de convenios de colaboración e intercambio de información con bancos, Comisión Arbitral, otros Fiscos y organismos en temas correspondientes a su área de competencia. Intervenir como enlace operativo en la ejecución de los mismos y participar en las reuniones que se celebren.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo para el cumplimiento de las metas preestablecidas.

 

SUBGERENCIA DE DESARROLLO DE SISTEMAS DE RECAUDACIÓN

ACCIONES

1. Desarrollar sistemas de recaudación para lograr el cumplimiento de las metas de recaudación.

2. Desarrollar un sistema de atención a grandes contribuyentes.

3. Participar en coordinación con las áreas de la Agencia, con injerencia en la materia, en el desarrollo, modificación o eliminación de regímenes de recaudación.

4. Desarrollar y proponer mejoras en el circuito de generación de los padrones de retenciones, percepciones y devoluciones de retenciones indebidas.

5. Supervisar la metodología de desarrollo de las aplicaciones que deban ser utilizadas por los agentes de recaudación, a los fines de cumplir debidamente con las obligaciones fiscales asignadas.

6. Proponer mejoras sobre sistemas de recaudación existentes.

7. Estudiar nuevos sistemas de control de cumplimiento de agentes de recaudación.

8. Proponer y promover, en coordinación con las áreas de la Agencia, con injerencia en la materia, la celebración de convenios de colaboración e intercambio de información con bancos, Comisión Arbitral, otros Fiscos y organismos en temas relativos a sistemas y aplicaciones de recaudación. Intervenir como enlace operativo en la ejecución de los mismos y participar en las reuniones que se celebren.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo para el cumplimiento de las metas preestablecidas.

 

GERENCIA GENERAL DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN DE

INFORMACIÓN TERRITORIAL

ACCIONES

1. Coordinar y ejecutar proyectos tendientes a la automatización de la gestión de la información territorial.

2. Definir y coordinar proyectos, actuando como nexo entre la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial con las Gerencias que de ella dependen, en lo concerniente a programas y herramientas informáticas.

3. Desarrollar y diseñar mecanismos digitales que permitan proveer información certificada relativa a la temática territorial, vinculadas a valuaciones fiscales, registro gráfico, clasificación parcelaria, deuda del certificado catastral, afectaciones y restricciones.

4. Diseñar herramientas informáticas que permitan el ingreso de datos digitalizados en forma directa por el contribuyente a la Agencia, propiciando para ello el uso de tecnología WEB.

5. Desarrollar y diseñar las herramientas informáticas que ingresen a la base de datos inmobiliarios en lo relativo a los aspectos físicos, jurídicos y económicos.

6. Coordinar con la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial la información correspondiente que deba estar a disposición por medio de servicios digitales.

7. Promover y coordinar la capacitación de Recursos Humanos en cuanto al uso de herramientas vigentes y la implementación y mejoras de nuevas herramientas; detectar necesidades de capacitación en función del análisis de las consultas atendidas, a fin de proponer planes de capacitación en el ámbito de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial y sus Jurisdicciones dependientes.

8. Elevar a la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial propuestas y modificaciones de la normativa vigente, vinculadas al área de su competencia.

9. Elaborar indicadores y elevar informes estadísticos de gestión a la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial para la toma de decisiones.

10. Proponer y desarrollar, vínculos y convenios de colaboración e intercambio de información con otros organismos en temas correspondientes al área de su competencia.

11. Coordinar y ejecutar proyectos referidos a la explotación de información cartográfica y alfanumérica digitalizada, como herramienta de gestión.

12. Desarrollar y promover proyectos que se relacionen con las metodologías y procesos de trabajo y organización interna con el objeto de incrementar la funcionalidad, la eficacia y eficiencia institucional.

13. Definir esquemas y herramientas cuya funcionalidad permitan la elaboración de normas de procedimientos, instructivos de trabajos y requerimientos informáticos relativos al ámbito de su incumbencia.

14. Relevar y analizar los procesos vigentes definiendo e implementando mejoras continuas que aseguren la optimización de recursos (humanos y materiales).

15. Diseñar procesos que aseguren la calidad de la información ingresada a la Base de Datos catastral y de su documentación respaldatoria.

16. Informar los principios y las técnicas de los procesos de la Gerencia General a otras direcciones y/o organismos y entidades.

17. Proponer los estándares de calidad para la prestación de los servicios de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial.

18. Evaluar la satisfacción de los contribuyentes respecto de los servicios prestados.

19. Diseñar, confeccionar y controlar los planes, la documentación de uso interno y externo, procedimientos e instructivos orientados a la prestación de un servicio de calidad que faciliten y simplifiquen los trámites para los contribuyentes que interactúen con la Agencia de Recaudación.

20. Unificar los criterios de actuación respecto de las metodologías de trabajo y aplicación de normas e instructivos.

21. Compilar la información necesaria para evaluar los resultados parciales, determinando posibles causales de desvío y proponer los ajustes pertinentes, estableciendo los respectivos planes de acción.

22. Controlar la evolución de los indicadores tendientes al cumplimiento de los planes y objetivos establecidos.

23. Interactuar con las distintas áreas de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro en cuestiones vinculadas a la temática territorial.

24. Recopilar y procesar información recibida de distintas áreas de la Agencia como así también de Organismos Externos, a fin de obtener el universo de datos relacionados a Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.

25. Planificar, proponer y elaborar padrones de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales, y procurar su actualización y mantenimiento

 

GERENCIA DE GESTIÓN E INFORMACIÓN TERRITORIAL MULTIFINALITARIA

DEPARTAMENTO DE CARTOGRAFIA DIGITAL E INFORMACIÓN MULTITEMÁTICA

ACCIONES

1. Generar y mantener actualizada la planimetría catastral en formato digital.

2. Realizar mejoras que permitan incrementar la calidad de la planimetría catastral.

3. Definir, estandarizar y ejecutar procesos que permitan posicionar la planimetría catastral en tecnologías interoperables que faciliten su accesibilidad y explotación por terceros.

4. Proponer la estandarización de los datos espaciales administrados para mejorar su interoperabilidad.

5. Ejecutar los acuerdos formalizados entre Organismos Públicos y Privados, tanto en el ámbito nacional, provincial y municipal, tendientes a simplificar y unificar los procesos de registración de información catastral.

6. Identificar y obtener datos socioeconómicos que a través de su posicionamiento espacial provean información para la toma de decisiones de la Agencia.

7. Disponer la información territorial administrada en formatos y dispositivos accesibles al ciudadano, organismos públicos y a la sociedad en general.

8. Ejecutar acuerdos de cooperación formalizados con otros Organismos nacionales, provinciales y municipales, con el fin de ofrecer los servicios de la planimetría parcelaria.

9. Observar y promover nuevos usos y aplicaciones de la información catastral que propendan a incrementar el bienestar general.

10. Analizar y proponer alianzas estratégicas con otras Organizaciones públicas, nacionales e internacionales que promuevan y mejoren la performance en el uso y aplicaciones de la información catastral con fines multipropósito.

11. Evaluar y sugerir la promoción de acuerdos de coordinación institucional que faciliten el acceso e incremente el alcance de la información territorial.

 

DEPARTAMENTO METODOLOGÍA VALUATORIA RURAL

ACCIONES

1. Determinar y registrar el valor tierra libre de mejoras de los inmuebles ubicados en la planta rural.

2. Resolver las actuaciones iniciadas por reclamos referidos al valor tierra libre de mejoras.

3. Elaborar información documental valuatoria de los inmuebles ubicados en la planta rural.

4. Analizar y propiciar cambios de clasificación catastral.

5. Compilar y analizar la información necesaria que permita identificar áreas afectadas por desastres que puedan ser objeto de un tratamiento impositivo especial.

 

DEPARTAMENTO METODOLOGÍA VALUATORIA URBANA

ACCIONES

1. Determinar y registrar el valor tierra y accesorios de los inmuebles ubicados en la planta urbana.

2. Determinar y registrar el valor tierra y accesorios de los emprendimientos urbanísticos especiales.

3. Resolver las actuaciones iniciadas por reclamos referidos al valor tierra libre de mejoras en la planta urbana.

4. Elaborar información documental valuatoria de los inmuebles ubicados en la planta urbana.

5. Analizar y propiciar cambios de clasificación catastral.

 

DEPARTAMENTO ESTUDIO VALUATORIO

ACCIONES

1. Efectuar la tasación de inmuebles a requerimiento de Organismos Públicos nacionales, provinciales y Municipales.

2. Practicar las consultas a las inmobiliarias respecto de los valores de comercialización, venta o alquiler de los inmuebles a tasar.

3. Colectar, analizar y sistematizar datos económicos con fines catastrales.

4. Investigar y analizar la evolución de nuevos materiales de la construcción y su impacto en los prototipos constructivos vigentes.

5. Analizar y desarrollar estudios comparativos para la implementación de distintas metodologías valuatorias.

6. Generar una base de datos de valores de mercado de bienes inmuebles.

 

GERENCIA DE GESTIÓN E INFORMACIÓN TERRITORIAL MULTIFINALITARIA

SUBGERENCIA DE GESTIÓN TERRITORIAL

DEPARTAMENTO DE IDENTIFICACION Y DELIMITACIÓN DE OBJETOS TERRITORIALES

ACCIONES

1. Relevar los inmuebles públicos para formar o mantener la posesión, determinando el estado ocupacional. Determinar ocupación precaria. Notificar actuaciones administrativas y contables, en coordinación con los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales.

2. Intervenir en el relevamiento de todas las concesiones de uso, y/o ocupaciones de hecho de los inmuebles públicos, en coordinación con los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales.

3. Formalizar actos administrativos para perfeccionar la posesión de bienes inmuebles del dominio público.

4. Coordinar con las áreas pertinentes el desarrollo de procedimientos administrativos, de gestión, con el objeto de relevar el territorio Provincial a fin de optimizar los servicios de información a cargo de la Gerencia.

5. Practicar las operaciones topográficas de mensura, cálculo y dibujo que fundamenten las confecciones de planos con el objeto de regularizar las tierras públicas

Nacionales, Provinciales y Municipales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

6. Efectuar el estudio catastral y dominial de los inmuebles públicos sometidos a mensura.

7. Visar los proyectos de mensura de inmuebles de dominio particular donde hubiese interés público comprometido.

8. Realizar planos definitivos y obtener visaciones de los organismos competentes, para su aprobación por la Dirección de Geodesia en relación a la regularización de tierras públicas Nacionales, Provinciales y Municipales.

9. Realizar mensuras de bienes públicos no catastrados, pertenecientes al Estado Nacional, provincial y Municipal, a efectos de constituir el estado parcelario, su incorporación y contribuir al desarrollo territorial único, total y uniforme.

10. Promover la inspección de inmuebles a fin de verificar la posesión a cargo de Organismos Gubernamentales y/o No Gubernamentales, y analizar la consecuente exención en el Impuesto Inmobiliario sobre los mismos.

 

SUBGERENCIA DE GESTIÓN TERRITORIAL

DEPARTAMENTO DE ESTUDIO Y CONSISTENCIA DOMINIAL DE OBJETOS TERRITORIALES

ACCIONES

1. Conformar y actualizar el registro de datos de los inmuebles del Estado Nacional, Provincial y Municipal clasificándolos de acuerdo a su estado dominial, ocupacional, de afectación de acuerdo al destino, uso o concesiones de las que fueron objetos.

2. Requerir periódicamente de la totalidad de los Organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal, Centralizada y Descentralizada la información sobre el estado ocupacional, afectación, atributos físicos y jurídicos, aprovechamiento, explotación del patrimonio inmobiliario de todos los bienes inmuebles que se encuentren bajo la administración de los mismos.

3. Informar sobre situaciones jurídicas, geométrico-parcelaria, antecedentes administrativos y ocupacionales.

4. Establecer un registro de bienes abandonados o vacantes (en conformidad con lo dispuesto en el articulo 2342 inciso 3 del Código Civil) coordinando estrategias de recupero con los Municipios a través de convenios y promoviendo mediante acciones de colaboración la regularización territorial de tales bienes inmuebles.

5. Coordinar con los Organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal, Centralizada y Descentralizada lasactividades necesarias para la construcción de un sistema informático sobre requerimiento de tierras públicas en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

6. Relevar, examinar, evaluar y determinar en consecuencia la suficiencia de datos y controles operativos, contables y de legalidad debidamente implementados.

7. Verificar la corrección de las registraciones que se realicen en la base de datos a través de los procesos de captura como así también su resguardo, integridad y disponibilidad.

