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Fundamentos de la Ley 11591
Un grupo de familias de muy escasos recursos y con impostergable necesidad habitacional comenzó la ocupación de estas tierras emplazando 247 unidades de vivienda hace ya varios años. Ante promesas de venta de los titulares dominiales proyectaron y trazaron las calles, creando manzanas que posibilitan la subdivisión de la fracción en lotes. Así fue que con el entusiasmo de los vecinos y el afán de superación, formaron la Sociedad de Fo mento propia que lleva el nombre de “Stella Maris”, inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas con el № 7149 (7/7/87). Desde esa organización vecinal se proyectó, con el apoyo de la Arquidiócesis de Bahía Blanca y Cáritas Argentina, los planos de mensura para la unificación y subdivisión que luego fueran aprobados por la Municipalidad de Bahía Blanca, con beneficios de exenciones impositivas y apoyo del Honorable Concejo Deliberante conforme Decretos № 647/91 y Ordenanza № 6354 Expediente № 0/00-3014/91 (822-H.C.D. 91). También estos ocupantes han llevado servicios públicos; energía eléctrica de media tensión, agua, alumbrado público, apertura y nivelación de calles, etc. Ahora, ante los diferentes intereses de los propietarios, que se han visto notoriamente incrementados, entendiéndose como la intención especuladora que intenta sacar provecho de la situación, considero imprescindible la declaración de utilidad pública de las tierras con el fin de solucionar este conflicto social. Por lo expuesto solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
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