Provincia de Buenos Aires

ORGANISMO PROVINCIAL

PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Nº 118/11

 

La Plata, 21 de julio de 2011.

 

VISTO el expediente Nº 2145-10858/11, la Leyes Nº 11.720, Nº 13.757, los Decretos Nº 806/97, Nº 23/07, la Resolución de la ex Secretaría de Política Ambiental Nº 591/98, y

 

CONSIDERANDO:

Que el artículo 20 de la Ley Nº 11.720 define al manifiesto como el documento en el que se detalla la naturaleza y cantidad de los residuos, su origen, transferencia del generador al transportista y de éste a la planta de tratamiento, almacenamiento o disposición final, así como los procesos de tratamiento y eliminación a los que fueren sometidos y cualquier otra operación que respecto de los mismos se realizare;

Que por el artículo 1º de la Resolución Nº 591/98, se estableció el uso obligatorio de los Manifiestos de Transporte de Residuos Especiales y de los Manifiestos de Transporte de Residuos Patogénicos, aprobándose a los efectos de propender a un mayor control en la gestión de los dichos residuos, los modelos de los Manifiestos mencionados;

Que teniendo en cuenta los avances tecnológicos y la necesidad de simplificar y agilizar la realización de los trámites, otorgando mayor economía y eficacia en la emisión de los manifiestos de transporte, y posibilitando un mejor control sobre los mismos, se ha considerado oportuno la implementación del manifiesto electrónico para los residuos especiales;

Que han tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,

 RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Aprobar el nuevo modelo de Manifiesto de Transporte de Residuos Especiales, que como Anexo I pasa a formar parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2°. Dejar sin efecto la Resolución de la ex Secretaría de Política Ambiental Nº 591/98 en todo lo atinente al modelo de formulario de los Manifiestos de Transporte de Residuos Especiales.

 

ARTÍCULO 3°. Establecer que los formularios de manifiestos de transporte de residuos especiales establecidos en el Anexo I, deben ser generados en el sitio Web del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (www.opds.gba.gov.ar, o el que en el futuro lo reemplace), para su impresión y posterior presentación ante este Organismo Provincial.

 

ARTÍCULO 4°. A los efectos de la confección del Manifiesto Electrónico deberán cumplirse las pautas establecidas en el Manual de Usuario disponible en el sitio web mencionado en el artículo 3º.

 

ARTÍCULO 5°. La presente Resolución entrará en vigencia a los treinta (30) días contados desde la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al S.I.N.B.A. Cumplido, archivar.

 

José Manuel Molina

Director Ejecutivo

ANEXO I