8. Realizar todas las acciones relacionadas con el saneamiento de predios y títulos, evaluaciones, estudios y ponderaciones urbanísticas, parcelamientos en coordinación con los organismos competentes en la materia.

9. Coordinar con las áreas del Registro de la Propiedad verificaciones y regularizaciones de la situación jurídica de los inmuebles públicos.

10. Confeccionar bases de títulos, previo a la intervención de la Escribanía General de Gobierno en relación a la regularización de tierras públicas.

11. Promover la afectación de los inmuebles susceptibles de transferencia al Estado como consecuencia de actos jurídicos de particulares, leyes especiales o generales, nacionales y provinciales, determinando los inmuebles que no sean susceptibles de transferencia o enajenación a los fines de su administración y aprovechamiento integral.

12. Proponer y promover proyectos de resoluciones de todas las concesiones de uso, y/o ocupaciones de hecho de los inmuebles públicos y novaciones, tendientes a su regularización, contribuyendo al desarrollo territorial único, total y uniforme.

13. Brindar información periódica, y promover, proyectar y proponer, actos administrativos referidos a la administración y venta de inmuebles del Estado, previo informe de las áreas pertinentes, dando intervención al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

14. Brindar información periódica, y colaborar en la realización de las acciones pertinentes

de saneamiento administrativo, tendientes a desafectar del patrimonio inmobiliario, que se encuentra asignado a los organismos de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada, aquellos inmuebles sin destino específico, propendiendo a su mejor uso y colaborar con los planes, programas y acciones tendientes al desarrollo territorial.

15. Brindar información periódica, tendiente a colaborar y participar, en la Coordinación y promoción de la relación entre la disponibilidad y los requerimientos de los inmuebles del estado por parte de los Organismos Gubernamentales, No Gubernamentales y particulares.

16. Registrar la totalidad de los bienes de dominio público en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

17. Determinar la correcta identidad de ubicación y ubicuidad de los bienes de dominio público del Estado Nacional, Provincial y Municipal.

18. Propender a un ordenamiento catastral integrado, total y uniforme, a través de la utilización de métodos alternativos de delimitación territorial.

19. Brindar información periódica, y asesorar en aspectos dominiales, catastrales y de identificación, en cuanto a la implementación de acciones y desarrollo de políticas de administración de los bienes de dominio público.

20. Clasificar los bienes de dominio público, de acuerdo a su estado dominial, ocupacional, afectación de acuerdo a su destino, uso o cesiones de las que fueran objeto, promoviendo nuevas afectaciones, tenencias o concesiones.

21. Depurar inconsistencias en la liquidación o exención del impuesto inmobiliario.

 

GERENCIA DE SERVICIOS CATASTRALES

DEPARTAMENTO DE DIGITALIZACIÓN, MANEJO DE DOCUMENTOS CATASTRALES

Y MONITOREO DE DATOS

ACCIONES

1. Operar todos los sistemas de indización de imágenes de documentos catastrales para su posterior recupero y explotación.

2. Efectuar reproducciones de documentación planimétrica.

3. Asistir a las distintas dependencias de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro en materia de reproducciones de documentación planimétrica.

4. Resguardar la documentación catastral original correspondiente a los planos de subdivisión por el régimen de la Ley N° 13.512 y demás documentación que le sea confiada.

5. Coordinar el archivo de documentación catastral.

6. Coordinar la distribución de documentos con la Dirección Provincial del Registro de la propiedad, Municipios y los Centros de Servicios Locales de la Agencia.

7. Coordinar y administrar el manejo físico de la documentación inherente a los trámites catastrales entre los Centros de Servicios Locales y los Departamentos que dependen de la Gerencia.

8. Asegurar la homogeneización de los datos en la Base Catastral.

9. Analizar y corregir datos catastrales a fin de asegurar la calidad de los mismos.

10. Auditar las acciones que hayan modificado la base valuatoria en los procesos de registración y actualización de la Base Catastral.

11. Promover la realización de relevamientos con el fin de determinar o verificar la valuación fiscal de inmuebles, y cuando corresponda operar coordinadamente con la Gerencia de Gestión e Información Territorial Multifinalitaria en la misma temática.

12. Auditar las acciones que lleven a modificar la Base Valuatoria, sea por operaciones masivas o individuales.

13. Implementar una metodología de trabajo orientada a corregir las inconsistencias en la información que contienen las Bases de datos a fin de facilitar las exenciones automáticas de objetos territoriales asociados a Organismos.

 

DEPARTAMENTO DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS CATASTRALES

ACCIONES

1. Tramitar las actuaciones administrativas relacionadas a la aplicación de la Ley Nº 10.707 y normas complementarias.

2. Intervenir en la elaboración y proyección de los actos administrativos de determinación valuatoria.

3. Registrar e informar los aspectos físicos, jurídicos, económicos y tributarios del inmueble, que surjan como resultado de los expedientes que se tramitan en el área.

 

SUBGERENCIA DE TRÁMITES CATASTRALES

DEPARTAMENTO DE RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL

ACCIONES

1. Aprobar los planos de mensura y subdivisión para afectar al Régimen de Propiedad Horizontal (Ley N° 13.512) y Prehorizontalidad (Ley Nº 19.724).

2. Intervenir en la elaboración y proyección de los actos administrativos conducentes al otorgamiento de los beneficios del artículo 6° del Decreto N° 2.489/63.

3. Intervenir en la tramitación de los expedientes vinculados a la factibilidad y anulación de planos de Propiedad Horizontal.

4. Aprobar la documentación presentada en los términos del Decreto Nº 947/04.

5. Realizar la visación de acuerdo a lo prescripto en la Circular N° 10/1958 de la Comisión Coordinadora Permanente, que fuera creada por Decreto 10.192/57.

6. Registrar los legajos de planos de afectación al régimen de Propiedad Horizontal.

7. Registrar la constitución de los estados parcelarios afectados al régimen de Propiedad Horizontal.

8. Registrar las valuaciones fiscales de los inmuebles que integran el territorio bonaerense correspondientes a Propiedad Horizontal.

9. Asignar la nomenclatura catastral en los planos de Propiedad Horizontal, en cualquiera de sus modalidades.

10. Registrar en la base informática todos los datos físicos, jurídicos, económicos y tributarios de los bienes inmuebles sometidos al régimen de Propiedad Horizontal.

11. Iniciar actuaciones ante la modificación del estado parcelario y valuatorio.

12. Realizar el control de los documentos judiciales pertinentes, previo a su inscripción en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

13. Registrar las modificaciones que afectan a los inmuebles o a su régimen jurídico en general y en particular las comunicadas por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

 

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE REGISTRACIÓN CATASTRAL

ACCIONES

1. Registrar los legajos de planos de mensura, y los de afectación a servidumbres administrativas.

2. Registrar la constitución de los estados parcelarios.

3. Registrar las valuaciones fiscales de los inmuebles que integran el territorio bonaerense.

4. Asignar la nomenclatura catastral en los planos de mensura, en cualquiera de sus modalidades.

5. Registrar en la base informática todos los datos físicos, jurídicos, económicos y tributarios de los bienes inmuebles.

6. Iniciar actuaciones ante la modificación del estado parcelario y valuatorio.

7. Realizar el control de los documentos judiciales pertinentes, previo a su inscripción en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

8. Registrar las modificaciones que afectan a los inmuebles o a su régimen jurídico en general y en particular las comunicadas por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

 

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE PUBLICACIÓN CATASTRAL

ACCIONES

1. Publicitar, mediante el certificado catastral, el estado de hecho de los inmuebles en sus aspectos físicos, jurídicos y económicos.

2. Informar y certificar valuaciones fiscales.

3. Publicitar los antecedentes catastrales preexistentes y la documentación registrada en los términos de la Ley Nº 10.707.

4. Coordinar y efectuar la publicidad correspondiente a los trámites de naturaleza catastral.

 

GERENCIA GENERAL DE RECAUDACIÓN

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN DE

RECAUDACIÓN

ACCIONES

1. Proponer a la superioridad los estándares de calidad para la prestación de los servicios de recaudación vinculados con los contribuyentes y agentes de recaudación.

2. Diseñar, confeccionar y controlar los planes, la documentación de uso interno y externo, procedimientos e instructivos orientados a la prestación de un servicio de calidad que faciliten y simplifiquen los trámites que los contribuyentes y agentes realizan.

3. Unificar los criterios de actuación respecto de las metodologías de trabajo e instructivos.

4. Recopilar, procesar, archivar y distribuir centralizadamente, todas las informaciones disponibles que sean relevantes para el desarrollo de las actividades habituales de toda la Gerencia General.

5. Elaborar indicadores que permitan el seguimiento y mejora de la gestión de las áreas dependientes de la Gerencia General, procurando una base única para la toma de decisiones, elevando los resultados respectivos.

6. Compilar la información necesaria para evaluar los resultados parciales, determinando posibles causales de desvío y proponer los ajustes pertinentes, estableciendo los respectivos planes de acción.

7. Detectar necesidades de capacitación en función del análisis de las consultas atendidas, a fin de proponer planes de desarrollo del capital humano en el ámbito de la Gerencia General para dar respuesta a las mismas.

8. Proponer programas y acciones tendientes a la integración de la información interna de la Gerencia General, para asegurar y mantener una fluida comunicación entre la Gerencia General y sus áreas dependientes.

9. Relevar y analizar los procesos vigentes definiendo la necesidad de implementar mejoras que aseguren la optimización de recursos (humanos y materiales).

 

GERENCIA DE IMPUESTOS Y CONTRIBUYENTES

SUBGERENCIA DE IMPUESTOS AUTODECLARADOS

DEPARTAMENTO ZONA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (CABA)

ACCIONES

1. Ejecutar, en el marco de la legislación vigente y pautas definidas por la Gerencia, las tareas necesarias para la concreción de los planes, programas y normas de recaudación establecidos por la Gerencia.

2. Substanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de resolución con relación a los impuestos de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, sobre los ingresos brutos y los relativos a los regímenes de información.

3. Elevar a la Subgerencia, propuestas y modificaciones en la normativa tributaria vinculadas al área de su competencia.

4. Ejecutar los programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.

5. Efectuar, en el ámbito territorial de su competencia, las notificaciones que correspondan a los actos diligenciados por la subgerencia.

6. Efectuar, en el ámbito territorial de su competencia, el diligenciamiento de las solicitudes efectuadas por el área correspondiente de la Subdirección Ejecutiva de

Recaudación y Catastro relacionada con los procesos de concursos y quiebras.

 

DEPARTAMENTO ZONA VICENTE LÓPEZ

ACCIONES

1. Ejecutar, en el marco de la legislación vigente y pautas definidas por la Gerencia, las tareas necesarias para la concreción de los planes, programas y normas de recaudación establecidos por la Gerencia.

2. Substanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de resolución con relación a los impuestos de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, sobre los ingresos brutos y los relativos a los regímenes de información.

3. Elevar a la Subgerencia, propuestas y modificaciones en la normativa tributaria vinculadas al área de su competencia.

4. Ejecutar los programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.

5. Efectuar, en el ámbito territorial de su competencia, las notificaciones que correspondan a los actos diligenciados por la subgerencia.

 

DEPARTAMENTO SELLOS Y TRANSMISIÓN GRATUITA DE BIENES

ACCIONES

1. Ejecutar, en el marco de la legislación vigente y pautas definidas por la Gerencia, los planes, procedimientos y normas que competan a la administración del impuesto de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, las tasas y los agentes de recaudación (Escribanos, Entidades Registradoras y Régimen Especial de Ingresos).

2. Colaborar con la subgerencia en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los contribuyentes y/o actos en los que se verifique la existencia del hecho imponible para la aplicación del impuesto de sellos y a la transmisión gratuita de bienes.

3. Elevar a la Subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria aplicable a los impuestos de su competencia, que considere oportuno para su adecuada percepción.

4. Substanciar las demandas de repetición de las tasas y los impuestos de su competencia, elaborando el proyecto de resolución respectivo.

5. Ejecutar los programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.

6. Efectuar el control de la actuación de los escribanos en su función de agentes de recaudación, informando a la superioridad.

7. Efectuar el visado de los actos judiciales declarativos de dominio de bienes inmuebles.

 

SUBGERENCIA DE IMPUESTOS AUTODECLARADOS

DEPARTAMENTO DEMANDAS DE REPETICIÓN

ACCIONES

1. Substanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de resolución con relación al impuesto sobre los ingresos brutos y las relativas a agentes de información.

2. Aplicar las normas y procedimientos en cumplimiento de las pautas establecidas por la Subgerencia de Impuestos Autodeclarados.

3. Elevar a la Subgerencia propuestas y modificaciones de la normativa tributaria vinculadas a la temática abordada.

4. Proponer y ejecutar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su competencia, en forma previa a su implementación.

5. Ejecutar los programas e impulsar las acciones que aseguren un ágil tratamiento de las demandas de repetición promovidas por los contribuyentes.

 

SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE LA CUENTA CORRIENTE E IMPUESTOS

DEPARTAMENTO DE CONTROL DE PAGOS

ACCIONES

1. Pautar, ejecutar y supervisar los procedimientos de recaudación, conciliación y rendición de pagos que rijan las relaciones con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y demás entidades habilitadas o que se habiliten para la percepción de tributos provinciales.

2. Analizar la factibilidad, gestionar la implementación y asegurar la permanente disponibilidad de medios de cobro innovadores respecto de los ya existentes, que vengan a sumarse a estos con el objeto de facilitar la percepción e incentivar el pago voluntario de los distintos impuestos.

3. Diseñar e implementar rutinas de control sobre el flujo de la información brindado por las entidades autorizadas a percibir tributos, a fin de identificar en tiempo y forma tanto los ingresos de dinero a las arcas fiscales como el debido cumplimiento de los plazos establecidos en los convenios vigentes que rigen la relación con aquellas entidades.

4. Mantener adecuadas relaciones institucionales con las entidades financieras existentes y proponer el inicio de nuevas relaciones con entidades financieras y demás organismos que sean factibles de ser habilitados para el cobro de tributos provinciales.

5. Analizar la permanente vigencia de los cuerpos normativos referidos a las modalidades de pago existentes y los distintos circuitos de cobro, proponiendo a la Subgerencia las modificaciones o reformulaciones que se presenten como necesarias.

6. Analizar y definir un sistema de codificación que permita identificar correctamente los distintos impuestos con los flujos de dinero con ellos relacionados, con el objetivo principal de mantener vigente una serie acotada de códigos en aras de una rápida identificación de cualquier obligación tributaria.

7. Intervenir ante las entidades habilitadas al cobro de los tributos provinciales respecto a los reclamos de pagos no rendidos.

8. Resolver acerca de las solicitudes remitidas por el Banco de la Provincia de Buenos Aires respecto a las reversiones de pagos realizados mediante las modalidades de débitos automáticos.

 

DEPARTAMENTO DE CUENTA CORRIENTE POR SUJETO

ACCIONES

1. Diseñar y desarrollar, en el marco de la legislación vigente y pautas definidas por la Gerencia, los planes, procedimientos y normas que competan a la administración del impuesto sobre los ingresos brutos, a aplicar para el logro de las metas de servicios de recaudación establecidas.

2. Proponer y ejecutar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.

3. Proponer y diseñar las pautas para el desarrollo de las normas y procedimientos para el otorgamiento de exenciones referidos al impuesto sobre los ingresos brutos.

4. Diseñar y desarrollar los procedimientos simples y confiables definidos por la superioridad que garanticen un permanente estado de actualización del padrón de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.

5. Proponer, diseñar y ejecutar las normas y procedimientos que posibiliten la debida administración de los contribuyentes mediante el uso de la cuenta corriente tributaria.

6. Definir y ejecutar pautas de implementación para el desarrollo de normas y procedimientos que recepten las necesidades de las diferentes áreas usuarias de la cuenta corriente.

7. Diseñar y elevar a la subgerencia la propuesta de calendario fiscal anual del impuesto sobre los ingresos brutos sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación.

8. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción del impuesto.

9. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referida a los contribuyentes involucrados.

10. Diseñar, implementar y mantener un sistema administrativo de seguimiento y resolución de reclamos que presenten los contribuyentes.

 

DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN IMPUESTO INMOBILIARIO

ACCIONES

1. Elaborar las pautas del cálculo del impuesto inmobiliario, para adecuar los sistemas conforme la normativa vigente.

2. Diseñar y desarrollar, en el marco de la legislación vigente y pautas definidas por la Gerencia, los planes, procedimientos y normas que competan a la administración del impuesto inmobiliario, a aplicar para el logro de las metas de servicios de recaudación establecidas.

3. Proponer y diseñar las pautas para el desarrollo de las normas y procedimientos para la devolución de impuestos y para el otorgamiento de exenciones referidos al impuesto inmobiliario.

4. Diseñar y desarrollar los procedimientos simples y confiables definidos por la superioridad que garanticen un permanente estado de actualización del padrón de contribuyentes del impuesto inmobiliario.

5. Proponer y ejecutar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.

6. Proponer, diseñar y ejecutar las normas y procedimientos que posibiliten la debida administración de los contribuyentes mediante el uso de la cuenta corriente tributaria.

7. Definir y ejecutar pautas de implementación para el desarrollo de normas y procedimientos que recepten las necesidades de las diferentes áreas usuarias de la cuenta corriente.

8. Diseñar y elevar a la subgerencia la propuesta de calendario fiscal anual del impuesto inmobiliario sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación.

9. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción del impuesto.

10. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referida a los contribuyentes involucrados.

11. Diseñar, implementar y mantener un sistema administrativo de seguimiento y resolución de reclamos que presenten los contribuyentes.

 

DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN IMPUESTO AUTOMOTOR Y EMBARCACIONES DEPORTIVAS

ACCIONES

1. Elaborar las pautas del cálculo de los impuestos automotor y a las embarcaciones deportivas, para adecuar los sistemas conforme la normativa vigente.

2. Diseñar y desarrollar, en el marco de la legislación vigente y pautas definidas por la Gerencia, los planes, procedimientos y normas que competan a la administración del Impuesto automotor, a las embarcaciones deportivas y a los registros seccionales dependientes de la Dirección Nacional de Registros Nacionales de la Propiedad Automotor, que actúan como agentes de recaudación, a aplicar para el logro de las metas de servicios de recaudación establecidas.

3. Proponer y diseñar las pautas para el desarrollo de las normas y procedimientos para la devolución de impuestos y para el otorgamiento de exenciones referidos al impuesto automotor y a las embarcaciones deportivas.

4. Diseñar y desarrollar los procedimientos simples y confiables definidos por la superioridad que garanticen un permanente estado de actualización del padrón de contribuyentes de los impuestos automotor y a las embarcaciones deportivas.

5. Proponer y ejecutar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.

6. Proponer, diseñar y ejecutar las normas y procedimientos que posibiliten la debida administración de los contribuyentes mediante el uso de las cuentas corrientes tributarias.

7. Definir y ejecutar pautas de implementación para el desarrollo de normas y procedimientos que recepten las necesidades de las diferentes áreas usuarias de las cuentas corrientes.

8. Diseñar y elevar a la subgerencia la propuesta de calendario fiscal anual del impuesto automotor y a las embarcaciones deportivas sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación.

9. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción del impuesto.

10. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los contribuyentes involucrados.

11. Diseñar, implementar y mantener un sistema administrativo de seguimiento y resolución de reclamos que presenten los contribuyentes.

12. Colaborar en los sistemas vinculados con agentes de recaudación del impuesto automotor.

 

DEPARTAMENTO AGENTES DE INFORMACIÓN

ACCIONES

1. Propender a la obtención de información a los efectos de mejorar y enriquecer los distintos padrones de contribuyentes como así también para identificar evasión tributaria.

2. Elaborar informes sobre resultados de control, proponiendo acciones correctivas y controles sobre las irregularidades detectadas.

3. Diseñar y elevar a la Subgerencia de Administración de la Cuenta Corriente e Impuestos la propuesta de calendario fiscal anual de los Agentes de Información.

4. Proponer y ejecutar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.

5. Proponer mejoras y modificaciones a los sistemas de Control de Agentes de Información.

6. Evaluar la creación, modificación o eliminación de regímenes de información.

7. Mantener contacto permanente con la Gerencia de Inteligencia que permita atender las necesidades planteadas por la misma, ya sea respecto de nuevos regímenes de información o la modificación de los existentes que permitan mejorar los controles sobre los contribuyentes.

8. Definir metas para el personal a su cargo y efectuar la supervisión de las mismas mediante indicadores que permitan el seguimiento y mejora de la gestión.

9. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros fiscos, organismos y/o dependencias, referidas a los agentes de información involucrados.

10. Asistir en forma permanente a la Subgerencia de Administración de la Cuenta Corriente e Impuestos y elaborar informes estadísticos.

 

SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS DE RECAUDACIÓN

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE PADRONES

ACCIONES

1. Elaborar los padrones de retenciones, percepciones y devoluciones de retenciones indebidas que deben utilizar los agentes de recaudación.

2. Participar en el diseño y elaboración de las pautas de control de los padrones de retenciones, percepciones y devoluciones de retenciones indebidas que confeccionan.

3. Colaborar en la documentación de las pautas referidas a la confección de los padrones.

4. Controlar la calidad de los padrones que deban ser utilizados por los agentes de recaudación a los fines de cumplir su función recaudatoria.

5. Intervenir en los procesos de devolución de retenciones indebidas acorde a sus facultades delegadas.

6. Diseñar y elevar a la subgerencia la propuesta de calendario fiscal anual de los agentes de recaudación sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación.

7. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción de los impuestos.

8. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los agentes involucrados.

 

DEPARTAMENTO DE CONTROL DE AGENTES DE RECAUDACIÓN

ACCIONES

1. Efectuar el control de los agentes de recaudación, poniendo a disposición del área competente la información resultante.

2. Confeccionar y emitir comunicados, notificaciones e intimaciones vinculadas a incumplimientos de los agentes de recaudación.

3. Documentar, coordinar la recepción de documentación y analizar los descargos presentados como consecuencia de las intimaciones realizadas, proponiendo cursos de acción sobre las irregularidades detectadas.

4. Substanciar las demandas de repetición de agentes de recaudación, elaborando el proyecto de resolución respectivo.

5. Colaborar en la documentación de las pautas referidas a los procedimientos de control relativos al control de Agentes de Recaudación.

6. Evaluar y gestionar los requerimientos de información a otros organismos para llevar a cabo los intercambios de información que contribuyan a las acciones de recaudación.

7. Proponer mejoras y modificaciones a los sistemas de control de agentes.

8. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para un adecuado control de los agentes de recaudación.

9. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los agentes de recaudación involucrados.

 

DEPARTAMENTOS ZONA (AVELLANEDA, LA MATANZA, MORÓN)

ACCIONES

1. Asistir en la atención de consultas y reclamos de los contribuyentes y agentes, relativos a los regímenes de recaudación.

2. Sustanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de acto administrativo, cuando la acción verse sobre obligaciones en carácter de agente de recaudación.

3. Analizar las solicitudes de exclusión, reducción o atenuación de alícuotas, y resolver en función de las atribuciones delegadas.

4. Atender las solicitudes de devoluciones de retenciones bancarias indebidas y resolver en función de las atribuciones delegadas.

5. Proponer mejoras y correcciones respecto de los regímenes de recaudación y procesos de control de agentes.

6. Efectuar, en el ámbito territorial de su competencia, las notificaciones que correspondan a los actos diligenciados por la subgerencia.

SUBGERENCIA DE DESARROLLO DE SISTEMAS DE RECAUDACIÓN

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE CONTRIBUYENTES

ACCIONES

1. Diseñar e implementar nuevos procesos, metodologías y canales de atención, declaración y/o pago de los contribuyentes.

2. Asistir a consultas y reclamos de los usuarios internos y grandes contribuyentes generados por el uso de los sistemas desarrollados.

3. Implementar un sistema de atención a grandes contribuyentes.

4. Elaborar los sistemas y aplicaciones que deban ser utilizados por los contribuyentes de los tributos vigentes y a crearse, a los fines de cumplir debidamente con sus obligaciones fiscales.

5. Colaborar en la documentación de los desarrollos realizados por el departamento mediante manuales e instrucciones.

6. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción de la recaudación.

 

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE AGENTES DE RECAUDACIÓN

ACCIONES

1. Diseñar e implementar nuevos procesos, metodologías y canales de atención, declaración y/o pago de los agentes de recaudación.

2. Asistir a consultas y reclamos de los usuarios internos y externos generados por el uso de los sistemas desarrollados.

3. Elaborar los sistemas y aplicaciones que deban ser utilizados por los agentes de recaudación de los tributos vigentes y a crearse, a los fines de cumplir debidamente con las obligaciones fiscales.

4. Evaluar y proponer mejoras sobre los sistemas y aplicativos utilizados o a utilizarse por los agentes de recaudación

5. Evaluar y gestionar requerimientos de información a otros organismos para llevar a cabo los intercambios de información que contribuyan a las acciones de recaudación.

6. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción de la recaudación.

 

DEPARTAMENTO ZONA (MAR DEL PLATA, BAHÍA BLANCA)

ACCIONES

1. Atender las consultas y reclamos de los usuarios referentes al uso de las aplicaciones implementadas.

2. Analizar las solicitudes de exclusión, reducción o atenuación de alícuotas, y resolver en función de las atribuciones delegadas.

3. Asistir a la superioridad en el diseño e implementación de los sistemas de recaudación.

4. Proponer mejoras y correcciones a los sistemas implementados o en desarrollo.

5. Asistir a la superioridad en las tareas que le sean requeridas sujeto a las facultades delegadas.

6. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción de la recaudación.

 

GERENCIA GENERAL DE COBRANZAS

DEPARTAMENTO DE APOYO A LA GESTIÓN DE COBRO

ACCIONES

1. Efectuar el análisis e implementación de los aplicativos y sistemas de soporte a usuarios telefonistas, estandarización de bases de datos telefónicas, control de archivos y administración de usuarios.

2. Coordinar la confección e impresión de notificaciones e intimaciones, carterización de contribuyentes, análisis e implementación de aplicativos y sistemas de soporte para los agentes-usuarios afectados a operativos y procesos de cobranzas especiales.

3. Gestionar la actualización de la Intranet en las cuestiones inherentes a la Gerencia General.

4. Compilar los reportes estadísticos e información de gestión respecto de los procesos a cargo de la Gerencia General.

5. Observar por el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Cobranzas.

 

GERENCIA DE GESTIONES DE COBRO

DEPARTAMENTO DE OPERACIONES DE COBRANZAS MASIVAS

ACCIONES

1. Efectuar acciones masivas de cobranzas tendientes al cobro de la deuda en mora de los impuestos predeterminados, autodeterminados y multiimpuesto, tanto de carácter prejudicial como judicial.

2. Participar en el diseño e implementación de los planes de facilidades de pago y/o espera.

3. Efectuar el control y seguimiento de los planes de pago y/o espera.

4. Analizar y seleccionar, para el inicio de la vía de apremio, contribuyentes deudores de los impuestos predeterminados, autodeterminados y/o por el total de deuda que registran los bienes asociados por contribuyente.

5. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Cobranzas.

 

DEPARTAMENTO DE OPERACIONES DE COBRANZAS ESPECIALES

ACCIONES

Efectuar acciones individualizadas de cobranzas a contribuyentes y/o responsables de alta significación económica, tendientes al cobro de la deuda multiimpuesto, tanto de carácter prejudicial como judicial.

2. Participar en acciones con otras áreas de la Agencia, a efectos de implementar programas o planes específicos de cobranzas.

3. Intervenir, conforme las disposiciones vigentes, como auxiliar de Fiscalía de Estado en el traslado de demandas, la notificación de remates, diligencias de constatación y demás medidas que resulten conducentes al recupero de deudas.

4. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Cobranzas.

 

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN DE DEUDA DETERMINADA

ACCIONES

1. Confeccionar las intimaciones a contribuyentes y/o responsables respecto de los cuales se hubiera llevado adelante un procedimiento de determinación de oficio de sus obligaciones fiscales a fin de proceder a incorporarlos a las acciones de cobranzas.

2. Emitir títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio a través de Fiscalía de Estado, sobre todos aquellos sujetos que hayan sido fiscalizados.

3. Evaluar y proponer los recaudos técnicos y operativos a incorporar en las relaciones con las distintas dependencias vinculadas a la emisión de títulos ejecutivos.

4. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Cobranzas.

 

GERENCIA DE GESTIONES DE COBRO

DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN DE DEUDA POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO

ACCIONES

1. Emitir títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio a través de Fiscalía de Estado, sobre todos aquellos contribuyentes o responsables que hayan incumplido en el pago de las obligaciones fiscales en tiempo y forma.

2. Evaluar y proponer los recaudos técnicos y operativos a incorporar en las relaciones con las distintas dependencias vinculadas a la emisión de títulos ejecutivos.

3. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Cobranzas.

 

GERENCIA DE COBRANZA COACTIVA

DEPARTAMENTO DE MEDIDAS CAUTELARES

ACCIONES

1. Requerir la traba y el levantamiento de las medidas cautelares establecidas por el artículo 13 y 13 bis del Código Fiscal, y comunicar tal situación a los contribuyentes y juzgados de apremio.

2. Realizar el control de cumplimiento de traba de embargos, solicitando apertura de procedimientos en caso de incumplimientos y adecuaciones de montos.

3. Coordinar con Fiscalía de Estado los procesos de transferencias de activos financieros embargados a cuentas judiciales, brindando la información necesaria.

4. Brindar información a Fiscalía de Estado sobre regularizaciones de deuda o cancelaciones a fin de autorizar el levantamiento de medidas cautelares trabadas en el marco de juicios de apremio.

5. Evaluar y proponer los recaudos técnicos y operativos a incorporar en las relaciones con las distintas dependencias vinculadas a la traba de medidas cautelares.

6. Practicar las liquidaciones de deuda necesarias para el desarrollo de las tareas a su cargo.

7. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Cobranzas.

 

DEPARTAMENTO DE APREMIOS

ACCIONES

1. Realizar el seguimiento de las actuaciones por deudas fiscales sometidas a ejecución por intermedio de la Fiscalía de Estado, manteniendo una permanente comunicación con la misma.

2. Confeccionar liquidaciones de deuda a fin de permitir su cancelación en instancia judicial, y las trasferencias de fondos en los casos que corresponda.

3. Proyectar los actos de autorización de desistimiento y/o archivo, total o parcial, y las cancelaciones operadas en juicios de apremio, y comunicarlos a Fiscalía de Estado.

4. Registrar, en los sistemas de información de la Agencia, las sentencias y otros modos anormales de culminación de procesos de apremio que resulten desfavorables al Fisco, conforme los procedimientos establecidos.

5. Evaluar y proponer los recaudos técnicos y operativos a incorporar en las relaciones con las distintas dependencias vinculadas al cobro judicial de las deudas fiscales.

6. Intervenir y asistir a Fiscalía de Estado en las cuestiones que se susciten en el marco del juicio de apremio, excepto en las solicitudes de asistencia técnica vinculadas a la contestación de excepciones presentadas en dichos juicios.

7. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Cobranzas.

 

DEPARTAMENTO DE COBRO EN PROCESOS UNIVERSALES

ACCIONES

1. Intervenir en el proceso de verificación de créditos fiscales de contribuyentes y/o responsables concursados o fallidos, emitiendo el título ejecutivo que permita la verificación conforme a las normas vigentes y comunicando dicha circunstancia a Fiscalía de Estado.

2. Formar las actuaciones que resulten necesarias para la verificación tardía de las deudas tributarias.

3. Requerir e intercambiar información periódicamente con Fiscalía de Estado, relacionada con la tramitación de los concursos y las quiebras, y demás procesos judiciales, con excepción del apremio.

4. Practicar liquidaciones para permitir la transferencia de fondos de otras cuentas.

5. Dar intervención a Fiscalía de Estado, en aquellos supuestos en que se reciba comunicación formal del fallecimiento de contribuyentes o responsables, para que solicite la apertura del juicio sucesorio o la presentación en dichos procesos, en aquellos supuestos con interés fiscal comprometido.

6. Intervenir en el cobro de tributos provinciales en otros procesos judiciales.

7. Proyectar los actos de autorización de desistimiento y/o archivo, total o parcial, y las cancelaciones operadas en procesos universales, y comunicarlos a Fiscalía de Estado.

8. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Cobranzas.

 

ANEXO 2a

AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

Generar una efectiva percepción del riesgo ante el incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes con el fin de combatir la evasión fiscal mediante la fiscalización y la determinación de los impuestos provinciales utilizando procesos integradores diferenciando los contribuyentes y responsables en función de su condición de riesgo. Incentivar el cumplimiento consciente, la cultura tributaria y la responsabilidad social, garantizando un servicio de atención al contribuyente de calidad.

 

ACCIONES

1. Definir los lineamientos y diseñar los Planes de Fiscalización con sus respectivas Matrices de Intervención, asegurando la implementación de acciones de fiscalización que resulten oportunas, eficaces y eficientes.

2. Impulsar y verificar la instrumentación de metodologías remotas y presenciales que, conforme el riesgo fiscal involucrado, garanticen la detección y sanción de los sujetos incumplidores, procediéndose a la liquidación y determinación de los tributos, sus accesorios y multas, y la aplicación de sanciones previstas en la legislación vigente.

3. Asegurar, administrar y controlar la ejecución de toda otra medida vinculada a incrementar la percepción del riesgo de incumplimiento.

4. Coordinar la realización de acciones de carácter especial con las áreas correspondientes y/o conjuntas con otros organismos públicos subnacionales, nacionales, regionales o internacionales en el marco de los acuerdos y/o convenios que se celebren, para la oportuna verificación del grado de cumplimiento tributario de los contribuyentes y responsables de los diferentes tributos provinciales.

5. Determinar, percibir y exigir los impuestos provinciales, como asimismo, instruir sumarios, imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales, clausuras, decomisos y secuestro de vehículos.

6. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

7. Intervenir en la resolución y denegación de demandas de repetición y en la solicitud de exenciones, conforme la delegación de facultades otorgadas.

8. Intervenir en la solicitud de medidas cautelares de conformidad a lo previsto en los artículo 13 y 14 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

9. Garantizar la provisión de servicios que faciliten el cumplimiento voluntario en materia tributaria y catastral.

10. Desarrollar los medios y las herramientas adecuadas para agilizar y simplificar los trámites vinculados a las obligaciones de los contribuyentes y responsables.

11. Establecer procedimientos dirigidos a la simplificación de los trámites que los contribuyentes deben realizar en su relación con la Agencia de Recaudación, garantizando la aplicación de estándares de calidad y transparencia en la determinación de los mismos.

12. Brindar un servicio de calidad en la atención al ciudadano en cuanto al trato dispensado, disponibilidad de información y asistencia en la interpretación y/o aplicación de la normativa.

13. Velar por la celeridad, transparencia, equidad y seguridad jurídica en la interacción con el ciudadano.

14. Asegurar, administrar y controlar la ejecución de toda otra medida vinculada a la mejora en la calidad del servicio al ciudadano.

15. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

16. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

17. Coordinar y supervisar el procedimiento de emisión de títulos ejecutivos por parte las dependencias a su cargo con competencia en la materia y conforme los alcances establecidos en la presente.

 

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN Y

SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

Optimizar la prestación de servicios de atención y contacto con los individuos y contribuyentes, mediante la gestión de metodologías y sistemas innovadores tendientes a promover y facilitar el cumplimiento fiscal y catastral, coordinando y asistiendo, también, a los requerimientos de otras áreas de la organización

 

ACCIONES

1. Procurar la correcta atención y asistencia al individuo y contribuyente respecto del trato dispensado, de la interpretación y/o aplicación de la normativa vigente, y en general de la resolución de las consultas, reclamos y/o trámites efectuados, en el ámbito de su competencia.

2. Definir, aprobar e implementar planes, programas, compromisos de gestión, normas, sistemas y procedimientos, bajo estándares de calidad, conducentes al mejoramiento, eficiencia, ampliación y modernización de los servicios prestados a los individuos, contribuyentes, otras organizaciones, y otras áreas de la Agencia; y a la recaudación de los gravámenes.

3. Coordinar, supervisar y resolver conforme delegación de facultades, las devoluciones de importes relativas a los impuestos inmobiliario, automotor y embarcaciones deportivas.

4. Coordinar, supervisar y resolver, conforme delegación de facultades, las exenciones relativas a los impuestos inmobiliario, automotor, embarcaciones deportivas, ingresos brutos, sellos, a la transmisión gratuita de bienes y otros que se creen en el futuro.

5. Coordinar, supervisar y resolver, conforme delegación de facultades, las condonaciones de los tributos provinciales, en los casos que corresponda.

6. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

7. Proponer y promover, en coordinación con las áreas de la Agencia con injerencia en la materia, la celebración de convenios de colaboración e intercambio de información con otros organismos en temas correspondientes al área de su competencia. Intervenir como enlace operativo en la ejecución de los mismos.

8. Coordinar y supervisar el cumplimiento, por parte de los municipios, de las obligaciones emanadas de los convenios vigentes y la articulación de nuevos servicios en común, en relación a la atención descentralizada de contribuyentes.

9. Elevar a la superioridad las propuestas y modificaciones en la normativa tributaria vinculadas al área de su competencia.

10. Intervenir en la definición de los sistemas informáticos para la integración y actualización de los datos, y de la información referida a los individuos, en conjunto con las áreas usuarias.

11. Administrar y coordinar la información disponible para los individuos por medio de servicios digitales.

12. Administrar, de manera integral, las plataformas de atención remotas, tales como el centro de Atención Telefónica, Correo Electrónico, SMS, Chat, Web, blog, Terminales de Autoconsulta, entre otras.

13. Garantizar la funcionalidad y actualización de las aplicaciones que actúan como apoyo a las tareas del área, es decir, en sistemas tales como exenciones, demandas de repetición, entre otros.

14. Programar la ejecución de las acciones masivas de fiscalización, control y notificaciones en cumplimiento de los planes anuales aprobados, coordinando las acciones con otras áreas de la Agencia y Organismos Externos.

15. Solicitar y supervisar operativos de carácter ordinario o extraordinario, y todas aquellas acciones rutinarias y no rutinarias que sean necesarias en el ámbito de sus atribuciones.

16. Intervenir ante incumplimiento de deberes fiscales y/o falta de pago, o modificación de su situación fiscal de los contribuyentes y responsables.

17. Impulsar, a solicitud del área de control competente, la iniciación de procedimientos sumarios a agentes de recaudación, agentes de información y contribuyentes, fijando pautas para su consecución.

18. Impulsar notificaciones enmarcadas en procesos administrativos definidos.

19. Diseñar y desarrollar nuevas propuestas de infraestructura y ambientación edilicia en coordinación con las dependencias de la Agencia responsables en cada temática, para el desarrollo adecuado de las funciones bajo su competencia.

20. Intervenir en la determinación de sujetos pasibles de fiscalización e informar de ello a las áreas competentes.

21. Intervenir en la distribución de recursos materiales entre las dependencias descentralizadas en coordinación con las áreas de incumbencia.

22. Proponer a la superioridad planes y programas tendientes a la educación, divulgación y promoción de la participación social en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Responsabilidad Social Organizacional; como así también proponer mejoras en los servicios e interacción con el individuo, contribuyente u otras organizaciones.

23. Proponer a la superioridad programas que ofrezcan reconocimientos concretos a quienes registren una buena conducta fiscal.

24. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos, tendiente a la evaluación del desempeño del área y a la mejora continua.

25. Garantizar la atención, el seguimiento y la respuesta oportuna a los reclamos del contribuyente.

26. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

27. Emitir títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio, a requerimiento de la autoridad competente, en caso de incumplimiento del pago de las obligaciones fiscales y/o multas por parte de contribuyentes o responsables.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES INDIVIDUALIZADAS

Generar una efectiva percepción del riesgo en el marco de acciones de fiscalización individualizadas tendientes a la detección de la evasión, verificando y determinando de oficio las obligaciones tributarias de contribuyentes y responsables.

 

ACCIONES

1. Participar en la definición del Plan de Fiscalización, incluyendo la Matriz de Intervención correspondiente para acciones individualizadas.

2. Proyectar las acciones individualizadas de fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales en el marco de la Matriz de Intervención aprobada.

3. Coordinar acciones con otras áreas de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente a efectos de implementar programas o planes específicos de fiscalización y verificación.

4. Evaluar y proponer adecuaciones en los procesos de inteligencia fiscal, criterios de selección de casos a fiscalizar y procedimientos de auditoría utilizados en la fiscalización, propendiendo a la uniformidad y razonabilidad en su aplicación.

5. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

6. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

7. Requerir el auxilio de la fuerza pública, solicitar allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

8. Remitir a la Gerencia General de Cobranzas los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011) modificatorios y concordantes.

9. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

10. Aprobar las normas internas relativas a sus procesos.

11. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES MASIVAS

Generar una efectiva percepción del riesgo en el marco de acciones de verificación y fiscalización masivas tendientes a la detección de indicios de evasión e incumplimientos formales y materiales, aplicando las sanciones que para cada supuesto correspondan y asegurando una presencia activa del organismo en el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de contribuyentes y/o responsables.

 

ACCIONES

1. Participar en la definición de los Planes de Fiscalización, incluyendo la Matriz de Intervención correspondiente para acciones masivas.

2. Programar la ejecución de las acciones masivas de fiscalización, control y notificaciones en cumplimiento de los planes anuales aprobados, coordinando las acciones con otras áreas de la Agencia y Organismos Externos.

3. Evaluar y proponer adecuaciones en los procesos de inteligencia fiscal, criterios de selección de lotes de casos a fiscalizar y procedimientos de auditoría utilizados en la fiscalización, propendiendo a la uniformidad y razonabilidad en su aplicación.

4. Programar la ejecución de acciones de fiscalización territorial en forma presencial o remota con base en información georreferenciada, en orden a verificar las características físicas de los inmuebles o volúmenes de actividad que se desarrollen en los mismos.

5. Asegurar la generación y administración de catálogos de imágenes y mapas digitales de la Provincia.

6. Asegurar la provisión a las diferentes áreas de la Agencia, para el cumplimiento de sus funciones, de la información resultante de las acciones de detección y fiscalización efectuadas.

7. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las leyes, reglamentos y otras disposiciones le encomienden, a fin de verificar, determinar y exigir los impuestos provinciales como asimismo instruir sumarios, imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales, clausuras y decomisos.

8. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

9. Instruir el procedimiento que dispone la inscripción de oficio de los vehículos automotores en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, en los términos del artículo 231 del Código Fiscal (TO 2011), como así también sustanciar los sumarios que correspondan, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 primer párrafo, 62 inciso a) y 68 del Código Fiscal (TO 2011).

10. Efectivizar el secuestro de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación de conformidad a lo previsto en el artículo 50 inciso 10 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

11. Requerir el auxilio de la fuerza pública, solicitar allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

12. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

13. Aprobar las normas internas relativas a sus procesos.

14. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

15. Emitir títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio, a requerimiento de la autoridad competente, en caso de incumplimiento del pago de las obligaciones fiscales y/o multas por parte de contribuyentes o responsables.

 

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

GERENCIA DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

 

ACCIONES

1. Garantizar un acercamiento concreto con los contribuyentes, promoviendo las acciones necesarias para difundir las vías de reclamo disponibles, y evacuar los mismos con celeridad y eficacia.

2. Revisar, aprobar y elevar a las áreas competentes de la Agencia las recomendaciones vinculadas a proyectos o modificación de las normas o procedimientos existentes que considere inadecuados, en función a las causales de reclamos identificadas.

3. Monitorear las recomendaciones elevadas como propuesta de corrección de causales de desvíos, tendientes a evitar la reiteración de los mismos, coordinando su actuación con todas las áreas involucradas.

4. Intervenir con carácter preventivo en todas las aplicaciones o procesos nuevos a los efectos de evaluar el impacto directo o indirecto en el contribuyente y evitar futuros reclamos.

5. Asegurar, administrar y controlar la ejecución de toda otra medida tendiente al eficiente diligenciamiento de los reclamos del contribuyente.

6. Ejecutar el relevamiento y análisis de procedimientos, normas y tecnologías informáticas de comunicaciones aplicadas a los procesos catastrales vigentes, con el fin de aportar propuestas de solución a las problemáticas detectadas.

7. Interactuar con la Gerencia General con el objeto de resolver situaciones, relacionadas con la temática catastral, aportando propuestas de solución y tomando cuenta del caso, para analizar el procedimiento utilizado y sugerir las modificaciones pertinentes.

8. Coordinar con la Subgerencia de Análisis, Seguimiento y Respuesta al Reclamo, Departamento de Análisis de Reclamos Catastrales, la detección de problemáticas emergentes de los procedimientos, la normativa vigente y/o su implementación, que generen reclamos de contribuyentes por motivos de origen catastral, tipificarlas y proponer las mejoras pertinentes.

9. Elevar a la superioridad los informes resultantes de su intervención.

10. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

GERENCIA DE SERVICIOS REMOTOS

 

ACCIONES

1. Administrar y coordinar la totalidad de los aspectos que vinculen en forma remota a la Agencia con los contribuyentes y ciudadanos y otras organizaciones en forma remota, garantizando la prestación del servicio bajo estándares de calidad y accesibilidad.

2. Procurar acciones que faciliten el cumplimiento voluntario gestionando el asesoramiento, la atención, el seguimiento y respuesta, de las consultas y/o trámites realizados por los usuarios de servicios remotos.

3. Establecer las vías de atención a las consultas de los municipios respecto de los trámites vinculados a contribuyentes descentralizados.

4. Articular con la Gerencia de Servicios de Atención Presencial los criterios de respuesta de los servicios remotos y presenciales a las consultas y/o trámites realizados por los usuarios de los servicios.

5. Coordinar junto a la Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos la implementación de los programas y sistemas destinados a modernizar y extender los servicios remotos y vínculos con los individuos y contribuyentes.

6. Gestionar ante las áreas y organismos respectivos la puesta en marcha de programas y acciones de comunicación, difusión y publicidad de los servicios remotos ofrecidos por la Agencia, con la finalidad de promover el cumplimiento voluntario.

7. Coordinar con las áreas y dependencias de la Agencia que correspondan la información disponible para los individuos por medio de servicios remotos.

8. Aprobar los planes, la documentación de uso interno y externo, procedimientos e instructivos orientados a la prestación de un servicio de calidad.

9. Coordinar y supervisar la definición y gestión de los estándares de calidad de servicios vinculados a su competencia.

10. Administrar, de manera integral, las plataformas de atención remotas, tales como el centro de Atención Telefónica, Correo Electrónico, SMS, Chat, Web, blog, Terminales de Autoconsulta, entre otras, procurando la adecuada armonización con los esquemas de atención presencial.

11. Definir procesos de monitoreo y evaluación de la satisfacción de los usuarios por los servicios prestados a través de los canales remotos.

12. Garantizar la resolución de las quejas y de los reclamos ingresados por medios digitales.

13. Impulsar planes y programas tendientes a la educación, divulgación y promoción de la participación social en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Responsabilidad Social Organizacional, impulsados por la Gerencia de Servicios de Atención Presencial.

14. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PRESENCIAL

 

ACCIONES

1. Asegurar un control permanente sobre la calidad de prestación de los servicios de atención presenciales de los individuos, dentro del ámbito de la Agencia y de otros puestos de atención presencial descentralizados, conforme a estándares de calidad definidos, normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, procurando la información necesaria para un correcto seguimiento de la gestión.

2. Garantizar la adecuada ejecución y el control permanente sobre las Acciones de Cartera Locales, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad definidos, las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, procurando la información necesaria para un correcto seguimiento de la gestión.

3. Controlar y evaluar las acciones inherentes a la aplicación y percepción de gravámenes y aplicación de normas técnico tributarias y catastrales; con el fin de mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los individuos.

4. Asegurar la adecuada ejecución de los procedimientos y operativos de notificaciones a individuos, contribuyentes y otras organizaciones, conforme al marco normativo vigente.

5. Resolver aquellos expedientes que la Gerencia General le asigne, según esquema de delegación de funciones.

6. Coordinar, supervisar y resolver conforme delegación de facultades, las devoluciones de importes relativas a los impuestos inmobiliario, automotor y embarcaciones deportivas.

7. Coordinar, supervisar y resolver conforme delegación de facultades, las exenciones relativas a los impuestos inmobiliario, automotor, embarcaciones deportivas, ingresos brutos, sellos y otros que se creen en el futuro.

8. Coordinar, supervisar y resolver conforme delegación de facultades, las condonaciones de los tributos provinciales, en los casos que corresponda.

9. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

10. Supervisar el cumplimiento por parte de los municipios de las obligaciones emanadas de los convenios vigentes, en relación a la atención de contribuyentes descentralizados.

11. Intervenir en la recepción, instrucción y resolución de todo trámite que se le demande. 12. Actuar de enlace operativo ante terceros, en los temas de su ámbito de incumbencia.

13. Garantizar la funcionalidad y actualización de las aplicaciones que actúan como apoyo a las tareas del área, es decir, en sistemas tales como exenciones, demandas de repetición, entre otros.

14. Coordinar, con las áreas competentes, la distribución de recursos materiales, edilicios, de mantenimiento y conectividad de los Centros de Servicio Local y de otros emplazamientos de la Gerencia General, conforme a las necesidades.

15. Coordinar y supervisar las acciones masivas de fiscalización, verificación y control y notificación a contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

16. Organizar, dirigir y controlar operativos de carácter ordinario, como las acciones de cartera o extraordinario, y todas aquellas acciones rutinarias y no rutinarias, que sean necesarias en el ámbito de sus atribuciones.

17. Intervenir ante incumplimiento de deberes fiscales y/o falta de pago, o modificación de su situación fiscal de los contribuyentes y responsables, circunscribiendo su actuación a los casos y de acuerdo con la intervención que les indique la Gerencia General.

18. Iniciar, a solicitud del área de control competente, procedimientos sumarios a agentes de recaudación, agentes de información y contribuyentes, derivarlos a las relatorías para su sustanciación, y en su caso, intervenir en la resolución.

19. Propiciar la realización de notificaciones enmarcadas en procesos administrativos definidos.

20. Intervenir en la determinación de sujetos pasibles de fiscalización e informar de ello a la Gerencia General, a fin de que tomen las acciones correspondientes de acuerdo a la intervención que se les asigne.

21. Evaluar actuaciones y verificar el cumplimiento de los requisitos legales en todo acto administrativo de su ámbito de incumbencia.

22. Proponer a la superioridad planes y programas tendientes a la educación, divulgación y promoción de la participación social en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Responsabilidad Social Organizacional; como así también proponer mejoras en los servicios e interacción con el individuo u otras organizaciones.

23. Proponer a la superioridad programas que ofrezcan reconocimientos concretos a quienes registren una buena conducta fiscal.

24. Articular con la Gerencia de Servicios Remotos los criterios de respuesta de los servicios remotos y presenciales.

25. Asegurar la adecuada ejecución de los procesos de actualizaciones del sistema de exenciones.

26. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

27. Emitir títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio, a requerimiento de la autoridad competente, en caso de incumplimiento del pago de las obligaciones fiscales y/o multas por parte de contribuyentes o responsables.

 

SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN Y SERVICIOS AL

CONTRIBUYENTE GERENCIA DE PLANEAMIENTO

 

ACCIONES

1. Supervisar y coordinar, con la participación de las Áreas de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, la elaboración de los Planes de Fiscalización, con sus correspondientes Matrices de Intervención, en el marco de la Matriz de Riesgo definida.

2. Planificar las acciones de fiscalización para la implementación de la estrategia definida para la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, coordinando su actuación con la Gerencia General de Planificación.

3. Analizar la selección de los lotes de contribuyentes y/o responsables identificados por la Gerencia de Inteligencia.

4. Aprobar los programas de selección y proveer a las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas los lotes de contribuyentes y/o responsables pasibles de fiscalizar, notificar, o ser alcanzados con algún tipo de acción de verificación y control.

5. Definir tareas de recopilación, investigación y análisis sobre los padrones de contribuyentes seleccionados, a fin de cuantificar el impacto de las acciones definidas y perfeccionar los mecanismos de selección de casos.

6. Aprobar los documentos de gestión de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente y las normas internas relativas a los procesos de los Departamentos a su cargo.

7. Ejercer el vínculo y realizar Acuerdos de Niveles de Servicio con las Subdirecciones y Gerencias Generales de la Agencia.

8. Definir, en conjunto con las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas, indicadores que permitan el seguimiento y mejora de la gestión de sus áreas dependientes.

9. Verificar la actualización de la información de gestión de las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas.

10. Proponer y coordinar acciones que integren a todas las áreas dependientes de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente.

11. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES INDIVIDUALIZADAS

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA

 

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Fiscalización.

2. Aprobar los casos seleccionados por la Gerencia de Planeamiento.

3. Ejecutar las acciones individualizadas de fiscalización en el marco de la Matriz de Intervención aprobada.

4. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

5. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

6. Coordinar con la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública, la solicitud de allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

7. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

8. Elevar a la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA INTERIOR

 

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Fiscalización.

2. Aprobar los casos seleccionados por la Gerencia de Planeamiento.

3. Ejecutar las acciones individualizadas de fiscalización en el marco de la Matriz de Intervención aprobada.

4. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

5. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

6. Coordinar con la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública, la solicitud de allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

7. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

8. Elevar a la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES MASIVAS

GERENCIA DE DETECCIÓN TERRITORIAL

 

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Fiscalización.

2. Programar y coordinar acciones de inteligencia fiscal en el territorio tendientes a la selección de potenciales casos sujetos a control, de acuerdo a la Matriz de Intervención aprobada.

3. Programar, coordinar y supervisar la ejecución de acciones de fiscalización territorial en forma presencial o remota con base en información georreferenciada, en orden a verificar o relevar las características físicas de los inmuebles o volúmenes de actividad que se desarrollen en los mismos.

4. Coordinar acciones con otras áreas de la Agencia, a efectos de implementar programas o planes específicos de fiscalización masiva

5. Proveer a las diferentes áreas de la Agencia, para el cumplimiento de sus funciones, de la información resultante de las acciones de detección y fiscalización efectuadas.

6. Generar y administrar catálogos de imágenes y mapas digitales de la Provincia.

7. Coordinar con la Gerencia General de Fiscalizaciones Masivas el requerimiento de auxilio de la fuerza pública y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

8. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

 

GERENCIA DE OPERACIONES FEDATARIAS

 

ACCIONES

1. Participar en la elaboración de los Planes de Fiscalización.

2. Coordinar y supervisar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación a contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

3. Coordinar con la Gerencia General de Fiscalizaciones Masivas la colaboración de otros organismos estatales, nacionales, provinciales y municipales para el desarrollo de los Operativos Especiales Masivos, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública, la solicitud de allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

4. Proveer de la información resultante de las acciones de detección y fiscalización efectuadas, a las diferentes áreas de la Agencia para el cumplimiento de sus funciones, pudiendo efectuar actividades de coordinación y supervisión sobre las mismas.

5. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las leyes, reglamentos y otras disposiciones le encomienden, a fin de verificar, determinar y exigir los impuestos provinciales, como asimismo instruir sumarios, imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales, clausuras y decomisos.

6. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

7. Instruir el procedimiento que dispone la inscripción de oficio de los vehículos automotores en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, en los términos del artículo 231 del Código Fiscal (TO 2011), como así también sustanciar los sumarios que correspondan, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 primer párrafo, 62 inciso a) y 68 del Código Fiscal (TO 2011).

8. Efectivizar el secuestro de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación de conformidad a lo previsto en el artículo 50 inciso 10 del Código Fiscal (TO 2011) modificatorios y concordantes.

9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

10. Emitir títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio, a requerimiento de la autoridad competente, en caso de incumplimiento del pago de las obligaciones fiscales y/o multas por parte de contribuyentes o responsables.

 

GERENCIA DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

SUBGERENCIA DE ANÁLISIS, SEGUIMIENTO Y RESPUESTA AL RECLAMO

 

ACCIONES

1. Garantizar el adecuado seguimiento de los reclamos de los contribuyentes, incluyendo los referidos a cuestiones derivadas de la temática catastral. Analizar las causales que tienen como consecuencia la interposición de reclamos y proponer las propuestas que considere adecuadas para su solución.

2. Intervenir en el análisis y evaluación de normas, procedimientos y sistemas de información, con el fin de determinar las causales de generación de omisiones, incorrecciones, debilidades, desvíos u otras situaciones no deseadas en los procesos internos, que afecten un adecuado equilibrio en la relación Fisco/contribuyente.

3. Inducir y monitorear la eficaz comunicación al contribuyente de las medidas, procedimientos y/o sistemas que se implementen, con el fin de garantizar la uniformidad, simplicidad y transparencia del Fisco.

4. Asegurar el derecho de los contribuyentes a conocer y en su caso solicitar la corrección de la información referente a sus datos personales a través de tecnologías informáticas de comunicaciones.

5. Definir y controlar el registro de causales de reclamos.

 

GERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PRESENCIAL

SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN REGIONAL (I A XII)

 

ACCIONES

1. Garantizar el control permanente sobre la prestación de los servicios de atención presenciales de los individuos y contribuyentes, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad definidos, las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, procurando la información necesaria para un correcto seguimiento de la gestión.

2. Garantizar la adecuada ejecución y el control permanente sobre las Acciones de Cartera Locales, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad definidos, las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, procurando la información necesaria para un correcto seguimiento de la gestión.

3. Supervisar, controlar y evaluar las tareas inherentes a la aplicación y percepción de gravámenes y aplicación de normas técnico tributarias y catastrales; con el fin de mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los individuos y contribuyentes.

4. Intervenir, de acuerdo a la delegación de funciones que se disponga, expidiéndose técnicamente, observando las normativas y procedimientos vigentes, sobre las cuestiones planteadas por los individuos y contribuyentes o las que tengan su origen en dependencias de la Agencia.

5. Resolver, conforme delegación de facultades, las devoluciones de importes relativas a los impuestos inmobiliario, automotor y embarcaciones deportivas.

6. Resolver, conforme delegación de facultades, las exenciones relativas a los impuestos inmobiliario, automotor, embarcaciones deportivas, ingresos brutos, sellos y otros que se creen en el futuro.

7. Resolver conforme delegación de facultades, las condonaciones de los tributos provinciales, en los casos que corresponda.

8. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

9. Intervenir en la elaboración y revisión de proyectos de resolución y/o disposición en las actuaciones generadas por presentaciones de los individuos o a requerimiento de instancias superiores.

10. Supervisar y efectuar controles y relevamientos presenciales de la operación, tanto en las dependencias de la Agencia como en los emplazamientos descentralizados, Municipios, etc. en su ámbito, donde se presten servicios de atención presencial.

11. Intervenir en la determinación de sujetos pasibles de fiscalización, informando de ello a la Gerencia de Servicios de Atención Presencial.

12. Intervenir ante incumplimiento de deberes fiscales y/o falta de pago, o modificación de la situación fiscal de los contribuyentes y responsables, circunscribiendo su actuación a los casos y de acuerdo con la intervención que les indique la Gerencia de Servicios de Atención Presencial.

13. Iniciar, a solicitud del área de control competente, procedimientos sumarios a agentes de recaudación, agentes de información y contribuyentes, derivarlos a las relatorías para su sustanciación, e intervenir en la resolución.

14. Realizar las notificaciones enmarcadas en procesos administrativos indicados por la autoridad.

15. Prestar colaboración en la ejecución de programas transversales de objetivos prioritarios para el organismo.

16. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.

17. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales conforme la planificación definida.

18. Emitir títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio, a requerimiento de la autoridad competente, en caso de incumplimiento del pago de las obligaciones fiscales y/o multas por parte de contribuyentes o responsables.

 

SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN OPERATIVA

 

ACCIONES

1. Coordinar la distribución de insumos y bienes muebles entre las dependencias de la Gerencia General, conforme a las necesidades definidas y en coordinación con el área de incumbencia.

2. Estudiar, diseñar, desarrollar y promover, en coordinación con las áreas con incumbencia, la ejecución oportuna de las adecuaciones que se requieran de los espacios de trabajo y su equipamiento específico de todas las áreas de la Gerencia General.

3. Estudiar, evaluar y proponer a la superioridad soluciones edilicias y de ambientación en cuanto a modificación y rediseño de las áreas de la Gerencia General.

4. Colaborar con el relevamiento de necesidades y estudio de factibilidad para la construcción del Edificio Arba.

5. Intervenir, asistir y colaborar en la búsqueda de espacios físicos para las distintas áreas de la Gerencia General.

6. Facilitar la resolución de problemas de conectividad y otros de similares características que ocurran en las dependencias descentralizadas de la Gerencia General.

7. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales conforme la planificación definida.

8. Elaborar el plan de tareas para la realización de Operativos Especiales y la coordinación de acciones locales y de cartera.

9. Actuar de enlace institucional en los temas del área de su incumbencia.

10. Intervenir en la solicitud de bienes e insumos y en la evaluación técnica de las mismas de conformidad a las necesidades y prioridades de la Gerencia General.

11. Supervisar todo lo vinculado a la utilización del sistema único de administración de carteras para acciones locales de recaudación, control, administrativas, de acuerdo a indicaciones o “inputs” que establezca la Gerencia General y la Gerencia.

 

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA

SUBGERENCIA DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA

 

ACCIONES

1. Participar en la elaboración del Plan de Fiscalización.

2. Ejecutar las acciones individualizadas de fiscalización en el marco de la Matriz de Intervención aprobada oportunamente.

3. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar, determinar y exigir los impuestos provinciales, como asimismo, instruir los sumarios e imponer multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales verificadas en el marco de las acciones de fiscalización implementadas.

4. Instruir sumarios e imponer multas y otras sanciones, por infracción a los deberes formales y materiales.

5. Coordinar, con la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas, el requerimiento de auxilio de la fuerza pública, la solicitud de allanamientos y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones conforme las disposiciones legales vigentes.

6. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral de esta Agencia.

7. Coordinar y supervisar las acciones y tareas inherentes a los Departamentos de Operaciones Área Metropolitana CABA I, CABA II y CABA III.

8. Planificar y elaborar propuestas de mejora correspondientes a relevamientos de las problemáticas de las tareas de operación, en el marco de las normas internas fijadas por la Gerencia General de Fiscalizaciones Individualizadas.

9. Elaborar informes y estadísticas correspondientes a la gestión propia de la dependencia.

 

GERENCIA DE DETECCIÓN TERRITORIAL

SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN SATELITAL

 

ACCIONES

1. Implementar las acciones vinculadas con la generación e interpretación de imágenes satelitales con el objeto de detectar posibles situaciones que puedan derivar en casos de evasión impositiva.

2. Definir, juntamente con la Gerencia de Detección Territorial, los lineamientos, pautas y criterios en relación a la generación de información proveniente de las imágenes obtenidas.

3. Organizar y mantener actualizado un registro de las imágenes y mapas obtenidos que resulten de interés a los objetivos de la jurisdicción.

4. Coordinar acciones con los Departamentos de Tecnologías de Imágenes y de Tecnología Geoespacial.

5. Proponer, a través de las áreas con competencia e injerencia en la materia, la realización de acciones de capacitación vinculadas con la materia abordada.

 

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS PRESENCIALES Y REMOTOS

DEPARTAMENTO PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN DE SERVICIOS

 

ACCIONES

1. Proponer a la superioridad los estándares de calidad para la prestación de los servicios de recaudación y catastrales vinculados con los individuos y contribuyentes.

2. Aplicar planes, documentación de uso interno y externo, procedimientos e instructivos orientados a la prestación de un servicio de calidad que faciliten los trámites que los individuos y contribuyentes realizan.

3. Unificar los criterios de actuación respecto de las metodologías de trabajo y aplicación de normas e instructivos.

4. Recopilar, procesar y distribuir centralizadamente, todas las informaciones disponibles que sean relevantes para el desarrollo de las actividades habituales de toda la Gerencia.

5. Elaborar indicadores que permitan el seguimiento y mejora de la gestión de las áreas dependientes de la Gerencia General, procurando una base única para la toma de decisiones, elevando los resultados respectivos.

6. Compilar la información necesaria para evaluar los resultados parciales, determinando posibles causales de desvío y proponer los ajustes pertinentes, estableciendo los respectivos planes de acción.

7. Detectar necesidades de capacitación en función del análisis de las consultas atendidas, a fin de proponer planes de desarrollo del capital humano en el ámbito de la Gerencia General para dar respuesta a las mismas.

8. Evaluar la satisfacción de los individuos y contribuyentes respecto de los servicios prestados.

9. Proponer programas y acciones tendientes a la integración de la información interna de la Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, para asegurar y mantener una fluida comunicación entre la Gerencia General y sus áreas dependientes.

10. Efectuar seguimiento y procurar el mantenimiento permanente de los sistemas o aplicaciones destinadas a recibir opiniones, información, sugerencias y reclamos de los individuos.

11. Relevar y analizar los procesos vigentes definiendo la necesidad de implementar mejoras que aseguren la optimización de recursos (humanos y materiales).

 

GERENCIA DE DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

DEPARTAMENTO DE RECLAMOS DEL CIUDADANO

 

ACCIONES

1. Recepcionar por los distintos medios que se dispongan, ya sea en forma centralizada o descentralizada, los reclamos de los contribuyentes vinculados con dificultades en la Agencia.

2. Asistir a los interesados legitimados, colaborando con ellos en el cumplimiento de los requisitos exigidos para confeccionar la presentación.

3. Confeccionar el Registro de Presentaciones.

4. Evaluar los fundamentos del reclamo, rechazando las presentaciones que carezcan, a su exclusivo criterio, de entidad suficiente o no cumplan con los requisitos formales establecidos o con un reclamo concreto.

5. Identificar disfunciones de procedimiento que motivan la formulación de reclamos, informando las causales a la Gerencia de Defensa del Contribuyente, con el fin de promover la generación de medidas correctivas que impidan su reiteración.

6. Informar al contribuyente en caso de consulta, el estado del reclamo en curso.

7. Intervenir en el análisis y evaluación de normas, procedimientos y sistemas de información, vinculados con la administración del catastro territorial con el fin de detectar potenciales causales de generación de reclamos por parte de los ciudadanos.

8. Elaborar propuestas de modificaciones normativas o de procedimientos que considere adecuados para evitar la reiteración de problemas de origen catastral.

9. Elaborar informes sobre recomendaciones para la simplificación de los trámites administrativos para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones catastrales.

10. Realizar pruebas de las aplicaciones generadas para la vinculación con el ciudadano, relativas a la temática catastral.

11. Brindar asistencia a las restantes dependencias de la Gerencia en lo que a temática catastral se refiere, para la evaluación y tratamiento de los reclamos.

 

SUBGERENCIA DE ANÁLISIS, SEGUIMIENTO Y RESPUESTA AL RECLAMO

DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO DE RECLAMOS

 

ACCIONES

1. Analizar las características de los reclamos a los efectos de asignar el trámite al área responsable de su solución, teniendo en cuenta la competencia de tareas definida en la Agencia.

2. Efectuar el seguimiento permanente del reclamo a partir del momento en que éste es asignado al responsable de su tratamiento y hasta su solución.

3. Analizar y verificar la solución del caso dada por el responsable asignado, comunicando con posterioridad al contribuyente el resultado de su reclamo, de acuerdo a las formas que la reglamentación disponga.

4. Elevar a la superioridad, los antecedentes de actuaciones que evidencien presuntos ilícitos, a los efectos de canalizar su tratamiento a través de las áreas específicas definidas en la Agencia.

5. Identificar las causales de deficiencias en normas y/o procesos, surgidas del tratamiento dado a los reclamos, e informarlas al Departamento de Análisis Causal dependiente de la Subgerencia de análisis, seguimiento y respuesta al reclamo, con el fin de promover una adecuada retroalimentación de los sistemas.

 

DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS CAUSAL

 

ACCIONES

1. Analizar los reclamos, detectar su causa raíz y elaborar propuestas de modificaciones a normativas o procedimientos que considere adecuadas para evitar la reiteración de los problemas planteados por los contribuyentes.

2. Participar previamente en el análisis y evaluación de normas, procedimientos y sistemas de información, con el fin de detectar potenciales causales de generación de reclamos por parte de los ciudadanos, elevando las recomendaciones que considere procedentes a tal fin.

3. Elaborar informes sobre recomendaciones para la simplificación de los trámites administrativos o la supresión de los que considere innecesarios para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

4. Efectuar el estudio, análisis y presentación de propuestas de reformas normativas o de pautas de actuación para ayudar, apoyar y orientar al contribuyente a fin de facilitarle el pago de los impuestos.

 

GERENCIA DE SERVICIOS REMOTOS

DEPARTAMENTO DE EMISIONES IMPOSITIVAS

 

ACCIONES

1. Dirigir y coordinar las emisiones impositivas de los impuestos predeterminados, dirigidas a individuos, contribuyentes y otras organizaciones, incluyendo las correspondientes a contribuyentes descentralizados.

2. Asegurar el seguimiento y control de los procesos propios y de los provistos por otras áreas para garantizar la distribución de los recordatorios de pago, en tiempo y forma.

3. Proponer sistemas innovadores de recordatorios de pagos respecto de los ya existentes, que vengan a sumarse a estos con el objeto de facilitar la percepción e incentivar el pago voluntario de los distintos impuestos.

4. Planificar, dirigir y coordinar el esquema de emisiones electrónicas de recordatorios de pagos remotos.

 

DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN REMOTA

 

ACCIONES

1. Asistir en consultas, trámites y atención de problemas vinculados a productos y servicios brindados por la Agencia, a los individuos, contribuyentes y otras organizaciones en forma telefónica, correo electrónico o chat.

2. Resolver las consultas de los municipios respecto de los trámites vinculados a contribuyentes descentralizados.

3. Remitir a las áreas y dependencias de la Agencia competentes las consultas, sugerencias e inquietudes recibidas en forma telefónica, correo electrónico o chat, cuando sea necesario para su resolución, y efectuar el seguimiento de las mismas.

4. Responsabilizarse del cumplimiento de la notificación a los Contribuyentes/ Interesados de la Resolución de su queja y/o Reclamo en la forma en que los procesos de trabajo lo normen.

5. Actualizar domicilios y otras informaciones relevantes en la base de datos, a través de las solicitudes que ingresen en forma telefónica o el sistema IVR, correo electrónico o chat.

6. Recibir solicitudes y emitir acogimientos a planes de pago telefónicos y liquidaciones, que serán remitidos por correo y otros servicios que en el futuro se implementen.

7. Liquidar cuotas solicitadas, en forma telefónica o pedidos ingresados al sistema IVR, que serán remitidos por correo o correo electrónico.

8. Recepcionar las solicitudes de débito anual de los impuestos en forma telefónica, correo electrónico o chat, para su posterior derivación al área de sistemas de información de la Agencia.

9. Recibir solicitudes y efectuar campañas inductivas, informando los próximos vencimientos, para procurar el pago en término de los tributos, como así también promoción de planes de pago y aviso de deuda prejudicial y judicial, en forma telefónica personalizada o automatizada y/o por medio de correo electrónico y/o sms.

10. Elaborar informes estadísticos y toda información requerida por la Gerencia General o Gerencia.

11. Realizar encuestas de satisfacción a los individuos, contribuyentes y otras organizaciones conforme a pautas definidas por la Gerencia de Servicios Remotos.

12. Realizar gestiones tendientes a la cobranza o recupero de deuda solicitadas por las áreas y dependencias de la Agencia correspondientes.

13. Administrar todas las centrales remotas de consultas conforme estándares aprobados por la Gerencia General, a fin de

a. Definir y gestionar los procesos necesarios para la prestación del servicio.

b. Proveer y administrar los recursos asignados para la prestación del servicio.

c. Recepcionar, cumplir y hacer cumplir los requisitos generales del servicio, de la atención telefónica, por correo electrónico o chat.

d. Proponer acciones de innovación y mejora.

 

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DIGITALES

 

ACCIONES

1. Gestionar el sitio web de la Agencia, tanto Internet como así también los demás canales digitales (Intranet, Arba Móvil, Buzones de autogestión), propendiendo la permanente vigencia y actualización de los contenidos de información, estructura, navegación, interacción y cuestiones de diseño de los mismos, manteniendo la comunicación con la Gerencia General de Tecnologías de la Información.

2. Realizar relevamientos de información de usuarios a fin de optimizar e innovar en la oferta de servicios brindados por las aplicaciones de los canales digitales.

3. Relevar contenidos que sean susceptibles de ser publicados en los canales digitales, dar tratamiento a solicitudes que se reciban de las distintas áreas con interés en publicar, y editar y estructurar los contenidos para que puedan ser publicados.

4. Desarrollar pautas y especificaciones tendientes al mantenimiento y generación de aplicaciones que mejoren el contacto remoto con los individuos y contribuyentes, especialmente web y para el resto de los canales digitales instrumentados.

5. Coordinar con la Gerencia de Comunicación el mantenimiento y adecuación de los canales digitales en cuanto a la identidad visual de la Agencia.

6. Coordinar con las áreas correspondientes la gestión y resolución de consultas, sugerencias e inquietudes recibidas por los usuarios de los canales digitales.

7. Administrar integralmente el Sistema Único de Reclamos (SUR).

8. Diseñar y Operar los Procedimientos Administrativos por tipo de Queja y/o

Reclamos.

9. Realizar informes de Gestión y Seguimiento para ser elevados al nivel superior y/o a quien corresponda.

 

GERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PRESENCIAL

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE RELATORÍAS Y ATENCIÓN PRESENCIAL

 

ACCIONES

1. Supervisar las tareas efectuadas por las Relatorías que funcionan en la órbita de la Gerencia General, evaluando las actuaciones, verificando el cumplimiento de los requisitos legales e instrucciones definidas, y analizando su concordancia con los actos administrativos resolutivos.

2. Garantizar la atención presencial de la Agencia localmente, para todos los trámites objeto de incumbencia.

3. Recibir de las Subgerencias de Coordinación Regional (I a XIII) las actuaciones en las que deba tomar intervención.

4. Asegurar el cumplimiento de las instrucciones referidas a la caratulación y de instrucción de actuaciones previas y posteriores a la misma, para lo que podrá proponer modificaciones que crea conveniente sobre los sistemas y modos de trabajo.

5. Proveer la devolución de las actuaciones a la Subgerencia de Coordinación Regional interviniente, en caso de inconsistencias, errores, o requisitorias de aclaración o revisión de las actuaciones o del acto administrativo, previa actuación de la Gerencia de Servicios de Atención Presencial. 6. Elaborar y elevar a la Gerencia de Servicios de Atención Presencial proyectos, procedimientos e instrucciones que resulten necesarios para el cumplimiento de los lineamientos establecidos para la atención presencial y para la unificación de criterios operativos a replicar en las relatorías territoriales.

7. Elaborar informes estadísticos y toda información requerida por la Subdirección Ejecutiva, Gerencia General y Gerencia.

8. Intervenir en la recepción, instrucción y resolución de todo trámite o actuación que se le demande, en su ámbito de incumbencia.

 

SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN REGIONAL (I a XIII)

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE ATENCIÓN PRESENCIAL (I a XXVIII)

 

ACCIONES

1. Coordinar y supervisar las tareas inherentes a los Centros de Servicio Local

2. Planificar y elaborar propuestas de mejora correspondientes a los relevamientos de las problemáticas de las tareas de operación, en el marco de la política de calidad y las herramientas fijadas por la Gerencia.

3. Resolver los procedimientos inherentes a la solicitud de exenciones y condonaciones por parte de los contribuyentes de impuestos predeterminados y autodeclarados, actuando como Juez Administrativo en lo referente al otorgamiento o denegatoria de exenciones.

4. Dictar actos administrativos, conforme la delegación de facultades otorgadas.

5. Elaborar informes y estadísticas correspondientes a la gestión.

6. Asistir, efectuar controles y relevamientos presenciales tanto en los Centros de Servicio Local como en las ventanillas municipales y otros puntos de atención.

7. Supervisar la correcta exposición de las piezas gráficas y material de difusión en puntos de contacto presencial bajo su órbita.

8. Atender las consultas sobre Impuestos autodeclarados y sus regímenes de recaudación, exclusiones.

9. Ejercer la función de Juez Administrativo para la aplicación de sanciones de clausura y decomiso, en coordinación y/o a requerimiento de las áreas con competencia e incumbencia en la materia.

10. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales conforme la planificación definida.

11. Emitir títulos ejecutivos para su ejecución por vía de apremio, a requerimiento de la autoridad competente, en caso de incumplimiento del pago de las obligaciones fiscales y/o multas por parte de contribuyentes o responsables.

 

SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN OPERATIVA

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE ACCIONES LOCALES Y DE CARTERA

 

ACCIONES

1. Coordinar la ejecución de las acciones de cartera que se dispongan desde la superioridad.

2. Confeccionar las instrucciones que cada acción de base local requiera, para el correcto desenvolvimiento de los agentes involucrados, interactuando con los clientes internos, y procesos operativos.

3. Confeccionar y elevar a la superioridad los informes de gestión sobre indicadores objetivos de desempeño para cada Acción de base local.

4. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales conforme la planificación definida.

5. Facilitar el trámite de acceso a todos los sistemas informáticos que sea necesario operar por los involucrados en el desarrollo de cada acción de cartera.

6. Proponer los ajustes a los sistemas de actuación, para el mejoramiento continuo de la operatoria.

7. Asesorar a los clientes internos que soliciten acciones de cartera, participando en la definición de estándares operativos diarios a cumplir y sugiriendo adecuaciones de asignación, durante la ejecución de cada acción.

 

GERENCIA DE PLANEAMIENTO

DEPARTAMENTO DE NORMAS Y PROCESOS

 

ACCIONES

1. Desarrollar, en coordinación con las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas, dependientes de la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, los proyectos que se relacionen con la  organización interna, sistemas administrativos, circuitos de trámites y manejo de archivos; evaluando permanentemente su funcionalidad basada en principios de eficiencia y economía.

2. Elaborar los proyectos de normas y procedimientos de las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas.

3. Gestionar la actualización de la información de gestión de las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y de Fiscalizaciones Masivas.

4. Observar el cumplimiento de los estándares definidos para las Gerencias Generales de Fiscalizaciones Individualizadas y Fiscalizaciones Masivas.

5. Elaborar los proyectos de los Planes de Fiscalización y sus correspondientes Matrices de Intervención.

 

DEPARTAMENTO DE ACCIONES INDIVIDUALIZADAS

 

ACCIONES

1. Intervenir en la elaboración del proyecto del Plan de Fiscalización y su correspondiente

Matriz de Intervención, respecto de las acciones individualizadas.

2. Planificar acciones de fiscalización individualizadas diferenciadas de acuerdo al riesgo involucrado, interés fiscal comprometido, presencia fiscal y/o cobertura territorial.

3. Elaborar los proyectos de Programas de Selección de contribuyentes y responsables conforme las pautas y lineamientos del Plan de Fiscalización.

4. Centralizar la recepción de denuncias por evasión, a fin de evaluar las mismas y remitir, de corresponder, los antecedentes al Departamento de Acciones Masivas o a otras áreas de la Agencia con incumbencia en la materia.

5. Llevar registro de la asignación de casos y los descargos realizados a fin de asegurar un nivel de provisión que viabilice el cumplimiento de las metas anuales de fiscalización.

6. Brindar reportes vinculados al estado de los casos a requerimiento de las distintas áreas de la Agencia.

 

DEPARTAMENTO DE ACCIONES MASIVAS

 

ACCIONES

1. Intervenir en la elaboración del proyecto del Plan de Fiscalización y su correspondiente Matriz de Intervención, respecto de las acciones masivas.

2. Planificar acciones masivas diferenciadas de acuerdo al riesgo involucrado, el interés fiscal comprometido, presencia fiscal y/o cobertura territorial.

3. Elaborar los proyectos de Programas para la generación de lotes de sujetos a fiscalizar y/o notificar bajo la modalidad de acciones masivas.

4. Realizar la selección de los sujetos a notificar, en coordinación con la Gerencia de Inteligencia, dependiente de la Gerencia General de Planificación.

5. Efectuar el seguimiento y coordinación de la efectiva notificación de los sujetos afectados por acciones masivas no territoriales, canalizando hacia las áreas correspondientes los casos en los que no se regularice la inconsistencia notificada.

6. Brindar reportes de resultados obtenidos a requerimiento de las distintas áreas de la Agencia.

 

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA

DEPARTAMENTO DE RELATORÍA ÁREA METROPOLITANA

 

ACCIONES

1. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

2. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

3. Sustanciar el procedimiento de determinación de oficio de las obligaciones fiscales y el sumarial, respecto de los ajustes practicados por los Departamentos de Operaciones.

4. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

5. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

 

DEPARTAMENTO DE RELATORÍA ÁREA METROPOLITANA II

 

ACCIONES

1. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

2. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

3. Sustanciar el procedimiento de determinación de oficio de las obligaciones fiscales y el sumarial, respecto de los ajustes practicados por los Departamentos de Operaciones.

4. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

5. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

 

DEPARTAMENTO DE OPERACIONES ÁREA METROPOLITANA (I A VI, XIV y XV)

 

ACCIONES

1. Ejecutar de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes, las acciones individualizadas de fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

2. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

3. Suscribir las órdenes de fiscalización.

4. Aplicar los Procedimientos de Auditoría necesarios para la fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

5. Practicar y suscribir las liquidaciones de diferencias de impuesto realizadas por los inspectores de conformidad al artículo 48 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana los casos en que no queden diferencias de impuesto y/o multa a reclamar.

7. Remitir al Departamento de Relatoría Área Metropolitana los casos en los que surjan diferencias de impuesto y/o multa a reclamar para la substanciación de los Procedimientos Determinativo y Sumarial.

 

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA INTERIOR

DEPARTAMENTO DE RELATORÍA ÁREA INTERIOR

 

ACCIONES

1. Ejercer la función de juez administrativo y demás facultades que las normas le encomienden, a fin de verificar y determinar los impuestos provinciales.

2. Instruir sumarios e imponer multas, y otras sanciones, por infracciones a los deberes formales y materiales.

3. Sustanciar el procedimiento de determinación de oficio de las obligaciones fiscales y el sumarial, respecto de los ajustes practicados por los Departamentos de Operaciones.

4. Establecer acciones tendientes al cumplimiento uniforme de los criterios impartidos por la Comisión Arbitral, el Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires y el área con competencia técnica en materia tributaria y catastral del organismo.

5. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Interior los casos que reúnan las condiciones definidas en el Plan de Cobranzas para el requerimiento de medidas cautelares en el marco del artículo 13 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

 

GERENCIA DE OPERACIONES ÁREA INTERIOR

DEPARTAMENTO DE OPERACIONES ÁREA INTERIOR (VII A XIII)

 

ACCIONES

1. Ejecutar de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes, las acciones individualizadas de fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

2. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

3. Suscribir las órdenes de fiscalización.

4. Aplicar los Procedimientos de Auditoría necesarios para la fiscalización y verificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales.

5. Practicar y suscribir las liquidaciones de diferencias de impuesto realizadas por los inspectores de conformidad con el artículo 48 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.

6. Elevar a la Gerencia de Operaciones Área Metropolitana los casos en que no queden diferencias de impuesto y/o multa a reclamar.

7. Remitir al Departamento de Relatoría Área Metropolitana los casos en los que surjan diferencias de impuesto y/o multa a reclamar para la substanciación de los Procedimientos Determinativo y Sumarial.

 

GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES MASIVAS

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN Y APOYO LOGÍSTICO

 

ACCIONES

1. Coordinar la disponibilidad de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios para la ejecución de las acciones en campo de fiscalización y notificación, administrando de manera eficiente todos los insumos y equipos utilizados.

2. Registrar, actualizar y comunicar a las áreas competentes las variaciones en el patrimonio de la Gerencia General, respecto del cual resulta depositario.

3. Efectuar la coordinación con otras dependencias de la Agencia y Organismos Externos a los efectos de asegurar la ejecución y difusión de las acciones masivas planificadas.

4. Compilar los reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos.

5. Confeccionar las solicitudes de liquidación de operativos realizados por el personal interviniente y diligenciar las liquidaciones de viáticos y movilidad conforme las normas en la materia.

6. Intervenir en la intimación y mediación entre el sujeto sancionado y las instituciones sin fines de lucro, y participar de la entrega de la mercadería decomisada o sustituida por bienes de primera necesidad, en el marco del procedimiento del Titulo X del Código Fiscal (TO 2011).

 

GERENCIA DE DETECCIÓN TERRITORIAL

DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIONES CATASTRALES

 

ACCIONES

1. Efectuar, supervisar y coordinar con otras áreas de la Agencia, las verificaciones catastrales en campo conforme el Plan de Fiscalización.

2. Practicar los actos de relevamiento que resulten necesarios en orden a constituir o rectificar el estado parcelario de un inmueble.

3. Coordinar con la Gerencia de Detección Territorial, los requerimientos de auxilio de la fuerza pública y la colaboración de otros organismos estatales, nacionales, provinciales

y municipales para el desarrollo de los operativos.

4. Elevar a la Gerencia el resultado de las comprobaciones efectuadas a fin de continuar el procedimiento que corresponda.

5. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.

6. Ejercer la función de Juez Administrativo y demás facultades que las leyes, reglamentos y otras disposiciones le encomienden a fin de controlar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales, instruir sumarios, imponer multas por infracción a los deberes formales y sustanciales.

 

SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN SATELITAL

DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA DE IMÁGENES

 

ACCIONES

1. Efectuar acciones de verificación y control a través de imágenes satelitales con el fin de detectar características físicas y volúmenes de producción en inmuebles.

2. Generar, administrar y disponer un catálogo de imágenes georreferenciadas, continuo y multitemporal de la Provincia de Buenos Aires.

3. Generar y administrar la red de puntos GPS utilizados para la generación del mosaico de imágenes satelitales de la Agencia.

4. Generar mapas base (imágenes Satelitales apoyadas con GPS) para la generación y corrección de la cartografía.

5. Realizar correlación a campo de los modelos de detección y auditoría de resultados.

6. Elevar a la Gerencia el resultado de las comprobaciones efectuadas a fin de continuar el procedimiento que corresponda.

7. Observar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Fiscalización.